Prorrogan fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 001-2024-MDCLR, que establece fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2024, y dictan otras disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 001-2024-MDCLR

Carmen de la Legua Reynoso, 21 de febrero del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO

VISTO:

El Informe N° 039-2024-SGRRYEC-GAT/MDCLR de fecha 19 de febrero del 2024, emitido por la Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, Memorándum N° 062-2024-MDCLR/GAT de fecha 20 de febrero del 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, sobre “Prorroga de la Ordenanza Municipal N° 001-2024-MDCLR, Ordenanza que aprueba el monto mínimo del impuesto predial, las fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial, arbitrios municipales, incentivos por pronto pago, beneficios tributarios de los años anteriores y la actualización de datos con carácter de declaración jurada”, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;

Que, el artículo 42º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, es política de esta gestión edil incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, y una manera efectiva de hacerlo es a través de descuentos por el pago puntual anual por adelantado de los tributos contenidos en la cuponera de pagos, debiendo establecerse a su vez las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el Ejercicio Fiscal 2024;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 001-2024-MCDLR, se establece “Que aprueba el Monto Mínimo del Impuesto Predial, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Incentivos por pronto pago para el ejercicio 2024, Beneficios Tributarios de los años anteriores y la actualización de datos con carácter de Declaración Jurada”;

Que, mediante Informe N° 039-2024-SGRRYEC-GAT/MDCLR de fecha 19 de febrero del 2024, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, sustenta que, de acuerdo a la coyuntura socioeconómica que atraviesa el país y a fin de dar cumplimiento de las metas establecidas optimización de la recaudación tributaria y a la actualización del padrón de contribuyentes a través de las declaraciones juradas; resulta pertinente ampliar la vigencia de la Ordenanza “Que aprueba el Monto Mínimo del Impuesto Predial, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Incentivos por pronto pago para el ejercicio 2024, Beneficios Tributarios de los años anteriores y la actualización de datos con carácter de Declaración Jurada;

Que, a través del Memorando N° 062-2024-MDCLR/GAT de fecha 20 de febrero del 2024, la Gerencia de Administración Tributaria, propone prorrogar la Ordenanza que aprueba el Monto Mínimo del Impuesto Predial, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Incentivos por pronto pago para el ejercicio 2024, Beneficios Tributarios de los años anteriores y la actualización de datos con carácter de declaración Jurada.” para que así los contribuyentes puedan acceder al pago tributario y a la presentación de su declaración jurada en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso;

Que, por consiguiente, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Municipal N° 001-2024-MDCLR, faculta al señor Alcalde para que mediante decreto de alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza;

Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 27 de marzo del 2024, la fecha de vencimiento de la Ordenanza Municipal N° 001-2024-MDCLR, en la que se establece “Aprobar el monto mínimo del impuesto predial, las fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial arbitrios municipales, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2024, beneficios tributarios de los años anteriores y la actualización de datos con carácter de declaración jurada en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y a la Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, a la Oficina de Imagen Institucional su difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la adecuación en el sistema informático, el cumplimiento del presente Decreto.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, cumpla con realizar la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ

Alcalde

2265243-1