Autorizan Transferencia Financiera a favor de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERU S.A.

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 053-2024-MINEM/DM

Lima, 20 de febrero de 2024

VISTOS: Los Informes Técnicos Legal Nº 006-2024-MINEM/DGH-DGGN-DNH y Nº 021-2024-MINEM/DGH-DGGN-DNH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 019-2024-MINEM-OGPP/OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N°024-2024-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe N° 0141-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 518-2023-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 746 487 710,00 (Setecientos cuarenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos diez y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2020-EM, que otorga encargo especial a la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. (en adelante, PETROPERU S.A.), para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la mencionada Concesión y la prestación del servicio público de distribución de gas en las Regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna; asimismo, corresponde precisar que, el presente encargo especial es otorgado por el plazo máximo de tres (03) años, por lo que se computa a partir del 19 de diciembre de 2020 hasta el 19 de diciembre de 2023, conforme a lo dispuesto en el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2023-EM, que otorga encargo especial a PETROPERÚ S.A., para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la mencionada Concesión y la prestación del servicio público de distribución de gas natural en las Regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna, por un periodo de hasta tres (3) años calendario, contados desde el 20 de diciembre de 2023 hasta el 20 de diciembre de 2026;

Que, el acápite vii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 (en adelante, Ley Nº 31953), autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM), a favor de PETROPERÚ S.A., hasta por la suma de S/ 21 653 000, 00 (Veintiún millones seiscientos cincuenta y tres mil con 00/100 soles) para financiar la ejecución del encargo especial dispuesto en el Decreto Supremo Nº 019-2023-EM, para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la referida Concesión y la prestación del servicio público de distribución de gas natural en las Regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna, a cargo de PETROPERÚ S.A.;

Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso del acápite vii; asimismo, asimismo, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades involucradas; de igual forma, precisa que PETROPERÚ S.A. comunicará al MINEM los detalles de la ejecución de dichos recursos, en atención a lo dispuesto en el “Convenio Marco de Encargo Especial para la administración provisional de la conexión del sistema de distribución de gas natural por red de ductos de la Concesión Sur Oeste”, suscrito con fecha 28 de diciembre de 2020, en cumplimiento de los establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 019-2023-EM ;

Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 del presente dispositivo legal se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial “El Peruano”;

Que, el MINEM y PETROPERÚ S.A., con fecha 28 de diciembre de 2020, suscribieron el Convenio Marco de Encargo Especial para la Administración Provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, cuyo objetivo es establecer los derechos y obligaciones de ambas entidades, así como las condiciones específicas que regirán para efectos de la ejecución del Encargo Especial para la administración provisional de la Concesión Sur Oeste, la misma que entró en vigencia, a partir del 19 de diciembre de 2020 hasta el 19 de diciembre de 2023; posteriormente, el plazo máximo de vigencia se prorrogó hasta el 20 de diciembre de 2026, conforme a lo establecido en los artículo 3 y 4 del Decreto Supremo Nº 019-2023-EM;

Que, el Informe Técnico Legal Nº 021-2024-MINEM/DGH-DGGN-DNH complementa el Informe Técnico Legal Nº 006-2024-MINEM/DGH-DGGN-DNH, la Dirección General de Hidrocarburos, señala que, corresponde que el MINEM realice la transferencia a favor de PETROPERU S.A., por el importe de S/ 21 653 000,00 (Veintiún millones seiscientos cincuenta y tres mil y 00/100 soles), a efectos de financiar la administración provisional de la Concesión Sur Oeste, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 019-2023-EM, así como lo señalado en el acápite vii) del literal k) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, y lo establecido en el Convenio Marco de Encargo Especial para la Administración Provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste;

Que, mediante Informe N°019-2024-MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitió opinión favorable respecto que la Unidad Ejecutora N° 001:Ministerio de Energía y Minas – Central, del Pliego N°016 en el ejercicio fiscal 2024, cuenta con recursos presupuestales en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 21 653 000,00 (Veintiún millones seiscientos cincuenta y tres mil y 00/100 soles), para atender la transferencia financiera a favor de PETROPERÙ S.A., conforme a lo establecido en el acápite vii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario N° SIAF 9 de fecha 11 de enero de 2024, por el importe de S/ 21 653 000,00 (Veintiún millones seiscientos cincuenta y tres mil y 00/100 soles) para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste encargado a PETROPERÚ S.A.;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe N° 024-2024-MINEM-OGA/OFIN, señala que el MINEM dispone de los recursos presupuestales y financieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor de PETROPERÚ S.A., en el marco del inciso vii, literal k, numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953;

Que, mediante Informe Nº 0141-2024-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia financiera de recursos a favor de PETROPERÚ S.A., conforme a lo señalados en las normativas vigentes y el citado Convenio Marco;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 029-2020-EM, que otorga encargo especial a la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste; el Decreto Supremo N° 019-2023-EM, que otorga encargo especial a PETROPERÚ S.A., para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste; el Decreto Supremo N° 031-2017, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora N° 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste por la suma de S/ 21 653 000,00 (VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CON 00/100 SOLES), conforme a lo establecido en el acápite vii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego N°016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora N°001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según detalle:

Fuente de Financiamiento : 1. Recursos Ordinarios

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio De Energía y

Minas – Central

Gastos Corrientes

2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 21 653 000,00

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2263533-1