Aprueban Cronograma de actividades para la transferencia a la Oficina de Normalización Previsional de la administración y el pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 043-2024-VIVIENDA

Lima, 16 de febrero de 2024

VISTOS: La Nota N° 056-2024/VIVIENDA-OGGRH de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, el Informe N° 094-2024/VIVIENDA-OGGRH-OCB de la Oficina de Compensaciones y Bienestar, el Oficio N° 000007-2024-GG-ONP de la Gerencia General de la Oficina de Normalización Previsional, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se autoriza, durante el año fiscal 2023, la transferencia a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) de la administración y el pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, a cargo de las entidades públicas del Poder Ejecutivo que forman parte del apartado (i) del literal a, del numeral 1, del inciso 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, que se financian con Recursos Ordinarios;

Que, asimismo, el numeral 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 31639, establece que corresponde a la ONP determinar el inicio del proceso de transferencia, lo que es comunicado a las entidades, para que su titular apruebe el cronograma de dicho proceso, en coordinación con la ONP;

Que, a través de la Resolución Jefatural N° 000034-2023-JF-ONP, se aprueba los “Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las entidades públicas del Poder Ejecutivo”, con la finalidad de implementar lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 31639;

Que, con la Resolución Ministerial N° 333-2023-VIVIENDA, se aprueba el nuevo Cronograma de actividades del proceso de transferencia de la administración y el pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2024, la vigencia del artículo 11 de la Ley N° 31639;

Que, mediante el Oficio N° 000007-2024-GG-ONP, la Gerencia General de la ONP remite el Informe N° 000001-2024-DPE-ONP de la Dirección de Prestaciones, a través del cual se señala que, en la medida que no se pudo ejecutar el proceso de transferencia de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, propone el cronograma de transferencia de pensiones para el año 2024, para la aprobación correspondiente, a fin de garantizar el proceso de transferencia dentro del plazo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954;

Que, con la Nota N° 056-2024/VIVIENDA-OGGRH, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe N° 094-2024/VIVIENDA-OGGRH-OCB de la Oficina de Compensaciones y Bienestar, mediante el cual se propone la aprobación del Cronograma de actividades para la transferencia a la ONP de la administración y el pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, para lo cual remite el proyecto de Resolución Ministerial correspondiente; asimismo, señala que es necesario dejar sin efecto el cronograma aprobado por la Resolución Ministerial N° 333-2023-VIVIENDA;

Que, en consecuencia, estando a la propuesta de la ONP y a lo opinado por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, es necesario aprobar el Cronograma de actividades para la transferencia a la ONP de la administración y el pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, en el marco de lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Resolución Jefatural N° 000034-2023-JF-ONP, que aprueba los “Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las entidades públicas del Poder Ejecutivo”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del cronograma de transferencia de pensiones para el año 2024

Aprobar el Cronograma de actividades para la transferencia a la Oficina de Normalización Previsional de la administración y el pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, de acuerdo al detalle siguiente:

FECHA MÁXIMA DE TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN (LEGAJOS) CONFORME A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL ONP

FECHA MÁXIMA DE TRANSFERENCIA DE FORMATOS DE PLANILLAS DE PENSIONISTAS CONFORME A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL ONP

30/04/2024

30/06/2024

Planilla del mes de junio

Artículo 2.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial N° 333-2023-VIVIENDA.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA

Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2262471-1