Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General, destinada al costo de control concurrente del Servicio de Atención al Ciudadano en el Canal Telefónico y Virtual
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 6-2024-OS/PRES
Lima, 26 de enero del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 000012-2024-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República, recibido el 17 de enero de 2024 y el Informe Técnico N° GPPM-4-2024/OS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de fecha 22 de enero de 2024.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 161-2023-OS/PRES del 22 de diciembre de 2023 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, correspondiente al ejercicio fiscal 2024;
Que, el numeral 7.3.1 de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL, Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley N° 31358, señala que la Oficina de Presupuesto (OP) debe comunicar a la Subgerencia de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Control, la certificación y/o previsión presupuestal por un monto mayor a diez (10) millones de soles que sea otorgada a contrataciones de bienes y servicios que no constituyen inversión, señalando además que cuentan con presupuesto disponible para el financiamiento del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y su modificatoria;
Que, mediante Oficio N° 112-2023-OS-GPPM de fecha 11 de diciembre de 2023, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remitió a la Contraloría General de La República, la constancia de previsión presupuestal del control concurrente por la suma de S/501,043.96 (QUINIENTOS UN MIL CUARENTA Y TRES Y 96/100 SOLES) equivalente al 2% del importe del proceso de selección CP-SM-36-2023-OSINERGMIN-1 denominado Servicio de Atención al Ciudadano en el Canal Telefónico y Virtual;
Que, mediante Oficio N° 000012-2024-CG/SGE, recibido con fecha 17 de enero de 2024, el Secretario General de la Contraloría General de la República, solicitó efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General por el monto del S/ 501,043.00 (QUINIENTOS UN MIL CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES);
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358 autoriza a los pliegos involucrados a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 Contraloría General de la República;
Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe Técnico N° GPPM-4-2024/OS y en el marco de sus competencias en materia presupuestaria y de inversiones, señala que el proceso de selección CP-SM-36-2023-OSINERGMIN-1 denominado Servicio de Atención al Ciudadano en el Canal Telefónico y Virtual, es objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República, cuyo costo asciende a S/501,043.00 (QUINIENTOS UN MIL CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), equivalente al 2% del monto convocado y cuenta con la disponibilidad presupuestaria para el financiamiento de la transferencia financiera a favor del pliego 019: Contraloría General;
Con la conformidad de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General
Aprobar la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2024, del Pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, Unidad Ejecutora 001: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería [001266] por la suma de S/ 501,043.00 (QUINIENTOS UN MIL CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del pliego 019: Contraloría General destinado al costo de control concurrente del Servicio de Atención al Ciudadano en el Canal Telefónico y Virtual.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1° de la presente resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, Unidad Ejecutora 001: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería [001266], Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resulten en Productos, Actividad 5001941: Descentralización, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.
Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1° de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento
La Gerencia de Administración y Finanzas, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin: www.gob.pe/osinergmin.
Regístrese y comuníquese.
Omar Chambergo Rodriguez
Presidente del Consejo Directivo
2256623-1