Autorizan transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República

INSTITUTO NACIONAL DE

INNOVACIÓN AGRARIA

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 007-2024-INIA

Lima, 24 de enero de 2024

VISTO: El Memorando N° 088-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe N° 00020-2024/MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, dicho dispositivo legal prescribe que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriendo el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando, además, que la resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entidades subnacionales y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, Mediante Resolución Jefatural N° 0114-2023-INIA de fecha 19 de junio de 2023, se resolvió autorizar la transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, por la suma de cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 (S/ 58 905,50), importe que representa el 50% de la retribución económica incluido el IGV, a favor del Pliego 019: Contraloría General, con el objeto de financiar la contratación de la sociedad de auditoría que realizará la auditoría al Instituto Nacional de Innovación Agraria correspondiente al periodo 2023;

Que, mediante Memorando N° 045-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OA de fecha 16 de enero de 2024, la Oficina de Administración solicitó Marco Presupuestal para la Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República por el monto de S/ 58,905.50, en la Meta de la Oficina de Administración Sede Central del INIA, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, con el objeto de financiar el saldo del 50% para la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará las labores de control al INIA correspondiente al periodo 2023, que conforme al Compromiso de Previsión Presupuestal N° 05-2023 se realizará en el ejercicio presupuestal 2024;

Que, con Memorando N° 088-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP de fecha 22 de enero de 2024, la OPP remite el Informe N° 0005-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE, a través del cual la UPRE señala que “(…) En atención a lo solicitado por la CGR en el Oficio N° 00650-2023-CG/GAD y a lo señalado en los Memorandos N°(s) 711 y 747-2023-MIDAGRI-INIA-GG/OA, el Pliego 163: INIA cumplió: - Respecto al periodo por auditar 2023, se efectuó la Primera Transferencia Financiera que correspondía al 50% (S/ 58 905,50) de la retribución económica por la Auditoría a realizarse del periodo 2023, formalizada a través de la Resolución Jefatural N° 0114-2023-INIA de fecha 19 de junio de 2023, quedando pendiente un segundo saldo equivalente al otro 50% por transferir en el 2024 respecto al cual se realizó su previsión presupuestal (Compromiso de Previsión Presupuestal N° 05-2023 de fecha 13 de junio de 2023 por el monto de S/ 58,905.50) - Respecto al periodo por auditar 2024, se efectuó la previsión presupuestal por el monto de S/ 117,811.00 por la Auditoría del periodo 2024 (Compromiso de Previsión Presupuestal N° 08-2023 de fecha 15 de junio de 2023 por el monto de S/ 117,811.00) a desembolsarse, en principio, en dicho ejercicio fiscal, sobre la cual la Oficina de Administración dispuso se realicen previsiones presupuestales al acogerse a las consideraciones excepcionales para el periodo 2024, previstas en el Oficio N° 000650-2023-CG/GAD”;

Que, asimismo, señala que “(…) Con Memorando N° 045-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OA de fecha 16 de enero de 2024, la Oficina de Administración solicitó Marco Presupuestal para la Transferencia Financiera a la Contraloría General de la República por S/ 58 905,50, en la Meta de la Oficina de Administración Sede Central del INIA, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, para financiar el saldo del 50% para la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará las labores de control al INIA correspondiente al periodo 2023, que conforme al Compromiso de Previsión Presupuestal N° 05-2023 se realizará en el ejercicio presupuestal 2024”;

Que, además, respecto al presupuesto disponible para la transferencia de recursos requerido por la Contraloría General de la República, indica que “(…) la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 163 INIA, en el presente Año Fiscal 2024, a fin de financiar la transferencia financiera del saldo del 50% pendiente, que cuenta con Compromiso de Previsión Presupuestal N° 05-2023, cumple con otorgar la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000118, con cargo a la correlativa de meta 0037 Oficina de Administración, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, genérica de gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, partida específica 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, hasta por la suma de cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 (S/ 58 905.50) (…)”; señalando también que “corresponde al Titular del Pliego 163 INIA, emitir la resolución autoritativa para la transferencia de los mencionados recursos, conforme a lo sustentado”;

Que, de acuerdo a lo señalado, dicho órgano concluye que “(…) en cumplimiento a lo previsto en el artículo 20° de la Ley N° 27785 modificado por la Ley N° 30742, atendiendo al requerimiento formulado por la Contraloría General de la República y a lo solicitado, por la Oficina de Administración de la Sede Central del Pliego 163 INIA, resulta necesario atender la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República hasta por el monto de cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 (S/ 58 905,50), que representa el saldo del 50% de la retribución económica incluido el Impuesto General a las Ventas, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que realice la Auditoría Externa al Instituto Nacional de Innovación Agraria correspondiente al Año Fiscal 2023”;

Que, mediante Informe N° 00020-2024/MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 24 de enero de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, en consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la UPRE-OPP, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Unidad de Presupuesto;

De conformidad con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modificado con el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, por la suma cincuenta y ocho mil novecientos cinco con 50/100 (S/ 58 905,50), importe que representa el saldo del 50% de la retribución económica incluido el IGV, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con el objeto de financiar la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará la Auditoría al Instituto Nacional de Innovación Agraria correspondiente al periodo 2023; conforme a los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, será con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, conforme el detalle siguiente: Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Específica del Gasto 2.4.13.11: Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se autoriza la presente transferencia financiera.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE JUAN GANOZA RONCAL

Jefe

2255687-1