Aprueban el Manual de Operaciones del Programa del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 002-2024-ALC/MPC

Callao, 3 de enero de 2024

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO:

El Memorando Nº 033-2024-MPC/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 004-2024-MPC/OGPMPI-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº 003-2024-MPC/OGPMPI de la Oficina General de Planeamiento y Modernización; Presupuesto e Inversiones, el Informe Nº 003-2024-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 035-2024-MPC/GM, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 54-2018-PCM y sus modificatorias, que aprueba los lineamientos de Organización del Estado, en el artículo 14, numeral 14 señala que los Órganos Desconcentrados son órganos que desarrollan funciones sustantivas para prestar bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no cubiertas en el territorio. Requieren de una organización desconcentrada distinta a la de la entidad de la cual forman parte, la cual se desarrolla en un manual de operaciones (...). En el ROF se habilita a la entidad a crear órganos desconcentrados y se establecen sus funciones específicas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa sustantiva aplicable a la entidad;

Que, por medio de la Ordenanza Municipal Nº 033-2023 de fecha 13 de diciembre de 2023, se aprobó la nueva estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao, el cual formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su visión y objetivos institucionales. Asimismo, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

Que, de acuerdo al Artículo 151 de Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, se establece que el Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, es responsable de los servicios de Limpieza Pública, Mantenimiento de la Ciudad, conservación de las Áreas Verdes de uso público, y de conducir las políticas ambientales en el ámbito de su competencia (...). Los Instrumentos de Gestión que se requieran para el funcionamiento del órgano, y sus modificaciones, son aprobadas por decreto o resolución de Alcaldía según corresponda;

Que, mediante Memorándum Nº 033-2024-MPC/GM, la Gerencia Municipal deriva a la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones la propuesta de Manual de Operaciones del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, formulado de acuerdo a los “Lineamientos Nº 02-2020-SGP, aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP;

Que, mediante Memorándum Nº 003-2024-MPC/OGPMPI, la Oficina General de Planeamiento y Modernización; Presupuesto e Inversiones, hace suyo el Informe Nº 004-2024-MPC/OGPMPI-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización en el que señala que la propuesta del Manual de Operaciones está alineado a los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP que se aprueba con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM;

Que, mediante Informe Nº 003-2024-MPC/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, indica que:

• En el marco de las facultades conferida en el artículo 32º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao, emite opinión legal favorable con respecto a la aprobación de la propuesta de Manual de Operaciones del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente.

• Es menester precisar que, según lo establecido en el numeral 55.2 del Artículo 55.2 del Artículo 55º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y en concordancia con lo estipulado en el literal D del Subcapítulo II “Contenido, Sustento y Aprobación del MOP” de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, el Manual de Operaciones deberá ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía.

• Por último, debemos indicar que según lo establecido en el literal E del Subcapítulo II “Contenido, Sustento y Aprobación del MOP” de los Lineamiento Nº 02-2020-SGP, para la publicación del Manual de Operaciones (MOP) se toman en cuenta las mismas consideraciones con relación a la publicación de un Reglamento de Organización y Funciones (ROF).

Que, Memorándum Nº 035-2024-MPC/GM, la Gerencia Municipal remite los recaudos administrativos a la Secretaría General del Concejo Municipal, a fin de prosiga el trámite legal correspondiente para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía;

Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina General de Planeamiento y Modernización; Presupuesto e Inversiones y la Oficina de Planeamiento y Modernización, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1.- APROBAR el Manual de Operaciones del Programa del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte del presente.

Artículo 2.- ENCARGAR al personal del ÓRGANO DESCONCENTRADO DEL SISTEMA DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE las funciones de cada uno de los cargos contenidos en el Manual aprobado por el presente, según corresponda y de acuerdo con las responsabilidades que deben ejercer.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal disponga la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, la publicación del Decreto y su anexo en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao.

Artículo 4.- VIGENCIA, el presente Decreto de Alcaldía entrara en vigencia el día de su publicación.

Regístrese y comuníquese.

PEDRO SPADARO PHILIPPS

Alcalde

2250331-1