Disponen publicar montos estimados de los Recursos Determinados para modificar el Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2024, para los pliegos respectivos, cuyos montos se detallan en el Anexo “Estimación de Recursos Determinados que los gobiernos regionales y gobiernos locales consideran en el Presupuesto Institucional 2024”

Resolución Directoral

N° 0031-2023-EF/50.01

Lima, 29 de diciembre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 24.5 del artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, las estimaciones para los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), y de los ingresos públicos que comprende la Regalía Minera, Canon Minero, Canon Hidroenergético, Canon Pesquero, Canon Gasífero, Canon y Sobrecanon Petrolero, Canon Forestal, del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM), la Participación en la Renta de Aduanas y otros aprobados por norma expresa; son efectuadas por la Dirección General de Presupuesto Público, de conformidad con la normatividad vigente y los supuestos macroeconómicos proporcionados por la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, de corresponder;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que de producirse una modificación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de financiamiento Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 31 de enero de 2024, para modificar su presupuesto institucional aprobado por las fuentes de financiamiento antes mencionadas;

Que, asimismo, la citada disposición señala que para el caso de los recursos por la fuente de financiamiento Recursos Determinados provenientes de los conceptos incluidos en los índices de distribución que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, las entidades públicas deben modificar su presupuesto institucional aprobado, por los conceptos antes referidos, conforme a los montos estimados de Recursos Determinados para el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2024, que son publicados hasta el 28 de diciembre de 2023, mediante resolución directoral de la mencionada Dirección General;

Que, adicionalmente, para el cálculo del monto estimado a nivel de beneficiarios de la Región Loreto, se ha considera lo aprobado mediante la Ley N° 31934, Ley que modifica la Ley N° 24300, a fin de mejorar la distribución del canon y sobrecanon petrolero de Loreto, publicada el 15 de noviembre de 2023, y que entrara en vigencia a partir del 01 de enero del año 2024;

Que, los montos estimados de recursos públicos para el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2024 han sido determinados teniendo en cuenta las proyecciones de los commodities, producción sectorial, tipo de cambio, índice de precios al consumidor proporcionados por la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N” 019-2023-EF/60.03;

Que, mediante Memorando N° 055-2023-EF/60.03, de fecha 28 de diciembre de 2023, la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, manifiesta que, remite mediante correo electrónico, la actualización de los supuestos macroeconómicas para el año 2024; asimismo, se proporcionan los montos proyectados de recursos públicos correspondientes al Fondo de Compensación Municipal, Fondo de Compensación Regional y a la Participación en Renta de Aduanas;

Que, mediante Memorando N° 459-2023-EF/52.07, la Dirección General del Tesoro Público ha proporcionado los montos estimados por Servicio de Deuda correspondientes a los Gobiernos Regionales de Loreto y Cajamarca, que serán deducidos del canon y sobrecanon, durante el periodo 2024;

Que, mediante los Oficios N°s. 000866 y 000867-2023-INEI/JEF, el Instituto Nacional de Estadística e Informática ha remitido la información de los indicadores sociodemográficos por departamento, provincia y distrito, proyectados para el año 2024;

Que, en base a la información remitida por la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, la Dirección General del Tesoro Público, el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI, los montos estimados de los recursos determinados para el Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2024 han sido determinados teniendo en cuenta las proyecciones de los precios de los commodities, producción sectorial, tipo de cambio, índice de precios al consumidor, considerando que no están exentos a riesgos a la baja, especialmente si se materializa un contexto internacional adverso que pueda afectar las perspectivas de crecimiento de la demanda interna y a actividad económica;

Que, los montos estimados de los recursos determinados son estrictamente referenciales, estando sujetos a: i) los cambios en función a los Recursos Ordinarios y Recursos Determinados efectivamente recaudados, debido a la evolución de la economía nacional e internacional; ii) las modificaciones que puedan darse en la normatividad vigente; y, iii) las variaciones en los indicadores utilizados;

Que, teniendo en cuenta lo señalado resulta necesario publicar los montos estimados de los siguientes Recursos Determinados: Canon Minero, Canon Hidroenergético, Canon y Sobrecanon Petrolero, Canon Pesquero, Canon Forestal, Canon Gasífero, Participación de Renta de Aduanas, Fondo de Compensación Municipal, Fondo de Compensación Regional, Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea, Regalía Minera, Regalía Contractual y la Eliminación de Exoneraciones e Incentivos Tributarios, para el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024;

De conformidad con lo señalado en el numeral 24.5 del artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Publicar los montos estimados de los Recursos Determinados para modificar el Presupuesto Institucional correspondiente al Año Fiscal 2024, para los pliegos respectivos, cuyos montos se detallan en el Anexo “Estimación de Recursos Determinados que los gobiernos regionales y gobiernos locales consideran en el Presupuesto Institucional 2024”, que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Características de los montos estimados de los Recursos Determinados

Los montos estimados a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral son estrictamente referenciales, estando sujetos a: i) los cambios en función a los Recursos Ordinarios y Recursos Determinados efectivamente recaudados, debido a la evolución de la economía nacional e internacional, ii) las modificaciones que puedan darse en la normatividad vigente y iii) las variaciones en los indicadores utilizados.

Los titulares de los pliegos respectivos deben prever las estrategias y medidas necesarias, en caso los montos que se asignen sean menores a los estimados que se publican en la presente Resolución Directoral.

Artículo 3.- Publicación

La presente Resolución Directoral y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JESSICA ROXANA MEDINA CAMACHO

Directora General

Dirección General de Presupuesto Público

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