Aprueban el Documento Técnico: Plan de Salud Integral y el Fortalecimiento de Servicios de Salud con Enfoque Intercultural en Ámbito de los Pueblos indígenas u originarios para el año 2024
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1175-2023/MINSA
Lima, 29 de diciembre del 2023
Visto, el Expediente Nº DGIESP20230001051, que contiene la Nota Informativa Nº D004191-2023-DGIESP-MINSA y el Informe Nº D000048-2023-DGIESP-DPI-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; el Memorándum Nº D003848-2023-OGPPM-MINSA y los Informes Nº D000318-2023-OGPPM-OPEE-MINSA y Nº D001106-2023-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº D001329-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas, y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras;
Que, los numerales 58.1 y 58.2 del artículo 58 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, disponen que, en el mencionado presupuesto, se han asignado recursos en el pliego Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 9 357 060.00 (Nueve Millones Trescientos Cincuenta y Siete Mil Sesenta y 00/100 Soles) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales, hasta por la suma de S/ 1 732 500.00 (Un Millón Setecientos Treinta y Dos Mil Quinientos y 00/100 Soles), han sido asignados en el presupuesto institucional del Ministerio de Salud, y hasta por la suma de 7 624 560.00 (Siete Millones Seiscientos Veinticuatro Mil Quinientos Sesenta y 00/100 Soles) han sido asignados en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales, para financiar las acciones vinculadas al fortalecimiento de los servicios de salud con enfoque intercultural en el ámbito de los pueblos indígenas u originarios en once (11) regiones priorizadas; y que el Ministerio de Salud debe aprobar, mediante Resolución Ministerial, el Documento Técnico: “Plan de Salud Integral y el Fortalecimiento de Servicios de Salud con Enfoque Intercultural en Ámbito de los Pueblos indígenas u originarios para el año 2024”, el cual se publica en la sede digital del referido Ministerio hasta el 03 de enero de 2024;
Que, de otro lado, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, señala que la Dirección General de intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de, entre otras, pueblos indígenas u originarios;
Que, con los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone la aprobación del Documento Técnico: Plan de Salud Integral y el Fortalecimiento de Servicios de Salud con Enfoque Intercultural en Ámbito de los Pueblos indígenas u originarios para el año 2024;
Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Plan de Salud Integral y el Fortalecimiento de Servicios de Salud con Enfoque Intercultural en Ámbito de los Pueblos indígenas u originarios para el año 2024, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2249514-1