Oficializan la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2024

RESOLUCIÓN DE

DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA

201-2023-IMARPE/DEC

Callao, 29 de diciembre de 2023

VISTOS:

El Informe Nº 029-2023-IMARPE/OGPP, de fecha 19 de diciembre de 2023 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 003-2023-IMARPE/GG, de fecha 20 de diciembre de 2023 de la Gerencia General; el Proveído Nº 09016-2023-IMARPE/DEC, de fecha 20 de diciembre de 2023 de la Dirección Ejecutiva Científica; el Informe Nº 409-2023- IMARPE/OGAJ, de fecha 22 de diciembre de 2023; y, el Acuerdo Nº 074-2023-CD/O, adoptado en la Décima Sexta Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del IMARPE, celebrado el 28 de diciembre de 2023;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 06 de diciembre de 2023, se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Ley Nº 31953 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024”, la misma que aprueba en el artículo 1, el Presupuesto Anual de Gastos y los Anexos que detallan los Créditos Presupuestarios correspondientes al Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local. Igualmente, en el artículo 2, se aprueba los recursos que financian los gastos del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, asignándole al Instituto del Mar del Perú (IMARPE), la suma ascendente a NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES (S/ 98 212 511.00), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, fija legalmente el total del crédito presupuestario, que comprende el límite máximo de gasto a ejecutarse en el año fiscal; en el caso de los Pliegos del Gobierno Nacional, los créditos presupuestarios se establecen en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público, los mismos que para su ejecución requieren de su formalización a través de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura;

Que, el numeral 31.2 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Presupuestos Institucionales de Apertura correspondientes a los Pliegos del Gobierno Nacional se aprueban a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal anterior a su vigencia;

Que, con el Proveído Nº 09016-2023-IMARPE/DEC de fecha 20 de diciembre de 2023, la Dirección Ejecutiva Científica deriva a la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 003-2023-IMARPE/GG de fecha 20 de diciembre de 2023, de la Gerencia General, por el cual se remite el Informe Nº 029-2023-IMARPE/OGPP, de fecha 19 de diciembre de 2023, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con el cual se alcanza el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, para el Año Fiscal 2024, por la suma de Noventa y Ocho Millones Doscientos Doce Mil Quinientos Once y 00/100 Soles (S/ 98 212 511.00), por toda fuente de financiamiento, para su aprobación por parte del Consejo Directivo del IMARPE;

Que, Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe 409-2023- IMARPE/OGAJ, de fecha 22 de diciembre de 2023, opina favorablemente respecto a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) Ejercicio Fiscal 2024 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el mismo que tiene por finalidad fijar legalmente el total del crédito presupuestario de la institución, que comprende el límite máximo de gasto a ejecutarse en el año fiscal; toda vez que, con dicho instrumento de gestión, se orientará la ejecución de los recursos económicos asignados a las actividades operativas, funcionamiento e inversiones programadas por las Direcciones Generales junto a sus unidades;

Que, el Consejo Directivo del IMARPE, en su Décimo Sexta Sesión Ordinaria celebrada el 28 de diciembre de 2023, mediante Acuerdo 074-2023-CD/O, aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) Ejercicio Fiscal 2024 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE;

Que, el literal o) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE aprobado por Resolución Ministerial 345-2012-PRODUCE, señala que una de las funciones de la Dirección Ejecutiva Científica es expedir resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos, de las funciones delegadas por el Consejo Directivo y de otros dispositivos que por normas legales se establezcan;

Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones ROF del IMARPE, aprobado mediante Resolución Ministerial 345-2012- PRODUCE, el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley 31953 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

Con el visado de la Gerencia General y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Administración y Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficializar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2024 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú IMARPE, de acuerdo a lo siguiente:

CATEGORÍA DE GASTO EN SOLES

Gastos Corrientes 90 181 207,00

Gastos de Capital 8 031 304,00

TOTAL 98 212 511,00

El desagregado de Gastos se detalla conforme al Anexo 2 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos” proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público, mediante el Aplicativo web SIAF “Modulo de Programación y Formulación” reporte oficial determinado y forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2024 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú – IMARPE por Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO EN SOLES

Recursos Ordinarios 93 988 862,00

Donaciones y Transferencias 4 223 649,00

TOTAL 98 212 511,00

El desagregado del Presupuesto de Apertura se detalla en el anexo 1 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos de Partidas” proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público mediante el Aplicativo web SIAF “Módulo de Programación y Formulación” reporte oficial determinado y forma parte de la presente Resolución

Artículo 3.- Aprobar la Estructura Funcional Programática y la Estructura Funcional, correspondiente al Año Fiscal 2024, conforme se detalla en los anexos 3 y 4 del Aplicativo web SIAF “Modulo de Programación y Formulación” reportes oficiales determinado por la Dirección General del Presupuesto Público y que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 4.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú IMARPE, es responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario teniendo en cuenta el desagregado de los gastos y los recursos que lo financian, establecidos en los articulo 1 y 2 de la presente Resolución.

Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución dentro de los 5 días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.2 del artículo 32 del Decreto Legislativo Nº 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto”.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar del Instituto del Mar del Perú (www.imarpe.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENATO CAROL GUEVARA CARRASCO

Director Ejecutivo Científico del IMARPE

2249493-1