Formalizan la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 de la Procuraduría General del Estado, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN N° D000661-2023-JUS/PGE-PG
San Isidro, 28 de diciembre del 2023
El Informe N° D000352-2023-JUS/PGE-OPPM, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000882-2023-JUS/PGE-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Memorando N° D000116-2023-JUS/PGE-SGCD, emitido por la Secretaria General del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1326, modificado por la Ley N° 31778, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; asimismo, es el ente rector del Sistema y constituye Pliego Presupuestal;
Que, por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, con la finalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en beneficio de los intereses del Estado;
Que, conforme al numeral 8 del artículo 16 del Decreto Legislativo N° 1326, el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado ostenta, entre sus funciones, aprobar el presupuesto institucional de apertura, el balance general y los estados financieros;
Que, mediante Ley N° 31953, se aprueba el Presupuesto Del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
Que, a través de los artículos 1 y 2 de la mencionada ley, se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y los recursos que lo financian, cuyo detalle se encuentra especificado en los anexos a los que hace alusión el numeral 1.2 del artículo 1 de la citada ley; asignándole al Pliego 068: Procuraduría General del Estado, la suma ascendente a S/ 64,073,281.00 (Sesenta y Cuatro Millones Setenta y Tres Mil Doscientos Ochenta y Uno y 00/100 Soles) por toda fuente de financiamiento;
Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), constituye el documento presupuestario que rige la ejecución del presupuesto del Pliego 068: Procuraduría General del Estado durante el Año Fiscal 2024;
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, prevé que “Una vez aprobada y publicada la Ley de Presupuesto del Sector Público, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Presupuesto Público, remite a los Pliegos el reporte oficial, en versión física o, de estar disponible, en versión electrónica, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos al nivel de Pliego y específica del ingreso, y de Gastos por Unidad ejecutora, de ser el caso, Programa Presupuestal, Producto, Proyecto, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Categoría de Gasto y Genérica de Gasto, para los fines de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura”;
Que, asimismo, el numeral 31.2 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, señala que “Los Presupuestos Institucionales de Apertura correspondientes a los Pliegos del Gobierno Nacional se aprueban a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal anterior a su vigencia. Para este fin, los Pliegos del Gobierno Nacional publican, en sus respectivos portales institucionales, sus Presupuestos Institucionales de Apertura, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de su aprobación”. Precisa también el numeral 31.4 del dispositivo legal aludido que “Los Pliegos del Gobierno Nacional (…) presentan copia de sus Presupuestos Institucionales de Apertura, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobados, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público. Para el caso de la Dirección General de Presupuesto Público dicha presentación se efectúa a través de los medios que ésta determine”;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, como máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, conforme a sus competencias, aprobó la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, que en su numeral 5.1. del artículo 5 dispone que, “El Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente a los Pliegos del Gobierno Nacional se aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 31.2 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, y conforme al Reporte Oficial que se emite en versión electrónica a través del aplicativo web Módulo de Programación Multianual correspondiente a la fase de aprobación, el mismo que contiene el desagregado del presupuesto de ingresos y de egresos. El Jefe de la Oficina de Presupuesto, o el que haga sus veces, en el Pliego suscribirá el Reporte Oficial adjuntándolo a la Resolución emitida por el Titular del Pliego que aprueba el PIA”;
Que, mediante Comunicado N° 0032-2023-EF/50.01, de fecha 15 de diciembre de 2023, la Dirección General de Presupuesto Público informa a los Pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, que “(…) en el marco de lo establecido en el numeral 31.1 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, (…) el reporte oficial que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos y de Gastos, se encuentra disponible en versión electrónica, desde el 15 de diciembre de 2023, en el aplicativo web “Módulo de Programación Multianual”, para los fines de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2024”;
Que, con informe de vistos, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta al amparo de la normativa antes mencionada, la necesidad de aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de la entidad, concluyendo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 068: Procuraduría General del Estado para el Año Fiscal 2024 debe ser aprobado a más tardar el día 31 de diciembre del 2023;
Que, mediante informe de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión del acto resolutivo mediante el cual se apruebe el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 068: Procuraduría General del Estado para el Año Fiscal 2024, al encontrarse acorde con los dispositivos normativos en materia del Sistema Nacional de Presupuesto Público; precisando además que dicha actuación le corresponde al Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado y la formalización de la aprobación al Procurador General del Estado a través de la resolución respectiva;
Que, en la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado se acordó por unanimidad aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, disponiendo que se emita el acto resolutivo correspondiente y su publicación en el portal institucional de la entidad;
Que, es necesario aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 068: Procuraduría General del Estado correspondiente al Año Fiscal 2024, desagregado de acuerdo a los montos asignados a través de la Ley N° 31953, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y conforme al Reporte Oficial obtenido en el aplicativo web ‘’Módulo de Programación Multianual’’ del Ministerio de Economía y Finanzas, para efectos de operativizar la gestión presupuestaria del Año Fiscal 2024;
Con los vistos de la Secretaría General del Consejo Directivo, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; por el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; y, por la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del PIA
Formalizar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, por Categoría de Gasto, de acuerdo a lo siguiente:
Categoría de Gasto En Soles
5. GASTOS CORRIENTES 62,791,211.00
6. GASTOS DE CAPITAL 1,282,070.00
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TOTAL 64,073,281.00
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El desagregado del Gasto, se detallada conforme al Anexo 2 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Aprobación de Recursos que financian el PIA
Aprobar los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, por Fuente de Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente:
Fuente de Financiamiento En Soles
1. RECURSOS ORDINARIOS 63,013,281.00
5. RECURSOS DETERMINADOS 1,060,000.00
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TOTAL 64,073,281.00
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El desagregado de Ingresos se detalla conforme al Anexo 1 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3.- Aprobación de la Estructura Programática y Funcional
Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional, correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, conforme se detalla en los Anexos 3 y 4, proporcionados por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, y que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 4.- Seguimiento y Control
La Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, es responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de los gastos y los recursos que lo financian, establecidos en los artículos 1 y 2 de la presente resolución.
Artículo 5.- Comunicación
Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 6.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos respectivos en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER ALONSO PACHECO PALACIOS
Procurador General del Estado (e)
2249286-1