Nombran, designan y/o destacan a los Fiscales Provinciales de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas a nivel nacional

resolución de la fiscalía de la nación

N° 3659-2023-MP-FN

Lima, 29 de diciembre de 2023

VISTO:

El informe N° 118-2023-MP-FN-OCE-FEDTID, de fecha 22 de diciembre de 2023, cursado por la abogada Isabel Edi Galván Calle, Jefa de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, mediante el cual remite la propuesta de rotación a nivel nacional de los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas.

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2849-2022-MP-FN, de fecha 23 de diciembre de 2022, se dispuso la rotación de los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas a nivel nacional.

El artículo 14 del Reglamento de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, aprobado a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 626-2014-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2014, señala que es política institucional del Ministerio Público, garantizar la independencia y seguridad de los fiscales especializados en delitos de tráfico ilícito de drogas, para ello, los fiscales provinciales y adjuntos provinciales, serán rotados en los diversos despachos fiscales ubicados en todo el territorio nacional, de forma anual.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta la naturaleza de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, corresponde emitir la resolución que disponga la rotación de los referidos fiscales especializados, para ello deberá de darse por concluido los nombramientos, designaciones y/o destaques conforme corresponda.

En mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, el Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal.

El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución.

El Fiscal de la Nación Interino como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse indefinidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa verificación de los requisitos de ley, nombrar, designar y/o destacar a los fiscales que ocupen provisionalmente los cargos conforme a la propuesta efectuada en el informe de visto, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y/o toma de posesión, según corresponda, y hasta el 30 de junio de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley N° 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido los nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fiscal que a continuación se detalla:

• Luz Mery Zuzunaga Silva

• Vertila Álvarez Huamán

• Yoel Bellido Lizarbe

• Eleazar Lino Ambia Renaylos

• Ronald Luis Achahui Córdova

• Eduardo Pablo Regalado Mayta

• Erwin Ary Rojas Trujillo

• Maribel Mondragón Fernández

• Lincoln Fuentes Tamayo

• María Milagros Sayhua Monge

• Manuel Germán Francisco Castro Sánchez

• Milka Fátima Calderón Quesada

• Fernando Ronal Collazos Reyes

• Elvira Rosa Aldana Tello

• Omar Rolfi Arpasi Manrique

• Manuel Arnaldo Malpartida Solano

• Fabiola Carola Tapia Pachao

• Miguel Ernesto Velásquez Cabrera

• Edith Ccora Soto

• Luis Alberto Paz De La Cruz

• José Luis Montero Zapata

• Ricardo Yampara Apaza

• Mery Machuca Cáceres

• Shano Efraín Cuizano Valencia

• Eler Rojas Mas

• Zenón Javier Vásquez Atoche

• Ricardo Rene Rodríguez López

• Getulio Fausto Córdova Cuéllar

• Jaime Leoncio Gonzáles Caballero

• Kelinda Janampa Oscategui

• Gilberto Cayatopa Idrogo

• Felipe Santiago Tauma Bacalla

Artículo Segundo.- Nombrar, designar y/o destacar a los Fiscales Provinciales de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas a nivel nacional, conforme a las sedes que a continuación se detallan:

No.

Distrito Fiscal

Sede

Nombre

Cargo

1

Amazonas

FPEDTID-CHACHAPOYAS

Luz Mery Zuzunaga Silva

Fiscal Provincial Provisional

2

Apurímac

FPEDTID-sede Andahuaylas

Vertila Álvarez Huamán

Fiscal Provincial Provisional

3

Ayacucho

Primera FPEDTID-sede Huamanga

Yoel Bellido Lizarbe

Fiscal Provincial Titular

4

Segunda FPEDTID-sede Huamanga

Jaime Leoncio Gonzáles Caballero

Fiscal Provincial Titular

5

FPEDTID-sede Ayna, San Francisco

Manuel Germán Francisco Castro Sánchez

Fiscal Provincial Titular

6

Callao

Primera FPCETID-sede Callao

Kelinda Janampa Oscategui

Fiscal Provincial Titular

Fernando Ronal Collazos Reyes

Fiscal Provincial Titular

7

Segunda FPCETID-sede Callao

Lincoln Fuentes Tamayo

Fiscal Provincial Titular

Ronald Luis Achahui Córdova

Fiscal Provincial Provisional

8

Tercera FPCEDTID-sede Callao

Maribel Mondragón Fernández

Fiscal Provincial Provisional

Miguel Ernesto Velásquez Cabrera

Fiscal Provincial Titular

9

Cusco

FPEDTID-CUSCO

Eleazar Lino Ambia Renaylos

Fiscal Provincial Provisional

10

FPEDTID-QUILLABAMBA

María Milagros Sayhua Monge

Fiscal Provincial Provisional

11

Huánuco

FPEDTID-sede Huánuco

Shano Efraín Cuizano Valencia

Fiscal Provincial Titular

12

FPEDTID-sede Tingo María

Getulio Fausto Córdova Cuéllar

Fiscal Provincial Provisional

13

Junín

FPEDTID-sede Huancayo

Ricardo Rene Rodríguez López

Fiscal Provincial Titular

14

La Libertad

FPEDTID-sede Trujillo

Edith Ccora Soto

Fiscal Provincial Provisional

15

Lambayeque

FPEDTID-sede Chiclayo

Manuel Arnaldo Malpartida Solano

Fiscal Provincial Titular

16

Lima Norte

FPCEDTID-sede Lima Norte

Erwin Ary Rojas Trujillo

Fiscal Provincial Titular

Eduardo Pablo Regalado Mayta

Fiscal Provincial Titular

17

Lima Noroeste

FPEDTID-sede Ventanilla

Elvira Rosa Aldana Tello

Fiscal Provincial Provisional

18

Loreto

FPEDTID-sede Iquitos

Luis Alberto Paz De La Cruz

Fiscal Provincial Provisional

19

Madre de Dios

FPEDTID-sede Tambopata

Felipe Santiago Tauma Bacalla

Fiscal Provincial Provisional

20

Piura

FPEDTID-sede Piura

José Luis Montero Zapata

Fiscal Provincial Provisional

21

Puno

FPEDTID-sede Juliaca

Ricardo Yampara Apaza

Fiscal Provincial Provisional

22

San Martín

FPEDTID-sede Tarapoto

Omar Rolfi Arpasi Manrique

Fiscal Provincial Titular

23

Santa

FPEDTID-sede Santa

Fabiola Carola Tapia Pachao

Fiscal Provincial Titular

24

Selva Central

FPEDTID-sede Chanchamayo

Zenón Javier Vásquez Atoche

Fiscal Provincial Provisional

25

Tacna

FPEDTID-sede Tacna

Eler Rojas Mas

Fiscal Provincial Titular

26

Tumbes

FPEDTID-sede Tumbes

Gilberto Cayatopa Idrogo

Fiscal Provincial Provisional

27

Ucayali

Primera FPEDTID-sede Pucallpa

Milka Fátima Calderón Quesada

Fiscal Provincial Provisional

28

Segunda FPEDTID-sede Pucallpa

Mery Machuca Cáceres

Fiscal Provincial Titular

Artículo Tercero.- Disponer que la presente resolución, surta efectos a partir del 01 de enero de 2024.

Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente resolución.

Artículo Quinto.- Disponer que los nombramientos y designaciones de los Fiscales Provinciales Provisionales señalados en el artículo segundo, tengan vigencia a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Sexto.- Disponer que la designación del abogado Shano Efraín Cuizano Valencia, tenga vigencia a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Séptimo.- Disponer, de ser el caso, la reserva de plaza y/o retención de cargo de carrera del personal fiscal nombrado en el artículo segundo de la presente resolución, conforme corresponda conforme a la normatividad vigente.

Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Junta Nacional de Justicia, Ministro del Interior, Director Ejecutivo Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, Presidencia de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y Drug Enforcement Administration (DEA) de la Embajada de Estados Unidos de Norteamérica, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2249040-1