Modifican el Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora 001-117 Administración Central del Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

Nº 357-2023/MINSA

Lima, 27 de diciembre del 2023

VISTO; el Expediente N° OGGRH020230000604, que contiene el Memorándum N° D004280-2023-OGGRH-MINSA, así como el Informe N° D000571-2023-OGGRH-OARH-EPP-MINSA, emitidos por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N° D000998-2023-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Oficio N° 6669-2023-EF/53.06 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; y, el Informe N° D001331-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1161, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada con Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, estableciendo que el Ministerio de Salud es un organismo del Poder Ejecutivo, órgano rector en materia de salud a nivel nacional con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; y es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el sector;

Que, conforme al numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF, vigente conforme a la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Entidad mediante la resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal - PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal;

Que, el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, señala que la implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), que comprende, entre otros, la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP), así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01, establece que: “El PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado”;

Que, los numerales 14.2 y 14.3 de la citada Directiva precisan, respectivamente, que el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces en la entidad del Sector Público, es responsable de la formulación y/o modificación del PAP y del cumplimiento de las disposiciones de la presente Directiva; asimismo, es responsable de identificar y sustentar el marco normativo habilitante que autoriza la entrega de los ingresos de personal, así como los ingresos creados por convenio colectivo y/o laudo arbitral, emitidos en el marco de la normatividad específica, y los ordenados por sentencia judicial en calidad de cosa juzgada; y, el Jefe de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces en la entidad del Sector Público, es responsable de verificar que las plazas contenidas en la propuesta del PAP cuenten con el crédito presupuestario respectivo, sobre la base de la asignación presupuestaria aprobada para cada entidad;

Que, asimismo, el numeral 14.6 del artículo 14 de la Directiva antes mencionada, señala que el Titular de la Entidad o a quien éste delegue expresamente dicha función, es responsable de emitir el acto administrativo de aprobación del PAP, previa opinión favorable de la DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas, y de acuerdo con los términos definidos en el informe de la Dirección de Técnica y de Registro de Información (DTRI);

Que, el artículo 19 de la Directiva en mención señala que, las entidades del sector público pueden solicitar la modificación del PAP, en cualquiera de los supuestos señalados en el citado artículo; asimismo, se precisa que, para la aprobación de la modificación del PAP, la entidad debe contar previamente con la opinión favorable de la DGGFRH; y que dicha modificación se aprueba conforme a lo establecido en el artículo 16 de la referida Directiva;

Que, mediante Resolución Secretarial N° 291-2023/MINSA, de fecha 24 de octubre de 2023, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora 001-117 Administración Central del Ministerio de Salud, correspondiente al año 2023;

Que, con Resolución Secretarial N° 322-2023/MINSA, de fecha 14 de noviembre de 2023, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Ministerio de Salud, el mismo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR;

Que, a través del Informe N° D000571-2023-OGGRH-OARH-EPP-MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos propone y sustenta la modificación del Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora 001-117 Administración Central – MINSA; asimismo, a través del Informe N° D000998-2023-OGPPM-OP-MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable sobre el financiamiento del proyecto de modificación del Presupuesto Analítico de Personal correspondiente a la Unidad Ejecutora 001-117 Administración Central - MINSA;

Que, al respecto, mediante Oficio N° 6669-2023-EF/53.06, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco del numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, emite opinión favorable la propuesta de modificación del Presupuesto Analítico de Personal correspondiente a la Unidad Ejecutora 000117: Administración Central – MINSA, según Informe N° 1242-2023-EF/53.06, emitido por la DTRI de dicha Dirección General;

Que, el sub numeral 2.3.1 del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 026-2023/MINSA, que delega facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Salud, durante el Año Fiscal 2023, prevé la delegación al/a la Secretorio/a General del Ministerio de Salud, en materia de Acciones Administrativas del Pliego 011: Ministerio de Salud, la facultad de aprobar, modificar y dejar sin efecto, entre otros, el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Ministerio de Salud;

Estando a lo propuesto por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y la opinión de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

Con el visado de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modificatorias; el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público; la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”; y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 026-2023/MINSA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora 001-117 Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Secretarial N° 291-2023/MINSA, conforme a lo señalado en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial.

Artículo 2.- Disponer la notificación de la presente Resolución Secretarial y su anexo a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Secretarial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa/), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO

Secretario General

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