Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Reserva de Contingencia y de diversos Pliegos del Gobierno Nacional

DECRETO SUPREMO

N° 303-2023-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que para efecto de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector Público, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, se aprueban modificaciones presupuestarias en el nivel institucional necesarias, durante el mes de diciembre, con cargo a los saldos disponibles según la proyección al cierre del Año Fiscal 2023, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, por un monto no mayor al equivalente al uno por ciento (1%) de la citada fuente, y utilizando, de ser necesario, el procedimiento establecido en el artículo 54 del citado Decreto Legislativo;

Que, el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en el marco de las acciones orientadas al cierre del presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante el Oficio N° 003015-2023-MTPE/4, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo informa que cuenta con saldos disponibles, según la proyección de gastos efectuada al cierre del Año Fiscal 2023, provenientes de diversas partidas de gasto, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, razón por la que solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a su presupuesto institucional; asimismo, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a su favor, para financiar el servicio de consultas en línea Vía Línea Dedicada RENIEC, la continuidad de la ejecución del Proyecto de Inversión con Código Único de Inversiones (CUI) N° 2328039 “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martin y en Lima Metropolitana” y el cumplimiento de pago de la bonificación de cierre de pliego dispuesto en el literal b) de la segunda cláusula del Laudo Arbitral 2018, en el marco de lo establecido en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 001957-2023-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Asimismo, mediante los Oficios N° 000171-2023-MTPE/4/9, N° 000176-2023-MTPE/4/9 y N° 000183-2023-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado ministerio, remite información complementaria y adjunta los Informes N° 002031-2023-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y N° 000697-2023-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones;

Que, asimismo, en el marco de las acciones orientadas al cierre del presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante el Oficio Nº D003369-2023-PCM-SG, la Presidencia del Consejo de Ministros comunica que el Despacho Presidencial cuenta con saldos disponibles, según la proyección de gastos efectuadas al cierre del Año Fiscal 2023, provenientes de diversas partidas de gasto, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, razón por la que solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial; asimismo, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Despacho Presidencial para financiar el pago de lo dispuesto en la Primera, Segunda y Cuarta Cláusula del Laudo Arbitral de fecha 12.02.2019 – Arbitraje del Pliego Reclamos 2019 – 2020 del SUTRADP, en el marco de lo establecido en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D000369-2023-PCM-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Memorando N° 001644-2023-DP/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Despacho Presidencial que hace suyo el Informe Técnico N° 000043-2023-DP/OGPM-FZM, con los sustentos respectivos;

Que, mediante Memorando N° 1992-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 3408-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), informa el costo estimado correspondiente al pago de la planilla del personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 correspondiente al mes de diciembre 2023 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, con Memorando N° 2026-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 3470-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el AIRHSP, informa el costo estimado correspondiente al pago de la planilla del personal activo, pensionistas y bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 correspondiente al mes de diciembre 2023 del pliego Despacho Presidencial;

Que, a través del Memorando N° 0742-2023-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº0456-2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que, con base en la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, el proyecto de inversión materia de la solicitud efectuada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo no presenta observaciones; se encuentra viable, activo y en la fase de ejecución; cumple con las normas técnicas sectoriales aplicables; y contribuye al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios del Sector Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de
S/ 3 612 642,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 887 753,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para financiar los fines señalados en los considerandos precedentes, en el marco de lo establecido en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, asimismo, es pertinente autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de
S/ 1 439 394,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Despacho Presidencial; y, autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del Despacho Presidencial, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 772 533,00 (SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para financiar los fines señalados en los considerandos precedentes, en el marco de lo establecido en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 36.5 del artículo 36 y en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1. Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia

1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 3 612 642,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los saldos disponibles según proyección de gastos al cierre del Año Fiscal 2023, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco de lo dispuesto en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 012 : M. de Trabajo y Promoción Del Empleo

UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 1 490 305,00

TOTAL UE 001 1 490 305,00

UNIDAD EJECUTORA 002 : Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 322 420,00

TOTAL UE 002 322 420,00

UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 610 970,00

2.4 Donaciones y Transferencias 652 947,00

TOTAL UE 005 1 799 917,00

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TOTAL EGRESOS 3 612 642,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Planeamiento y Presupuesto

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 3 612 642,00

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TOTAL EGRESOS 3 612 642,00

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1.2 El detalle asociado a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo I “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob. pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 887 753,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el servicio de consultas en línea Vía Línea Dedicada RENIEC, la continuidad de la ejecución del Proyecto de Inversión con CUI N° 2328039 “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martin y en Lima Metropolitana” y el cumplimiento de pago de lo dispuesto en el literal b) de la segunda cláusula del Laudo Arbitral 2018, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 1 887 753,00

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TOTAL EGRESOS 1 887 753,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 012 : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración

CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 500 000,00

2.5 Otros Gastos 692 250,00

TOTAL UE 001 1 192 250,00

UNIDAD EJECUTORA 007 : Programa para el mejoramiento y ampliación de los servicios del centro de empleo “Fortalece Perú”

CATEGORIA PRESUPUESTAL 0116 : Mejoramiento de la empleabilidad e inserción laboral-PROEMPLEO

PROYECTO 2328039 Mejoramiento y ampliación de los servicios del centro de empleo para la inserción laboral formal de los jóvenes en las Regiones de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martin Y En Lima Metropolitana

ACTIVIDAD 6000034 : Fortalecimiento Institucional

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 695 503,00

TOTAL UE 007 695 503,00

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TOTAL EGRESOS 1 887 753,00

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Artículo 3.- Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia

3.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 439 394,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los saldos disponibles según proyección de gastos efectuada al cierre del Año Fiscal 2023, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el presupuesto institucional del Despacho Presidencial, en el marco de lo dispuesto en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 011 : Despacho Presidencial

UNIDAD EJECUTORA 001 : Despacho Presidencial

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.1 Personal y obligaciones sociales 1 303 388,00

2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 296,00

2.3 Bienes y servicios 135 710,00

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TOTAL EGRESOS 1 439 394,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 1 439 394,00

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TOTAL EGRESOS 1 439 394,00

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3.2 El detalle asociado a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 3.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob. pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- Transferencia de Partidas a favor del Despacho Presidencial

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 772 533,00 (SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Despacho Presidencial, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el pago de lo dispuesto en la Primera, Segunda y Cuarta Cláusula del Laudo Arbitral de fecha 12.02.2019 – Arbitraje del Pliego Reclamos 2019 – 2020 del SUTRADP, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 772 533,00

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TOTAL EGRESOS 772 533,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 011 : Despacho Presidencial

UNIDAD EJECUTORA 001 : Despacho Presidencial

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.5 Otros Gastos 772 533,00

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TOTAL EGRESOS 772 533,00

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Artículo 5. Procedimiento para la aprobación institucional

5.1 El Titular del pliego habilitador en las Transferencias de Partidas autorizadas en los artículos 1 y 3, así como el Titular de los pliegos habilitados en las Transferencias de Partidas autorizadas en los artículos 2 y 4 aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

5.2_La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

5.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 6. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hacen referencia los artículos 2 y 4 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 7. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

2248361-1