Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 en el distrito de Carmen de La Legua Reynoso
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 020-2023-MDCLR
Carmen de la Legua Reynoso, 21 de diciembre del 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo N° 023-2023 de fecha 21 de diciembre del 2023, Informe N° 017-2023-ST-CODISEC/MDCLR de fecha 13 de diciembre del 2023, emitido por el Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC-MDCLR, Informe Técnico N° 021-2023-SGPPMI-GPP/MDCLR de fecha 18 de diciembre del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones, Informe N° 479-2023-MDCLR/GAJ de fecha 18 de diciembre del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando N° 485-2023-GM/MDCLR de fecha 20 de diciembre del 2023, emitido por la Gerencia Municipal, sobre “Ordenanza que aprueba el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2024-2027 de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso”, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN y modificado con el Decreto Supremo N° 010-2019-IN, establece que “El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital. …”; asimismo, de acuerdo al literal a) del artículo 28º, una de sus funciones es “Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana (…)”;
Que, el artículo 46º del precitado Reglamento, establece que: “Los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. (…) Los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana”;
Que, la Directiva N° 06-2023-IN-DGSC “Lineamientos Técnicos para la Formulación, Aprobación, Implementación y Actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 786-2023-IN, establece que los Planes de acción seguridad ciudadana son instrumentos técnicos que orientan la gestión de la seguridad ciudadana a nivel regional, provincial y distrital, tomando en consideración los objetivos prioritarios, lineamientos y enfoques de las políticas en materia de seguridad ciudadana establecidos por el sector Interior. Asimismo, establece que los planes de acción de seguridad ciudadana tienen un periodo de vigencia de implementación de cuatro (4) años, y se formulan un (1) año antes de su implementación. No obstante, estos pueden ser actualizados anualmente, siempre y cuando se cumpla con uno o más criterios establecidos en el Anexo IX de la Directiva;
Que, en la Sesión Extraordinaria del CODISEC de fecha 12 de diciembre del 2023 se validó la Propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 del distrito de CDLLR formulándose el Acta correspondiente;
Que asimismo el inciso 7.3.2 de la mencionada Directiva, señala que corresponderá al Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital aprobar la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana mediante Ordenanza, luego que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, haya validado la misma;
Que, a través del Informe N° 017-2023-ST-CODISEC/MDCLR de fecha 13 de diciembre del 2023, emitido por el Responsable de Secretaría Técnica-CODISEC/MDCLR, señala que de conformidad a lo expuesto en el presente informe en el que se detalla el estricto cumplimiento a las normas vigentes (Directiva 006-2022-IN-DGSC) para la formulación del proyecto del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, se solicita disponer por quien corresponda se dé el trámite correspondiente para que en sesión de concejo se dé la aprobación al presente Plan de Acción y se proceda a diligenciar la respectiva Ordenanza Municipal;
Que, mediante Informe Técnico N° 021-2023-SGPPMI-GPP/MDCLR de fecha 18 de diciembre del 2023 de la Sub Gerencia de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones OPINA favorablemente respecto al presente proyecto de Ordenanza, al encontrarse alineado a la misión y visión del distrito de Carmen de La Legua Reynoso;
Que, a través del Informe N° 479-2023-MDCLR/GAJ de fecha 18 de diciembre del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta legalmente viable aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso;
Que, con Memorando N° 485-2023-GM/MDCLR de fecha 20 de diciembre del 2023, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Secretaría General, para la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, elevándolo a la Sesión de Concejo Municipal correspondiente;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y sus modificatorias, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE
ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
2024-2027 EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del distrito de Carmen de la Legua Reynoso, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte y demás unidades orgánicas de la Municipalidad, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal.
Articulo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.municarmendelalegua.gob.pe) y en el Portal Web de Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ
Alcalde
2248221-1