Autorizan viaje a personal del Ejército del Perú, para que participen en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”

Resolución Ministerial

Nº 01573-2023-DE

Lima, 23 de diciembre del 2023

VISTOS:

El Oficio Nº 266 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio Nº 03418-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 02139-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 014–2014-RE que aprueba la Política Nacional Antártica, establece que el Ministerio de Defensa tendrá a su cargo la Administración Logística y Mantenimiento de toda estación Científica o Instalación que el Perú tenga o pueda tener en la Antártida;

Que, asimismo, la participación del Perú en las Campañas Antárticas es responsabilidad del Ejército del Perú, a través de la Compañía de Operaciones Antárticas, realizando labores de Operación y Mantenimiento de la Estación Científica Antártica “Machu Picchu”; por lo que, es labor principal del Ejército el soporte de dichas campañas en cumplimiento a los objetivos estratégicos nacionales y la política nacional;

Que, con Oficio Múltiple Nº 00660-2023-MINDEF/VPD, el Viceministro de Políticas para la Defensa hace de conocimiento a las Instituciones Armadas que, a través del OF. RE (DSL) Nº 2-20-E/847, la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores remitió la estructura general y el cronograma de la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXX;

Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 094/COADNE/DAA, elaborada por el Comandante General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército - COADNE y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al personal de Oficiales, Técnicos, Sub Oficiales y Empleados Civiles para participar en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”, a realizarse en el periodo comprendido del 23 de diciembre de 2023 al 25 de febrero de 2024;

Que, por medio del Informe Técnico Nº 007/COADNE/DAA, el Comandante General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército - COADNE, recomienda se autorice el viaje al exterior, del mencionado personal militar y civil del Ejército del Perú, para que participen Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”, a desarrollarse en dos fases: fase Continental y fase Antártica; la fase Continental se desarrollará en el continente sudamericano, en las ciudades de Punta Arenas (República de Chile), Ushuaia (República Argentina) y Valparaíso (República de Chile), comprendido en dos etapas: etapa 1 concentración de personal, material y equipo y embarque, el cual se realizará en el periodo comprendido desde el 23 al 31 de diciembre de 2023; etapa 2 desembarque y desconcentración de medios, el cual se realizará desde el 17 al 25 de febrero de 2024 en Punta Arenas (República de Chile) y Ushuaia (República Argentina), y desde el 2 al 4 de marzo de 2024 en Valparaíso (República de Chile), y la fase Antártica se desarrollará en la Antártida, específicamente en la Isla Rey Jorge, lugar donde se ubica la Estación Científica “Machu Picchu” (ECAMP), en el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 17 de febrero de 2024;

Que, a través del Dictamen Legal Nº 3354-2023/OAJE, la Jefatura de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que participará en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia;

Que, la Exposición de Motivos suscrita por el Comandante General del COADNE señala que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que participará en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”, por cuanto, permitirá consolidar la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida, fortaleciendo la investigación científica e innovación tecnológica, para contribuir al conocimiento, protección ambiental y manejo de la Antártida;

Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 007/COADNE/DAA, el personal militar y civil recibirá hospedaje y alimentación durante su estadía en la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP); por lo que, de conformidad con lo establecido en el párrafo c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con financiamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero;

Que, mediante Hoja de Gastos suscrita por el Comandante General del COADNE, se determina que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, viáticos y el veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal respectivo del Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG;

Que, asimismo, conforme a las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000005013 y Nº 0000005014, emitidas por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje, durante el Año Fiscal 2023;

Que, a través del Oficio Nº 6606/OPRE/Y/6, el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército precisa que los gastos que genere la participación del personal militar y civil en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX” durante el 2024, serán atendidos con cargo al presupuesto del citado año fiscal;

Que, con Oficio Nº 266 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de Oficiales, Técnicos, Sub Oficiales y Empleados Civiles, para participar en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”, del 23 al 29 de diciembre de 2023, periodo que comprende la estadía en la ciudad de Punta Arenas – República de Chile, autorizando su salida de país el 23 de diciembre y su retorno el 29 de diciembre de 2023; y, del 23 de diciembre de 2023 al 25 de febrero de 2024, periodo que comprende la estadía en la ciudad de Punta Arenas - República de Chile, y a la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP) ubicada en la Isla Rey Jorge; y, que en el periodo de retorno comprende la ciudad de Punta Arenas - República de Chile, autorizando su salida de país el 23 de diciembre y su retorno el 26 de febrero de 2024;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, asimismo, el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la situación militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, establece que el personal nombrado en comisión de servicio o misión de estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 del referido decreto legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo;

Que, a través del Oficio Nº 03418-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico Nº 848-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior, señalando que el mismo se encuentra conforme con los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa;

Que, mediante el Informe Legal Nº 02139-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de Oficiales, Técnicos, Sub Oficiales y Empleados Civiles, para participar en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”, conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, al personal de Oficiales, Técnicos, Sub Oficiales y Empleados Civiles, para que participen en la Trigésima Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ANTAR XXX”, de acuerdo al siguiente detalle:

a. Comisión Logística del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército: del 23 al 29 de diciembre de 2023, periodo que comprende la estadía en la ciudad de Punta Arenas - República de Chile; así como, autorizar su salida de país el 23 de diciembre y su retorno el 29 de diciembre de 2023.

GRADO

NOMBRES Y APELLIDOS

DNI

1

General Brigada

Luis Enrique VASQUEZ GUERRERO

18089038

2

Teniente Coronel EP

Ari Inti SALHUANA REYNA

10549296

3

Mayor EP

Christian Gabino CUEVA QUIROGA

44000038

b. Grupo COA: del 23 de diciembre de 2023 al 25 de febrero de 2024, periodo que comprende la estadía en la ciudad de Punta Arenas - República de Chile, y a la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP) ubicada en la Isla Rey Jorge; y, que en el periodo de retorno comprende además la ciudad de Punta Arenas - República de Chile; así como, autorizar su salida del país el 23 de diciembre de 2023 y su retorno el día 26 de febrero de 2024.

GRADO

NOMBRES Y APELLIDOS

DNI

CONDICION

1

Coronel EP

Javier Oswaldo TARQUI MERCADO

29416108

TITULAR

2

Mayor EP

James Ismael FLORES VALDIVIESO

44792472

TITULAR

3

Capitán EP

Jhosselyn Isela CHACÓN MOSTACERO

48515074

TITULAR

4

Capitán EP

Alexander DURAND QUISPE

44021872

TITULAR

5

Teniente EP

Hairo Joel ACUÑA HUAMANI

47341776

TITULAR

6

Técnico 2º EP

Miguel YAURI VILLEGAS

43310439

TITULAR

7

Técnico 2º EP

Luis SANTIAGO HUALLAQUISPE

80069488

TITULAR

8

Técnico 2º EP

Tuesmer YANAYACO CRIOLLO

40807028

TITULAR

9

Técnico 2º EP

Hugo Yony VILLAVERDE VILCAS

25785096

TITULAR

10

Técnico 3º EP

Jeff PÉREZ PEÑA

41902474

TITULAR

11

Técnico 3º EP

Hilario COLLATUPA AMARU

43416701

TITULAR

12

Técnico 3º EP

Ilder CASTRO TAPIA

42398055

TITULAR

13

Técnico 3º EP

Domingo Donato NIVIN BARRETO

31671142

TITULAR

14

Técnico 3º EP

Johan BREIBAT CANDIA

43310430

TITULAR

15

Sub-Oficial 1º EP

Pedro BARRIONUEVO VÁSQUEZ

45097547

TITULAR

16

Sub-Oficial 1º EP

Jonathan HUAMANI ZAPATA

43591571

TITULAR

17

Sub-Oficial 1º EP

Eleazar CARBAJAL GÓMEZ

20725094

TITULAR

18

Sub-Oficial 1º EP

Edilberto CRUZ MIJAHUANCA

44772089

TITULAR

19

Sub-Oficial 1º EP

Roberto VARGAS MOLINA

46022406

TITULAR

20

Sub-Oficial 2º EP

Jhonatan GUIMAC ROMERO

45088668

TITULAR

21

Sub-Oficial 2º EP

Jerson Manuel SULLCA GOMEZ

45605509

TITULAR

22

Sub-Oficial 2º EP

Lipni SILVA GARCÍA

42772352

TITULAR

23

Sub-Oficial 2º EP

Ruben SANGAMA PIZANGO

72079254

TITULAR

24

Sub-Oficial 2º EP

Edwin RODRIGUEZ VARGAS

44212076

TITULAR

25

Empleado Civil

Diego Marcos RICAPA ALCÁNTARA

70226528

TITULAR

26

Empleado Civil

Alexander GUEVARA GUZMAN

47073838

TITULAR

27

Capitán EP

Cecilia CRUZADO MOLINA

45187483

SUPLENTE

28

Técnico 3º EP

Williams CORNELIO RAMOS

42446469

SUPLENTE

29

Sub-Oficial 1º EP

Gener SHUPINGAHUA SEOPA

45697030

SUPLENTE

30

Sub-Oficial 2º EP

Gabriel ROSALES RAMOS

46926571

SUPLENTE

Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos:

Comisión Logística COADNE (Ida y vuelta)

Lima - Punta Arenas (República de Chile) – Lima (del 23 al 29 diciembre de 2023)

Clase económica

US$ 1,384.62 x 3 personas (incluye importe TUUA) US$ 4,153.85

Viáticos Comisión Logística COADNE:

Punta Arenas (República de Chile) (del 23 al 29 diciembre de 2023)

US$ 370.00 x 3 personas x 7 días US$ 7,770.00

Sub-total: US$ 11,923.85

GRUPO COA:

Pasajes aéreos (Ida y vuelta):

Lima - Punta Arenas (República de Chile) – Lima (del 23 de diciembre de 2023 al 25 de febrero de 2024)

US$ 1,384.62 x 26 personas (incluye importe TUUA) US$ 36,000.00

GRUPO AVANZADA COA (ABASTECIMIENTO):

Viáticos por comisión al extranjero (Ida):

Punta Arenas (República de Chile) (del 23 al 31 de diciembre de 2023)

Oficial Superior

US$ 370.00 x 2 personas x 9 días US$ 6,660.00

Oficial Subalterno

US$ 370.00 x 1 persona x 9 días US$ 3,330.00

Tcos, Sub-Ofls

US$ 370.00 x 2 personas x 9 días US$ 6,660.00

Sub-total: US$ 16,650.00

GRUPO COA:

Viáticos por comisión al extranjero (Ida):

Punta Arenas (República de Chile) (25 al 31 de diciembre de 2023)

Oficial Subalterno

US$ 370.00 x 2 personas x 7 días US$ 5,180.00

Tcos, Sub-Ofls y Personal Civil

US$ 370.00 x 19 personas x 7 días US$ 49,210.00

Sub-total: US$ 54,390.00

Compensación Extraordinaria por estadía en Estación Científica Antártica “Machu Picchu” del 1 de enero al 17 de febrero de 2024 (20%):

Oficial Superior

US$ 1,283.26/31 x 2 personas x 31 días (1 – 31 ene 2024) US$ 2,566.52

US$ 1,283.26/29 x 2 personas x 17 días (1 - 17 feb 2024) US$ 1,504.51

Oficial Subalterno

US$ 1,069.38/31 x 3 personas x 31 días (1 – 31 ene 2024) US$ 3,208.14

US$ 1,069.38/29 x 3 personas x 17 días (1 –17 feb 2024) US$ 1,880.63

Técnicos, Sub-Oficiales y Personal Civil

US$ 1,018.23/31 x 21 personas x 31 días (1 – 31 ene 2024) US$ 21,382.83

US$ 1,018.23/29 x 21 personas x 17 días (1 –17 feb 2024) US$ 12,534.76

Sub-total: US$ 43,077.39

GRUPO AVANZADA COA (ABASTECIMIENTO):

Viáticos por comisión al extranjero (retorno):

Punta Arenas (República de Chile) (18 al 26 de febrero de 2024)

Oficial Superior

US$ 370.00 x 2 personas x 9 días US$ 6,660.00

Oficial Subalterno

US$ 370.00 x 1 persona x 9 días US$ 3,330.00

Tcos, Sub-Ofls

US$ 370.00 x 2 personas x 9 días US$ 6,660.00

Sub-total: US$ 16,650.00

GRUPO COA:

Viáticos por comisión al extranjero (retorno):

Punta Arenas (República de Chile) (20 al 26 de febrero de 2024)

Oficial Subalterno

US$ 370.00 x 2 personas x 7 días US$ 5,180.00

Tcos, Sub-Ofls y Personal Civil

US$ 370.00 x 19 personas x 7 días US$ 49,210.00

Sub-total: US$ 54,390.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 233,081.24

Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditado ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular, en estricto orden de prelación.

Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal.

Artículo 5.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 6.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.

Artículo 7.- El personal autorizado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Jorge Luis Chávez Cresta

Ministro de Defensa

2247657-1