Aprueban con eficacia anticipada, a partir del 17 de diciembre de 2023, la desagregación de los recursos autorizados mediante Decreto Supremo Nº 279-2023-EF que autoriza la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 022: Ministerio Público
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 3625-2023-MP-FN
Lima, 22 de diciembre de 2023
VISTOS:
El oficio Nº 001791-2023-MP-FN-GG de la Gerencia General, el informe Nº 000189 -2023-MP-FN-GG-OGPLAP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y el oficio Nº 01515-2023-MP-FN-OGASEJ de la Oficina General de Asesoría, y;
CONSIDERANDO:
En el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2837-2022-MP-FN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2023 del Pliego 022: Ministerio Público por toda fuente de financiamiento.
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 279-2023-EF publicado en la edición extraordinaria de fecha 12 de diciembre de 2023 en el Diario Oficial “El Peruano”, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023, a favor de los pliegos, entre otros, el Ministerio Público, para financiar el costo diferencial para el pago de la valorización principal que forma parte de la compensación económica, que se otorga a los profesionales de la salud, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, de acuerdo al detalle señalado en precitado artículo.
De acuerdo al numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 279-2023-EF, se señala que los pliegos habilitados en el numeral 2.1 del citado artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por pliegos y unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo II “Transferencia de Partidas para financiar el costo diferencial para el pago de la valorización principal” que forma parte integrante del referido dispositivo legal, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa).
De acuerdo al Anexo II “Transferencia de Partidas para financiar el costo diferencial para el pago de la Valorización Principal”, publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas, se señala la información de los recursos autorizados, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Fuente de Financiamiento y Genérica de Gasto, correspondiendo al Pliego 022: Ministerio Público el monto total de S/ 1 412,00 (MIL CUATROCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES).
El numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 279-2023-EF, señala que el Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
El artículo 4 del Decreto Supremo Nº 279-2023-EF, señala que los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 del referido dispositivo legal, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
En ese sentido, resulta necesario aprobar la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo Nº 279-2023-EF en el Presupuesto Institucional del año fiscal 2023 del Pliego 022: Ministerio Público, por el monto de S/ 1 412,00 (MIL CUATROCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Producto, Actividad, Categoría y Genérica de Gasto.
Al amparo del numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
Estando a lo propuesto por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, corresponde expedir el acto resolutivo que apruebe la referida desagregación de la Transferencia de Partidas.
Contando con los vistos de la Gerencia General, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina de Presupuesto.
De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar con eficacia anticipada, a partir del 17 de diciembre de 2023, la desagregación de los recursos autorizados mediante Decreto Supremo Nº 279-2023-EF que autoriza la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 022: Ministerio Público, hasta por la suma de S/ 1 412,00 (MIL CUATROCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), en el presupuesto institucional del año fiscal 2023 con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
(En Soles)
EGRESOS:
Sección Primera : Gobierno Central
Pliego : 022 Ministerio Público
Unidad Ejecutora : 010 Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML)
Categoría Presupuestaria : 9001 Acciones Centrales
Producto : 3999999 Sin Producto
Actividad : 5000001 Planeamiento y Presupuesto
Fuente de Financiamiento : 1. Recursos Ordinarios
Categoría de Gasto
Gasto Corriente
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 412,00
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TOTAL PLIEGO 1 412,00
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Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Pliego 022: Ministerio Público, instruya a la Unidad Ejecutora 010: Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML), para que elabore la correspondiente “Nota para Modificación Presupuestaria” que se requiera.
Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente resolución, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4, del artículo 31 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1440.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución en portal institucional.
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, a la Unidad Ejecutora 010: Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML), Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Finanzas, Oficina General de Tecnologías de la Información, y a la Oficina de Presupuesto para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2247602-1