Autorizan la gratuidad hasta la meta de 2,000 procedimientos en el Registro Único de Identificación de Personas Naturales - RUIPN y consecuente emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico - DNIe, en las modalidades de inscripción por primera vez, duplicado, renovación y rectificación de datos para niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar; y para otros casos
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 000206-2023/JNAC/RENIEC
Lima, 22 de diciembre del 2023
VISTOS:
El Informe Nº 000027-2023/DRIAS/RENIEC (13DIC2023), de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación Nº 000450-2023/OPP/RENIEC (15DIC2023), de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000300-2023/OPP/UPE/RENIEC (15DIC2023), de la Unidad de Planificación y Estadística de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 001753-2023/OPP/UP/RENIEC (14DIC2023), de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 000457-2023/GG/RENIEC (19DIC2023), de la Gerencia General y el Informe Nº 001899-2023/OAJ/RENIEC (20DIC2023), de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, de mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;
Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de la persona, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscrito en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que lo individualice;
Que por diversos factores de orden estructural, económico, normativo, sociocultural o geográfico, no todos los nacionales acceden a dichos documentos, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad, generando a la ciudadanía severos inconvenientes para el pleno ejercicio de sus derechos y para la realización de actos jurídicos, comerciales, administrativos; incluso para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado;
Que asimismo, en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el RENIEC desde el año 2003, viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del Documento Nacional de Identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros;
Que en atención a ello, mediante el documento de vistos, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, solicita aprobar para el año 2024 la gratuidad a nivel nacional hasta la meta de 2,000 procedimientos en el Registro Único de Identificación de Personas Naturales - RUIPN y consecuente emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico - DNIe, en las modalidades de inscripción por primera vez, duplicado, renovación y rectificación de datos para: niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar, en situación de orfandad debido al fallecimiento de uno o dos de sus padres, abuelos o tutores, menores que acompañan a sus madres en el cumplimiento de su condena en Establecimientos penitenciarios; para personas mayores o menores víctimas de delitos penales que vulneren la libertad, la integridad física y psicológica, la dignidad económica y social de las/os ciudadanos, así como para los familiares directamente afectados; siendo reportadas por instituciones del Estado u organizaciones de la sociedad civil, previo informe social y gestionadas en campañas y/o jornadas de documentación itinerante de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS del RENIEC;
Que asimismo, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, señala que nuestra entidad se encuentra en la ejecución del Plan Nacional de Identidad Digital y Servicios Disponibles (PNIDSD) 2022-2025, el mismo que cuenta con acciones estratégicas orientadas a la ejecución de campañas descentralizadas para la emisión del DNIe dirigidas a poblaciones vulnerables, esta dirección tiene previsto que para el año 2024 el 100% de los trámites realizados por la DRIAS se realicen con emisión de DNI electrónico, pero sin la inyección ni activación de los certificados digitales correspondientes en la aplicación del procedimiento regular, con la posibilidad de que los ciudadanos puedan solicitarlo posteriormente en la EREP más cercana de manera gratuita; situación para lo que se cuenta con la opinión favorable de las direcciones de Servicios Registrales y de Certificación y Servicios Digitales;
Que en efecto, si bien la finalidad de la emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico-DNIe, es acreditar la identidad del ciudadano a través de dos (02) mecanismos (físicos y electrónicos) esto no imposibilita que de manera excepcional, atendiendo el carácter identificatorio del DNI, se entregue sin la inyección ni activación de los certificados digitales, para que posteriormente los certificados digitales puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano;
Que asimismo corresponderá a los órganos involucrados adoptar las medidas que resulten necesarias para que los Documento Nacional de Identidad electrónico-DNIe que se emitan, cuenten en el plazo que se fije, con los certificados digitales;
Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;
Que la Oficina de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos señala que lo solicitado por la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser financiado con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Institución para el año 2024, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, evalúa lo solicitado y emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social;
Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente;
Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y,
Estando a la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000086-2021-JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modificatoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad hasta la meta de 2,000 procedimientos en el Registro Único de Identificación de Personas Naturales - RUIPN y consecuente emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico - DNIe, en las modalidades de inscripción por primera vez, duplicado, renovación y rectificación de datos para: niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar, en situación de orfandad debido al fallecimiento de uno o dos de sus padres, abuelos o tutores, menores que acompañan a sus madres en el cumplimiento de su condena en Establecimientos penitenciarios; para personas mayores o menores víctimas de delitos penales que vulneren la libertad, la integridad física y psicológica, la dignidad económica y social de las/os ciudadanos, así como para los familiares directamente afectados; siendo reportadas por instituciones del Estado u organizaciones de la sociedad civil, previo informe social y gestionadas en campañas y/o jornadas de documentación itinerante de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS del RENIEC, para el año 2024.
Artículo Segundo.- Autorizar la emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico-DNIe, sin la inyección ni activación de los certificados digitales, para que posteriormente puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano ante cualquier Centro de Atención EREP o realizarse de manera autónoma desde la comodidad de un entorno web.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Direcciones de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Servicios Registrales, de Certificación y Servicios Digitales, de Registros de Identificación y a las Oficinas de Tecnologías de la Información, de Administración y Finanzas y de Planificación y Presupuesto.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de la presente Resolución Jefatural para la publicidad a la población.
Artículo Quinto.- La presente Resolución Jefatural se publica en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec), el mismo día de la publicación de la Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
2247580-1