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“año de la unidad, la paz y el desarrollo”

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

ORDENANZA N° 688-MSS

ORDENANZA QUE ESTABLECE

EL MARCO LEGAL Y DISPOSICIONES PARA EL

CÁLCULO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2024

ACUERDO DE CONCEJO N° 607

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

NORMAS LEGALES

separata especial

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ACUERDO DE CONCEJO Nº 607

Lima, 21 de diciembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha, acordó lo siguiente;

VISTO: El Oficio Nº D000507-2023-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de LimaSAT del 11 de diciembre de 2023, que remite el expediente de ratificación digital de la Ordenanza Nº 688-MSS, que aprueba el régimen tributario de arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2024 en el distrito de Santiago de Surco, y;

CONSIDERANDO:

Que, en los artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú y en la Norma IV del Código Tributario, se establece que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley; asimismo el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de la Ordenanza Nº 2386-2021 que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco aprobó la ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola conjuntamente con el expediente de ratificación digitalizado al SAT, con carácter de declaración jurada;

Que, a través del Informe Nº D000161-2023-SAT-ART del 11 de diciembre de 2023, el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del SAT opinó favorablemente respecto a la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables;

Que, en conjunto los arbitrios que financiaran la prestación de los respectivos servicios tienen una variación del 19.74%, con relación al año 2023;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, a través de su Dictamen 161-2023-MML/CMAEO; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Artículo 1.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 688-MSS, que aprueba el régimen tributario de arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2024 en el distrito de Santiago de Surco, con una variación del 19.74%, con relación al año 2023.

Artículo 2.- El presente acuerdo ratificatorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2023, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada, incluido el informe técnico. La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital.

Artículo 3.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

RENZO ANDRES REGGIARDO BARRETO

Teniente Alcalde

ORDENANZA Nº 688-MSS

Santiago de Surco, 21SET.2023

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

El Dictamen Nº 19-2023-CGM-CAJ-MSS Dictamen Conjunto de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum 1908-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe 720-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 714-2023-GAT-MS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 260-2023-SGCC-GAF-MSS de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, los Informes Nº 312 y 315-2023-SGRCT-GAT-MSS de la Subgerencia de Registro y Control Tributario, entre otros documentos, sobre la Ordenanza que establece el marco legal y disposiciones para el cálculo de los Arbitrios Municipales para el año 2024; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público;

Que, el artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo 156-2004-EF, sustituido por el artículo 24º del Decreto Legislativo 952, dispone que la determinación de las tasas deberán sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial, utilizándose de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente;

Que, asimismo, el artículo 69-A de la precitada norma, indica que las Ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes, así como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso, deberán ser publicadas hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, establece que Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia. (…)”;

Que, acorde a los artículos y de la Ordenanza Nº 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba el procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima, se regula el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones, constituyendo requisito indispensable para su vigencia, la ratificación por el Concejo Metropolitano de Lima;

Que, la Subgerencia de Contabilidad y Costos, a través del Informe Nº 260-2023-SGCC-GAF-MSS de fecha 07.09.2023, remite las estructuras de costos actualizadas e Informe Técnico de Costos, a fin de continuar con el proceso de determinación del régimen tributario de los arbitrios municipales para el ejercicio 2024. Asimismo, precisa que las estructuras de costos han seguido el lineamiento establecido por la Directiva 001-006-00000016 del Servicio de Administración Tributaria;

Que, asimismo, la Subgerencia de Registro y Control Tributario, mediante Informe Nº 315-2023-SGRCT-GAT-MSS, informa sobre la cantidad de contribuyentes, predios, contribuyentes exonerados, entre otros criterios, para la elaboración de la presente propuesta de Ordenanza;

Que, en este contexto, la Gerencia de Administración Tributaria, a través del Memorándum Nº 714-2023-GAT-MS de fecha 18.09.2023, adjunta el proyecto de Ordenanza que establece el marco legal y disposiciones para el cálculo de los Arbitrios Municipales para el año 2024, así como el Informe Nº 312-2023-SGRCT-GAT-MSS de la Subgerencia de Registro y Control Tributario, que precisa sobre inafectaciones, exoneraciones, régimen especial, usos de residuos sólidos, usos de serenazgo metros de frontis y establecimiento de topes. Asimismo, remite el Informe Técnico Financiero de Determinación de Arbitrios que incluye los costos y la determinación de tasas;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe 720-2023-GAJ-MSS de fecha 19.09.2023, teniendo en cuenta la documentación presentada, así como la normativa vigente sobre la materia, señala que la Gerencia de Administración Tributaria cumple con los requisitos exigidos por las normas de la materia para sustentar la aprobación de la Ordenanza que establece el marco legal y disposiciones para el cálculo de los Arbitrios Municipales para el año 2024, por lo que concluye opinando por la procedencia de la aprobación de la misma;

Que, la Gerencia Municipal, mediante Memorándum 1908-2023-GM-MSS de fecha 19.09.2023, teniendo en cuenta lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el precitado informe, así como lo informado por la Gerencia de Administración Tributaria, quien ha sustentado la aprobación de una nueva Ordenanza de Arbitrios para el periodo 2024 y demás documentación sustentante, remite los mismos a efectos de su elevación al Concejo Municipal, para su atención y evaluación;

Que, estando al Dictamen Nº 19-2023-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, y, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9º incisos 8) y 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MARCO LEGAL Y DISPOSICIONES PARA

EL CÁLCULO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2024

ARTÍCULO 1o.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN

En uso de la potestad tributaria municipal prevista en la Constitución Política del Perú y de conformidad con las leyes complementarias y las sentencias del Tribunal Constitucional, se establece en la jurisdicción de Santiago de Surco, el marco legal y de distribución de costos de servicios para la determinación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2024.

ARTÍCULO 2º.- HECHO IMPONIBLE

El hecho imponible de la obligación tributaria de los Arbitrios Municipales, está constituido por la prestación, implementación y/o mantenimiento de los servicios públicos de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, prestados en el distrito.

ARTÍCULO 3º.- DEUDOR TRIBUTARIO

Son deudores tributarios de los Arbitrios Municipales regulados por la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas, comunidades de bienes, patrimonios, sucesiones indivisas, fideicomisos, sociedades de hecho, sociedades conyugales u otros entes colectivos, aunque estén limitados o carezcan de capacidad o personería jurídica según el derecho privado o público:

1. En calidad de contribuyente:

a) Cuando tengan la condición de propietarios de uno o más predios ubicados en la jurisdicción del distrito de Santiago de Surco, cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados, o cuando un tercero use el predio bajo cualquier título o sin él. Tratándose de predios sujetos a copropiedad, la obligación se distribuye en proporción a la alícuota de cada condómino.

b) Al cesionario que haya obtenido la posesión temporal de los predios de parte de la Municipalidad de Santiago de Surco.

c) Los ocupantes del predio, cuando por mandato judicial o acto administrativo, haya sido adjudicado o afectado en uso a personas naturales y/o jurídicas, distintas a los titulares de dominio, durante el tiempo de la posesión efectiva.

d) Los titulares de concesiones, tratándose de predios de propiedad del Estado Peruano.

e) Los organismos públicos descentralizados, organismos constitucionales autónomos y entidades de derecho público, cuando el Estado Peruano les hubiera otorgado bajo cualquier modalidad, el uso o posesión de uno de sus predios.

f) El titular del área donde se habita o desarrolla actividad económica específica, tratándose de predios sobre los cuales recaiga derecho de superficie o acto jurídico similar, que implique que la propiedad de las edificaciones y del terreno no convergen en la misma persona.

g) La Comisión Nacional de Bienes IncautadosCONABI o el organismo público que haga sus veces, respecto de los predios de propiedad del Estado Peruano adquiridos vía pérdida de dominio.

2. En calidad de responsable solidario:

a) Los condóminos a los que se refiere el inciso a) del numeral 1, del Artículo 2º.

b) Las personas naturales y/o jurídicas a las que se les hubiera cedido posesión del predio bajo cualquier título y mientras dure la misma.

c) Los poseedores cuando no sea posible identificar y/o ubicar y al propietario del predio o cuando este último se encuentre en condición de no habido, con arreglo a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado del Código Tributario.

d) El conductor del predio, tratándose de espacios destinados a la realización de ferias artesanales, recreacionales, comerciales o similares.

e) El poseedor o conductor del predio que realice actividades comerciales, de servicios u otros, y haya obtenido el certificado de autorización municipal de apertura y funcionamiento durante determinado periodo, de no contar con certificado de autorización municipal de apertura y funcionamiento y se haya verificado la actividad comercial u otros en giro dentro de un proceso de fiscalización tributaria y/o administrativa.

f) Las entidades públicas o privadas o personas naturales, sobre los predios que reciban en administración a través de la Comisión Nacional de Bienes IncautadosCONABI o la entidad que haga sus veces.

g) Otros, con arreglo a lo dispuesto por la Ley en la materia.

En estos casos, para que surta efectos la responsabilidad solidaria, la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, notifica al responsable, la Resolución de Determinación de atribución de responsabilidad, a través del cual se expresa la causal de atribución de la responsabilidad y el monto de la deuda objeto de la responsabilidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20º-A, del Texto Único Ordenado del Código Tributario vigente o norma que surte aplicable en caso de modificatoria.

ARTÍCULO 4º.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA

La condición tributaria se configura el primer día calendario de cada mes al que corresponda la obligación tributaria.

Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio, la obligación tributaria para el nuevo contribuyente o responsable nacerá el primer día calendario del mes siguiente al que se adquirió la condición de propietario.

ARTÍCULO 5º.- DEFINICIONES

- PREDIO

Se entiende por predio, a toda unidad inmobiliaria y/o catastral destinado total o parcialmente a vivienda o a usos comerciales y de servicios, institucionales o se trate de terrenos sin construir ubicados dentro de la jurisdicción de Santiago de Surco.

Para efectos de la acotación de los arbitrios municipales, se considerarán como predios independientes a los espacios o secciones del predio destinados a un uso distinto al principal. Cuando en el predio el propietario o los poseedores lo destinen a más de un uso diferente, se cobrarán los arbitrios municipales separadamente, considerando el uso específico destinado a cada una de las áreas.

No se consideran predios, para efectos de la determinación de arbitrios a las unidades accesorias a la unidad de vivienda (casa habitación) , tales como: estacionamientos, azoteas, aires, depósitos, clósets o tendales u otra unidad inmobiliaria de similar naturaleza, siempre que correspondan a un mismo propietario y no se desarrolle en dicho espacio actividad comercial alguna.

- ARBITRIO

Al tributo (tasa) cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o mantenimiento, por la municipalidad, de un servicio público individualizado en el contribuyente.

- ARBITRIO DE LIMPIEZA PÚBLICA

Este arbitrio comprende el cobro por la prestación de dos tipos de servicios: Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos:

b.1 Barrido de Calles

Comprende el servicio de barrido de vías y espacios públicos, transporte, descarga, transferencia y disposición final de los desechos sólidos correspondientes.

b.2 Recolección de Residuos Sólidos

Comprende la recolección domiciliaria ordinaria y selectiva de residuos sólidos urbanos y escombros urbanos; transporte, descarga; transferencia y disposición final de los desechos sólidos provenientes de los predios referidos en el numeral 1) del presente artículo y de las áreas de dominio público.

- ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

El arbitrio de Parques y Jardines Públicos, comprende el cobro por la prestación de los servicios de implementación, recuperación, mantenimiento y mejoras de Parques y Jardines de uso público, recolección de maleza de origen domiciliario y público, transporte y disposición final.

- ARBITRIO DE SERENAZGO

El arbitrio de Serenazgo comprende el cobro por el mantenimiento y mejora del servicio municipal de vigilancia pública, control y desarrollo de las actividades de prevención del delito, accidentes, protección civil y atención de emergencias, en procura de la seguridad ciudadana.

- CONTRIBUYENTE

Aquél que realiza o, respecto del cual, se produce el hecho generador de la obligación tributaria.

- RESPONSABLE

Aquel quien, sin tener la condición de contribuyente, está obligado al pago de Arbitrios Municipales atribuida a éste.

- PROPIETARIO

Persona natural o jurídica, sucesiones indivisas, sociedades conyugales u otros entes colectivos, con título de propiedad o documento cierto que acredite el derecho sobre un predio.

- OCUPANTE

Persona natural o jurídica, sucesiones indivisas, sociedades conyugales u otros entes colectivos, que ejerce sólo el derecho de uso, habitación o usufructo del predio.

- USO

El uso del predio es la finalidad para la cual se utiliza o aquella para la cual fue construido o implementado.

ARTÍCULO 6º.- PERIODICIDAD

Los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, son de periodicidad mensual, debiendo cancelarse dentro de los plazos establecidos en el artículo siguiente.

ARTÍCULO 7º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN

El vencimiento para el pago por la prestación mensual del servicio en el ejercicio 2024, coincidirá con las fechas de pago programadas para el Impuesto Predial, excepto el mes de diciembre, por lo que deberá cancelarse en las fechas que se señalan a continuación, salvo que por ordenanza se establezca una prórroga:

29 de febrero de 2024 por los meses de enero y febrero.

31 de mayo de 2024 por los meses de marzo, abril y mayo.

29 de agosto de 2024 por los meses de junio, julio y agosto.

29 de noviembre de 2024 por los meses de septiembre, octubre y noviembre.

31 de diciembre de 2024 por el mes de diciembre.

ARTÍCULO 8º.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN

El costo que demanda la prestación de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, por el ejercicio 2024, se distribuirá entre los contribuyentes en función al número de predios en el distrito de Santiago de Surco conforme se explica en el Informe Técnico Financiero (Anexo IV) que forma parte integrante de la presente ordenanza, y de acuerdo a los siguientes criterios:

A) LIMPIEZA PÚBLICA:

A) 1. Barrido de Calles

Tamaño del frente del predio: Criterio predominante entendido como la longitud del predio frente a la calle.

Frecuencia del Servicio: Criterio complementario que establece la intensidad del servicio entendida como el número de veces a la semana que se presta el servicio.

A) 2. Recolección de Residuos Sólidos

Para predios de uso casa habitación y predio rústico:

Uso del predio: Como indicador de su actividad de mayor o menor generación de residuos.

Tamaño del predio: Criterio referencial entendido como área construida.

Número de habitantes: La cantidad promedio de habitantes por predio en función del sector en que se encuentren. Este dato podrá sustituirse mediante Declaración Jurada de Actualización de Datos, sujeta a fiscalización.

Para predios de Otros Usos:

Uso del predio: Criterio predominante como indicador de su actividad de mayor o menor generación de residuos.

Tamaño del predio: Criterio referencial entendido como área construida.

B) PARQUES Y JARDINES PUBLICOS

Ubicación del predio: Criterio predominante que se utiliza en referencia a la cercanía del predio frente a las áreas verdes. Esta agrupación de predios se establece en función a:

1. Sectores del servicio: En atención a la densidad del servicio por sector, y;

2. Cercanía a las áreas verdes: a) frente a parque; b) frente a otras áreas verdes tales como bermas y arboledas; c) predios cercanos a parques; d) otras ubicaciones dentro de su sector.

Índice de concurrencia: Criterio complementario, referido a la concurrencia de las personas a las áreas verdes del distrito.

Capacidad Habitable: Criterio complementario, que precisa el disfrute potencial en función al espacio físico habitable del predio.

C) SERENAZGO

Ubicación del predio: Criterio predominante que se establece en función a:

1. Área de actividad delictiva predominante: Zona geográfica determinada por el tipo de actividad delictiva predominante, que determina la mayor o menor asignación de recursos, las que se encuentran descritas en el Anexo 8 del Informe Técnico Financiero y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

2. Ubicación por zona de riesgo: Criterio que establece zonas de riesgo -identificadas por cuadrantes- dentro de cada área de actividad delictiva predominante señalada en el punto anterior.

Uso del predio: Criterio que mide la exposición al riesgo por la actividad que se realiza en el predio.

ARTÍCULO 9º.- INAFECTACIÓNES

a) Se encuentran inafectos al arbitrio de Serenazgo, los predios de propiedad o utilizados por el Ministerio de Defensa, así como los del Ministerio de Interior del Perú, destinados únicamente a su función policial o militar, según corresponda.

b) Se encuentran inafectos a los arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos y Parques y Jardines, los terrenos sin construir, conforme al Informe de Defensoría del Pueblo Nº 106.

ARTÍCULO 10º.- EXONERACIONES

Se encuentran exonerados al pago de los Arbitrios Municipales, los predios de propiedad de:

a) La Municipalidad de Santiago de Surco.

b) Los gobiernos extranjeros, en condición de reciprocidad, siempre que el predio se destine a residencia de sus representantes diplomáticos o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o consulados.

c) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cuando el predio o parte de éste, sea utilizado para fines propios y no generen renta.

d) Las entidades religiosas reconocidas por el Estado, debidamente constituidas y acreditadas, cuyos predios se encuentren destinados a templos, conventos, monasterios, museos o similares.

e) Los Centros Educativos Estatales y Universidades Nacionales, debidamente reconocidos, respecto de los predios destinados a sus finalidades educativas y culturales.

ARTÍCULO 11º.- REGIMEN ESPECIAL

Se encuentran exonerados del 50% del pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, los propietarios que acrediten su calidad de pensionistas y cumplan con los requisitos exigidos por el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias.

ARTÍCULO 12º.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS

El monto recaudado por concepto de los arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad de Santiago de Surco.

El rendimiento de los mencionados arbitrios será destinado única y exclusivamente a financiar el costo de la ejecución, implementación y mantenimiento de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo.

ARTÍCULO 13º.- PREDIOS CON MÁS DE UN USO

Los propietarios de predios con más de un uso están obligados a presentar una Declaración Jurada por cada sección inmobiliaria, a fin de determinar el pago de los Arbitrios Municipales por cada uso. Su omisión faculta a la Administración Tributaria a determinarla de oficio.

ARTÍCULO 14º.- MEDIDAS PRESUNTAS

El contribuyente que no se encuentre satisfecho con la aplicación de la medida presunta en los criterios de distribución de los costos de los servicios de Recolección de Residuos Sólidos para el uso de casa habitación y Barrido de Calles, podrá presentar una declaración jurada que varíe los datos de frontis y/o cantidad de habitantes del predio, que le permite obtener el recalculo respectivo. Dicha declaración, de acuerdo con las facultades de la Administración Tributaria, podrá estar sujeta a fiscalización posterior.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- INFORME TÉCNICO FINANCIERO, ESTRUCTURA DE COSTOS, TASAS, ESTIMACIÓN DE INGRESOS

Apruébese el Informe Técnico Financiero, Estructura de Costos, Tasas, Estimación de Ingresos que, como anexo, forman parte integrante de la presente Ordenanza.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La presente ordenanza entrará en vigencia el 1º de enero de 2024, siempre que previamente haya sido publicada conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifica, conforme al marco legal vigente.

TERCERA.- BENEFICIO DE PRONTO PAGO

Para el ejercicio 2024, se concederán como incentivo por el abono oportuno de los arbitrios, los siguientes descuentos:

A.- Si estuvo al día en el pago de sus arbitrios municipales al 31 de diciembre de 2023, y:

1. Cancela las 12 cuotas del ejercicio 2024, hasta el 29 de febrero, obtendrá un descuento del 10% del monto total que le corresponda pagar por arbitrios.

2. Cancela las 12 cuotas del ejercicio 2024, cada una dentro del plazo establecido, obtendrá un descuento del 6% del monto total de sus arbitrios, que se aplicará en la última cuota.

B.- Si no estuvo al día en el pago de sus arbitrios municipales al 31 de diciembre del 2023 y;

1. Cancela las 12 cuotas del ejercicio 2024 hasta el 29 de febrero, obtendrá un descuento del 4% del monto total que le corresponda pagar por arbitrios.

2. Cancela las 12 cuotas del ejercicio 2024, cada una dentro del plazo establecido, obtendrá un descuento del 2% del monto total de sus arbitrios, que se aplicará en la última cuota.

CUARTA.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para que prorrogue las fechas de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, previo informe de la Gerencia de Administración Tributaria.

QUINTA.- BENEFICIO DE LIQUIDACIÓN MENOR

Establecer que la liquidación mensual total del ejercicio 2024 de los arbitrios municipales de Limpieza Pública (compuesto por los servicios de barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines Públicos, y Serenazgo, no excederá:

- El 20% respecto del monto mensual total liquidado en el ejercicio 2023 para los predios con el uso casa habitación.

- El 20% respecto del monto mensual total liquidado en el ejercicio 2023 para los predios con usos distintos a casa habitación.

Entiéndase que la liquidación mensual total para el ejercicio 2024 comprende la suma de los montos liquidados por cada arbitrio, incluyendo los beneficios de reducción que se aprobaron de acuerdo al marco legal vigente para dicho ejercicio.

SEXTA.- LIQUIDACIÓN PARA EL CASO DE PREDIOS NUEVOS O QUE SUFRIERON VARIACIONES

Tratándose de predios nuevos o que hubieran sufrido modificaciones en sus características por parte de los contribuyentes o como producto de una fiscalización tributaria que determinaron una variación en la liquidación de arbitrios durante el ejercicio 2023, se tomará como base para la aplicación del artículo anterior, la liquidación correspondiente al mes de diciembre 2023.

SÉPTIMA.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión oportuna de sus alcances.

OCTAVA.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano, una vez que haya sido ratificada por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco. Del mismo modo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 17º de la Ordenanza Nº 2386-2021, que sustituyó a la Ordenanza Nº 2085-MML, el texto íntegro de la presente Ordenanza y del Acuerdo de Concejo que la ratifique se deberán publicar en el portal del SAT (www.sat.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

CARLOS BRUCE MONTES DE OCA

Alcalde

ANEXO

INFORME TÉCNICO FINANCIERO

“DETERMINACIÓN DE COSTOS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES,

RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO”

PARTE I: RESUMEN DE PLANES DE SERVICIO Y DETERMINACIÓN DE COSTOS

SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES

RESUMEN DEL PLAN ANUAL DE SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2024

I. LINEAMIENTOS ESTRATEGICOS ORGANIZACIONALES

En el Plan Estratégico Institucional del distrito de Santiago de Surco 20192026, aprobado con Resolución 119-2023-RASS, se ha establecido como Objetivo EstratégicoPromover la Gestión Ambiental en el distrito”, y como Actividad Estratégica, alineada a este objetivo, “Vías y espacios públicos limpios de residuos sólidos en el distrito”.

UNIDAD ORGANICA RESPONSABLE

El artículo 153º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Decreto de Alcaldía 015-2022-MSS, establece que:

La Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines se encarga del servicio de limpieza pública, el mantenimiento de parques y jardines públicos y la conservación del medio ambiente. Asimismo, es la encargada del mantenimiento, conservación y promoción del crecimiento de las áreas verdes de uso público; así como realizar los trabajos de mejora en la infraestructura de riego del distrito. De esta manera, mediante el Memorándum 2683-2023- SGLPJ-GSC-MSS describe las actividades consideradas en la prestación del Servicio de Barrido de Calles para el ejercicio 2024.

II. SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES PARA EL EJERCICIO 2024

Para el año 2024, la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, plantea realizar el Servicio de Barrido de Calles, ejecutando las siguientes actividades:

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

1. LIMPIEZA DE VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS

La actividad comprende la recolección manual (barrido y papeleo) de los desperdicios depositados en la vía pública generados por causas naturales, tránsito y malos hábitos poblacionales, así como también el baldeo y limpieza en los diferentes parques y monumentos del distrito; teniendo como principal objetivo el mantenimiento y conservación de los espacios y vías públicas.

Este servicio contempla el barrido de calles, plazas, plazuelas, avenidas, alamedas y parques, acopiando los residuos producto del barrido en bolsas y colocados en puntos específicos de cada ruta, para su posterior recolección, transporte y disposición final, por ende el servicio de barrido contempla más actividades que el servicio de recolección de residuos sólidos, y de esta manera se cumple con el ítem 24.1 inciso a) del artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Barrido del Turno Día

El servicio de barrido de calles, con énfasis en aceras y frontis de viviendas, se distribuye en el distrito de la siguiente manera:

- Barrido en los sectores del 01 al 08; el servicio de barrido se realiza en el siguiente horario: lunes a viernes de 6:30 a.m. hasta las 3:15 p.m., sábados de 7 a.m. hasta las 2:30 pm., cubriendo la totalidad de los sectores 6 días de la semana.

- Barrido en el sector 09; es importante destacar que el servicio de barrido en este sector, si bien es cierto se realiza de manera diaria, de lunes a sábado desde las 6:30 a.m. hasta las 3:15 p.m., no se realiza en los mismos lugares, haciendo rotar el personal entre los diversos asentamientos humanos del mismo, logrando una frecuencia efectiva de barrido que alcanza una vez a la semana, desarrollado y distribuido por diversas zonas del sector. En el turno diurno se requiere de 372 barredores, correspondiendo 284 barredores al D.L 728 y 88 barredores al D.L 1057.

En función a la distribución en estos sectores, para brindar eficientemente el servicio, el personal operativo sale a desarrollar sus labores bajo el siguiente ordenamiento: 141 rutas establecidas con cuadrillas de dos personas cada una.

CANTIDAD DE RUTAS DEFINIDAS, POR SECTOR, EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO

SECTOR

DE RUTAS

Sector 1

24

Sector 2

26

Sector 3

15

Sector 4

8

Sector 5

13

Sector 6

8

Sector 7

20

Sector 8

20

Sector 9

7

TOTAL

141

Barrido del Turno Noche

Se refiere al servicio de barrido y mantenimiento de avenidas principales específicas y centros comerciales y que, por presentar gran afluencia de personas en tránsito, existe gran cantidad de generación de desperdicios por la población flotante. Para este servicio se requiere de la participación de 15 personas efectivas en horario nocturno.

Repaso de Barrido en Turno Tarde

Se refiere al servicio del repaso de barrido en los diversos sectores y urbanizaciones en todo el distrito, durante el turno de la tarde desde las 14:00 horas hasta las 22:00 horas. Se realiza con personal del turno de mañana, según la programación operativa del servicio.

Barrido de plazas

Consiste en brindar el servicio de limpieza a parques y espacios abiertos que se encuentren bajo la responsabilidad del municipio, para su desarrollo se utilizan cuadrillas individuales de barredores, los cuales responden a labores rotativas para barrido y en grupos cuando concierne a labores de baldeado de calles.

Baldeo de mobiliario urbano

Se cuenta con una cuadrilla de 15 personas para la atención de limpieza de monumentos, plaza y glorietas.

El requerimiento de personal, para la actividad de Limpieza de Vías y Espacios Públicos, es el siguiente:

PERSONAL DE BARRIDO DE CALLES PARA EL AÑO 2024

Barrido del Turno Dia

372

Barrido del Turno Noche

15

Ayudante Baldeo

15

Chofer

22

Ayudante

16

Total

440

2. BALDEO Y DESINFECCIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS

Para la movilización de herramientas, materiales e insumos, hasta su lugar de trabajo, para ello se cuenta con 03 camiones baranda y 03 Camionetas pick up:

No

PLACA

CLASE

MARCA

AÑO FAB.

1

EGX-049

Camión Baranda

CHEVROLET

2003

2

EGE-616

Camión Baranda

MITSUBISHI

2010

3

EUC-779

Camioneta

TOYOTA

2013

4

EUC-785

Camioneta

TOYOTA

2013

5

EGW-993

Camión Baranda

YUEYIN

2008

6

EGX-009

Camioneta

MAZDA

1997

Respecto a la operatividad de los 03 camiones baranda y las 03 camionetas, se requieren 22 choferes y 16 ayudantes para los 03 turnos y se han establecido los siguientes recursos para su operación:

DETALLE

UNIDAD DE MEDIDA

PERIODICIDAD

POR 01 CAMION

POR 03 CAMIONES

LLANTAS (JUEGOS COMPLETOS)

Juego

Anual

6

18

BATERIA

Unidad

Anual

1

3

PETROLEO DIESEL B5-5-50

Galón

Mensual

210

630.00

SEGURO VEHICULAR

Póliza

Si Aplica

SOAT

Póliza

Si Aplica

DETALLE

UNIDAD DE MEDIDA

PERIODICIDAD

POR 01 CAMIONETA

POR 03 CAMIONETAS

LLANTAS (JUEGOS COMPLETOS)

Juego

Anual

4

12

BATERIA

Unidad

Anual

1

3

PETROLEO DIESEL B5-5-50

Galón

Mensual

60

180.00

SEGURO VEHICULAR

Póliza

Si Aplica

SOAT

Póliza

Si Aplica

El costo de los seguros vehiculares será asumido por la Municipalidad.

El resto de materiales asignados al servicio son los siguientes:

Descripción

Unidad

Cantidad

PANTALON DRILL

Prenda

1,760

POLO MANGA LARGA

Prenda

1,760

GORRO EN DRILL

Prenda

1,760

MOCHILA

Unidad

1,760

BOTIN DE CUERO C/PUNTA DE ACERO

Par

1,760

BOTA DE JEBE

Par

60

CASACA

Prenda

1,760

CHALECO DRILL

Prenda

1,760

PROTECTOR BUCAL DE DRILL

Prenda

1,760

GUANTES DE JEBE

Par

64

Descripción

Unidad

Cantidad

ESCOBA TIPO BAJA POLICIA

Unidad

6,966

RECOGEDOR DE METAL

Unidad

2,322

CONTENEDOR DE POLIETILENO C/ RUEDAS 120L

Unidad

387

CONO DE SEGURIDAD 90cm

Unidad

400

ESCOBA CERDAS PLASTICO 40cm

Unidad

50

BOLSA P/ BASURA DE 140 LITROS

Millar/Año

485

DETERGENTE INDUSTRIAL X 15 Kg

Saco

96

La dotación de bolsas de polietileno de 140 Lts para el recojo de residuos sólidos, provenientes de la acción del barrido de calles, es la siguiente:

BOLSAS DE POLIETILENO 140 LTS. C/NEGRO

Turno

Días

Horario

Personal Efectivo Diario

Entrega de Bolsas por Día

Total por Año

(313 días)

Día

Lunes a Sabado

07:00 a.m. a 04:00 p.m.

359

4

449,468

Tarde

Lunes a Sabado

02:00 p.m. a 10:00 p.m.

12

4

15,024

Noche

Lunes a Sabado

10:00 p.m. a 05:00 a.m.

16

4

20,032

Total Anual (por unidad)

484,524

Total Mensual Redondeado (por millar)

484.5

3. RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS PRODUCTO DE LA LIMPIEZA DE VIAS Y ESPACIOS PÚBLICOS

Esta actividad se realizará con el servicio de recolección. Transporte y disposición final de residuos sólidos, la misma que dispondrá la atención de 9,309.36 toneladas en el año 2024 producto de la limpieza de vías y espacios públicos., con un promedio mensual de 775.8 toneladas.

4. ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO

En cuanto al desarrollo del Servicio de Barrido de Calles, se debe tener en cuenta la necesidad de personal para supervisión y dirección, para lo cual se cuenta con un Subgerente (con una dedicación del 25%) y 02 Administrativos (con una dedicación del 50%), para la dirección y planificación, y, 01 Supervisor General (con dedicación exclusiva) y 15 Supervisores (con una dedicación total al servicio), para la supervisión de la operatividad del servicio.

Condición - Cargo

2024

%

Dedicación

PERSONAL CONTRATADO - DL 276

2

ADMINISTRATIVO

2

50%

PERSONAL CONTRATADO - DL 728

7

SUPERVISOR GENERAL

1

100%

SUPERVISOR

6

100%

PERSONAL CAS - DL 1057

10

SUBGERENTE

1

25%

SUPERVISOR

9

100%

Totales

19

Para la gestión y administración del acervo documentario del Servicio de Barrido de Calles se requerirán los siguientes útiles de oficina, con una dedicación del 50%:

DESCRIPCION

UNIDAD

CANTIDAD

ARCHIVADOR D/CARTON C/PALANCA D/LOMO ANCHO. T: OFICIO

UNID

24

BOLIGRAFO D/TINTA COLOR AZUL

UNID

24

BOLIGRAFO D/TINTA COLOR NEGRO

UNID

24

CORRECTOR

UNID

6

GOMA EN BARRA

UNID

6

FASTENER METALICO X 50

CAJA

6

GRAPA 26/6 X 5000

CAJA

6

NOTAS ADHESIVAS POST-IT C/AMARILLO

PAQ

52

PAPEL BOND T-A4 75GRS

PAQX500

24

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR AZUL

UNID

12

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR NEGRO

UNID

24

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR ROJO

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/NARANJA

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/AMARILLO

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/VERDE

UNID

12

REGLA D/PLASTICO. T: 60 CM

UNID

2

SOBRE MANILA. T: A-4

PAQX50

12

TAMPON PARA SELLO AZUL

UNID

6

Costos Fijos

Además, se ha considerado el consumo de (01) suministro de energía eléctrica del local del Complejo Ecológico, donde se ubican las oficinas de la Subgerencia de Limpieza y Parques y Jardines con un porcentaje de dedicación compartido con el servicio de Recolección de Residuos y Parques y Jardines.

RESUMEN DEL PERSONAL NECESARIO PARA EL SERVICIO

PERSONAL OPERATIVO

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

BARRIDO DELTURNO DÍA

372

BARRIDO DEL TURNO NOCHE

15

AYUDANTE DE BALDEO

15

CHOFER

22

AYUDANTE

16

TOTAL

440

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SUPERVISIÓN

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

SUBGERENTE

01

ADMINISTRATIVO

02

SUPERVISOR GENERAL

1

SUPERVISOR

15

TOTAL

19

III. EXPECTATIVAS DE MEJORA

Para el año 2024 la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines promoverá la Gestión Ambiental en el distrito, a través de la eficaz ejecución del Servicio de Barrido de Calles.

IV. META ANUAL

OBJETIVO

INDICADOR

META

PERIODICIDAD

Vías y espacios públicos limpios de residuos sólidos en el distrito

Toneladas de

Residuos Sólidos

775.8

Mensual

V. COSTO DEL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES

El costo anual proyectado para el ejercicio 2024, para el servicio de Barrido de Calles asciende a S/ 11,883,804.98.

Servicio

Costos 2024 S/

Costos Directos

11,352,085.88

Mano de Obra

6,957,299.66

Materiales

2,439,820.62

Otros gastos variables

1,954,965.60

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

526,782.17

Costos Fijos

4,936.93

Total

11,883,804.98

La estructura de costos, en detalle, del servicio de Barrido de calles se adjunta a continuación.

EXPLICACIÓN DETALLADA DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE COSTOS PARA EL EJERCICIO 2024

Con la finalidad de brindar una mejor explicación de los componentes de las estructuras de los costos, a continuación, se detalla cada uno de los costos involucrados en la prestación del servicio.

COSTOS DIRECTOS

Mano de Obra Directa:

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal D.L 728

5,084,604.86

Comprende el costo anual del personal en planilla del D.L 728, que labora en la prestación del servicio como ayudantes, barredores o choferes (335). Este personal posee todos los beneficios sociales de acuerdo a la normatividad vigente.

Personal CAS

1,872,694.80

Comprende el costo anual del personal contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, que realiza labores de barrido de calles; como ayudantes, barredores y choferes (105).

Costo de Materiales:

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Uniformes

1,507,284.00

Comprende el vestuario de faena del personal operativo (440) que consta de:

04 Pantalones drill, 04 polos manga larga, 04 mochilas, 04 gorras drill, 04 botines de cuero, 04 protectores bucales, 04 casacas, 04 chalecos drill y 04 pares de guantes y 04 pares de botas de jebe, adicionales, para los ayudantes.

Material de Limpieza

752,850.00

Comprenden los bienes requeridos para el Servicio de Barrido de Calles, tales como: Escobas tipo baja policía, recogedores de metal, conos de seguridad, escobas plásticas, bolsas para basura de 140Lts; así como el detergente para el baldeo y limpieza de espacios públicos.

Repuestos

25,634.34

Comprende el costo de los repuestos básicos para la operatividad de la flota vehicular, tales como llantas y baterías, utilizados para mantener operativa la flota vehicular (03 camiones baranda y 03 camionetas) asignada al Servicio de Barrido de Calles, para el traslado de personal y herramientas durante el servicio.

Combustibles

154,052.28

Comprende el costo del petróleo (27 galones diarios en promedio) necesarios para la operatividad de cada Camión de la flota vehicular - 03 camiones baranda y 03 camionetas pick up) asignada al Servicio de Barrido de Calles.

Otros Costos y Gastos Variables

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Transporte y Disposición final de Residuos SólidosAlquiler de camiones

1,954,965.60

Comprende el costo anual del servicio de Transporte y disposición final de los residuos sólidos generados por la acción del barrido de calles en los 09 sectores del distrito. Contempla las 775.8 toneladas mensuales de residuos sólidos generadas por el Barrido de Calles. Este servicio proyectado de alquiler de camiones que incluye choferes profesionales (mas no ayudantes de camiones compactadores) se basa en el cumplimiento de la Ley 31254.

COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS

Mano de Obra Indirecta

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal

D.L 728

182,433.24

Este costo comprende el costo anual del personal de Supervisión (01 Supervisor General y 06 Supervisores) en esta modalidad D.L 728, quienes realizan labores supervisión y control en el Servicio de Barrido de Calles, cada uno con sus respectivos porcentajes de dedicación al servicio.

Personal

D.L 276

40,260.36

Este costo comprende el costo anual del personal Administrativo, quienes realizan labores de gestión, organización y coordinación administrativa del Servicio de Barrido de Calles, cada uno con sus respectivos porcentajes de dedicación al servicio.

Personal

CAS

284,317.89

Este costo comprende el costo anual del Subgerente y Supervisores, quienes realizan labores de planeamiento y dirección; coordinación, supervisión y control del Servicio de Barrido de Calles, cada uno con sus respectivos porcentajes de dedicación al servicio.

Materiales y Útiles de Oficina

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Útiles de Oficina

630.68

Comprende el material de escritorio y demás útiles de oficina que sirven para realizar las labores administrativas de coordinación, control y gestión del Servicio de Barrido de Calles.

Otros Materiales

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Uniformes

19,140.00

Comprende el vestuario, para su correcta presentación del personal supervisor (15) que consta de:

02 Pantalones jeans, 02 camisas, 02 chalecos y 02 casacas.

Costos Fijos

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Servicio de Energía Eléctrica

3,856.93

Comprende el costo de energía eléctrica que se utiliza para realizar labores administrativas, contemplando el consumo de 01 suministro asignado al área, Considerándose solo un 6% de dedicación al servicio de Barrido.

SOAT

1,080.00

Comprende el costo del Seguro Obligatorio contra Accidentes de TránsitoSOAT, de los (03) Camiones Baranda y las (03) camionetas pick up utilizadas en el Servicio de Barrido de Calles.

EXPECTATIVAS DE MEJORAJUSTIFICACIÓN CUALITATIVA

Para el Ejercicio 2024, se dispondrá de una mayor cantidad de rutas de barrido, pasando de 131 a 141 rutas de barrido, lo cual permitirá tener una mayor cobertura de limpieza de vías en el distrito. Así mismo, se dispondrá de una mayor cantidad de personal operativo, pasando de 386 a 440 obreros (entre barredores, ayudantes de baldeo y choferes). El servicio dispondrá de una barredora mecánica para la limpieza de ciertas vías, con la finalidad de optimizar el servicio. Además de una mayor atención a los predios afectos al servicio, que están pasando de 129,525 a 136,647 predios afectos, que tiene correlación directa a una mayor prestación del servicio.

JUSTIFICACIÓN CUANTITATIVA

Servicio

Costos 2023 Ord 665-MSS

S/

Costos 2024

S/

Variación 2024 - 2023

S/

Variación 2024 - 2023

%

Costos Directos

7,729,598.82

11,352,085.88

3,622,487.06

46.87%

Mano de Obra

4,864,538.40

6,957,299.66

2,092,761.26

43.02%

Materiales

1,030,486.02

2,439,820.62

1,409,334.60

136.76%

Otros gastos variables

1,834,574.40

1,954,965.60

120,391.20

6.56%

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

425,826.18

526,782.17

100,955.99

23.71%

Costos Fijos

37,825.62

4,936.93

-32,888.69

-86.95%

Total

8,193,250.62

11,883,804.98

3,690,554.36

45.04%

Se observa un incremento del 45.04%, esto se debería a lo siguiente:

En el rubro de Mano de Obra, se puede apreciar un incremento del 43.02% que se debe al incremento de personal en el régimen laboral Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad, conforme a las reposiciones judiciales de obreros a través de los años y rotaciones de personal operativo internas; que permite una mayor prestación del servicio de barrido, incrementando las rutas de barrido en el distrito. Así mismo, a la incorporación del incremento en las remuneraciones (S/ 64.19) establecido mediante el Decreto Supremo 311-2022-EF, que aprueba el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los Decretos Legislativos 728 y 1057, así como la actualización de las remuneraciones de los ayudantes de baldeo, que pasan de S/ 1,063.70 a S/1,340.76; Barredores turno día, que pasan de S/ 1,063.70 a S/ 1,486.73 y choferes, que pasan de S/ 1,663.40 a S/ 2,557.31.

En el rubro de Materiales, se puede apreciar un incremento del 136.76% que se debe al incremento de materiales y herramientas para el servicio, dado que están en función a la cantidad de barredores, principalmente, tales como uniformes, escobas, recogedores, bolsas para basura, entre otros. Se debe precisar que también se han actualizado los precios unitarios de estos bienes, de acuerdo a los precios actuales, como por ejemplo las bolsas de basura que están pasando de S/ 494.64 por millar a S/ 860.00 por millar. También se está considerando la dotación de 387 contenedores de polietileno con ruedas para el transporte de los residuos sólidos producto de la actividad de barrido, con un costo de S/ 370.00 cada uno.

En el rubro de Otros costos y gastos variables, se puede apreciar un incremento del 6.56% que se debe principalmente al incremento de toneladas previstas en la generación de residuos sólidos en el distrito y a la actualización del costo unitario del servicio; pasando de S/ 200.00 por tonelada a S/ 210.00 por tonelada.

En el rubro de costos indirectos y gastos administrativos, se puede apreciar un incremento del 23.71% que se debe principalmente al sinceramiento y actualización de las remuneraciones del personal administrativo y de supervisión, acorde a las remuneraciones vigentes del mercado laboral; pasando de S/ 425,826.18 a S/ 526,782.17 anuales y a la inclusión del Supervisor General de Barrido (D.L 728) que ha sido rotado de otra área operativa y promovido (en cargo) a Supervisor.

En el rubro de costos fijos, se puede apreciar un decremento del -86.95% que se debe principalmente a que se está pasando de (02) a (01) suministro de energía eléctrica; así mismo el costo del suministro de agua potable esta siendo asumido por la Municipalidad y la telefonía fija.

Finalmente, se debe señalar que el incremento en el costo del servicio de Barrido de calles, se debe a que no se han actualizado estos costos del servicio desde el ejercicio 2020 a la fecha, dado que se ha ido aplicando la prórroga de los costos y tasas los años 2021,2022 y 2023.

SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

RESUMEN DEL PLAN ANUAL DE SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2024

I. LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS ORGANIZACIONALES

En el Plan Estratégico Institucional del distrito de Santiago de Surco 20192026, aprobado con Resolución 119-2023-RASS, se ha establecido como Objetivo EstratégicoPromover la Gestión Ambiental en el distrito”, y como Actividad Estratégica, alineada a este objetivo, “Recolección de residuos sólidos domiciliarios dispuestos adecuadamente en el relleno sanitario”.

UNIDAD ORGÁNICA RESPONSABLE

El artículo 153º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Decreto de Alcaldía 015-2022-MSS, establece que:

La Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines se encarga del servicio de limpieza pública, el mantenimiento de parques y jardines públicos y la conservación del medio ambiente. Asimismo, es la encargada del mantenimiento, conservación y promoción del crecimiento de las áreas verdes de uso público; así como realizar los trabajos de mejora en la infraestructura de riego del distrito. De esta manera, mediante el Memorándum 2683-2023-SGLPJ-GSC-MSS describe las actividades consideradas en la prestación del servicio de Recolección de residuos sólidos para el ejercicio 2024.

II. SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA EL EJERCICIO 2024

Para el año 2024, la prestación del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos se realizará bajo el esquema de Alquiler de Unidades Vehiculares para el Transporte y Disposición Final de los Residuos Municipales que se generan en el Distrito, ejecutando las siguientes actividades:

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

1. RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS

Servicio de Recolección de residuos sólidos domiciliarios

La actividad comprende la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos domiciliarios generados en los 9 sectores del distrito, por los vecinos en sus domicilios y los residuos comunes provenientes de centros comerciales, mercados, restaurantes, hoteles, instituciones y los de barrido de calles que son colocados (embolsados o en contenedores) en las veredas o bermas laterales.

El servicio incluye la recolección de los contenedores soterrados de 4 m3 de capacidad destinados a residuos sólidos municipales.

La prestación del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos comprenderá de igual manera el Servicio de Repaso, de acuerdo a los horarios establecidos en coordinación con la Municipalidad de Santiago de Surco.

Las labores cotidianas de control y supervisión, lo ejecuta la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines a través de los Supervisores de Limpieza.

En los Sectores del 01 al 08, la recolección de los residuos sólidos domiciliarias y comerciales se realiza en el turno noche con una frecuencia diaria mediante el método puerta a puerta principalmente. En el Sector 09 se realiza en el turno día mediante el método de campaneo con una frecuencia diaria, además del recojo en mercados y comercios de los Sectores del 01 al 08.

El servicio dispondrá de la siguiente flota vehicular:

- 16 camiones compactadores de 21 m3 de capacidad, 1er turno (noche).

- 08 camiones compactadores de 21 m3 de capacidad, 2do turno (noche).

- 07 camiones compactadores de 21 m3 de capacidad, 3er turno (día).

- 02 camiones compactadores de 21 m3 de capacidad. 4to turno (tarde).

- 02 camiones alza contenedor para contenedores soterrados (grúa) o similar que recoja 100% de los contenedores de forma ambiental y sanitariamente.

- 02 camionetas para la supervisión del servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos domiciliarios.

El horario de recolección de los residuos municipales se debe llevar a cabo de lunes a domingo incluye feriado, de acuerdo con el horario establecido en la siguiente tabla:

SECTOR

HORARIO

TURNO

Sector 1

01:00 a.m. hasta 05:00 am.

Noche

Sector 2

Sector 3

07:00 p.m. hasta 10:30 p.m.

Sector 4

Sector 5

Sector 6

Sector 7

Sector 8

Sector 9

08:00 am hasta 01:00 pm.

mañana

Repaso

02:00 pm hasta 06:00 pm

Tarde

El requerimiento de personal, para la actividad de recolección de residuos sólidos, es el siguiente:

PERSONAL OPERATIVO

CANTIDAD

Ayudante de compacta

127

Supervisor Noche

4

Supervisor Día

4

Coordinador

1

Balancero

1

Controlador de Relleno Sanitario

1

Total

138

Servicio de Recolección Residuos Sólidos Inorgánicos

Este servicio consiste en la recolección de residuos inorgánicos clasificados en las viviendas y establecimientos comerciales del Distrito efectuándose en el turno diurno de lunes a sábado de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. Para brindar este servicio se utilizará 6 camiones barandas municipales de forma diaria, 5 camiones con un chofer y 1 ayudante cada uno y un camión baranda alza contenedor con 1 chofer y 1 ayudante, de acuerdo a la siguiente programación por sectores:

SECTORES

DÍA

08 y 09

Lunes

03 y 04

Martes

05

Miércoles

01 y 06

Jueves

07

Viernes

02

Sábado

El requerimiento de personal, para la actividad de recolección de residuos sólidos inorgánico, es el siguiente:

PERSONAL OPERATIVO

CANTIDAD

Choferes

6

Ayudantes

6

Total

12

Para esta sub actividad se dispondrá de (06) choferes y (06) ayudantes. Sumando el personal operativo para el servicio, en total, se dispondrá de (133) ayudantes y (06) choferes.

No

PLACA

CLASE

MARCA

1

EGI-624

Camión Baranda Alza Contenedor

INTERNAT

2

EGF-959

Camión Baranda

VOLKSWAGEN

3

EGG-145

Camión Baranda

VOLKSWAGEN

4

E GG-146

Camión Baranda

VOLKSWAGEN

5

EGN-078

Camión Baranda

HYUNDAI

6

EGN-077

Camión Baranda

CHEVROLET

Cuadro comparativo de la flota vehicular

Tipo de vehículo

Ord. 610-MSS

Proyección 2024

Camión Baranda

0

5

Camión Baranda Alza contenedor

0

1

 

0

6

Se debe precisar que en la Ordenanza 610-MSS no se disponía de flota vehicular propia para el servicio, debido a que el servicio se encontraba totalmente tercerizado.

Respecto a la operatividad de los 05 camiones baranda y el 01 Camión Baranda Alza Contenedor, se han establecido los siguientes recursos para su operación:

Tipo de repuesto

Cantidad anual

LLANTA 11R-22.5 DELANTERAS

2

LLANTA 7.50-16 MIXTAS

12

LLANTA 215/75R17.5 MIXTAS

18

LLANTA 13R-22.5 MIXTAS

10

BATERIA 15 PLACAS

2

BATERIA 17 PLACAS

4

BATERIA 21 PLACAS

1

El consumo de combustible para la operación de la flota vehicular, es el siguiente:

No

PLACA

CLASE

Glns / Dia

DIESEL

1

EGI-624

Camión Baranda Alza Contenedor

8.0

2

EGF-959

Camión Baranda

12.0

3

EGG-145

Camión Baranda

11.0

4

E GG-146

Camión Baranda

11.0

5

EGN-078

Camión Baranda

11.0

6

EGN-077

Camión Baranda

11.0

El consumo promedio diario del combustible diesel (por cada vehículo) es de 10.67 Gl/dia Se debe considerar el SOAT respectivo para cada vehículo.

Servicio de Recojo de Contenedores Soterrados para Residuos Inorgánicos:

Los contenedores soterrados para residuos inorgánicos se han habilitado en diferentes zonas del Distrito, ubicados estratégicamente en Avenidas, Parques, etc., para la fácil disposición de residuos sólidos inorgánicos por parte de los vecinos. La recolección de los residuos inorgánicos se lleva a cabo por un camión baranda con grúa alza contenedor.

Servicio de Recojo de Contenedores Soterrados para Residuos Sólidos: Para el año 2024 se realizará el servicio de recolección de contenedores soterrados para residuos sólidos que fueron instalados por la Municipalidad de

Santiago de Surco en diferentes zonas del Distrito, ubicados estratégicamente para optimizar el servicio de recolección en zonas de alta densidad poblacional, facilitando la disposición de residuos sólidos domiciliarios por parte de los vecinos y evitando la posible proliferación de insectos y roedores. Así mismo, se da el debido mantenimiento de los contenedores soterrados y colocarles o renovarles los stickers de aviso.

La recolección está a cargo de la empresa contratada a través de un camión compactador con Alza-contenedor programado de manera diaria y en coordinación con la Subgerencia de Limpieza Parques y Jardines.

Este método de recogida de residuos sólidos por contenedores soterrados beneficia en los siguientes aspectos:

- Higiénicos, ocultan los residuos, evitando su manipulación por personal ajeno a los servicios de recolección (recicladores informales).

- Mantiene una estética más saludable para los ciudadanos, cumpliendo los compromisos con el medio ambiente.

- Evitan malos olores originados por los propios residuos, así como el rebusque de materiales por personas y animales.

- Impide el abandono de residuos fuera de los contenedores por su gran capacidad, evitando la proliferación de parásitos en la superficie.

- Sencillos, rápidos y seguros en su manejo, tanto para los usuarios como para el servicio de recolección.

Para esta actividad, se dispondrá de 05 camiones baranda y 01 camión alza contenedor; los cuales requieren repuestos básicos, tales como llantas y baterías y el consumo de combustible diesel de 10.67 galones diarios en promedio.

2. RECOLECCIÓN DE ESCOMBROS

Servicio de Recolección de Escombros

En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba laLey de Gestión Integral de Residuos Sólidosy debido a que los sistemas de recolección convencional y contenerizados, se ven perjudicados operativamente por la presencia de escombros en su composición; la Municipalidad de Santiago de Surco brinda como una alternativa de manejo adecuado de residuos la recolección de residuos sólidos provenientes de actividades de la construcción de generadores que no se ha podido identificar, a través de mecanismos de acopio, carguío y recolección de residuos de la construcción generados en el distrito, la cual comprende sólo los residuos que son generados de remodelaciones y obras menores relacionadas con la autoconstrucción, quedando exento del servicio, aquellas actividades relacionadas a construcción de viviendas, excavaciones y demoliciones de predios, por lo cual éstas son de responsabilidad de los contratistas que las ejecutan.

Por lo antes expuesto; los residuos sólidos provenientes de las actividades de construcción, son recolectados a través de un servicio tercerizado realizando la siguiente actividad:

Recojo de los residuos sólidos (escombros) arrojados en la vía pública (bermas centrales, bermas laterales, esquinas, etc.): 38,832.00 m3 al año, que forman parte de la estructura de costos.

3. ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO

Las labores de planificación, dirección, supervisión y control, estarán a cargo del siguiente personal: un Subgerente (con una dedicación del 25% al servicio) y 02 Administrativos (con una dedicación del 50% al servicio), para la dirección y planificación; 01 Controlador de pesaje en el relleno sanitario, 01 Balancero, 01 Coordinador y 08 Supervisores (con una dedicación exclusiva).

Condición - Cargo

2024

%

Dedicación

PERSONAL CONTRATADO - DL 276

2

ADMINISTRATIVO

2

50%

PERSONAL CONTRATADO - DL 728

9

CONTROLADOR DE PESAJE

1

100%

SUPERVISOR

8

100%

PERSONAL CAS - DL 1057

3

SUBGERENTE

1

25%

COORDINADOR

1

100%

BALANCERO

1

100%

Totales

14

Para la gestión y administración del acervo documentario del Servicio de Recolección de residuos sólidos se requerirán los siguientes útiles de oficina, con una dedicación del 50%:

DESCRIPCION

UNIDAD

CANTIDAD ANUAL

ARCHIVADOR D/CARTON C/PALANCA D/LOMO ANCHO. T: OFICIO

UNID

24

BOLIGRAFO D/TINTA COLOR AZUL

UNID

24

BOLIGRAFO D/TINTA COLOR NEGRO

UNID

24

CORRECTOR

UNID

6

GOMA EN BARRA

UNID

6

FASTENER METALICO X 50

CAJA

6

GRAPA 26/6 X 5000

CAJA

6

NOTAS ADHESIVAS POST-IT C/AMARILLO

PAQ

52

PAPEL BOND T-A4 75GRS

PAQX500

24

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR AZUL

UNID

12

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR NEGRO

UNID

24

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR ROJO

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/NARANJA

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/AMARILLO

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/VERDE

UNID

12

REGLA D/PLASTICO. T: 60 CM

UNID

2

SOBRE MANILA. T: A-4

PAQX50

12

TAMPON PARA SELLO AZUL

UNID

6

Costos Fijos

Además, se ha considerado el consumo de (01) suministro de energía eléctrica del local del Complejo Ecológico, donde se ubican las oficinas de la Subgerencia de Limpieza y Parques y Jardines con un porcentaje de dedicación compartido con el servicio de Barrido de calles y Parques y Jardines.

RESUMEN DEL PERSONAL NECESARIO PARA EL SERVICIO

PERSONAL OPERATIVO

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

AYUDANTE DE COMPACTA

133

CHOFERES

06

TOTAL

139

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SUPERVISIÓN

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

SUBGERENTE

01

ADMINISTRATIVO

02

SUPERVISOR DIA

04

SUPERVISOR NOCHE

04

BALANCERO

01

COORDINADOR

01

CONTROLADOR DE PESAJE EN EL RELLENO SANITARIO

01

TOTAL

14

III. EXPECTATIVAS DE MEJORA

Para el año 2024 el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos se brindará con el esquema de Alquiler de Unidades Vehiculares para el Transporte y Disposición Final de los Residuos Municipales que se generan en el Distrito, bajo este concepto la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines pretende alcanzar los objetivos trazados para promover la Gestión Ambiental en el distrito.

Asimismo, se incorporará el servicio tercerizado de Recojo, Traslado y Disposición Final de Escombros.

Para el año 2024 la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines promoverá la Gestión Ambiental en el distrito, a través de la eficaz ejecución del Servicio de Barrido de Calles.

IV. META ANUAL

OBJETIVO

ACTIVIDAD

INDICADOR

META

PERIODICIDAD

Garantizar la disposición final de los residuos sólidos

Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios

Toneladas

13,215.97

Mensual

Servicio de recolección de escombros

Metros cúbicos de escombros

38,832.00

Anual

V. COSTO DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

El costo anual proyectado para el ejercicio 2024, para el servicio de Recolección de Residuos Sólidos asciende a S/ 39,743,026.96.

Servicio

Costos 2024

S/

Costos Directos

39,362,076.51

Mano de Obra

2,274,765.48

Materiales

890,082.63

Otros gastos variables

36,197,228.40

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

345,158.06

Costos Fijos

35,792.39

Total

39,743,026.96

La estructura de costos, en detalle, del servicio de Recolección de residuos sólidos se adjunta a continuación.

EXPLICACIÓN DETALLADA DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE COSTOS PARA EL EJERCICIO 2024

Con la finalidad de brindar una mejor explicación de los componentes de las estructuras de los costos, a continuación, se detalla cada uno de los costos involucrados en la prestación del servicio.

COSTOS DIRECTOS

Mano de Obra Directa:

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal D.L 728

2,274,765.48

Comprende el costo anual del personal en planilla del D.L 728, que labora en la prestación del servicio como ayudantes de compactadores o recolectores y choferes (139). Este personal posee todos los beneficios sociales de acuerdo a la normatividad vigente. Los choferes considerados son para los camiones municipales que se encargaran de la recolección de los residuos sólidos, para la recolección de residuos inorgánicos (Segregación).

Costo de Materiales:

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Uniformes

495,062.40

Comprende el vestuario de faena del personal operativo (139) que consta de:

04 Pantalones drill, 04 polos manga larga, 04 mochilas, 04 gorras drill, 04 botines de cuero, 06 protectores bucales, 04 casacas, 04 chalecos drill y 06 pares de guantes de cuero.

Repuestos

29,859.27

Comprende el costo de los repuestos básicos para la operatividad de la flota vehicular, tales como llantas y baterías, utilizados para mantener operativa la flota vehicular (05 camiones baranda y 01 camión alza contenedor) asignada al Servicio de recolección de los residuos sólidos, para la recolección de residuos inorgánicos (Segregación)

Combustibles

365,160.96

Comprende el costo del petróleo (10.67 galones diarios en promedio por cada vehículo) necesarios para la operatividad de cada Camión de la flota vehicular - 05 camiones baranda y 01 camión alza contenedor) asignada al Servicio de recolección de los residuos sólidos.

Otros Costos y Gastos Variables

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Transporte y Disposición final de Residuos SólidosAlquiler de camiones compactadores

33,304,244.40

Comprende el costo anual del servicio de Transporte y disposición final de los residuos sólidos generados en los 09 sectores del distrito, que incluye a choferes profesionales o especializados; en lo que le corresponde al transporte y traslado hasta el relleno sanitario de las 158,591.64 toneladas anuales proyectadas en la generación en el distrito. La actividad de recolección de los residuos sólidos está a cargo de los obreros municipales (administración directa del personal)

Alquiler de camiones volquetes para recojo, transporte y disposición final de desmonte y escombros

2,892,984.00

Comprende el costo anual del servicio de Recolección, Transporte y disposición final del desmonte y escombros generados por la actividad de construcción sin poder identificar el generador.

COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS

Mano de Obra Indirecta

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal

D.L 728

202,606.18

Este costo comprende el costo anual del personal de Supervisión (01 Controlador de pesaje antes de llegar al relleno sanitario y 08 Supervisores) en esta modalidad D.L 728, quienes realizan labores supervisión y control en el Servicio de Recolección de residuos sólidos, cada uno con sus respectivos porcentajes de dedicación al servicio.

Personal

D.L 276

40,260.36

Este costo comprende el costo anual del personal Administrativo, quienes realizan labores de gestión, organización y coordinación administrativa del Servicio de Recolección de residuos sólidos, cada uno con sus respectivos porcentajes de dedicación al servicio.

Personal

CAS

90,176.85

Comprende al personal contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, para realizar labores de gestión, coordinación y supervisión en el peso en el relleno sanitario del Servicio RRSS. Comprende el costo anual de 01 Subgerente (25% de dedicación al servicio), 01 Coordinador y 01 Balancero (100% de dedicación al servicio).

Materiales y Útiles de Oficina

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Útiles de Oficina

630.68

Comprende el material de escritorio y demás útiles de oficina que sirven para realizar las labores administrativas de coordinación, control y gestión del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos.

Materiales

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Uniformes

11,484.00

Comprende el vestuario, para su correcta presentación del personal supervisor (09) a tiempo completo que consta de:

18 Pantalones jeans, 18 camisas, 18 chalecos y 18 casacas.

Costos Fijos

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Servicio de Energía Eléctrica

34,712.39

Comprende el costo de energía eléctrica que se utiliza para realizar labores administrativas, contemplando el consumo de 01 suministro asignado al área, Considerándose un 54% de dedicación al servicio de Recolección de residuos sólidos.

SOAT

1,080.00

Comprende el costo del Seguro Obligatorio contra Accidentes de TránsitoSOAT, de los (05) Camiones Baranda y (01) Camión alza contenedor.

EXPECTATIVAS DE MEJORAJUSTIFICACIÓN CUALITATIVA

Para el Ejercicio 2024, el servicio de Recolección de residuos sólidos, está pasando de un enfoque de prestación del servicio como tercerización total a través de una empresa operadora de residuos sólidos (que comprendía desde la recolección de residuos sólidos, transporte y disposición final); a una administración directa con obreros municipales, como ayudantes recolectores, y el alquiler de camiones compactadores para el transporte y disposición final de los residuos sólidos en el distrito, en cumplimiento a la Ley 31254, Ley que prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública y afines que prestan los obreros municipales. Es por ello, que se proyecta disponer de 139 obreros, bajo la modalidad Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral para el servicio de recolección de residuos sólidos.

El cambio de modelo en la gestión de manejo de los residuos sólidos en el distrito; pasando de la tercerización total (que comprendía desde la recolección de residuos sólidos, transporte y disposición final) a administración directa del servicio, ha permitido reformular la cantidad de camiones compactadores requeridos, contemplar adicionalmente lo siguiente:

- El servicio dispondrá de (33) camiones compactadores de 21m3, alquilados, distribuidos en 04 turnos al día; (02) camiones alza contenedores (para los contenedores soterrados en el distrito); (02) camionetas para la supervisión del servicio.

- También dispondrá de (05) camiones baranda y (01) camión alza contenedor para la recolección de residuos sólidos inorgánicos (Segregación) actividad recién incluida en el servicio; logrando una eficiencia incrementando la frecuencia de recojo de residuos sólidos domiciliarios, que colateralmente favorece en:

- Evitar que los residuos sólidos estén expuestos en la vía pública por un periodo prolongado, impidiendo el reciclaje informal (ruptura de bolsas en la vía pública), manteniendo el distrito más limpio y ordenado.

- Asegurar la recolección oportuna de los 158,591.64 Toneladas al año (generación proyectada para el 2024).

Se debe precisar que esta recolección de residuos sólidos es trasladada en su totalidad al Relleno Sanitario, que se encuentra incluido en el servicio de Transporte y Disposición final de Residuos SólidosAlquiler de camiones compactadores que incluye choferes profesionales y especializados.

Finalmente, se está pasando de 126,054 predios afectos al servicio a 131,941.

JUSTIFICACIÓN CUANTITATIVA

Servicio

Costos 2023 Ord 665-MSS

S/

Costos 2024

S/

Variación 2024 - 2023

S/

Variación 2024 - 2023

%

Costos Directos

30,859,566.50

39,362,076.51

8,502,510.01

27.55%

Mano de Obra

0.00

2,274,765.48

2,274,765.48

 

Materiales

0.00

890,082.63

890,082.63

 

Otros gastos variables

30,859,566.50

36,197,228.40

5,337,661.90

17.30%

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

271,382.58

345,158.06

73,775.48

27.19%

Costos Fijos

87,803.20

35,792.39

-52,010.81

-59.24%

Total

31,218,752.28

39,743,026.96

8,524,274.68

27.30%

Se observa un incremento del 27.30%, esto se debería a lo siguiente:

En el rubro de Mano de Obra, se puede apreciar un incremento de S/ 2,274,765.48, que se debe a la incorporación de 139 obreros a la planilla del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral (entre ayudantes de compactadores o recolectores de residuos sólidos y choferes). Esto en cumplimiento a la Ley 31254, Ley que prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública y afines que prestan los obreros municipales.

En el rubro de Materiales, se puede apreciar un incremento de S/890,082.63, lo cual se debe a la inclusión de los materiales y herramientas para el servicio, en el costo, principalmente los uniformes; debido a la inclusión del personal obrero a la planilla de la Municipalidad y al servicio; dado que antes el servicio era tercerizado en su totalidad (camiones compactadores, choferes y ayudantes de recolección).

En el rubro de otros costos y gastos variables, se puede apreciar un incremento de 17.30% (S/ 5,337,661.90) que se debe al incremento proyectado en la generación de residuos sólidos domiciliarios y no domiciliarios en el distrito; pasando de 139,072.80 a 158,591.64 Toneladas anuales, los cuales serán recolectados (por obreros municipales) y transportados hasta el relleno sanitario por unos camiones compactadores alquilados. Así mismo, se aprecia un incremento en el costo por tonelada pasando de S/ 200 a S/210.

En el rubro de costos indirectos y gastos administrativos, se puede apreciar un incremento del 27.19% que se debe principalmente al incremento de personal de supervisión D.L 728, pasando de 05 a 08, debido a rotaciones internas de obreros y al sinceramiento y actualización de las remuneraciones del personal administrativo y de supervisión, acorde a las remuneraciones vigentes del mercado laboral; pasando de S/ 271,382.58 a S/ 345,158.06 anuales.

En el rubro de costos fijos, se puede apreciar un decremento del -59.24% que se debe principalmente a que se está pasando de (02) a (01) suministro de energía eléctrica; así mismo el costo del suministro de agua potable está siendo asumido por la Municipalidad y la telefonía fija.

Finalmente, se debe señalar que el incremento en el costo del servicio de Recolección de residuos sólidos, se debe a que no se han actualizado estos costos del servicio desde el ejercicio 2020 a la fecha, dado que se ha ido aplicando la prórroga de los costos y tasas los años 2021,2022 y 2023.

SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

RESUMEN DEL PLAN ANUAL DE SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2024

I. LINEAMIENTOS ESTRATEGICOS ORGANIZACIONALES

En el Plan Estratégico Institucional del distrito de Santiago de Surco 20192026, aprobado con Resolución 119-2023-RASS, se ha establecido como Objetivo EstratégicoPromover la Gestión Ambiental en el distrito”, y como Acción Estratégica Institucional, alineada a este objetivo, “Nuevas áreas verdes en espacios públicos, privados y ecosistemas de cerros y lomas en el distrito”.

UNIDAD ORGÁNICA RESPONSABLE

El artículo 153º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Decreto de Alcaldía 015-2022-MSS, establece que:

La Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines se encarga del servicio de limpieza pública, el mantenimiento de parques y jardines públicos y la conservación del medio ambiente. Asimismo, es la encargada del mantenimiento, conservación y promoción del crecimiento de las áreas verdes de uso público; así como realizar los trabajos de mejora en la infraestructura de riego del distrito. De esta manera, mediante el Memorándum 2683-2023-SGLPJ-GSC-MSS describe las actividades consideradas en la prestación del servicio de Parques y Jardines Públicos para el ejercicio 2024.

II. SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS PARA EL EJERCICIO 2024

Para el año 2024, el mantenimiento general de las áreas verdes del distrito se encuentra a cargo de la Subgerencia de Limpieza y Parques y Jardines, habiéndose proyectado para el año 2024 el mantenimiento de las áreas verdes realizando las siguientes actividades:

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

1. SERVICIO DE JARDINERÍA

Para el año 2024 se realizará el mantenimiento general de las áreas verdes, con un área total de 2´324,404.85 m2, en donde se realizarán las siguientes labores agronómicas:

- Deshierbo de la maleza del grass, de los macizos florales, base del arbolado y cercos vivos.

- Limpieza y barrido de hojarasca de las áreas verdes.

- Perfilado de los bordes a nivel de los árboles, jardineras o sardineles.

- Eliminación de plantas muertas en jardineras.

- Riego con puntos de agua potable de SEDAPAL.

- Poda de macizos de ornamentales perennes y arbustos.

- Siembra de plantas de estación y permanentes.

- Siembra de grass en las áreas libres.

- Limpieza de excrementos de canes.

Estas labores serán realizadas en un turno (Diurno), para lo cual se cuenta con 379 jardineros.

2. SERVICIO DE PODA DE ÁRBOLES

Para el año 2024 se realizará el mantenimiento del arbolado urbano, realizando las siguientes actividades:

- Poda aérea de Limpieza.

- Poda de Mantenimiento y control fitosanitario.

- Poda de Formación.

- Poda de reducción de copa.

- Poda radiculares y Extracción de árboles muertos.

- Evaluación de las especies arbóreas, a través del uso de un tomógrafo, para análisis de árboles forestales, que permitan verificar la sanidad al interior del árbol, realizar inspecciones de seguridad para prevenir accidentes, averiguar el grosor de la pared restante que no ha sufrido.

El personal a cargo este servicio corresponde a 38 Podadores diurnos.

3. ARBORIZACIÓN

Para el año 2024 se realizará el plantado de árboles en las vías públicas del distrito, con el fin de recalzar y mantener la densidad adecuada para favorecer el ornato y la calidad del aire del distrito.

Está labor realiza las siguientes actividades:

- Siembra de arbolado (arborización) con sustrato adecuado para recalce de los árboles muertos en pie.

- Inventario geo referenciado y diagnóstico visual del arbolado urbano.

4. SERVICIO DE CORTE DE GRASS

Para el año 2024 se efectuará el servicio de corte de gras, el cual consiste en mantener el grass o manto verde a una altura adecuada y uniforme, no permitiendo que se formen colchones en las áreas verdes, para esta labor se tiene 02 equipos de trabajos, como son:

a) Personal de maquinistas

Personal que se encargará del corte de gras, de las diferentes áreas verdes del distrito, manteniéndolo a una altura adecuada y uniforme. Requiriéndose un total de 16 Maquinistas.

b) Personal de Barrido.

Personal que se encargará del barrido de las áreas verdes del distrito, producto del corte de gras realizado por los maquinistas. Requiriéndose un total de 20 Barredores, dentro del equipo de Jardineros.

5. SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE MALEZA

El servicio de maleza para el año 2024 se realizará a través de un servicio tercerizado, que se encargara del recojo y eliminación de la maleza generada por la actividad de la poda residencial, desde los puntos de acopios establecidos.

Adicionalmente, se dispondrá de un equipo de emergencia y operativos especiales para el recojo de la maleza en el distrito. Este personal estará conformado por 02 choferes y 21 Ayudantes de maleza. Esta labor se efectuará en 02 turnos.

6. SERVICIO DE RIEGO

El servicio de riego para el año 2024, se efectuará, en las diferentes áreas verdes del distrito, para los cuales utilizaran 03 sistemas de riego como son:

a. Riego con camiones cisternas, en donde se utilizará camiones cisternas municipales y camiones cisternas contratadas.

Los camiones cisternas municipales Se tienen 04 cisternas municipales con los cuales se brindará el servicio de riego, los cuales se abastecerán de agua desde los puntos de abastecimiento como son: Planta de tratamiento de Intihuatana, Planta de tratamiento de Graña y Poza de almacenamiento ubicado en las instalaciones de la Fuerza Aérea del Perú.

Posteriormente de llenado de las cisternas, estas se trasladan a las diferentes áreas verdes, asignadas para el riego.

El personal encargado de este servicio son los choferes de camiones cisternas, 45 Ayudantes de camiones cisternas y 10 operarios de plantas de tratamiento de agua. Este servicio se efectuará en 03 turnos.

Los camiones cisternas contratados Los (10) camiones cisternas contratadas, a cargo de un operador o servicio tercerizado, el cual abastecerá sus camiones cisternas desde un punto de abastecimiento, fuera del distrito y llevado el agua a las diferentes áreas verdes.

b. Riego por canal de regadío, para el año 2024, se efectuará el riego de las áreas verdes por inundación y con motobombas desde los canales de regadío, provenientes del rio Surco y Ate.

Este servicio se efectuará en 02 turnos.

c. Riego por puntos de SEDAPAL, para el año 2024 se efectuará el riego de las áreas verdes, que presentan 259 puntos de agua de SEDAPAL, con mangueras, los cuales serán efectuados con los jardineros, encargados de los parques, esta labor se efectuará en el turno diurno.

7. SERVICIO DE FUMIGACIÓN

Este servicio consiste en el control fitosanitario de las plantas del distrito, en donde los fumigadores, realizan la aplicación de insecticidas, fungicidas, aplicaciones foliares a las plantas de estación y permanentes, con la finalidad de tener en buen estado las especies arbóreas y estacionales.

El personal encargado de este servicio son 06 Fumigadores. Esta labor se efectuará en el Turno Diurno.

8. TRATAMIENTO FITOSANITARIO DEL ARBOLADO URBANO

El servicio de tratamiento fitosanitario de los árboles y palmeras del distrito se realizará en forma preventiva y curativa, teniendo en cuenta el diagnóstico del arbolado durante el inventario forestal previo. Se empleará un equipo de diagnóstico y tratamiento de inyecciones con productos pesticidas, abonos, vitaminas y hormonas para controlar las enfermedades fungosas de las raíces y médula del fuste.

9. TOPIARIO Y ESCULTURAS DE MADERA

El servicio de instalación de topiarios y esculturas de madera para el año 2024 efectuará el mantenimiento de los topiarios y las estructuras ecológicas, que se encuentran distribuidos en las diferentes áreas verdes del distrito. Se dispondrá de 11 Topiarios para el servicio.

10. TRASLADO DE PERSONAL Y PLANTAS

Para el ejercicio 2024 se efectuará este servicio, con 02 camiones baranda y 02 camionetas, el cual consiste en el traslado del personal a las diferentes áreas verdes del distrito al momento de inicio y finalización de sus actividades, asimismo el traslado de plantas a las diferentes zonas de trabajo para efectuar la siembra.

Sector

Cantidad de flores y plantas a distribuir

Sector 1

 

377,931

Sector 2

 

702,390

Sector 3

 

319,086

Sector 4

 

245,427

Sector 5

 

460,545

Sector 6

 

315,623

Sector 7

 

653,385

Sector 8

 

596,641

Sector 9

 

74,403

Total

3,745,431.00

11. SERVICIO DE VIVERO MUNICIPAL

El servicio de Vivero para el año 2024 efectuará la siembra y propagación de plantas ornamentales (plantas perennes, plantas de estación, arbustos, árboles y palmeras). Asimismo, se realiza la producción de hortalizas y medicinales por motivos educativos y sociales.

El personal del vivero y huerto se encarga de las siguientes actividades:

- Siembra de plantas en semilla botánica en el almácigo

- Mezcla y preparación del sustrato.

- Embolsado y trasladado de plántulas a bolsas, camas y envases plásticos.

- Preparación de camas para la propagación de esquejes.

- Preparación de camas de compost y humus de lombriz.

- Chipeado de la maleza mediante el uso de una máquina Chipeadora.

- Riego de las plantas ornamentales, hortalizas y medicinales en camas y envases plásticos.

- Control fitosanitario de las plántulas.

Esta labor se realizará en el Turno Diurno. El personal encargado de este servicio son 41 Viveristas, encargados de la producción de plantas y flores para el distrito.

Para la realización de estas actividades se requiere que el personal cuente con uniformes, implementos y herramientas necesarias para la prestación del servicio, para el año 2024 se le ha asignado lo siguiente:

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

PANTALON DRILL

Prenda

1,256

POLO MANGA LARGA

Prenda

2,512

GORRO EN DRILL

Prenda

1,256

MOCHILA

Unidad

1,256

BOTIN DE CUERO C/PUNTA DE ACERO

Par

1,256

BOTA DE JEBE

Par

1,058

CASACA

Prenda

1,256

CHALECO DRILL

Prenda

1,256

PROTECTOR BUCAL DE DRILL

Prenda

3,768

GUANTES DE JEBE

Prenda

1,058

GUANTES DE CUERO REFORZADO

Par

262

MATERIALES DE JARDINERÍA

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

MANGUERA 3/4x 100 mts

Rollo

150

ASPERSORES

Unidad

400

CARRETILLA BUGUI

Unidad

50

ESPATULAS

Unidad

400

ESCOBA METALICA 

Unidad

400

ESCALERA METALICA TIPO TIJERA 12 PASOS 

Unidad

6

GUADAÑA

Unidad

100

LAMPA DERECHA

Unidad

200

LIMA TRIANGULAR

Unidad

100

MACHETE CAÑERO

Unidad

100

PICO PEQUEÑO

Unidad

400

RASTRILLO

Unidad

200

SERRUCHO 14

Unidad

100

TIJERA PARA PODA 40cm c/MANGO

Unidad

100

TIJERA PARA PODA 50cm

Unidad

200

TIJERA PICO DE LORO PEQUEÑO

Unidad

200

ZAPAPICO

Unidad

200

BOLSAS PLASTICAS VERDES DE 180LTS

Millar

200

BOLSAS PLASTICAS 6.5X6.5X2

Millar

4000

BOLSAS PLASTICAS 7X8X2

Millar

200

EQUIPOS PARA PODA DE ALTURA

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

ARNES DE ASIENTO REGULABLE

Unidad

15

ACOLLADOR DE ACERO

Unidad

15

BLOQUEADOR DE PIE DE ALUMINIO Y CINTA PARA ASCENSO POR CUERDA

Unidad

15

BOLSA HONDILLA PARA PODA

Unidad

15

CINTA DE POLIESTER 25.4mm x 1.10m

Unidad

15

CUERDA CON TERMINACION COCIDA (CORDINO) 10mm X 80cm

Unidad

15

CUERDA CON TERMINACION COCIDA (CORDINO) 5mm X 120m

Unidad

6

CUERDA DE NYLON SEMI ESTATICA 12mm x 200m

Unidad

3

ESLABON GIRATORIO PARA RESCATE (Soporte de 125Kg)

Unidad

15

MOSQUETON DE ALUMINIO CON SEGURO AUTOMATICO

Unidad

45

MOSQUETON DE ALUMINIO TIPO D CON SEGURO DE ROSCA

Unidad

15

PEDAL DE PIE REGULABLE CON ANILLO PARA ASCENSO

Unidad

15

POLEA SIMPLE CON ESLABON GIRATORIO DE ALUMINIO

Unidad

15

TIRANTE PARA ARNES DE ASIENTO PARA PODAR

Unidad

15

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

INSUMOS AGRÍCOLAS

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

ABONO ORGANICO

Ton / Año

50

ARENA FINA DE RIO

Mts3 / Año

200

HUMUS DE LOMBRIZ

Ton / Año

200

MUSGO FINO

Ton / Año

100

MUSGO INTERMEDIO

Ton / Año

100

INSECTICIDAS, FUNGICIDAS Y HERMICIDAS

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

ACIDO HUMICO

Litro / Año

200

AMINOVIGOR

Litro / Año

50

CIPERMEX

Litro / Año

200

BACILLUS

Litro / Año

50

BUPROFEZIN

Kilo / Año

50

KLERAT BLOQUE

Litro / Año

200

PERMETRINA

Litro / Año

100

SULFATO DE MAGNESIO

Kilo / Año

50

SULFATO DE HIERRO

Kilo / Año

50

SULFATO DE ZINC

Kilo / Año

50

SEMILLAS PARA VIVIEROS MUNICIPALES

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

ALHELI HOT CAKES

Millar

100

CELOSIA CENTURY

Millar

150

COSMOS SONATA

Millar

100

DAHLIA FIGARO ORANGE

Millar

100

DOGO

Millar

250

GERANEO MAVERICK VIOLET

Millar

150

GERANEO MAVERICK WHITE

Millar

150

GERANIO RED

Millar

250

GRASS CHAMPA

M2

5,000

MARIGOLD TAGETES ERECTA

Millar

250

MARIGOLD TAISHAN ORANGE

Millar

250

MARIGOLD MARVEL YELLOW

Millar

250

MARIGOLD MARVEL ORANGE

Millar

200

PETUNIA MADNESS MIX

Millar

200

PETUNIA MADNESS RED

Millar

100

SALVIA RED

Millar

200

ZINNA FIRE

Millar

200

ZINNA DUO MIXTURE

Millar

100

PLANTAS ORNAMENTALES ESTACIONALES

Descripción

Unidad

Cantidad Anual

ARBUSTO MEIJO

Unidad

250

ARBUSTO TECOMARIA

Unidad

11,000

BUGANVILLA SPP

Unidad

250

CROTON

Unidad

1,000

HELECHO

Unidad

250

PALMERA HAWAIANA

Unidad

200

PLANTA BUGANVILLA

Unidad

2500

12. ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO

Las labores de planificación, dirección, supervisión y control, estarán a cargo del siguiente personal: un Subgerente (con una dedicación del 50% al servicio) y 03 Administrativos (con una dedicación del 100% al servicio), para la dirección y planificación; 01 Supervisor General y 20 Supervisores (con una dedicación exclusiva al servicio).

Condición - Cargo

2024

%

Dedicación

PERSONAL CONTRATADO - DL 276

3

ADMINISTRATIVO

3

100%

PERSONAL CONTRATADO - DL 728

15

SUPERVISOR GENERAL

1

100%

SUPERVISOR

14

100%

PERSONAL CAS - DL 1057

7

SUBGERENTE

1

50%

SUPERVISOR

6

100%

Totales

25

Para esta actividad administrativa y de supervisión, se tiene previsto disponer de material de útiles de oficina para gestionar el acervo administrativo. Asimismo, para la correcta presentación de los 20 Supervisores, se ha considerado la adquisición del siguiente vestuario:

VESTUARIO

DETALLE

UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD ANUAL

ENTREGA

PANTALON JEANS 

Prenda

40

02 veces x año

CAMISA MANGA LARGA

Prenda

40

02 veces x año

CHALECO CON LOGOS 

Prenda

40

02 veces x año

CASACA 

Prenda

40

02 veces x año

Para la gestión y administración del acervo documentario del Servicio de parques y jardines se requerirán los siguientes útiles de oficina, con una dedicación exclusiva del 100%:

DESCRIPCION

UNIDAD

CANTIDAD

ARCHIVADOR D/CARTON C/PALANCA D/LOMO ANCHO. T: OFICIO

UNID

24

BOLIGRAFO D/TINTA COLOR AZUL

UNID

24

BOLIGRAFO D/TINTA COLOR NEGRO

UNID

24

CORRECTOR

UNID

6

GOMA EN BARRA

UNID

6

FASTENER METALICO X 50

CAJA

6

GRAPA 26/6 X 5000

CAJA

6

NOTAS ADHESIVAS POST-IT C/AMARILLO

PAQ

52

PAPEL BOND T-A4 75GRS

PAQX500

24

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR AZUL

UNID

12

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR NEGRO

UNID

24

PLUMON P/PIZARRA ACRILICA COLOR ROJO

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/NARANJA

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/AMARILLO

UNID

12

PLUMON RESALTADOR C/VERDE

UNID

12

REGLA D/PLASTICO. T: 60 CM

UNID

2

SOBRE MANILA. T: A-4

PAQX50

12

TAMPÓN DE TINTA AZUL

UND

6

Costos Fijos

Además, se ha considerado el consumo de (01) suministro de energía eléctrica del local del Complejo Ecológico, donde se ubican las oficinas de la Subgerencia de Limpieza y Parques y Jardines con un porcentaje de dedicación compartido con el servicio de Barrido de calles y Recolección de residuos sólidos.

RESUMEN DEL PERSONAL NECESARIO PARA EL SERVICIO

PERSONAL OPERATIVO

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

JARDINEROS

379

PODADORES

38

PERSONAL MAQUINISTA

16

CHOFERES

53

AYUDANTES DE MALEZA

21

AYUDANTES DE CISTERNA

45

OPERARIOS DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA

10

PROCESADOR DE AGUA

04

OPERARIOS MANTO PILETA

04

FUMIGADORES

06

PERSONAL DE TOPIARIOS PARA EL SERVICIO

11

PERSONAL VIVERISTAS

41

TOTAL

628

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SUPERVISIÓN

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

SUBGERENTE

01

ADMINISTRATIVO

03

SUPERVISOR GENERAL

1

SUPERVISOR

20

TOTAL

25

III. EXPECTATIVA DE MEJORA

Para el Ejercicio 2024, se dispondrá de una mayor cantidad de área verde (2´324,404.85 m2) en el distrito. Se dispondrá de más Parques temáticos de gran extensión de área verde, que serán espacios públicos muy paisajístico y emblemáticos del distrito, gracias al arte topiario.

IV. META ANUAL

OBJETIVO

INDICADOR

META

PERIODICIDAD

Brindar un eficiente mantenimiento de áreas verdes de uso público

M2 de áreas verdes de uso público

2´324,404.85

Mensual

V. COSTO DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES

El costo anual proyectado para el ejercicio 2024, para el servicio de Parques y Jardines asciende a S/ 38,238,022.97.

Servicio

Costos 2024

S/

Costos Directos

37,535,231.12

Mano de Obra

10,734,442.80

Materiales

4,420,553.25

Otros gastos variables

22,336,020.04

Depreciación maq y equipos

44,215.03

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

675,478.97

Costos Fijos

27,312.88

Total

38,238,022.97

La estructura de costos, en detalle, del servicio de Parques y Jardines se adjunta a continuación.

EXPLICACIÓN DETALLADA DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE COSTOS PARA EL EJERCICIO 2024

Con la finalidad de brindar una mejor explicación de los componentes de las estructuras de los costos, a continuación, se detalla cada uno de los costos involucrados en la prestación del servicio.

COSTOS DIRECTOS

Mano de Obra Directa:

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal D.L 728

4,762,464.08

Comprende el costo anual del personal en planilla que labora en la prestación del Servicio de Parques y Jardines (295). Este personal posee todos los beneficios sociales de acuerdo a la ley vigente.

Personal CAS

5,971,978.72

Comprende el costo anual del personal contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, que se desempeña en el Servicio de Parques y Jardines (333).

Costo de Materiales:

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Uniformes

1,417,132.40

Comprende el vestuario de faena del personal operativo (628) que consta de:

02 Pantalones drill, 04 polos manga larga, 02 mochilas, 02 gorras, 02 chalecos, 02 casacas, 02 pares de botas de cuero, 06 protectores bucales. Adicionalmente solo para jardineros se les dotara de botas de jebe, guantes de jebe y guantes de cuero.

Repuestos

84,544.88

Comprende el costo anual de los repuestos básicos, tales como llantas y baterías, utilizados para mantener operativa la flota vehicular asignada al Servicio de Parques y Jardines.

Combustible

773,874.97

Comprende el costo anual del combustible Diesel, necesario para la operatividad de la flota vehicular y maquinaria asignada al Servicio de Parques y Jardines.

Materiales de Jardinería

428,722.00

Comprende el costo anual de las herramientas, tales como mangueras, espátulas, lampas, machetes, espátulas, tijeras, bolsas para el vivero, entre otros materiales que son utilizados por el personal operativo en las labores de mantenimiento de las áreas verdes del distrito.

Equipos de Seguridad para Poda de altura

72,699.00

Comprende el costo de los elementos de seguridad necesarios para la realización de labores especializadas de poda de altura en el Servicio de Parques y Jardines

Insumos Agrícolas

1,643,580.00

Comprende el costo anual de fertilizantes, abonos, insecticidas, pesticidas, fungicidas, hermicidas y la variedad de plantas ornamentales y semillas adquiridas para el mantenimiento de las áreas verdes del distrito.

Depreciación de Maquinaria y Equipos:

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Depreciación de Maquinaria y Equipos

44,215.03

Depreciación de maquinaria y equipos utilizados en el desarrollo de las actividades del Servicio de Parques y Jardines, tales como motobomba, podadoras, chipeadora, fumigadora, entre otros equipos.

Otros Costos y Gastos Variables

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Mantenimiento Correctivo del sistema de bombeo de agua

237,600.00

Comprende el costo anual del mantenimiento correctivo del sistema de bombeo de agua para el abastecimiento de las cisternas para el riego de las áreas verdes.

Mantenimiento correctivo de la Planta Intihuatana

233,400.00

Comprende el costo anual del mantenimiento correctivo de los equipos de la Planta de tratamiento de agua Intihuatana, a fin de para asegurar el flujo continuo del agua para el riego respectivo, a través de las cisternas municipales

Servicio de transporte y traslado de personal operativo

223,200.00

Comprende el costo anual del servicio de alquiler de camiones baranda para el traslado de personal operativo y equipos y herramientas del servicio de Parques y Jardines.

Junta de regantes

555,274.12

Comprende el costo anual que se paga a la Junta de regantes del Subsector Rimac para el uso del canal del regadío para el riego de las áreas verdes.

Servicio de Riego por Cisternas contratadas

9,240,202.32

Comprende el costo anual del servicio de riego por cisternas (servicio tercerizado) en las diferentes áreas verdes del distrito, derivado del C.P. 03-2023-CS-MSS

Agua para Riego

8,519,295.60

Comprende el costo anual del consumo anual de 259 puntos o suministros de agua de Sedapal, que dotan de agua para el riego de las áreas verdes del distrito.

Recolección y Eliminación de Maleza

3,327,048.00

Comprende el costo anual del servicio de recolección y eliminación de maleza, a cargo de una empresa privada (servicio tercerizado) a través del Contrato vigente 007-2021-GAF-MSS

COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS

Mano de Obra Indirecta

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal

D.L 728

348,000.48

Este costo comprende el costo anual del personal de Supervisión (01 Supervisor General y 14 Supervisores) en esta modalidad D.L 728, quienes realizan labores supervisión y control en el Servicio de Parques y Jardines, con una dedicación exclusiva al servicio.

Personal

D.L 276

116,737.20

Este costo comprende el costo anual del personal Administrativo bajo el régimen D.L 276 (03), quienes realizan labores de gestión, organización y coordinación administrativa del Servicio de Parques y Jardines, con una dedicación exclusiva al servicio.

Personal

CAS

183,959.94

Comprende al personal contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, para realizar labores de gestión y coordinación del Servicio RRSS. Comprende el costo anual de 01 Subgerente (50% de dedicación al servicio) y 06 Supervisores (100% de dedicación al servicio).

Materiales y Útiles de Oficina

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Útiles de Oficina

1,261.35

Comprende el material de escritorio y demás útiles de oficina que sirven para realizar las labores administrativas de coordinación, control y gestión del Servicio de Parques y Jardines.

Otros Materiales

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Uniformes

25,520.00

Comprende el vestuario, para su correcta presentación del personal supervisor (20) que consta de:

02 Pantalones jeans, 02 camisas manga larga, 02 chalecos y 02 casacas.

Costos Fijos

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Servicio de Energía Eléctrica

25,712.88

Comprende el consumo de energía eléctrica, que se utiliza para realizar labores administrativas y operativas, contemplando el consumo de 01 suministro asignado al área, cargándose al Servicio de Parques y Jardines la parte proporcional que le corresponde.

SOAT

1,600.00

Comprende el costo del Seguro Obligatorio contra Accidentes de TránsitoSOAT, de los 06 vehículos utilizados en el Servicio de Parques y Jardines.

EXPECTATIVAS DE MEJORAJUSTIFICACIÓN CUALITATIVA

Para el Ejercicio 2024, se dispondrá de una mayor cantidad de área verde (2´324,404.85 m2) en el distrito. Se dispondrá de más Parques temáticos de gran extensión de área verde, que serán espacios públicos muy paisajístico y emblemáticos del distrito, gracias al arte topiario. Así como mejoras en el mantenimiento de las áreas verdes del distrito, el incremento de la producción de flores estacionales en los viveros municipales, superando los 3,500,000 de plantas y flores producidas y se incrementara la promoción deparedes verticalesparedes con flores y paisaje topiario con la finalidad de disponer de más paisajes en el distrito. Además, que la cantidad de predios en el distrito están pasando de 126,054 a 131,941 en el servicio.

JUSTIFICACIÓN CUANTITATIVA

Servicio

Costos 2023 Ord 665-MSS

S/

Costos 2024

S/

Variación 2024 - 2023

S/

Variación 2024 - 2023

%

Costos Directos

30,927,175.82

37,535,231.12

6,608,055.30

21.37%

Mano de Obra

9,637,169.00

10,734,442.80

1,097,273.80

11.39%

Materiales

3,839,083.24

4,420,553.25

581,470.01

15.15%

Otros gastos variables

17,357,372.94

22,336,020.04

4,978,647.10

28.68%

Depreciación maq y equipos

93,550.64

44,215.03

-49,335.61

-52.74%

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

1,171,336.52

675,478.97

-495,857.55

-42.33%

Costos Fijos

31,213.22

27,312.88

-3,900.34

-12.50%

Total

32,129,725.56

38,238,022.97

6,108,297.41

19.01%

Se observa un incremento del 19.01%, esto se debería a lo siguiente:

En el rubro de Mano de Obra, se puede apreciar un incremento del 11.39% que se debe a que personal del D.L 728 ha pasado de 232 a 295, producto de rotaciones internas y a reposiciones judiciales. Además se debería a la incorporación del incremento en las remuneraciones de los obreros (S/ 51.11), establecido mediante el Decreto Supremo 311-2022-EF, que aprueba el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los Decretos Legislativos 728 y 1057, así como de las Leyes 357, 29709 y 28091; y dicta criterios y disposiciones necesarias para su implementación y que es válido para el cálculo de beneficios sociales, EsSalud, entre otros conceptos anuales; así mismo, el aporte de EsSalud se ha incrementado a un tope de hasta S/ 200.48 mensuales, de acuerdo al incremento del % del aporte y al incremento de la UIT vigente.

En el rubro de Materiales, se puede apreciar un incremento del 15.15% que se debe a que se han actualizado los precios unitarios de estos bienes, de acuerdo a los precios actuales, como por ejemplo las bolsas verdes para la maleza que están pasando de S/ 550.00 por millar a S/ 860.00 por millar. También se está considerando la dotación de equipos de seguridad para la poda de altura por un costo anual de S/72,699.00.

Así mismo, la actualización de los costos unitarios de los insumos agrícolas y fertilizantes y abonos hacen un costo anual de S/ 568,850.00. El costo por m2 de Grass champa se encuentra en S/ 10.50 y se está considerando adquirir 5,000m2; análogamente se está considerando adquirir 3,000 millares de semillas para el vivero por un costo anual de S/ 603,230.00 y más de 15,000 plantas ornamentales con un costo anual de S/ 471,500.00

El incremento de Otros costos y gastos variables, que se ha visto incrementado en 28.68%, responde a la celebración de nuevos contratos, que provenían de años anteriores y un mayor costo en el consumo de agua potable para el riego de áreas verdes (suministros de Sedapal); tales como:

Descripción

Costo Ord. 665-MSS S/

Costo 2024 S/

Incremento S/

Servicio especializado de riego con cisternas

6,043,692.05

9,240,202.32

3,196,510.27

Servicio de recolección, traslado y disposición final de maleza

3,198,888.00

3,327,048.00

128,160.00

Riego por puntos de agua

6,153,628.32

8,519,295.60

2,365,667.28

Finalmente, se debe señalar que el incremento en el costo del servicio de Parques y Jardines, se debe a que no se han actualizado estos costos del servicio desde el ejercicio 2020 a la fecha, dado que se ha ido aplicando la prórroga de los costos y tasas los años 2021,2022 y 2023.

SERVICIO DE SERENAZGO

RESUMEN DEL PLAN ANUAL DE SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2024

I. LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS ORGANIZACIONALES

UNIDAD ORGÁNICA RESPONSABLE

El artículo 140º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Decreto de Alcaldia 015-2022-MSS, establece que:

La Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana, se encarga de desarrollar actividades para proporcionar las condiciones de seguridad pública, prestando el servicio de Serenazgo, a fin de mejorar y mantener el orden, la tranquilidad y la seguridad pública. De esta manera, mediante el Memorándum 788-2023-SGOSC-GSEGC-MSS describe las actividades y recursos requeridos para la prestación del servicio de Serenazgo para el ejercicio 2024.

II. SERVICIO DE SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2024

Para el ejercicio 2024, la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana tiene proyectado realizar las actividades de patrullaje, en todas sus modalidades, y el monitoreo de cámaras de seguridad en áreas estratégicas y espacios públicos, utilizando los recursos humanos, logísticos y tecnológicos.

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

1. PATRULLAJE

El patrullaje en sus distintas modalidades, se realiza en forma ininterrumpida las 24 horas del día, los 365 días al año. Se tiene previsto desarrollar y prestar el servicio en 03 turnos de Patrullaje, distribuidos en 08 horas de la siguiente manera:

1er Turno : 07:00 -15:00 horas.

2do Turno : 15:00 - 23:00 horas.

3er Turno : 23:00 - 7:00 horas.

Las modalidades de patrullaje que ofrece el servicio de Serenazgo en el distrito de Santiago de Surco son las siguientes:

- Patrullaje en Puesto fijo

El patrullaje peatonal, de a pie o en puesto fijo es un patrullaje disuasivo, lo realiza un Sereno a pie con un medio de comunicación (radio troncalizado) las 24 horas del día. Este sereno tiene a su cargo un área no mayor a 02 cuadras a la redonda y es la voz de alerta al Centro de Control de Operaciones (CCO) para solicitar apoyo o para dar cuenta de alguna incidencia relevante.

Se tiene previsto que la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana preste el servicio de patrullaje peatonal en diversos puntos críticos (162) del distrito en las modalidades de: Puesto Fijo, aparte del patrullaje en los (32) Centro de Observación y Video Vigilancia. Este sereno de puesto fijo, estará capacitado para estar alerta y dar aviso al CCO ante cualquier incidencia y atenderá las consultas de seguridad o de orientación al vecino en temas de atención municipal que le formulen durante su patrullaje a pie.

Requiriéndose la siguiente cantidad de serenos en puestos fijos:

Descripción

Proyección 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

Puestos fijos

162

162

162

162

40

526

(*) Los descanseros son los que cubren a los serenos que tienen su descanso físico vacacional (30 días /año)

- Patrullaje en Centro de Observación y Video Vigilancia

Dentro de las modalidades de patrullaje preventivo y disuasivo se encuentra el servicio de seguridad en las ubicaciones de los (32) Centros de Observación y Video Vigilancia, ubicados en puntos estratégicos del distrito con la finalidad de descentralizar la operatividad de Serenazgo y tener una mayor cercanía con los vecinos.

Estos Módulos sirven para descentralizar el servicio y que el Serenazgo este más cerca de los vecinos.

Requiriéndose la siguiente cantidad de serenos en los Centros de Observación y video vigilancia:

Descripción

Proyección 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

CCOV

32

32

32

32

08

104

(*) Los descanseros son los que cubren a los serenos que tienen su descanso físico vacacional (30 días /año)

- Grupo de Intervención Rápida

El sereno que forma parte del Grupo de Intervención rápida (G.I.R) pertenece a una unidad especial que reporta directamente al Subgerente de Operaciones de Seguridad Ciudadana y tiene como finalidad realizar apoyo a las tareas de patrullaje en los sectores que se requiera un reforzamiento o intensificación de medidas preventivas y disuasivas. Se tiene previsto disponer de 100 serenos para este grupo, totalmente equipados con equipos anti motines.

Este grupo dispondrá de (04) camionetas pick up[1] y (02) mini van equipadas, reforzadas y nuevas, trabaja en coordinación con la Policía Nacional del Perú, en los diversos operativos conjuntos, en donde involucre la participación de una gran cantidad de personas y donde se requiera personal de serenazgo con mayores equipos de protección, como los equipos antimotines; para asegurar o recuperar el orden público. Realiza acciones de patrullaje disuasivo en todo el distrito, apoya en la ejecución de operativos de recuperación de espacios públicos, erradicación de pandilleros, barras bravas, ingesta de licor en la vía pública, grescas u otras acciones que alteren el orden y seguridad público.

- Patrullaje vehicular (Automóvil, Camioneta pick up y Mini van)

Esta modalidad de patrullaje permite que un sereno conductor realice su patrullaje empleando un vehículo que puede ser automóvil o camioneta pick up.

En el marco operativo del Plan de Operaciones Cuadrante Seguro, en el que se segmenta el distrito en 96 cuadrantes, se dispondrá de 96 automóviles SEDAN, de modo que cada cuadrante tendrá un vehículo para el patrullaje del mismo, permitiendo la presencia de manera permanente de una unidad en un cuadrante determinado, esto permite la identificación de las áreas priorizadas por parte de los choferes asignados y reconocimiento de los vecinos al chofer asignado.

La utilización de una unidad móvil permite una mayor cobertura de patrullaje permanente en el cuadrante asignado, de la misma forma favorece para la aplicación de la estrategia multisectorial de Patrullaje Integrado con las diferentes comisarias del distrito y el patrullaje individualizado, ejecutado por la aplicación de un convenio firmado por la municipalidad y el Ministerio del Interior. Esta estrategia eleva le sensación de seguridad en el distrito y disminuye los índices de victimización. Adicionalmente, a los automóviles, se dispondrá de (11) camionetas pick up y (02) mini van para el patrullaje vehicular, propiedad de la Municipalidad de Santiago de Surco.

Los 96 automóviles SEDAN asignados a los cuadrantes del distrito para el patrullaje corresponden al Contrato 030-2022-GAF-MSS[2] Contratación de servicio integral de sistema de vigilancia de seguridad ciudadana que incluye unidades móviles con cámara de video para la seguridad ciudadana de la Municipalidad de Santiago de Surco

Requiriéndose la siguiente cantidad de serenos choferes para el patrullaje vehicular:

Descripción

Proyección Vehículos 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

Sereno Chofer Autos

96

96

96

96

24

312

Sereno Chofer Camionetas

11

11

11

11

03

36

Sereno Chofer Mini Van

02

02

02

02

-

06

354

(*) Los descanseros son los que cubren a los serenos que tienen su descanso físico vacacional (30 días /año)

Para el patrullaje vehicular se dispondrá de 100 efectivos PNP, quienes patrullaran como copilotos en los vehículos destinados para el patrullaje, con la finalidad de tener un patrullaje más disuasivo, preventivo y eficaz. Estos efectivos PNP estarán disponibles para el servicio de patrullaje en virtud al Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Santiago de Surco y la Policía Nacional del Perú, destinado a la prestación de servidos policiales extraordinarios (100 efectivos diarios), de acuerdo a lo señalado en la Resolución Ministerial Nº 03102023 -IN del 10 de marzo del 2023 y de acuerdo a la siguiente distribución:

El servicio policial extraordinario será prestado de Lunes a Domingo en los mismos horarios y turnos del patrullaje del Serenazgo de Surco, distribuidos de la siguiente manera:

PATRULLAJE

1er Turno

2do Turno

3er Turno

Jurisdicción de Santiago de Surco

20

60

20

Se adjunta como anexo la Resolución Ministerial en mención

- Patrullaje motorizado

Es el patrullaje que realiza el sereno desplazándose en una motocicleta lineal para realizar su labor preventiva y disuasiva, con la finalidad de contribuir en el mantenimiento de la tranquilidad, el orden y la seguridad de la zona asignada. Es parte de la implementación de los recursos logísticos en los cuadrantes, complementando y fortaleciendo el patrullaje en el distrito.

Su versatilidad y capacidad de desplazamiento en vías saturadas de vehículos en las horas punta, le permite realizar un patrullaje especifico en zonas de difícil acceso (pasajes, parques, etc.) convirtiéndolo en una unidad importante en la estrategia preventiva como complemento a la labor de Patrullaje a pie y vehicular.

Para el ejercicio 2024, se tiene previsto un Convenio con la Municipalidad Metropolitana de Lima para que ceda en uso a la Municipalidad de Santiago de Surco 100 motocicletas lineales para reforzar e intensificar el patrullaje en los cuadrantes del distrito, en el marco del Convenio firmado entre la Municipalidad Metropolitano de Lima y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), para iniciar el proceso de adquisición de hasta 10 mil motos y camionetas para mitigar los actos delictivos en la ciudad de Lima.

Esta adquisición de vehículos, sin precedentes, por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima con la visión de reforzar e intensificar el patrullaje disuasivo por los altos índices delictivos en la ciudad de Lima, serán destinados a los 42 distintos distritos de la capital.

Requiriéndose la siguiente cantidad de serenos motorizados para el patrullaje vehicular:

Descripción

Proyección Motos 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

Sereno Motorizado

100

100

100

100

25

325

(*) Los descanseros son los que cubren a los serenos que tienen su descanso físico vacacional (30 días /año)

Cabe señalar, que los serenos dispondrán de un chaleco antibala (un chaleco por puesto y por unidad móvil en cada turno. Esto es aproximadamente 400 chalecos antibalas nivel IIIA) para su protección personal, a parte de su uniforme respectivo.

REQUERIMIENTO DE RECURSOS HUMANOS Y LOGISTICOS PARA LA ACTIVIDAD DEL PATRULLAJE

Recursos Humanos

El resumen de los serenos requeridos para la actividad de Patrullaje, en todas sus modalidades, es el siguiente:

Descripción

Proyección 2024

Sereno Chofer

354

Sereno Motorizado

325

Sereno Puesto fijo

526

Serenos GIR

100

Serenos Módulos COVV

96

TOTAL

1,401

Adicionalmente, se dispondrá de 100 efectivos policiales diarios como parte del Convenio de cooperación interinstitucional entre la Policía Nacional del Perú y la Municipalidad de Santiago de Surco, en el marco del servicio policial extraordinario y cuyo costo se encuentra estipulado en el Anexo 02 del Convenio en mención.

Recursos Logísticos

El uniforme requerido para el personal de serenos de la actividad de patrullaje es el siguiente:

Descripción

Unidad de Medida

Cant. De Serenos

Dotación anual

Cantidad anual

Pantalón drill Tipo Comando

Unidad

1,205

2

2,410

Camisa manga larga

Unidad

1,205

2

2,410

Polo pique c/cuello

Unidad

1,205

2

2,410

Chaleco drill cinta reflectiva

Unidad

1,205

2

2,410

Chompa cuello alto

Unidad

1,205

2

2,410

Casaca Impermeable

Unidad

1,205

2

2,410

Correa nylon

Unidad

1,205

2

2,410

Gorro tipo Jockey

Unidad

1,205

2

2,410

Borseguies

Par

1,205

2

2,410

Camisaco negro GIR

Unidad

100

2

200

Casco p/ Motorizado (*)

Unidad

325

1

325

Vara luminosa - Sereno Peatonal (*)

Unidad

194

1

194

Porta Vara - Sereno Peatonal (*)

Unidad

194

1

194

Chaleco antibala nivel IIIA (**)

Unidad

503

1

503

(*) El costo de estos bienes no están siendo considerados en el costo del servicio. Serán asumidos por la Municipalidad.

(**) Solo se ha adquirido en el presente ejercicio, 290 chalecos; por ello, solo está siendo trasladada esa cantidad de chalecos al costo del servicio, como costo de depreciación.

Para las comunicaciones entre el personal operativo que realizan el patrullaje y el Centro de Control de Operaciones, se dispondrá de un servicio de sistema de radio troncalizado TETRA con equipos de radios.

El resumen de la flota vehicular destinada para la actividad de Patrullaje, es el siguiente:

Descripción

Proyección 2024

Automóviles Alquilados

96

Camionetas 4x2 Alquiladas (GIR)

04

Camionetas 4x2 propias

07

Mini Van propias

02

Motocicletas cedidas en uso por MML

100

TOTAL

209

La flota vehicular de propiedad de la Municipalidad de Santiago de Surco es la siguiente:

Tipo de Vehículo

Placa

1

Camioneta Pick Up 4x2 (Toyota Hi lux) 2013

EUC-780

2

Camioneta Pick Up 4x2 (Toyota Hi lux) 2013

EUC-782

3

Camioneta Pick Up 4x2 (Toyota Hi lux) 2013

EUC-788

4

Camioneta Pick Up 4x2 (Toyota Hi lux) 2013

EUC-793

5

Camioneta Pick Up 4x2 (Toyota Hi lux) 2013

EUC-794

6

Camioneta Pick Up 4x2 (Toyota Hi lux) 2013

EUC-795

7

Camioneta Pick Up 4x2 (Toyota Hi lux) 2013

EUC-796

8

Mini Van Hyundai H1

EGX-512

9

Mini Van Nissan Urban

EUB-182

Para la operatividad anual de esta flota vehicular se tiene previsto dotarla de (01) juego de llantas, (01) batería, mantenimiento correctivo y sus respectivos SOAT.

Mientras que su consumo de combustible por tipo de vehículo es el siguiente:

TIPO DE VEHICULO

CANT. UNIDADES

GASOLINA PREMIUM

GASOLINA REGULAR

GLP

PETROLEO

AUTOMOVILES

96

2GL. X DÍA

X

9 Lts. X DIA

X 

CAMIONETAS PICK UP

11

X

X

X

7 GL. X DIA

MINI BUS

2

X

X

X

7 GL. X DIA

MOTOS LINEALES

100

X

2GL X DIA

X

X

2. VIDEO VIGILANCIA

Para brindar un servicio de calidad y con eficiencia, además del patrullaje disuasivo y preventivo, el servicio de Serenazgo dispone del monitoreo del distrito a través de más de 600 Cámaras de video vigilancia, ubicadas estratégicamente por todo el distrito y que contribuye óptimamente a afrontar y reducir la incidencia delictiva, el pandillaje y velar por la tranquilidad de los vecinos y población flotante del distrito. Sin embargo, para el 2024 se tiene previsto disponer de más de 2,000 cámaras de video vigilancia y un moderno Centro de Control de Operaciones (CCO), ubicado en la Base de Serenazgo en la Av. Loma de los Suspiros s/nUrb. Prolongación Benavides, con una plataforma tecnológica de punta. En este moderno centro de control confluyen sistemas y hardware que permite integrar las comunicaciones de radio troncalizado digital TETRA, el GPS (Sistema de Posicionamiento Global) de la flota vehicular, GIS (Sistema de Información Geográfica), las cámaras de video vigilancia y las llamadas telefónicas de los siguientes números:

Central Telefónica : 411-5555

Línea Gratuita : 0800-18-400

Aplicativo digital : Botón Alerta Surco

Para esta actividad se tiene previsto disponer de Operadores de video vigilancia, Radio Operadores, Telefonistas, Operadores de drones y de GPS en el Centro de Control de Operaciones; mientras que para descentralizar las operaciones de video vigilancia se dispondrá de (32) Centros de Observación y video vigilancia, donde se requerirán operadores de video vigilancia; quienes desempeñarán las siguientes funciones:

Radio operador

Personal encargado de recibir, procesar y transmitir mensajes a través de la comunicación radial digital TETRA hacia las unidades móviles o puestos fijos, para la atención inmediata y asistencia oportuna a los vecinos en materia de seguridad ciudadana y/o apoyo a las diversas áreas de la corporación.

Opera el Sistema de Posicionamiento Global (GPS) de las unidades móviles de la Corporación, y realizar el seguimiento de las intervenciones, registrando su arribo a las intervenciones en tiempo real.

Coordina con las Comisarías del Sector en temas relacionados como operativos conjuntos, apoyo de traslado de personas intervenidas, captura y otros que por su naturaleza requieren atención con urgencia. Se tiene previsto disponer de (13) Radio Operadores en el CCO.

Descripción

Proyección Puestos 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

Radio Operador

04

04

04

04

01

13

(*) Los descanseros son los que cubren a los serenos que tienen su descanso físico vacacional (30 días /año)

Operador de video vigilancia

Personal encargado de monitorear a través de las más de 600 cámaras de video vigilancia instaladas en puntos estratégicos del distrito, el orden público y la seguridad ciudadana en dichos lugares. Esta función la realiza desde el centro de control de operaciones (CCO) o desde los (32) Centros de observación y video vigilancia (COVV)

Detecta la presencia de robos, manifestantes, riñas, pandilleros, arrebatadores, mendigos y demás actos que provocan el desorden público, generando en el sistema y hardware del CCO un archivo de incidencia para la atención inmediata de los operadores de radio y el envío de la unidad móvil más cercana.

Verifica que las cámaras estén operativas y siempre bien enfocadas en puntos estratégicos, de no encontrarse las cámaras en buenas condiciones, dará cuenta al supervisor del CCO de encontrarse alguna novedad.

En el caso de las cámaras que se monitorean a través de los COVV, tienen un sistema de conectividad de fibra óptica y radio enlace, donde se reciben imágenes nítidas. Actualmente estos COVV cuentan con 01 Operador de cámara que se encuentra comunicadas con equipos de radio TETRA, los cuales les permite estar interconectados permanentemente con el CCO. Se tiene previsto disponer de (149) Radio Operadores en el CCO y los COVV.

Descripción

Proyección Puestos 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

Operador de video Cámara - CCO

14

14

14

14

03

45

Operador de video CámaraCOVV

32

32

32

32

08

104

TOTAL

46

46

46

46

11

149

(*) Los descanseros son los que cubren a los serenos que tienen su descanso físico vacacional (30 días /año)

Telefonistas

Personal encargado de recibir y contestar las llamadas telefónicas realizadas por los vecinos, relacionadas a temas de seguridad y/o municipales; ya sea por la central telefónica o la línea gratuita. Se tiene previsto disponer de (20) telefonistas.

Al recibir las llamadas telefónicas, orienta a los ciudadanos que realicen llamadas solicitando alguna información o intervención, otorgarle una prioridad de atención: alta, media o baja; lo cual permitirá que los Operadores de Radio, den mayor importancia a las de prioridad alta; luego ingresan a la Plataforma del Sistema de Atención de Emergencias (SADE) toda ocurrencia recepcionada, ya sea vía web, telefónica, Botón Alerta Surco, elaborando unacarta de incidenciapor cada ocurrencia, con la respectiva Geolocalización de la misma, luego de esto, se procederá a derivar la Carta a los Radio Operadores, que correspondan para derivar a la unidad de patrullaje más próxima.

Descripción

Proyección Puestos 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

Telefonistas

06

06

06

06

02

20

(*) Los descanseros son los que cubren a los serenos que tienen su descanso físico vacacional (30 días /año)

Operadores de drones

Personal que se encargará de maniobrar, dirigir y grabar con una vista área (06) drones como complemento a las cámaras de video, con mayor movimiento, acercamiento y acceso; a fin de disponer de un servicio a la vanguardia, con tecnología de punta y tener el apoyo de mejores imágenes y detección para el patrullaje en las calles; lo cual permitirá la visualización y apoyo en zonas congestionadas e inaccesibles desde tierra. Así mismo, se dispondrá de personal para el manejo y operación del GPS de la flota vehicular para monitorear y supervisar los recorridos de la flota vehicular y que no haya mermas ni tiempos muertos en el patrullaje. Se tiene previsto disponer de (18) operadores de estos equipos.

Descripción

Proyección Puestos 2024

1er T

2do T

3er T

Desc (*)

Cant. Total

Operadores de drones

06

06

06

06

18

(*) No se ha considerado personal descansero para estas funciones

REQUERIMIENTO DE RECURSOS HUMANOS Y LOGISTICOS PARA

LA ACTIVIDAD DE LA VIDEO VIGILANCIA

Recursos Humanos

El resumen del personal operativo que se dispondrá para la actividad de la video vigilancia, a través del Centro de Control de Operaciones (CCO) y los Centros de Observación y video vigilancia (COVV), es el siguiente:

Descripción

Proyección 2024

Radio Operador

13

Operador de video vigilancia CCO

45

Operador de video vigilancia COVV

104

Telefonista

20

Operador de drones

18

TOTAL

200

Recursos Logísticos

El uniforme requerido para el personal operativo de la actividad de video vigilancia es el siguiente:

Descripción

Unidad de Medida

Cant. De Operadores

Dotación anual

Cantidad anual

Pantalón de tela

Unidad

200

2

400

Camisa Oxford manga larga

Unidad

200

2

400

Camisa Oxford manga corta

Unidad

200

2

400

Corbata de vestir

Unidad

100

2

200

Pañoleta

Unidad

100

2

200

Chaleco drill cinta reflectiva

Unidad

200

2

400

Chompa de lana

Unidad

200

2

400

Casaca Impermeable

Unidad

200

2

400

Correa nylon

Unidad

200

2

400

Zapatos corfan

Par

200

2

400

Todo costo de capacitación, instrucción y entrenamiento al personal operativo y de supervisión del servicio de Serenazgo será asumido por la Municipalidad.

3. SUPERVISIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Los funcionarios y el personal proyectado para esta actividad son los responsables del planeamiento, dirección, organización y supervisión de todo el servicio de Serenazgo; así como de encargarse de la parte administrativa y acervo documentario de la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana.

Los recursos humanos y útiles de oficina necesarios para esta actividad son las siguientes:

Mano de obra indirecta

 

 

 

CANTIDAD

%

CARGO

REGIMEN

2024

DEDICAC

1

Gerente de Seguridad Ciudadana

DL.1057 CAS

1

50

2

Subgerente de Operaciones de Seguridad Ciudadana

DL.1057 CAS

1

100

3

Jefe de Operaciones

DL.1057 CAS

1

100

4

Jefe de Planeamiento Estratégico

DL.276

1

100

5

Jefe del Centro de Control de Operaciones

DL.1057 CAS

1

100

6

Jefe de Zona

DL.1057 CAS

20

100

7

Supervisor

DL 1057 CAS

40

100

8

Supervisor I

DL.276

1

100

9

Asistente Legal

DL.1057 CAS

1

100

10

Técnico Logístico y Almacén

DL.1057 CAS

1

100

11

Técnico Sistematización CCO

DL.1057 CAS

1

100

12

Técnico Automotriz

DL.1057 CAS

1

100

13

Aux. Administrativo I

DL.276

4

100

14

Preparador Físico

DL.1057 CAS

1

100

TOTAL

75

 

Las funciones que realiza este personal son las siguientes:

Gerente de Seguridad Ciudadana (01)

Es el Funcionario de Confianza, encargado de Planificar, Organizar, Dirigir y Controlar la elaboración del Plan Integral de Seguridad Ciudadana, las operaciones y/o acciones necesarias para la seguridad ciudadana en el distrito. Coordina todo lo concerniente a la seguridad ciudadana en el marco jurídico vigente y en apoyo y coordinación con la Policía Nacional del Perú, tiene una dedicación al servicio de Serenazgo de 50% por el volumen de personal que administra y por la demanda de las actividades del servicio.

Comparte sus funciones y actividades con Transito y la Policía Municipal o Fiscalización, en mucho menor medida. Su costo es asumido por la Municipalidad.

Sub Gerente de Operaciones de Seguridad Ciudadana (01)

Es el Funcionario de Confianza, encargado de dictar las estrategias operativas y monitorear las actividades del servicio de Serenazgo. Tiene una dedicación exclusiva al servicio de Serenazgo.

Jefe de Operaciones (01)

Es el segundo en el mando operativo, colaborador en el planeamiento y control de las operaciones de Serenazgo, es responsable de supervisar y controlar el desempeño del servicio, de cumplir las disposiciones dadas, tanto en las actividades de patrullaje, video vigilancia y supervisión. Tiene una dedicación exclusiva al servicio de Serenazgo.

Jefe de Planeamiento Estratégico (01)

Personal correspondiente al régimen laboral D.L 276. Es el encargado de formular los planes estratégicos del servicio de seguridad ciudadana basado en la data estadística histórica y reportes mensuales estadísticos del CCO. Coordina y monitorea los avances de metas y actividades del P.O.I de la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana. Tiene una dedicación exclusiva al servicio de Serenazgo.

Jefe del Centro de Video vigilancia (01)

Es el responsable de planificar y organizar los recursos, controlar el desempeño del personal del Centro de Video Vigilancia y hacer cumplir las disposiciones para realzar un buen servicio. Tiene una dedicación al servicio de Serenazgo de 100%.

Jefe de Zona (20)

Son los encargados de supervisar y controlar el desempeño del servicio de patrullaje en todas sus modalidades, elaborar reportes estadísticos, actualizar el Mapa del delito del distrito. Es un coordinador de mayor rango que un Supervisor, en ocasiones coordina directamente con los Comisarios del distrito para organizar operativos en apoyo a la PNP. Están distribuidos en los tres turnos del servicio. Realizan informes sobre la situación de la problemática delictiva de los sectores del distrito y plantea soluciones logísticas y operativas para contrarrestar esta problemática. Reporta directamente a la Subgerencia. Tienen una dedicación al servicio de Serenazgo de 100%.

Supervisor (40)

Son los responsables de supervisar y controlar el desempeño de los serenos de cada turno, de cumplirse las disposiciones para realzar un buen servicio. Están distribuidos en los tres turnos del servicio. Controlan asistencia y reporta las novedades más resaltantes de cada servicio al Jefe de Zona correspondiente. Tienen una dedicación al servicio de Serenazgo de 100%.

Asistente legal (01):

Es el personal administrativo que se encarga del asesoramiento jurídico a la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana ante las quejas o denuncias por las intervenciones del servicio de Serenazgo. Así mismo, también atiende expedientes judiciales de reposición o consultas legales de otras instituciones. Tiene una dedicación exclusiva al servicio de Serenazgo.

Técnico Logístico y Almacén (01):

Es el personal administrativo que se encarga de llevar un control de entregas de bienes al personal de Serenazgo. Recepciona los bienes enviados por Almacén Central para el funcionamiento operativo del servicio de Serenazgo. Tiene una dedicación exclusiva al servicio de Serenazgo.

Técnico de Sistematización del CCO (01)

Es el responsable de la sistematización y organización de la información diaria proporcionada por el Centro de Control de Video Vigilancia y encontrarse disponible para la planificación y toma de decisiones del servicio. Tiene una dedicación al servicio de Serenazgo de 100%.

Técnico Automotriz (01)

Es el responsable de la evaluación y diagnóstico de la flota vehicular propia destinada para el patrullaje de Serenazgo. Programa servicios de mantenimientos preventivos y/o correctivos. Tiene una dedicación al servicio de Serenazgo de 100%.

Auxiliar Administrativo I (05)

Son personal administrativo correspondientes al régimen laboral D.L 276. Administran el acervo documentario, hacen seguimiento a documentos en las áreas de Planeamiento, Presupuesto, Logística, Servicios Generales y Maestranza, principalmente, a fin de acelerar la documentación y/o requerimientos a esas áreas con la finalidad de proveer de recursos en forma oportuna al servicio de Serenazgo. Tienen una dedicación al servicio de Serenazgo de 100%.

Preparador Físico (01):

Es el encargado de la preparación física y defensa personal de los serenos, con la finalidad de saber defenderse con técnicas estratégicas ante una posible amenaza física, durante el desarrollo del servicio. Tiene una dedicación exclusiva al servicio de Serenazgo.

Costos Fijos

Para el funcionamiento de las actividades administrativas, es necesario disponer de un local (la Base de Serenazgo), el cual se encuentra ubicado en Loma de los Suspiros s/nUrb. Prolongación Benavides y en cuanto a los servicios básicos de energía eléctrica y agua potable; tenemos la Base de Serenazgo, el Centro de Control de Operaciones y los 32 Centros de Observación y video vigilancia

COSTOS FIJOSSERVICIOS BÁSICOS

 

SERVICIO

DESCRIPCION

UNIDAD

Energía eléctrica

Servicio mensual

Suministro

Agua Potable

Servicio mensual

Suministro

Telefonía Fija

Servicio mensual

Línea Telefónica

III. EXPECTATIVAS DE MEJORA

Para el Ejercicio 2024, se tiene previsto disponer de una mayor cantidad de personal operativo para el patrullaje y video vigilancia en el distrito; pasando de 1,563 a 1,601 serenos. Así como también, se tiene previsto disponer de una mayor cantidad de motocicletas lineales en virtud al convenio de cesión en uso de esta flota con la Municipalidad provincial de Lima Metropolitana, quien proporcionará 100 motocicletas para intensificar el patrullaje en el distrito. Así mismo, se tiene previsto implementar el patrullaje con drones en el distrito. Se dispone de un convenio de cooperación interinstitucional con el Ministerio del Interior, el cual consiste en brindar 100 efectivos PNP diarios (distribuidos en los 03 turnos del servicio) con la finalidad de fortalecer el patrullaje y hacerlo más disuasivo y más eficiente en las intervenciones.

IV. META ANUAL

OBJETIVO

INDICADOR

META

PERIODICIDAD

Incrementar e intensificar la cobertura

de patrullaje en el distrito

100% cobertura de patrullaje vehicular

9 Sectores cubiertos

Mensual

Incrementar e intensificar el monitoreo de Cámaras

en el distrito a través de los COVV

Otorga presencia descentralizada, visualización permanente, pruebas de video y rápida comunicación

Implementación de Módulos de Seguridad

32 Centros de Observación implementan dos

Incrementar e intensificar la cobertura de patrullaje peatonal en el distrito

El sereno a Pie es visto como un amigo más de la comunidad que aporta seguridad y enlace entre el vecino y serenazgo

Incremento del 40% cobertura de patrullaje peatonal

96 cuadrantes

Reducir los tiempos de respuesta a las emergencias reportadas al CC0

La central de alertas del CCO es una ágil y eficiente herramienta de comunicación y atención a la emergencia del vecino

100% de llamadas atendidas dentro de los 3- 5 minutos

Mensual

Incrementar la video vigilancia en el distrito

La video vigilancia es muy disuasiva y preventiva y permite registrar en imágenes y video las acciones delictivas en el distrito

Implementación de mas de 2,000 cámaras de video

Mensual

V. COSTO DEL SERVICIO DE SERENAZGO

El costo anual proyectado para el ejercicio 2024, para el servicio de Serenazgo asciende a S/ 62,695,193.33.

Servicio

Costos 2024

S/

Costos Directos

58,506,776.25

Mano de Obra

39,871,307.85

Materiales

6,991,974.21

Otros gastos variables

11,501,975.38

Depreciación maq y equipos

141,518.81

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

3,528,116.11

Costos Fijos

660,300.97

Total

62,695,193.33

La estructura de costos, en detalle, del servicio de Serenazgo se adjunta a continuación.

EXPLICACION DETALLADA DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA ESTRUCTURA DE COSTOS PARA EL EJERCICIO 2024

Con la finalidad de brindar una mejor explicación de los componentes de las estructuras de los costos, a continuación, se detalla cada uno de los costos involucrados en la prestación del servicio.

COSTOS DIRECTOS

Mano de Obra Directa

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal

D.L 728

847,469.11

Comprende el costo anual del personal en planilla D.L 728, que labora en la prestación del Servicio de Serenazgo (39), entre serenos chofer y de puesto fijo Este personal posee todos los beneficios sociales de acuerdo a la ley vigente y han sido incorporados judicialmente.

Personal

D.L 276

1,992,123.00

Comprende el costo anual del personal contratado en planilla D.S 276 (105) que labora en la prestación del Servicio de Serenazgo como serenos en sus distintas modalidades (chofer, motorizado y sereno a pie) y como operadores del CCO en la modalidad de Operador de videovigilancia. Este personal posee todos los beneficios sociales que por ley les corresponde como EsSalud, aguinaldos, escolaridad, vacaciones, entre otros.

Personal CAS

31,261,795.74

Comprende el costo anual del personal contratado bajo la modalidad CAS D.L 1057 (1,457), para desempeñarse como serenos en sus distintas modalidades (chofer, motorizado, sereno a pie, sereno GIR y sereno en módulos) y como operadores del CCO en las modalidades de Radio Operador, Operador de cámaras, Telefonistas y Operador de drones. El importe consignado corresponde a su remuneración mensual, incluido Es Salud más los aguinaldos que por ley les corresponden, proyectada a un año.

Personal Especializado Contra la Delincuencia

5,769,920.00

Comprende el costo anual por la contratación de los servicios de Personal PNP especializado en brindar servicio de seguridad en el patrullaje, en virtud al Convenio específico de Cooperación interinstitucional entre la Municipalidad de Santiago de Surco y la Policía Nacional del Perú, aprobado mediante Resolución Ministerial 0370-2023-IN. Son efectivos policiales que laboran en sus días de descanso o franco. Se tiene prevista la prestación de 100 efectivos diarios, con un costo de S/158.08 diarios por efectivo policial, conforme a la normatividad vigente.

Materiales

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Uniformes de Serenos

2,396,446.00

Comprende el costo anual del vestuario de todo el personal de serenos (1,401 serenos) que brinda servicio de seguridad ciudadana, el mismo que consta de:

02 Pantalones drill, 02 Camisas manga larga, 02 polos con cuello, 02 chalecos, 02 gorras, 02 casacas impermeables, 02 chompas, 02 correas nylon, 02 pares de borceguies. Adicionalmente se consideran 200 camisacos para el grupo GIR.

Uniformes de Operadores del CCO

471,640.00

Comprende el costo anual del vestuario de todo el personal de Operadores del Centro de Control de Operaciones y los Operadores de video vigilancia de los Centros de Observación y Monitoreo (200 Operadores), el mismo que consta de:

02 Pantalones, 01 Camisa manga larga, 01 blusa, 02 Casacas, 02 chompas, 01 corbata, 02 correas nylon y 02 pares de zapatos. En el caso de hombres 01 corbata y en el caso de la mujer 01 pañoleta.

Combustible

4,097,802.08

Comprende el costo anual del combustible necesarios para el patrullaje vehicular las 24 horas del día los 365 días al año de toda la flota vehicular de Serenazgo. Se utiliza GLP, Gasohol 90 y Diesel.

Repuestos

26,086.13

Comprende el costo anual de la adquisición de repuestos necesarios para la operación de la flota vehicular propia de la Municipalidad para el servicio de Serenazgo (07 camionetas pick up y 02 mini van) incluye: Baterías y Llantas.

Depreciación de Maquinaria y Equipos

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Depreciación de Maquinaria y Equipos

141,518.81

Depreciación de equipos tecnológicos para la seguridad ciudadana. Corresponde a (53) equipos, entre cámaras de video vigilancia y drones; además de (290) chalecos antibalas.

Otros costos y gastos variables

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Servicio de Radio Troncalizado

987,660.00

Comprende el costo anual proyectado del servicio de comunicaciones a través de Radios troncalizados tecnología TETRA, los cuales sirven para la comunicación de la parte operativa del servicio de Serenazgo.

Servicio Integral del sistema de seguridad ciudadana

10,514,315.38

Comprende el costo anual del Servicio Integral del sistema de seguridad ciudadana, que consiste en el alquiler de (96) automóviles SEDAN y otros accesorios tecnológicos y de telecomunicaciones para el servicio de Serenazgo. Así mismo, se incluye la Adenda del Contrato 030-2022-GAF-MSS, que contempla la incorporación de 04 camionetas pick up (destinadas al grupo GIR) al servicio.

COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS

Mano de Obra Indirecta

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Personal D.L 276

179,682.60

Comprende el costo anual del personal administrativo y de supervisión bajo la modalidad del D.L 276, los cuales realizan labores de gestión administrativa y de supervisión del servicio operativo. Este personal consta de: 01 Jefe de Planeamiento, 01 Supervisor y 04 Administrativos. Su costo incluye los beneficios de acuerdo a la normatividad vigente.

Personal CAS

3,346,812.30

Comprende el costo anual del personal administrativo y de supervisión bajo la modalidad del D.L 1057, los cuales realizan labores de gestión administrativa y de supervisión del servicio operativo. Este personal consta de: 01 Gerente con una dedicación del 50% al servicio, 01 Sub Gerente, 01 Jefe de Operaciones, 01 Jefe del CCO, 04 Administrativos, 01 Preparador Físico, 20 Jefes de Zona y 40 Supervisores. Su costo incluye los beneficios de acuerdo a la normatividad vigente.

Útiles de Oficina

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Materiales y Útiles de Oficina

1,621.21

Comprende el costo anual del material de escritorio y demás materiales de oficina que sirven para realizar las labores administrativas de coordinación, control y gestión del servicio en el servicio de seguridad ciudadana.

Costos Fijos

Elemento de Costo

Costo S/

Descripción del Elemento de Costo

Agua potable

174,737.64

Comprende el costo anual del consumo de (22) suministro de agua potable, correspondiente a una parte de los Centros de Observación y video vigilancia y a la Base de Serenazgo

Energía Eléctrica

471,664.38

Comprende el costo anual del consumo de (155) suministro de energía eléctrica, correspondiente a los Módulos de Serenazgo, Centros de Observación y video vigilancia, a la Base de Serenazgo y a los suministros de las cámaras de video vigilancia distribuidas en el distrito.

Telefonía fija

11,558.95

Comprende el costo anual del consumo de (03) líneas telefónicas fijas, correspondiente al Centro de Control de Operaciones para la atención de emergencias en seguridad ciudadana.

SOAT

2,340.00

Comprende el costo de los SOAT de la flota vehicular propia de la Municipalidad y asignada a Serenazgo (07 camionetas pick up y 02 mini van).

EXPECTATIVAS DE MEJORAJUSTIFICACIÓN CUALITATIVA

Para el Ejercicio 2024, se tiene previsto disponer de una mayor cantidad de personal operativo para el patrullaje y video vigilancia en el distrito; pasando de 1,563 a 1,601 serenos. Así como también, se tiene previsto disponer de una mayor cantidad de motocicletas lineales en virtud al convenio de cesión en uso de esta flota con la Municipalidad provincial de Lima Metropolitana, quien proporcionará 100 motocicletas para intensificar el patrullaje en el distrito. Así mismo, se tiene previsto implementar el patrullaje con drones en el distrito. Se dispone de un convenio de cooperación interinstitucional con el Ministerio del Interior, el cual consiste en brindar 100 efectivos PNP diarios (distribuidos en los 03 turnos del servicio) con la finalidad de fortalecer el patrullaje y hacerlo más disuasivo y más eficiente en las intervenciones. Además, que se estaría atendiendo a una mayor cantidad de predios, pasando de 131,075 a 136,643; y como consecuencia de ello, el aumento de intervenciones, pasando de 247,611 a 253,048, que tienen una correlación con una mayor prestación del servicio.

JUSTIFICACIÓN CUANTITATIVA

Servicio

Costos 2023 Ord 665-MSS

S/

Costos 2024

S/

Variación 2024 - 2023

S/

Variación 2024 - 2023

%

Costos Directos

52,563,128.82

58,506,776.25

5,943,647.43

11.31%

Mano de Obra

35,040,267.36

39,871,307.85

4,831,040.49

13.79%

Materiales

4,565,710.03

6,991,974.21

2,426,264.18

53.14%

Otros gastos variables

12,797,221.93

11,501,975.38

-1,295,246.55

-10.12%

Depreciación maq y equipos

159,929.50

141,518.81

-18,410.69

-11.51%

Costos Indirectos y Gastos Administrativos

2,739,252.20

3,528,116.11

788,863.91

28.80%

Costos Fijos

564,513.47

660,300.97

95,787.50

16.97%

Total

55,866,894.49

62,695,193.33

6,828,298.84

12.22%

En el rubro de Mano de Obra, se puede apreciar un incremento del 13.79% (S/ 4,831,040.49) que se debe al incremento de personal operativo para el patrullaje y la video vigilancia; así como también a la incorporación de 39 serenos Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral (insertados a la Municipalidad y a la planilla a través de mandatos judiciales). Así mismo, el sinceramiento de las remuneraciones del personal de serenos del régimen CAS, acorde a la oferta laboral del mercado y vigentes de los serenos del servicio y el aporte de EsSalud se ha incrementado a un tope de hasta S/ 200.48 mensuales, de acuerdo al incremento del % del aporte y al incremento de la UIT vigente.

También al mayor costo de los efectivos policiales, en virtud al convenio de cooperación y a la normativa vigente al respecto; pasando de un costo de S/ 105.84 a S/ 158.08 diarios por efectivo policial.

En el rubro de Materiales, se puede apreciar un incremento del 53.14% (S/2,426,264.18), lo cual se debe a la actualización de precios unitarios de uniformes y del mayor consumo de combustible para la operación de la flota vehicular, tales como el pantalón que ha pasado de S/ 76.00 a S/ 137.40 por las características y material tipo comando; camisa de manga larga de S/ 47.00 a S/ 111.40, el polo pique de S/ 31.00 a S/ 72.40; la casaca impermeable de S/ 158.70 a S/ 244.00 entre otras variaciones de costos unitarios de prendas. En el caso de los consumos anuales de combustibles, están pasando en el caso de gas licuado de petróleo ha pasado de 96,360 lts/año a 315,360 Lts/año; así como el incremento en el costo por galón de los combustibles Gasohol, pasando de S/ 11.82 a S/ 20.01; Diesel de S/ 11.69 a S/ 15.85.

En el rubro de costos indirectos y gastos administrativos, se puede apreciar un incremento del 28.80% que se debe principalmente al incremento del personal administrativo y de supervisión, pasando de 66 a 75 personas; y al sinceramiento y actualización de las remuneraciones del personal administrativo y de supervisión, acorde a las remuneraciones vigentes del mercado laboral.

En el rubro de costos fijos, se puede apreciar un incremento de (S/ 95,787.50) que representa un 16.97%; lo cual se debería a la actualización de tarifas y consumos de energía eléctrica y agua potable de los puestos de auxilio rápido y a los suministros de las cámaras de video vigilancia, los cuales se han incrementado de 141 a 155 suministros de energía eléctrica y de 18 a 22 suministros de agua potable.

Finalmente, se debe señalar que el incremento en el costo del servicio de Serenazgo, se debe a que no se han actualizado estos costos del servicio desde el ejercicio 2020 a la fecha, dado que se ha ido aplicando la prórroga de los costos y tasas los años 2021,2022 y 2023.

EJECUCION DE COSTOS (ENEAGO) Y PROYECCION SETDIC 2023

Servicio

Costos Aprobados 2023 Ord. 665-MSS

S/

Ejecutado a Agosto 2023

S/

% de Avance

Proyección Setiembre a Diciembre 2023

S/

% por Ejecutar

Total

Anual

S/

Nivel de Cumplimiento 2023

%

Barrido de Calles

8,193,250.62

5,952,162.08

72.65%

3,101,083.54

37.85%

9,053,245.62

110.50%

Recolección de Residuos Sólidos

31,218,752.28

22,312,505.52

71.47%

11,206,250.71

35.90%

33,518,756.23

107.37%

Parques y Jardines Públicos

32,129,725.56

22,822,825.03

71.03%

11,289,908.51

35.14%

34,112,733.54

106.17%

Serenazgo

55,866,894.49

39,584,596.31

70.86%

19,822,298.16

35.48%

59,406,894.47

106.34%

Total

127,408,622.95

90,672,088.94

71.17%

45,419,540.92

35.65%

136,091,629.86

106.82%

Como se puede apreciar, al mes de agosto 2023 se ha alcanzado la ejecución del 71.17% (S/ 90,672,088.94) respecto al costo global aprobado en la Ordenanza 665-MSS y se proyecta alcanzar una ejecución de 106.82% al mes de diciembre. Cumpliendo de esta manera ampliamente superar la ejecución de los costos aprobados en la Ordenanza 665-MSS.

PARTE II: DETERMINACIÓN DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES

1. INFORMACION GENERAL

1.1. Costos de los Servicios Públicos

Los costos de los servicios públicos para el ejercicio 2024 son los siguientes:

Servicio

Costos 2023

Ord 665-MSS

S/

Costos 2024

S/

Variación

2024 - 2023

S/

Variación

2024 - 2023

%

Barrido de Calles

8,193,250.62

11,883,804.98

3,690,554.36

45.04%

Recolección de Residuos Sólidos

31,218,752.28

39,743,026.96

8,524,274.68

27.30%

Parques y Jardines Públicos

32,129,725.56

38,238,022.97

6,108,297.41

19.01%

Serenazgo

55,866,894.49

62,695,193.33

6,828,298.84

12.22%

Total

127,408,622.95

152,560,048.25

25,151,425.30

19.74%

1.2. Estimación de Ingresos de los Servicios Públicos

La cobertura del servicio es 94.48% para los arbitrios del ejercicio 2024, debido al incremento de los predios en condición de exonerados. La cantidad de predios, su frontis y áreas construidas en condición de afectos y exonerados de los servicios públicos se informaron mediante el Informe Nº 315-2023-SGRCT-GAT-MSS.

Servicio

Monto Anual (S/)

% Cobertura

Ingreso 2024

Costos 2024

Diferencia

Ingreso / Costo

[1]

[2]

[3] = [1] - [2]

[4] = [1] / [2]

Barrido de Calles

10,821,847.56

11,883,804.98

-1,061,957.42

91.06%

Recolección de Residuos Sólidos

36,901,515.28

39,743,026.96

-2,841,511.68

92.85%

Parques y Jardines Públicos

35,365,339.77

38,238,022.97

-2,872,683.20

92.49%

Serenazgo

60,441,900.83

62,695,193.33

-2,253,292.50

96.41%

Total

143,530,603.44

152,560,048.24

-9,029,444.80

94.08%

1.3 Predios y Contribuyentes

La distribución del costo de los servicios públicos se realiza tomando en cuenta la información de predios y contribuyentes afectos, exonerados e inafectos registrados en la base predial del Sistema Informático de la Municipalidad, según lo informado mediante el Informe Nº 315-2023-SGRCT-GAT-MSS.

Los predios y contribuyentes con la condición de inafectos (predios de uso terrenos sin construir) no están considerados dentro de la distribución del costo de los servicios de Recolección de Residuos Sólidos y Parques y Jardines; por lo cual, no se han incluido para la determinación de la tasa de los arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos y Parques y Jardines para el ejercicio 2024. De otro lado, los predios exonerados están considerados en la distribución, consecuentemente dicho monto exonerado será subsidiado por la Municipalidad.

La cantidad de predios y contribuyentes del distrito considerados para los arbitrios municipales del ejercicio 2024 se muestran a continuación:

Predios

Condición

Barrido de Calles

Residuos Sólidos

Parques y Jardines

Serenazgo

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Afecto

122,106

117,490

117,490

122,100

Exonerado

14,541

14,451

14,451

14,543

Inafecto

0

4706

4706

4

Total

136,647

136,647

136,647

136,647

Predios exonerados e inafectos

Condición

Descripción

Barrido de Calles

Residuos Sólidos

Parques y Jardines

Serenazgo

Exonerado del 50%

Pensionistas

14,267

14,267

14,267

14,267

Condición

Descripción

Barrido de Calles

Residuos sólidos

Parques y Jardines

Serenazgo

Exonerado del 100%

Universidades Nacionales y Centros Educativos Estatales

34

34

34

34

Entidades Religiosas

102

104

104

104

Gobiernos Extranjeros

8

8

8

8

Municipalidad de Santiago de Surco

128

36

36

128

Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú

2

2

2

2

Inafecto

Terrenos sin construir

0

4706

4706

0

Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior

0

0

0

4

Contribuyentes

Condición

Barrido de Calles

Residuos Sólidos

Parques y Jardines

Serenazgo

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Afecto

115,844

110,961

110,961

115,842

Exonerado

14,026

14,026

14,026

14,026

Inafecto

0

4,883

4,883

2

Total

129,870

129,870

129,870

129,870

Contribuyentes exonerados e inafectos

Condición

Descripción

Barrido de Calles

Residuos Sólidos

Parques y Jardines

Serenazgo

Exonerado del 50%

Pensionistas

13,943

13,943

13,943

13,943

Exonerado del 100%

Universidades Nacionales y Centros Educativos Estatales

8

8

8

8

Entidades Religiosas

68

68

68

68

Gobiernos Extranjeros

4

4

4

4

Municipalidad de Santiago de Surco

1

1

1

1

Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú

2

2

2

2

Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior

0

0

0

0

Inafecto

Terrenos sin construir

0

4,883

4,883

0

Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior

0

0

0

2

2. SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - BARRIDO DE CALLES

2.1. Criterios de Distribución de Limpieza PúblicaBarrido

De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza, los costos en los que incurre la Municipalidad para brindar el Servicio de Limpieza Pública - Barrido son distribuidos utilizando los siguientes criterios:

2.1.1. Tamaño del Predio

En relación con el Servicio de Barrido de Calles, se identifica al tamaño del predio, entendido como la frontera del predio que colinda con las calles o vías públicas. En este sentido, aquellos predios que cuenten con mayor extensión de frontera con la vía pública, se ven mayormente beneficiados con dicho servicio por lo cual deberá de corresponderle un monto de liquidación mayor. La información de predios y metros lineales de frontera según frecuencia, ha sido informado mediante Informe Nº 315-2023-SGRCT-MSS, en la que se señala que las variaciones se deben principalmente a campañas de fiscalización, aumento de declaración de predios, altas y bajas de predios producidas, conforme a la Base de Datos Predial que administra la Subgerencia de Registro y Control tributario.

En el caso de predios en régimen de propiedad horizontal, quintas o condominios con una misma frontera a la calle, la distribución del costo del barrido se realizará asignando los metros lineales de frontera común de acuerdo al porcentaje del área de terreno correspondiente a cada predio.

2.1.2. Frecuencia del Servicio

Para el Barrido de Calles, este criterio ingresa en el cálculo para efectos de ponderar mejor el servicio que se brinda en determinados sectores del distrito, pues consideramos que frente a predios de igual frente a vía pública (criterio principal) se recibe un mayor servicio y por consiguiente deberá ser mayor su determinación a diferencia que dicha actividad se realiza más veces en un mismo periodo (en este caso se ha considerado una frecuencia semanal). En este sentido, para ponderar el servicio brindado, se considera la información de frecuencia de barrido por semana, brindada por el área operativa.

Para tal efecto, la Gerencia de Servicios a la Ciudad mediante Memorándum Nº 2683-2023-SGLPJ-GSC-MSS establece que los sectores del 1 al 8 reciben el servicio de barrido en las vías públicas con una frecuencia de siete veces a la semana. El sector 9 se barre una vez a la semana. Véase anexo A.

2.2. Distribución del Costo y Cálculo de Tasas

El costo derivado del barrido de calles, se distribuye de la siguiente manera:

En el cuadro que se presenta a continuación, se ha determinado los sectores donde se brinda el servicio y la frecuencia de barrido semanal en cada sector (2), también se identifica la cantidad de predios en cada frecuencia de barrido, a los cuales corresponde una cantidad de metros lineales de frontera colindante con la vía pública (1). A partir de dicha información, se determina la ponderación del servicio (3) para cada frecuencia multiplicando el frontis del predio por la frecuencia del barrido, luego se determina la participación porcentual (4), el cual se multiplica con el costo anual del servicio (5) determinándose el costo relativo (6). Finalmente, al dividir este costo entre los frontis del predio se obtiene la tasa anual (7), y al dividirlo entre 12 meses, obtenemos la tasa mensual (8).

Sector

Predios

Metros Lineales Totales

ml

Frecuencia

Vez/Semana

Metros Lineales Ponderados

ml

Ponderación

%

Costo Anual

S/

Costo Relativo

S/

Tasa Anual S/ x ml

Tasa Mensual

S/. por ml

 

[1]

[2]

[3] = [1] x [2]

[4] = [3] / Σ [3]

[5]

[6] = [4] x [5]

[7] = [6]/[1]

[8]=[7]/12

1,2,3,4,5,6,7,8

129,016

803,482.52

7

5,624,377.64

98.30%

11,883,804.98

11,681,443.72

14.538516

1.211543

9

7,631

97,432.83

1

97,432.83

1.70%

202,361.26

2.076930

0.173077

Total

136,647

900,915.35

5,721,810.47

100.00%

11,883,804.98

Monto (S/) = tasa mensual x metro lineal de frontera

2.3. Tasas Estimadas

En soles mensuales por metro lineal de frontera del predio colindante con la calle o vía pública.

Para determinar la liquidación correspondiente, se identifica el sector al que pertenece el predio y luego se deberá multiplicar la tasa estimada del sector correspondiente por los metros lineales de frontera del predio.

Sector

Tasa Mensual

S/. por ml

1,2,3,4,5,6,7,8

1.211543

9

0.173077

2.4. Comparativo de Tasas

En relación con las tasas establecidas para el año anterior, a continuación, se presenta un cuadro comparativo de variación de tasas en los predios respecto de las nuevas tasas determinadas:

Sector

Tasa Mensual

2024

S/. por ml

Tasa Mensual 2023

S/ por ml

Variación %

Diferencia S/

[1]

[2]

[3] = ([1]- [2]) / [2]

[4] =[1]- [2]

1,2,3,4,5,6,7,8

1.211543

0.827323

46.44%

0.384220

9

0.173077

0.118189

46.44%

0.054888

2.5. Estimación de Ingresos

En lo relacionado a los ingresos esperados, estos alcanzan el 91.06% debido al incremento de los predios en condición de exonerados.

Sector

Tasa Anual x ml

S/ x ml

Metros Lineales Totales ml

Ingresos

S/

Ingreso Real Estimado (S/)

Exonerado 50%

Exonerado 100%

Total

Ingreso Total

Monto Exonerado 50%

Monto Exonerado 100%

[1]

[2]

[3]

[4]

[5] = [1] x [4]

[6] = [1] x [2] x 50%

[7] = [1] x [3]

[8] = [5] - [6] - [7]

Sector 1

14.538516

21,882.70

5,069.30

146,808.69

2,134,380.54

159,070.99

73,700.10

1,901,609.45

Sector 2

14.538516

28,796.89

4,267.77

184,970.50

2,689,196.55

209,332.02

62,047.04

2,417,817.49

Sector 3

14.538516

11,413.13

1,373.55

57,923.95

842,128.30

82,964.99

19,969.38

739,193.93

Sector 4

14.538516

5,879.82

478.63

27,386.55

398,159.86

42,741.93

6,958.57

348,459.36

Sector 5

14.538516

10,792.10

1,591.24

80,342.81

1,168,065.18

78,450.56

23,134.27

1,066,480.35

Sector 6

14.538516

5,821.09

543.52

52,909.18

769,221.01

42,315.01

7,901.97

719,004.03

Sector 7

14.538516

11,593.32

1,759.57

130,929.74

1,903,524.18

84,274.83

25,581.54

1,793,667.81

Sector 8

14.538516

9,149.84

4,612.93

122,211.09

1,776,767.94

66,512.55

67,065.16

1,643,190.24

Sector 9

2.076930

7,609.62

979.31

97,432.83

202,361.17

7,902.32

2,033.96

192,424.89

Total

112,938.51

20,675.82

900,915.35

11,883,804.74

773,565.20

288,391.98

10,821,847.56

Servicio

Monto Anual (S/)

% Cobertura

Ingreso 2024

Costos 2024

Diferencia

Ingreso / Costo

[1]

[2]

[3] = [1] - [2]

[4] = [1] / [2]

Barrido de Calles

10,821,847.56

11,883,804.98

-1,061,957.42

91.06%

3. SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA - RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

3.1. Criterios de Distribución

De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza, los costos en los que incurre la Municipalidad para brindar el Servicio de Limpieza Pública - Recolección de Residuos Sólidos son distribuidos utilizando los siguientes criterios:

3.1.1. Uso del Predio

Para distribuir y diferenciar el costo de este servicio, se ha considerado utilizar el uso del predio, teniendo en cuenta que el uso o actividad económica que se desarrolla en un predio es un indicador válido del grado de requerimiento del servicio en relación con la generación de desechos o residuos sólidos, así como de la frecuencia del mismo.

La segmentación de costos se ha establecido diferenciando el universo de predios del distrito por grupos por la actividad realizada, identificada en el uso del predio, las cuales determinan niveles diferentes en la generación de residuos sólidos o de desechos.

En ese sentido, de acuerdo a la información brindada según Informe Nº 2805-2023-SGLPJ-GSC-MSS por el área operativa encargada de prestar el Servicio de Limpieza Pública - Recolección de Residuos Sólidos en el Distrito, se ha podido identificar una estructura diferenciada en función de la generación de residuos sólidos (agrupados según la actividad y/o usos similares), la cual ha sido estimada a partir de la información desagregada obtenida en campo.

Al respecto, los predios se han agrupado de la siguiente manera:

a.1. Uso Casa Habitación

Es el tipo de predio que genera residuos sólidos de carácter domiciliario, siendo la categoría de mayor cantidad de predios del distrito, se incluyen en esta categoría los predios rústicos.

a.2. Uso Comercio, Industrias y Servicios Generales

Incluye a aquellos predios que, debido al uso o actividad económica respectiva, son generadores de una mayor cantidad de residuos o desechos por establecimiento, tanto por su propia actividad como por la concurrencia de población de otros distritos.

Cabe indicar, que se han agrupado estas actividades económicas debido a que todas ella: tienen como característica en común que en sus instalaciones transitan, además de personal que labora en él, los clientes que diariamente acuden a sus instalaciones y/o hacen uso de sus servicios.

a.3. Uso Gobierno Central, Instituciones Públicas, Sindicatos y Otros

Son todos los predios que reciben una gran cantidad de población flotante pero que, a diferencia de otras categorías en usos de predios por la naturaleza de su actividad.

a.4. Uso Educacional, Fundaciones, Asociaciones y Museos

Debido a la actividad que se realiza en los predios incluidos en este grupo la generación de residuos o desechos es de mayor intensidad. Así mismo, debe tenerse presente que la actividad que se realiza en dichos predios induce a que concurran al distrito pobladores de otros lados.

a.5. Uso Lubricentros

Son todos los predios que generan residuos sólidos no peligrosos o comunes según Decreto Legislativo Nº 1278 Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-MINAM, modificado por el Decreto Supremo N.º 001-2022-MINAM.

a.6. Uso Centros Veterinarios

Son todos los predios que generan residuos sólidos no peligrosos o comunes según Decreto Legislativo Nº 1278 Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-MINAM, modificado por el Decreto Supremo N.º 001-2022-MINAM.

3.1.2. Tamaño del Predio

Un segundo criterio de distribución de los costos está referido al tamaño del predio, que se utiliza en relación proporcional con el uso del mismo, expresado de acuerdo al área construida m2 (sin incluir áreas comunes). La información de predios y área construida, ha sido informada mediante el Informe Nº 315-2023-SGRCT-GAT-MSS.

En este sentido, han de corresponder tasas mayores a predios que cuenten con mayores extensiones de área construida frente a aquellas que cuenten con áreas construidas menores.

El contribuyente que considere que el área construida no corresponde a la indicada, podrá presentar declaración jurada rectificatoria. Estas declaraciones juradas estarán sujetas al procedimiento de fiscalización establecido en el Código Tributario.

3.2. Distribución del Costo y Cálculo de Tasas

El costo se ha distribuido tomando en cuenta la segmentación propuesta por el uso, el tamaño de los predios y, para el caso de predios de uso casa habitación, se ha complementado con el promedio de habitantes por vivienda.

Referente al Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1501 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-MINAM, modificado por el Decreto Supremo 001-2022-MINAM, la Municipalidad de Santiago de Surco hará el cobro de tasas por el arbitrio de Recolección de Residuos Sólidos a los generadores especiales de residuos sólidos no peligrosos (residuos municipales o comunes) identificados en el distrito con los usos Centros Veterinarios y Lubricentros. La Municipalidad no cuenta en su registro de predios con el uso Laboratorio de ensayo.

Referente al Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, modificado por Decreto Legislativo Nº 1501 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-MINAM, modificado por Decreto Supremo N.º 001-2022-MINAM, la Municipalidad de Santiago de Surco no cuenta con predios generadores mayores a 145 Kg/día. No obstante, de darse el caso, la Municipalidad de Santiago de Surco hará el cobro de tasas por el arbitrio de recolección de residuos sólidos a los generadores del distrito de residuos sólidos que pudieran superar los 145 kilos diarios, mientras estos no informen y sustenten que tienen contratado a una Empresa Operadora de Residuos Sólidos.

En el Informe complementario del estudio de caracterización de residuos sólidos municipales del 2023 remitido según Memorándum Nº 2805-2023-SGLPJ-GSC-MSS, se estimaron los pesos promedios de generación de pesaje por uso.

3.2.1. Distribución en Usos Distintos a Casa Habitación:

Para la distribución y determinación del costo del servicio a los usos diferentes a casa habitación y predio rústico, se ha segmentando en principio por los usos o grupos de usos anteriormente descritos.

En función de la cantidad de predios por usos (1) y el peso promedio diario de residuos sólidos generados (2), se ha estimado la generación anual de residuos sólidos en cada uso de predio (3) y su participación porcentual (4) en el total del costo anual del servicio (5), el cual se distribuye por categoría según uso obteniéndose el costo relativo (6). Finalmente se determina la tasa anual (8) dividiendo el costo relativo entre el área construida (7), estas tasas se dividen entre 12 para obtener la tasa mensual (9).

Uso del Predio

Cantidad de Predios

Peso Prom día Generados

kg/Predio

Peso Anual kg

% Ponderación

Costo Anual S/

Costo Relativo S/

Tamaño Predio m2

Tasa Anual S/ m2

Tasa Mensual S/ m2

[1]

[2]

[3] = [1]x[2]x 365

[4] = [3] / Σ[3]

[5]

[6] = [4]x[5]

[7]

[8] = [6]/[7]

[9] = [8]/[12]

Casa Habitación

113,070

2.14

88,663,588.10

55.9070%

39,743,026.96

22,226,310.37

17,263,446.40

Comercios / Industrias / Servicios

18,463

9.15

61,661,804.25

38.8810%

15,457,466.01

2,529,131.02

6.111769

0.509314

Gob. Central / Inst. Pub. / Sindic. / Otros

88

23.39

751,286.80

0.5060%

188,333.61

241,476.17

0.779926

0.064993

Educ. No Estatal, Fundac., Asoc. y Museos

312

65.48

7,456,862.40

4.7019%

1,869,296.54

844,792.20

2.212729

0.184394

Lubricentros

3

3.07

3,361.65

0.0021%

842.70

847.08

0.994832

0.082902

Centros Veterinarios

5

1.70

3,102.50

0.0020%

777.74

726.81

1.070071

0.089172

Total

131,941

158,540,006

100.00%

39,743,026.96

20,880,419.68

Cabe mencionar que en la estructura de costos se consignó que la generación de residuos sólidos anual asciende a 158,591.64 tn/año, sin embargo, en la distribución del costo se consideró una generación de residuos sólidos ascendente a 158,540.006 tn/año. La diferencia se explica debido a mermas durante el tratamiento que reciben los residuos sólidos para llevar a cabo el estudio complementario de pesaje de residuos sólidos, considerando que durante el proceso de pesaje podrían producirse perdidas de residuos sólidos al ser trasladados a las bolsas para su pesaje, deshidratación de material orgánico y otras variables exógenas que podrían influir en los resultados del pesaje. Cabe mencionar que estas variables se contemplan como variables estadísticas en el cálculo del margen de confiabilidad del estudio.

3.2.2. Distribución en Predios de Uso Casa - Habitación:

Para la estimación de la distribución del costo del servicio para predios de este uso en el distrito, se consideran las delimitaciones que podemos observar en el anexo 1.

En función de la cantidad de predios por sector (1) y el peso promedio diario de residuos sólidos generados (2), se ha estimado la generación anual de residuos sólidos en cada sector del distrito (3) y su participación porcentual (4) en el total del costo anual del servicio (5), el cual se distribuye por sector obteniéndose el costo relativo (6). Finalmente se determina la tasa anual (8) dividiendo el costo relativo entre el área construida (7), estas tasas se dividen entre 12 para obtener la tasa mensual (9).

Sector

Predios

Peso Diario Kg / Predio

Peso Anual Kg

% Ponderación

Costo

Anual S/

Costo Relativo S/

Tamaño Predio m2

Tasa Anual 2024 S/ m2

Tasa Mensual 2024 S/ m2

[1]

[2]

[3] = [1]x[2]x 365

[4] = [3] / Σ[3]

[5]

[6] = [4]x[5]

[7]

[8] = [6]/ [7]

[9] = [8]/ [12]

Sector 1

22,045

2.11

16,977,956.75

19.15%

4,256,057.58

2,906,863.86

1.464140

0.122011

Sector 2

26,908

2.11

20,723,196.20

23.37%

5,194,919.36

3,553,421.28

1.461948

0.121829

Sector 3

8,369

2.11

6,445,385.35

7.27%

1,615,738.08

1,344,640.55

1.201613

0.100134

Sector 4

3,714

2.11

2,860,337.10

3.23%

717,033.24

582,152.29

1.231693

0.102641

Sector 5

11,371

2.11

8,757,375.65

9.88%

2,195,310.99

2,037,310.01

1.077553

0.089796

Sector 6

8,229

2.11

6,337,564.35

7.15%

1,588,709.36

1,446,267.07

1.098489

0.091540

Sector 7

11,693

2.11

9,005,363.95

10.16%

2,257,477.04

2,177,782.13

1.036594

0.086382

Sector 8

14,269

2.11

10,989,270.35

12.39%

2,754,805.43

2,563,303.16

1.074709

0.089559

Sector 9

6,472

2.78

6,567,138.40

7.41%

1,646,259.30

651,706.05

2.526076

0.210506

TOTAL

113,070

2.14

88,663,588.10

100.00%

22,226,310.37

22,226,310.37

17,263,446.40

3.3. Tasas Estimadas

Las tasas mensuales estimadas de Limpieza Pública - Recolección de Residuos para el ejercicio 2024 de acuerdo al uso, tamaño y cantidad de habitantes del predio (este último para el caso de uso casa habitación) son las siguientes:

a) Predios Uso Casa Habitación.

En soles mensuales, según sector.

Para determinar la liquidación correspondiente, se identifica el sector al que pertenece el predio y luego se deberá multiplicar la tasa estimada del sector correspondiente por los metros cuadrados de área construida del predio.

Sector

Tasa Mensual 2024 S/ m2

Sector 1

0.122011

Sector 2

0.121829

Sector 3

0.100134

Sector 4

0.102641

Sector 5

0.089796

Sector 6

0.091540

Sector 7

0.086382

Sector 8

0.089559

Sector 9

0.210506

Asimismo, respecto de los predios de uso casa habitación, en el caso que los contribuyentes varíen el dato de cantidad promedio de habitantes por predio, la liquidación se ajustará considerando el siguiente cálculo:

Monto S/ =tasa¡ x m2AC x (nha/nhp)

Donde:

m2AC: metros cuadrados de área construida del predio

tasa¡: tasa del sector i (i = 1 a 9)

nha: cantidad de habitantes del predio

nhp: cantidad de habitantes promedio del predio en el distrito

De acuerdo a la publicación: DIRECTORIO NACIONAL DE GOBIERNOS REGIONALES, MUNICIPALIDADES PROVINCIALES Y DISTRITALES 2023 del Instituto Nacional de Estadística e InformáticaINEI, la población del Distrito de Santiago de Surco al año 2023 es de 425,470 personas y de acuerdo a la información de nuestra base de datos se cuenta con 113,070 predios de uso Casa Habitación. Por lo que, la cantidad de habitantes por uso Casa Habitación es de 4.

b) Predios Uso Distinto a Casa Habitación.

En soles mensuales, según uso del predio.

Para determinar la liquidación correspondiente, se identifica el uso del predio y luego se deberá multiplicar la tasa estimada del uso correspondiente por los metros cuadrados de área construida del predio.

Uso del Predio

Tasa Mensual S/ m2

Comercios / Industrias / Servicios

0.509314

Gob. Central / Inst. Pub. / Sindic. / Otros

0.064993

Educ. No Estatal, Fundac., Asoc. y Museos

0.184394

Lubricentros

0.082902

Centros Veterinarios

0.089172

Monto S/ = tasa¡ x m2AC

Donde:

m2AC: metros cuadrados de área construida del predio

tasa¡: tasa del sector i (i = 1 a 9)

3.4. Comparativo de Tasas

En relación con las tasas establecidas para el año anterior, a continuación, se presenta un cuadro comparativo de variación de tasas en los predios respecto de las nuevas tasas determinadas:

Predios Uso Casa Habitación

Sector

Tasa Mensual 2024 S/ m2

Tasa Mensual 2023 S/ m2

Variación. %

Diferencia. S/

[1]

[2]

[3] = ([1]- [2]) / [2]

[4] =[1]- [2])

Sector 1

0.122011

0.097580

25.04%

0.024431

Sector 2

0.121829

0.097893

24.45%

0.023936

Sector 3

0.100134

0.079482

25.98%

0.020652

Sector 4

0.102641

0.080696

27.19%

0.021945

Sector 5

0.089796

0.071849

24.98%

0.017947

Sector 6

0.091540

0.073268

24.94%

0.018272

Sector 7

0.086382

0.068770

25.61%

0.017612

Sector 8

0.089559

0.068639

30.48%

0.020920

Sector 9

0.210506

0.170487

23.47%

0.040019

Predios Uso Distinto a Casa Habitación

Uso del Predio

Tasa Mensual 2024 S/ m2

Tasa Mensual 2023 S/ / m2

Variación. %

Diferencia. S/

[1]

[2]

[3] = ([1]- [2]) / [2]

[4] = [1]- [2])

Comercios / Industrias / Servicios

0.509314

0.400924

27.04%

0.108390

Gob. Central / Inst. Pub. / Sindic. / Otros

0.064993

0.052566

23.64%

0.012427

Educ. No Estatal, Fundac., Asoc. y Museos

0.184394

0.137732

33.88%

0.046662

Lubricentros

0.082902

0.075151

10.31%

0.007751

Centros Veterinarios

0.089172

0.083290

7.06%

0.005882

3.5. Estimación de Ingresos

En lo relacionado a los ingresos esperados, estos alcanzan el 92.85% debido al incremento de los predios en condición de exonerados.

Predios Uso Distinto a Casa Habitación

Uso del Predio

Tasa Anual 2024 S/ m2

Tamaño del Predio (m2)

Ingreso Estimado (S/)

Ingreso Real Estimado (S/)

Exonerado 50%

Exonerado 100%

Total

Ingreso Total

Monto Exonerado 50%

Monto Exonerado 100%

[1]

[2]

[3]

[4]

[5] = [1] x [4]

[6] = [1] x [2] x 50%

[7] = [1] x [3]

[8] = [5] - [6] - [7]

Comercios / Industrias / Servicios

6.111769

18,226.53

133,074.32

2,529,131.02

15,457,464.56

55,698.17

813,319.50

14,588,446.89

Gob. Central / Inst. Pub. / Sindic. / Otros

0.779926

-

23,153.64

241,476.17

188,333.54

-

18,058.13

170,275.42

Educ. No Estatal, Fundac., Asoc. y Museos

2.212729

1,570.21

51,391.85

844,792.20

1,869,296.20

1,737.22

113,716.24

1,753,842.74

Lubricentros

0.994832

-

-

847.08

842.70

-

-

842.70

Centros Veterinarios

1.070071

-

-

726.81

777.74

-

-

777.74

Total

19,796.74

207,619.81

3,616,973.28

17,516,714.75

57,435.40

945,093.87

16,514,185.49

Predios Uso Casa Habitación

Uso del Predio

Tasa Anual 2024 S/ m2

Tamaño del Predio (m2)

Ingreso Estimado (S/)

Ingreso Real Estimado (S/)

Exonerado 50%

Total

Ingreso Total

Monto Exonerado 50%

[1]

[2]

[3]

[4] = [1] x [3]

[5] = [1] x [2] x 50%

[6] = [4] - [5]

Sector 1

1.464140

476,011.45

2,906,863.86

4,256,055.65

348,473.70

3,907,581.95

Sector 2

1.461948

916,728.48

3,553,421.28

5,194,917.13

670,104.68

4,524,812.45

Sector 3

1.201613

287,339.16

1,344,640.55

1,615,737.57

172,635.24

1,443,102.33

Sector 4

1.231693

123,382.20

582,152.29

717,032.90

75,984.50

641,048.40

Sector 5

1.077553

277,084.47

2,037,310.01

2,195,309.51

149,286.60

2,046,022.91

Sector 6

1.098489

153,988.24

1,446,267.07

1,588,708.47

84,577.19

1,504,131.27

Sector 7

1.036594

237,408.31

2,177,782.13

2,257,475.89

123,048.01

2,134,427.87

Sector 8

1.074709

223,953.11

2,563,303.16

2,754,804.98

120,342.21

2,634,462.76

Sector 9

2.526076

73,658.73

651,706.05

1,646,259.01

93,033.78

1,553,225.24

Total

2,769,554.15

17,263,446.40

22,226,301.11

1,837,485.91

20,388,815.20

Servicio

Monto Anual (S/)

% Cobertura

Ingreso 2024

Costos 2024

Diferencia

Ingreso / Costo

[1]

[2]

[3] = [1] - [2]

[4] = [1] / [2]

Recojo de Residuos Sólidos

36,903,000.69

39,743,026.96

-2,840,026.27

92.85%

4. SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

4.1. Criterios de Distribución

De acuerdo al Proyecto de Ordenanza, el costo en los que incurre la Municipalidad para brindar el Servicio de Parques y Jardines Públicos se ha distribuido entre los contribuyentes y predios del distrito en relación con los siguientes criterios:

4.1.1. Ubicación del Predio

Criterio determinante para medir la mayor intensidad de disfrute del servicio, establecido en la Sentencia del Tribunal Constitucional STC Nº0041-2004-AI/TC en su fundamento 43, mediante el cual se efectúa la categorización de los predios en función a su cercanía de las áreas verdes públicas del distrito, y la sentencia aclaratoria recaída en el expediente Nº 0053-2004-PI/TC, y que, ésta última, habilita al uso de criterios complementarios (de segundo orden) que ayuden a equilibrar la distribución de costos por uso efectivo o potencial del servicio. Estas categorías de ubicación ayudan a distinguir los beneficios ambientales, paisajismo y recreacional que las áreas verdes brindan a los ocupantes de los predios, ya que resulta manifiesto que las personas de los predios ubicados con mayor cercanía del área verde, indudablemente reciben un beneficio mayor del servicio de aquellos situados distantes a la misma. Las áreas verdes públicas del distrito (véase página 95 de las normas legales del Diario Oficial El Peruano publicado el 29 de diciembre de 2019).

En tal sentido, a continuación, se presentan las categorías generadas:

- Ubicación 1: Predios frente a parques, se ha considerado para tal efecto de acuerdo a los planos catastrales, a la puerta principal de cada predio que da directamente frente a un parque.

- Ubicación 2: Predios frente a otras áreas verdes, que tienen un beneficio relativo al tener acceso a arboledas, triángulos, óvalos, jardines y similares.

- Ubicación 3: Predios cercanos a parques, que no encuentran en ninguna de las ubicaciones anteriores, pero que se encuentran en un área de influencia de los parques, percibiendo del beneficio de su mantenimiento. El rango de influencia se ha establecido en la distancia de hasta 100 metros.

Ubicación 4: Otras ubicaciones, predios que no corresponden a las anteriores ubicaciones por no tener un acceso directo a las áreas verdes, por tanto, perciben un nivel de beneficio menor respecto de las áreas verdes del distrito.

4.1.2. Sector del Servicio

El sector de servicio refiere a los nueve sectores del distrito en donde se brinda el servicio de mantenimiento de las áreas verdes públicas, estableciéndose una distinción en el nivel de servicio de los sectores, esto debido a la conjugación de varios factores como la cantidad de áreas verdes en m2, cantidad y diversidad de plantas y la frecuencia del servicio de cada sector. La delimitación de los sectores véase anexo a.

4.1.3. Índice de Concurrencia

El índice de concurrencia cuantifica el disfrute real o directo del servicio que obtienen las personas que concurren hacia las áreas verdes públicas del distrito procedentes de los predios comprendidos en las cuatro ubicaciones establecidas. El estudio de la estimación de la concurrencia de personas hacia las áreas verdes públicas fue remitido mediante Informe Nº 2805-2023-SGLPJ-GSC-MSS, de acuerdo con la siguiente metodología:

Los criterios empleados en el estudio; han sido la ubicación del predio, sector de servicio y el tamaño del área verde en m2, en el entendido que están relacionados con la intensidad de disfrute del servicio. El muestreo del estudio es estratificado, clasificando la población objetivo en estratos disjuntos e independientes, coexistiendo la heterogeneidad entre los diferentes estratos y la homogeneidad dentro de respecto a la variable objeto de estudio.

La población objetivo del estudio está conformada por las áreas verdes públicas que reciben el Servicio de Parques y Jardines en el Distrito. Se agrupa las áreas verdes públicas del distrito según el tamaño de su superficie: áreas verdes de tamaño pequeño (de 1 m2 hasta 999.99 m2), áreas verdes de tamaño mediano (de 1,000 m2 hasta 9,999.99 m2) y áreas verdes de tamaño grande (de 10,000 a 300,000 m2).

La selección de la muestra del estudio es aleatoria, es decir, todos los elementos de la población tienen la misma probabilidad de pertenecer a la muestra, reflejando su representatividad en la población. La asignación de los elementos de la muestra es la afijación óptima, es decir el tamaño de cada estrato en la muestra dependerá de su variabilidad interna de la característica a estimar. La determinación del tamaño de muestra se calcula mediante la fórmula: n = (NZ^2 S^2) / (Z^2 S^2 + (N-1)e^2); donde: .n. es el tamaño de la muestra; .N. es el tamaño de la población; .Z. es el valor de la distribución normal; .S. es la desviación estándar; .e. es el error muestral.

Se realiza la recopilación de datos que consiste en el conteo de personas que concurren a las áreas verdes públicas del distrito identificando la ubicación del predio y sector de donde proceden dichas personas. Se acumula la cantidad de personas por cada una de las cuatro ubicaciones del predio y sector, reuniendo el conteo de las personas que concurren a las áreas verdes durante la semana de la temporada húmeda de otoño - invierno y la proyección del conteo para la semana de temporada seca de primavera - verano.

Se estima el índice de concurrencia hacia las áreas verdes según la ubicación del predio y sector, cuya fórmula del cálculo es: IC(ij) = redondeo(P(ij)/base;3); donde: .IC(ij). es el nivel de concurrencia de personas hacia las áreas verdes según ubicación del predio (i=1..4) y sector de servicio (j=1..9) redondeado a 3 decimales; .P(ij). es la cantidad de personas que concurren hacia las áreas verdes; base es el número de concurrentes de la ubicación del predio en otras ubicaciones y sector 9.

4.1.4 Capacidad Habitable

La capacidad habitable del predio es un criterio complementario que cuantifica el disfrute potencial o indirecto del servicio que adquieren las personas ocupantes de los predios. En ese sentido, la capacidad de habitabilidad o el espacio físico habitable para albergar personas en su interior permite aseverar que, al aumentar la capacidad habitable del predio, potencialmente es más intenso el disfrute del servicio. Con la utilización del criterio de Capacidad Habitable, como criterio secundario (no se utiliza directamente este criterio), aplicado en tercer orden, en atención a la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente 0041-2004-AI/TC que habilita al uso de otros criterios manera secundaria, en atención a la distinta naturaleza de cada servicio la que determine la opción cuantificadora más adecuada, para lograr acercarnos a un equilibrio en la distribución de costos por uso efectivo o potencial del servicio; donde, el criterio de razonabilidad y la conexión lógica entre el servicio prestado y la intensidad de su uso, resulten elementos de especial relevancia, logrando equilibrar la situación en donde existan dos o más contribuyentes en la misma ubicación pero con distintas capacidades habitables, por tanto por el predio con mayor capacidad habitable (mayor disfrute potencial) debe tributarse en mayor medida que respecto a otro predio con menor capacidad habitable. Si no pudiera aplicarse este criterio surgiría una tributación inequitativa, al pagar el mismo arbitrio dos predios en la misma ubicación, pero con diferente capacidad habitable y, por tanto, con diferente disfrute.

Respecto a este criterio complementario, el Tribunal Constitucional en la solicitud de aclaración presentada por la Defensoría del Pueblo y publicada el 08 de setiembre del 2005 en el Diario Oficial El Peruano, como en el Informe Defensorial Nº 106 respecto, de la Sentencia Nº0053-2004-PI/TC, señala: .5. Que, al respecto, conforme se desprende las citas de las sentencias mencionadas, en el considerando 3, supra, este tribunal ha establecido que, para arbitrios por mantenimiento de Parques y Jardines, el criterio determinante, es decir, el que debe privilegiarse a fin de que sustente la mayor incidencia en el cobro del arbitrio, es la ubicación del predio. En tal sentido, ningún otro criterio (sea tamaño, uso, valor, u otros) podría actuar como factor determinante para la determinación del costo, sin que ello reste la posibilidad de utilizarlos como criterios complementarios. (véase pagina 299868 de las normas legales del Diario Oficial el Peruano publicado el 8 de septiembre del 2005).

Respecto a este criterio complementario, la sentencia del Tribunal Constitucional Pleno Jurisdiccional Expediente N 0017-2012-PI/TC (05/06/2018) en la ratio decidendi de la sentencia 0053-2004-PI/TC, dejo sentado que el principio de razonabilidad será el parámetro determinante para establecer como válido el criterio cuantificador de cada tipo de arbitrio.

Debemos precisar que, de acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N 0001-2016-PI/TC, publicada el 8 de mayo de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, al referirse a los criterios de distribución aprobados por el Tribunal Constitucional, se establece en su parágrafo 105 que no significa que los mismos configuren un límite a la autonomía de los gobiernos locales, los cuales tienen el deber de sustentar técnicamente aquellas otras fórmulas que, en las concretas circunstancias de cada jurisdicción, logren una mayor justicia en la imposición del tributo municipal, tal como se señala en la parte resolutiva de la sentencia Nº 0018-2005-PI/TC.”

Asimismo, la utilización de dicho criterio se fundamenta en el Informe Nº 312-2023-SGRCT-GAT-MSS.

La información de predios y capacidad habitable de cada sector y ubicación del predio fue remitida mediante Informe Nº 315-2023-SGRCT-GAT-MSS.

4.2. Distribución del Costo y Cálculo de Tasas

En función de cada sector del distrito se determina la distribución de los predios en cada ubicación respecto de las áreas verdes, seguidamente se consigna el índice de concurrencia (2), los cuales al multiplicarse otorgan un beneficio ponderado (3) por ubicación y sector, con esta ponderación se calcula el porcentaje de participación del servicio (4) y luego se multiplica con el costo anual (5) para obtener el costo relativo (6) de los predios de cada ubicación, debiendo cubrir cada uno de ellos, parte del costo del mantenimiento de las áreas verdes de su sector.

Zona

Ubicación del Predio

Cantidad de Predios Nº

Índice de Concurrencia

Predios Ponderados

Ponderación %

Costo del Servicio S/

Costo Relativo S/

[1]

[2]

[3]=[1] x [2]

[4]=[3]/Σ[3]

[5]

[6]=[5]*[4]

Zona 1

1. FRENTE A PARQUES

2,133

1.9788

4,220.78

1.1512%

440,182.23

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

5,628

1.3521

7,609.62

2.0754%

793,601.81

3. CERCA A PARQUES

3,652

1.2676

4,629.28

1.2626%

482,783.87

4. OTRAS UBICACIONES

13,194

1.1197

14,773.32

4.0292%

1,540,699.38

Zona 2

1. FRENTE A PARQUES

4,489

2.3239

10,431.99

2.8452%

1,087,944.62

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

5,690

1.9366

11,019.25

3.0054%

1,149,190.28

3. CERCA A PARQUES

2,615

2.2605

5,911.21

1.6122%

616,475.69

4. OTRAS UBICACIONES

17,540

1.8309

32,113.99

8.7587%

3,349,145.10

Zona 3

1. FRENTE A PARQUES

1,102

4.4436

4,896.85

1.3356%

510,688.76

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

3,040

3.3028

10,040.51

2.7384%

1,047,117.96

3. CERCA A PARQUES

1,391

3.1830

4,427.55

1.2076%

461,746.40

4. OTRAS UBICACIONES

3,663

2.8591

10,472.88

2.8563%

1,092,209.66

Zona 4

1. FRENTE A PARQUES

1,180

8.0070

9,448.26

2.5769%

985,352.41

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

906

6.1549

5,576.34

1.5209%

581,552.53

3. CERCA A PARQUES

909

6.4014

5,818.87

1.5870%

606,846.15

4. OTRAS UBICACIONES

1,065

4.6267

4,927.44

1.3439%

513,878.80

Zona 5

1. FRENTE A PARQUES

2,837

3.5633

10,109.08

2.7571%

1,054,269.09

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

5,086

3.2887

16,726.33

4.5619%

1,744,377.05

3. CERCA A PARQUES

3,562

3.2464

11,563.68

3.1538%

1,205,967.75

4. OTRAS UBICACIONES

4,491

2.2042

9,899.06

2.6998%

1,032,366.26

Zona 6

1. FRENTE A PARQUES

996

5.4507

5,428.90

1.4807%

566,175.88

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

3,343

4.1478

13,866.10

3.7818%

1,446,085.37

3. CERCA A PARQUES

1,470

3.4366

5,051.80

1.3778%

526,848.89

4. OTRAS UBICACIONES

3,498

3.2323

11,306.59

3.0837%

1,179,155.87

Zona 7

1. FRENTE A PARQUES

1,355

7.0422

9,542.18

2.6025%

995,147.37

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

2,789

5.1619

14,396.54

3.9265%

1,501,404.98

3. CERCA A PARQUES

2,531

5.7887

14,651.20

3.9959%

1,527,963.35

4. OTRAS UBICACIONES

5,656

5.0211

28,399.34

7.7456%

2,961,747.44

Zona 8

1. FRENTE A PARQUES

1,772

5.8521

10,369.92

2.8283%

1,081,471.82

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

7,578

3.6760

27,856.73

7.5976%

2,905,158.64

3. CERCA A PARQUES

2,414

2.5211

6,085.94

1.6599%

634,697.94

4. OTRAS UBICACIONES

7,602

2.2957

17,451.91

4.7598%

1,820,047.61

Zona 9

1. FRENTE A PARQUES

90

2.1126

190.13

0.0519%

19,828.94

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1,832

1.4154

2,593.01

0.7072%

270,423.49

3. CERCA A PARQUES

343

1.0140

347.80

0.0949%

36,272.03

4. OTRAS UBICACIONES

4,499

1.0000

4,499.00

1.2270%

469,197.56

Total

131,941

366,653

100.00%

38,238,022.97

38,238,022.97

Los montos parciales (costo relativo) se distribuyen entre la capacidad habitable de los predios (7) en su misma ubicación y sector obteniendo la tasa anual (8), finalmente esta tasa se divide entre 12 para obtener las tasas mensuales (9).

Zona

Ubicación del Predio

Costo Relativo

Capacidad Habitable m2

Tasa Anual

S / m2

Tasa Mensual S / m2

 

 

[6]

[7]

[8]= [6]/[7]

[9]= [8]/12

Zona 1

1. FRENTE A PARQUES

440,182.2

325,833.55

1.3509

0.1125

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

793,601.8

731,525.40

1.0848

0.0904

3. CERCA A PARQUES

482,783.9

509,030.70

0.9484

0.0790

4. OTRAS UBICACIONES

1,540,699.4

1,827,202.04

0.8432

0.0702

Zona 2

1. FRENTE A PARQUES

1,087,944.6

491,314.95

2.2143

0.1845

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1,149,190.3

629,319.97

1.8260

0.1521

3. CERCA A PARQUES

616,475.7

392,886.01

1.5690

0.1307

4. OTRAS UBICACIONES

3,349,145.1

2,310,000.32

1.4498

0.1208

Zona 3

1. FRENTE A PARQUES

510,688.8

172,908.00

2.9535

0.2461

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1,047,118.0

440,650.93

2.3762

0.1980

3. CERCA A PARQUES

461,746.4

227,162.50

2.0326

0.1693

4. OTRAS UBICACIONES

1,092,209.7

632,066.02

1.7279

0.1439

Zona 4

1. FRENTE A PARQUES

985,352.4

187,233.31

5.2626

0.4385

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

581,552.5

132,661.59

4.3837

0.3653

3. CERCA A PARQUES

606,846.1

158,015.09

3.8404

0.3200

4. OTRAS UBICACIONES

513,878.8

147,441.09

3.4853

0.2904

Zona 5

1. FRENTE A PARQUES

1,054,269.1

431,772.31

2.4417

0.2034

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1,744,377.0

842,284.89

2.0710

0.1725

3. CERCA A PARQUES

1,205,967.8

647,771.37

1.8617

0.1551

4. OTRAS UBICACIONES

1,032,366.3

661,113.21

1.5615

0.1301

Zona 6

1. FRENTE A PARQUES

566,175.9

188,603.04

3.0019

0.2501

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1,446,085.4

632,299.62

2.2870

0.1905

3. CERCA A PARQUES

526,848.9

255,435.63

2.0625

0.1718

4. OTRAS UBICACIONES

1,179,155.9

624,865.29

1.8870

0.1572

Zona 7

1. FRENTE A PARQUES

995,147.4

254,264.04

3.9138

0.3261

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1,501,405.0

481,006.84

3.1213

0.2601

3. CERCA A PARQUES

1,527,963.4

563,385.97

2.7121

0.2260

4. OTRAS UBICACIONES

2,961,747.4

1,155,593.39

2.5629

0.2135

Zona 8

1. FRENTE A PARQUES

1,081,471.8

501,739.33

2.1554

0.1796

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

2,905,158.6

1,754,234.01

1.6560

0.1380

3. CERCA A PARQUES

634,697.9

444,193.17

1.4288

0.1190

4. OTRAS UBICACIONES

1,820,047.6

1,450,440.81

1.2548

0.1045

Zona 9

1. FRENTE A PARQUES

19,828.9

11,549.91

1.7168

0.1430

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

270,423.5

194,243.93

1.3921

0.1160

3. CERCA A PARQUES

36,272.0

29,590.60

1.2257

0.1021

4. OTRAS UBICACIONES

469,197.6

440,780.81

1.0644

0.0887

Total

38,238,022.97

20,880,419.64

4.3. Tasas Estimadas

Las tasas estimadas en forma mensual de Parques y Jardines Públicos para el ejercicio 2024, de acuerdo a su sector, su ubicación respecto de las áreas verdes, son las siguientes:

Para determinar las liquidaciones que corresponden a cada predio, deberá de identificar la tasa estimada de acuerdo al sector y ubicación del predio, luego multiplicarse por la capacidad habitable del predio.

Zona

Ubicación del Predio

Tasa Mensual S / m2

 

 

[9]=[8]/12

Zona 1

1. FRENTE A PARQUES

0.1125

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.0904

3. CERCA A PARQUES

0.0790

4. OTRAS UBICACIONES

0.0702

Zona 2

1. FRENTE A PARQUES

0.1845

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1521

3. CERCA A PARQUES

0.1307

4. OTRAS UBICACIONES

0.1208

Zona 3

1. FRENTE A PARQUES

0.2461

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1980

3. CERCA A PARQUES

0.1693

4. OTRAS UBICACIONES

0.1439

Zona 4

1. FRENTE A PARQUES

0.4385

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.3653

3. CERCA A PARQUES

0.3200

4. OTRAS UBICACIONES

0.2904

Zona 5

1. FRENTE A PARQUES

0.2034

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1725

3. CERCA A PARQUES

0.1551

4. OTRAS UBICACIONES

0.1301

Zona 6

1. FRENTE A PARQUES

0.2501

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1905

3. CERCA A PARQUES

0.1718

4. OTRAS UBICACIONES

0.1572

Zona 7

1. FRENTE A PARQUES

0.3261

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.2601

3. CERCA A PARQUES

0.2260

4. OTRAS UBICACIONES

0.2135

Zona 8

1. FRENTE A PARQUES

0.1796

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1380

3. CERCA A PARQUES

0.1190

4. OTRAS UBICACIONES

0.1045

Zona 9

1. FRENTE A PARQUES

0.1430

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1160

3. CERCA A PARQUES

0.1021

4. OTRAS UBICACIONES

0.0887

4.4. Comparativo de Tasas

En relación con las tasas establecidas para el año anterior, a continuación, se presenta un cuadro comparativo de variación de tasas en los predios respecto de las nuevas tasas determinadas:

Zona

Ubicación del Predio

Tasa Mensual 2024 S / m2

Tasa Mensual 2023 S / m2

Variación %

Diferencia S/

[1]

[2]

[3]=([1]-[2]) / [2]

[4]=[1]-[2]

Zona 1

1. FRENTE A PARQUES

0.1125

0.098421

14.30%

0.014079

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.0904

0.079077

14.32%

0.011323

3. CERCA A PARQUES

0.0790

0.069146

14.25%

0.009854

4. OTRAS UBICACIONES

0.0702

0.060920

15.23%

0.009280

Zona 2

1. FRENTE A PARQUES

0.1845

0.160156

15.20%

0.024344

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1521

0.127621

19.18%

0.024479

3. CERCA A PARQUES

0.1307

0.112428

16.25%

0.018272

4. OTRAS UBICACIONES

0.1208

0.098421

22.74%

0.022379

Zona 3

1. FRENTE A PARQUES

0.2461

0.205884

19.53%

0.040216

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1980

0.164307

20.51%

0.033693

3. CERCA A PARQUES

0.1693

0.144963

16.79%

0.024337

4. OTRAS UBICACIONES

0.1439

0.127250

13.08%

0.016650

Zona 4

1. FRENTE A PARQUES

0.4385

0.382938

14.51%

0.055562

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.3653

0.305935

19.40%

0.059365

3. CERCA A PARQUES

0.3200

0.269250

18.85%

0.050750

4. OTRAS UBICACIONES

0.2904

0.237159

22.45%

0.053241

Zona 5

1. FRENTE A PARQUES

0.2034

0.177054

14.88%

0.026346

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1725

0.141258

22.11%

0.031242

3. CERCA A PARQUES

0.1551

0.124360

24.72%

0.030740

4. OTRAS UBICACIONES

0.1301

0.109538

18.77%

0.020562

Zona 6

1. FRENTE A PARQUES

0.2501

0.211664

18.16%

0.038436

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1905

0.169198

12.59%

0.021302

3. CERCA A PARQUES

0.1718

0.148669

15.56%

0.023131

4. OTRAS UBICACIONES

0.1572

0.130956

20.04%

0.026244

Zona 7

1. FRENTE A PARQUES

0.3261

0.283257

15.13%

0.042843

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.2601

0.226042

15.07%

0.034058

3. CERCA A PARQUES

0.2259

0.198843

13.61%

0.027057

4. OTRAS UBICACIONES

0.2135

0.175423

21.71%

0.038077

Zona 8

1. FRENTE A PARQUES

0.1796

0.149855

19.85%

0.029745

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1380

0.119839

15.15%

0.018161

3. CERCA A PARQUES

0.1190

0.105387

12.92%

0.013613

4. OTRAS UBICACIONES

0.1045

0.092640

12.80%

0.011860

Zona 9

1. FRENTE A PARQUES

0.1430

0.119839

19.33%

0.023161

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

0.1160

0.095530

21.43%

0.020470

3. CERCA A PARQUES

0.1021

0.083969

21.59%

0.018131

4. OTRAS UBICACIONES

0.0887

0.074112

19.68%

0.014588

4.5. Estimación de Ingresos

En lo relacionado a los ingresos esperados, estos alcanzan el 92.49% debido al incremento de los predios en condición de exonerados.

Zona

Ubicación del Predio

Tasa Anual (s/ x m2)

Capacidad Habitable (m2)

Ingreso Estimado (S/)

Ingreso Real Estimado (S/)

Exonerado 50%

Exonerado 100%

Total

Ingreso Total

Monto Exonerado 50%

Monto Exonerado 100%

[1]

[2]

[3]

[4]

[5] = [1] x [4]

[6] = [1] x [2] x 50%

[7] = [1] x [3]

[8] = [5] - [6] - [7]

Zona 1

1. FRENTE A PARQUES

1.350900

82,222.47

8,121.40

325,833.55

440,168.54

55,537.17

10,971.20

373,660.18

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1.084800

58,267.07

11,349.46

731,525.40

793,558.75

31,604.06

12,311.89

749,642.80

3. CERCA A PARQUES

0.948400

77,525.96

489.60

509,030.70

482,764.72

36,762.81

464.34

445,537.57

4. OTRAS UBICACIONES

0.843200

257,995.95

23,259.65

1,827,202.04

1,540,696.76

108,771.09

19,612.54

1,412,313.13

Zona 2

1. FRENTE A PARQUES

2.214300

71,809.51

1,062.73

491,314.95

1,087,918.69

79,503.90

2,353.20

1,006,061.59

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1.826000

92,885.07

12,718.82

629,319.97

1,149,138.27

84,804.07

23,224.57

1,041,109.63

3. CERCA A PARQUES

1.569000

82,394.35

263.70

392,886.01

616,438.15

64,638.37

413.75

551,386.04

4. OTRAS UBICACIONES

1.449800

669,639.55

17,788.12

2,310,000.32

3,349,038.46

485,421.71

25,789.22

2,837,827.54

Zona 3

1. FRENTE A PARQUES

2.953500

50,900.56

2,877.77

172,908.00

510,683.78

75,167.40

8,499.49

427,016.88

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

2.376200

42,149.59

1,498.31

440,650.93

1,047,074.74

50,077.93

3,560.28

993,436.53

3. CERCA A PARQUES

2.032600

55,788.76

-

227,162.50

461,730.50

56,698.12

-

405,032.38

4. OTRAS UBICACIONES

1.727900

138,500.25

839.30

632,066.02

1,092,146.88

119,657.29

1,450.23

971,039.36

Zona 4

1. FRENTE A PARQUES

5.262600

35,070.07

2,272.43

187,233.31

985,334.02

92,279.88

11,958.89

881,095.25

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

4.383700

37,939.42

282.06

132,661.59

581,548.61

83,157.52

1,236.47

497,154.63

3. CERCA A PARQUES

3.840400

22,510.79

-

158,015.09

606,841.15

43,225.22

-

563,615.93

4. OTRAS UBICACIONES

3.485300

27,861.92

-

147,441.09

513,876.43

48,553.57

-

465,322.86

Zona 5

1. FRENTE A PARQUES

2.441700

96,993.95

4,448.89

431,772.31

1,054,258.45

118,415.06

10,862.85

924,980.53

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

2.071000

55,518.73

1,661.61

842,284.89

1,744,372.01

57,489.64

3,441.19

1,683,441.17

3. CERCA A PARQUES

1.861700

54,837.77

491.22

647,771.37

1,205,955.96

51,045.74

914.50

1,153,995.72

4. OTRAS UBICACIONES

1.561500

69,734.02

5,142.79

661,113.21

1,032,328.28

54,444.84

8,030.47

969,852.97

Zona 6

1. FRENTE A PARQUES

3.001900

19,280.68

2,058.28

188,603.04

566,167.47

28,939.34

6,178.75

531,049.38

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

2.287000

16,386.35

1,592.22

632,299.62

1,446,069.23

18,737.79

3,641.41

1,423,690.03

3. CERCA A PARQUES

2.062500

49,731.70

-

255,435.63

526,835.99

51,285.82

-

475,550.17

4. OTRAS UBICACIONES

1.887000

68,589.51

5,430.26

624,865.29

1,179,120.80

64,714.20

10,246.90

1,104,159.70

Zona 7

1. FRENTE A PARQUES

3.913800

56,351.15

-

254,264.04

995,138.60

110,273.57

-

884,865.03

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

3.121300

33,557.37

11,329.89

481,006.84

1,501,366.65

52,371.31

35,363.99

1,413,631.35

3. CERCA A PARQUES

2.712100

41,019.15

-

563,385.97

1,527,959.09

55,624.02

-

1,472,335.07

4. OTRAS UBICACIONES

2.562900

106,480.64

7,988.32

1,155,593.39

2,961,670.30

136,449.62

20,473.27

2,804,747.42

Zona 8

1. FRENTE A PARQUES

2.155400

50,755.01

3,738.52

501,739.33

1,081,448.95

54,698.67

8,058.01

1,018,692.27

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1.656000

39,525.03

24,134.99

1,754,234.01

2,905,011.52

32,726.72

39,967.54

2,832,317.25

3. CERCA A PARQUES

1.428800

41,610.67

-

444,193.17

634,663.20

29,726.66

-

604,936.54

4. OTRAS UBICACIONES

1.254800

92,062.40

38,461.49

1,450,440.81

1,820,013.13

57,759.95

48,261.48

1,713,991.70

Zona 9

1. FRENTE A PARQUES

1.716800

4,812.97

164.70

11,549.91

19,828.89

4,131.45

282.76

15,414.68

2. FRENTE ARBO,TRIANG.OVAL O JARD.

1.392100

712.35

5,122.09

194,243.93

270,406.97

495.83

7,130.46

262,780.68

3. CERCA A PARQUES

1.225700

20,690.00

-

29,590.60

36,269.20

12,679.87

-

23,589.33

4. OTRAS UBICACIONES

1.064400

47,443.41

13,013.19

440,780.81

469,167.09

25,249.38

13,851.24

430,066.47

Total

2,769,554.15

207,601.81

20,880,419.64

38,237,010.22

2,533,119.58

338,550.87

35,365,339.77

Servicio

Monto Anual (S/)

% Cobertura

Ingreso 2024

Costos 2024

Diferencia

Ingreso / Costo

[1]

[2]

[3] = [1] - [2]

[4] = [1] / [2]

Parques y Jardines

35,365,339.77

38,238,022.97

-2,872,683.20

92.49%

5. SERVICIO DE SERENAZGO

5.1. Criterios de Distribución

De acuerdo a la Ordenanza, los costos en los que incurre la Municipalidad para brindar el servicio de Serenazgo se han distribuido entre los contribuyentes y predios del distrito en relación con los criterios de ubicación y uso.

5.1.1. Ubicación del Predio - Áreas de Actividad

En relación con lo desarrollado en las Sentencias recaídas en los Expedientes 0041-2004-AI/TC y 0053-2004-AI/TC del Tribunal Constitucional, respecto de los criterios a utilizar para la distribución del costo de arbitrios de Serenazgo, se han identificado en el Distrito zonas diferenciadas en función de la peligrosidad relativa de las mismas.

En ese sentido, se considera como un primer criterio que el requerimiento del servicio se intensificará en aquellas zonas en donde el tipo de actividades delictivas más frecuentes y las características geográficas de la misma, van a determinar la implementación de determinados planes y actividades, las cuales a su vez van a incidir en la diferenciación de las características del servicio y por consiguiente en la determinación de diferentes asignaciones de recursos.

En relación con la información alcanzada con Informe Nº 788-2023-SGOSC-GSEGC-MSS, área encargada del servicio de Serenazgo, para una mejor administración en las operaciones y empleo de los recursos humanos y logísticos disponibles, el distrito ha sido segmentado de manera estratégica, para un adecuado patrullaje y acciones preventivas para disminuir las incidencias delictivas, de la misma manera recibe y registra las llamadas telefónicas que ingresan al centro de control de operaciones.

Para efectos de una diferenciación, se identifican 2 tipos de actividades delictivas predominantes:

Robos agravados: Son robos cometidos por grupos de delincuentes o bandas organizadas que hacen uso de armas de fuego, dentro de esta clasificación se identifican los siguientes tipos de robos:

Robo a personas: Cuando los delincuentes hacen uso de la fuerza y/o armas, algunas veces usan vehículos.

Robo a inmuebles o establecimientos: Cuando los delincuentes ingresan al predio haciendo uso de la fuerza y han sustraído bienes de valor, muchas veces con armas.

Robo de vehículos: Cuando los delincuentes han despojado a una persona de su vehículo en la modalidad de asalto con arma o auto estacionado.

Robos menores: Esta actividad es común en delincuentes que roban para sustentar, entre otros, su vicio, la droga o el alcohol.

Robo a personas o arrebatos: Son arrebatos al paso que ocurren por el descuido de las personas al transitar por las calles, o Robo menor a inmueble: Cuando se roba a una vivienda aprovechando el descuido de los propietarios.

Robo de autopartes: Cuando los delincuentes sustraen algún accesorio de un vehículo y por lo general la pieza de mayor demanda comercial.

Este tipo de clasificación ha permitido segmentar la modalidad delictiva predominante en los sectores del distrito (véase anexo a), y a su vez definir las estrategias específicas de seguridad a seguir para combatir cada modalidad de delincuencia, así como los recursos a destinar:

Área de actividad A: La modalidad delictiva predominante son los robos menores como arrebatos de carteras, celulares, asaltos al paso. Comprende los sectores:

- Sector 1: La condición socioeconómica de sus habitantes se encuentra en su mayoría en los niveles C, D y E. La principal modalidad de robo es a personas (arrebatos) seguida por consumo micro comercialización de drogas, consumo de alcohol. Este sector tiene zonas de alto riesgo debido a la incidencia delictiva existente.

- Sector 2: La condición socioeconómica de sus habitantes es C, D y E, la principal modalidad de robos es la de robos menores a inmuebles seguido de la de arrebatos. También presenta consumo y micro comercialización de drogas, pandillaje, así como prostitución clandestina focalizada en el Puente Atocongo.

- Sector 9: La condición socioeconómica de sus habitantes es D y E, es un sector de un amplio contraste con los demás sectores, ya que los robos se dan con frecuencia.

Área de actividad B: En el que se presentan principalmente las modalidades de robo de autopartes (piezas de vehículos) y los robos a inmuebles. Comprende los sectores:

- Sector 3: La condición socio económica de los vecinos es B y C. La principal modalidad de robo es el robo al paso en vehículos, seguido de robo de inmuebles y autopartes. Los problemas de delincuencia que tienen son:

el consumo de alcohol en la vía pública y la prostitución clandestina focalizada en el Ovalo Higuereta.

- Sector 4: La condición socio económica de los vecinos es B y C. Es uno de los sectores con menos incidencia delictiva, siendo la principal modalidad de robos la de robo de autopartes.

Área de actividad C: Registra actividades delictivas de mayor gravedad y proporción como los robos de vehículos con uso de violencia, el robo de autopartes (computadoras de los autos) y robo de inmuebles. La incidencia en esta zona la vuelve potencialmente riesgosa. Comprende los sectores:

- Sector 5: La condición socio económica de los vecinos es A, B y C: es el 3er sector con mayor incidencia delictiva, siendo la principal de robos de autopartes, seguido de la de robo a inmuebles y robos a establecimientos. Además, en el C.C. Chacarilla se presenta el consumo de alcohol en la vía pública por la proliferación de discotecas y bares en la zona.

- Sector 6: La condición socio económica de los vecinos es A, B y C: en esta zona la principal modalidad de robos la de arrebatos en vehículos, seguido de la de robo a inmuebles.

- Sector 7: La condición socio económica de los vecinos es A y B. Es un sector donde los robos se dan en forma regular por lo cual registra el 4to. Sector con mayor incidencia delictiva, siendo la principal modalidad de robos la de robo a personas seguido de la de robo a inmuebles.

- Sector 8: La condición socio económica de los vecinos es A y B, y la situación delictiva es similar a la del anterior sector 7.

5.1.2. Ubicación del Predio - Zonas de Riesgo

Asimismo, como un segundo criterio se ha identificado dentro de cada área delimitada anteriormente (Áreas de actividad A, B y C), zonas con niveles de peligrosidad y riesgo distintos, por lo cual se considera que el uso del servicio se intensificará en aquellas zonas de mayor peligrosidad, correspondiendo a los predios ubicados en ellas, ponderaciones mayores y, por consiguiente, mayores tasas.

De acuerdo a la información alcanzada por el área operativa encargada de brindar el Servicio de Serenazgo, las áreas del distrito presentan características delictivas diferentes, por ello se ha dado una calificación de riesgo. Para que con este criterio se asigne una determinada cantidad de recursos para la vigilancia y patrullaje en éstas áreas - denominadas cuadrantes. Conforme a las características de cada sector, así como de las estadísticas de la actividad delincuencial de cada cuadrante, se han establecido 4 niveles de riesgo, los cuales permiten establecer acciones diferenciadas en función de la peligrosidad de los mismos:

- Muy alta: Áreas con alta incidencia delictiva (robos, pandillaje, micro comercialización y consumo de drogas, consumo de alcohol en la vía pública).

- Alta: Áreas con alta incidencia delictiva focalizada en algunos lugares (robos, consumo de alcohol en la vía pública, pandillaje, consumo de droga).

- Media: Áreas de una incidencia promedio que por lo general está focalizada (robo a inmuebles y de autopartes).

- Baja: Áreas que no representa mayor peligro, donde se producen actos delictivos en forma esporádica (arrebatos y robo a inmuebles).

5.1.3. Uso del Predio

En tercer lugar, se considera que la actividad que se realiza en un predio es uno de los factores que inciden en el nivel de exposición al riesgo potencial que genera y por lo tanto en el nivel de seguridad que requerirá, es por esto que aquellos usos que por sus características generan mayor riesgo demandarán una mayor prestación de servicios de seguridad.

Se han generado categorías de acuerdo al uso del predio como se indica a continuación:

1. Casa Habitación y Terrenos sin Construir.

La necesidad de prestación de servicios de seguridad para predios destinados al uso casa habitación muestran una menor probabilidad de incidencia delictiva, siendo estos menores en términos comparativos con los demás usos, por lo cual este grupo se establece como unidad de comparación o referencia sobre el cual se determinan los niveles de riesgo de los otros usos.

Tratándose de casa habitación la necesidad se presenta básicamente con relación al resguardo de los bienes patrimoniales ante la eventualidad de que se produzcan robos y asaltos. Tratándose de predios sin construir o en proceso de construcción, así como predios rústicos, el servicio se brinda al evitar la presencia o permanencia de gente de mal vivir en sus interiores a fin de resguardar que no se conviertan en nidos de drogadicción y/o delincuencia.

2. Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos políticos.

En estos predios se identifica un incremento del riesgo en relación con el servicio de seguridad ciudadana en relación con la afluencia de personas, tanto del distrito como de otros lugares, por lo cual se identifica en ellos una asignación mayor de recursos de seguridad que la de los predios dedicados a vivienda, y en menor medida que la de aquellos predios dedicados a actividades económicas lucrativas, de mayor exposición al riesgo.

3. Bancos / Financieras / Joyerías.

Por la actividad realizada, en estos predios se refleja una elevada exposición a la actividad delictiva, vinculada a asaltos y estafas, tanto por parte de bandas de delincuentes organizados, como de delincuentes comunes, por lo que se identifica en ellos una elevada prestación de los servicios.

Por la propia naturaleza de las actividades realizadas en estos predios, los bienes patrimoniales son de mayor valor, así como de las personas que acuden a este tipo de actividad sufren una mayor exposición al potencial delictivo, tanto en el interior, como en el exterior, por donde transitan, hacia y desde. Asimismo, los riesgos se incrementan por la presencia de cambistas en los horarios de atención promedio, y durante las 24 horas por el manejo y disposición de dinero derivados del uso de cajeros electrónicos.

4. Hipódromo / Supermercados / Grandes Almacenes.

Tratándose de predios destinados a estos usos, se verifica que, tanto los bienes en su interior como el público concurrente, están expuestos a robos y asaltos. Han sido agrupados principalmente en consideración a su capacidad de albergar personas, asociado a su vez a la elevada convocatoria y concurrencia de público tanto de la zona como otras zonas o distritos (población flotante), lo cual configura una situación de riesgo mucho mayor y, por tanto, la existencia de requerimientos mayores del servicio.

Adicionalmente, de acuerdo al tipo de actividad desarrollada en estos predios, el tránsito peatonal continuo de personas, así como el elevado número de transacciones que se efectúan a diario, incrementa el riesgo en estos predios como potenciales víctimas de la delincuencia organizada.

5. Centros Educativos / Universidades.

Respecto a la actividad realizada en estos predios, se configura en ellos un riesgo elevado por la cantidad de población que reciben, tanto de la zona como de sectores alejados, y que en determinadas horas (horarios referenciales de entrada y salida los locales) hacen necesario la intensificación del servicio de seguridad que se brinda, en prevención de las actividades delictivas y el pandillaje.

Adicionalmente, se debe considerar que el accionar de las actividades de seguridad y resguardo configura una situación especial debido a que se trata con menores de edad y/o jóvenes universitarios.

6. Discotecas / Centros Nocturnos / Salas de Juego.

Con relación a estos predios y a las actividades desarrolladas en ellos, cabe señalar que generan focos de delincuencia en todas sus modalidades. Asimismo, debe tenerse en cuenta que generan la concurrencia de población flotante, así como el consumo de alcohol, incrementando el riesgo y por consiguiente los niveles de prestación del servicio, tanto, potencial como efectivo.

7. Puestos de Mercado y Stands en Ferias.

Con relación a los predios identificados como puestos de mercados o stands en ferias, en atención a las actividades económicas que realizan, los riesgos resultan mayores que los predios de uso vivienda. Sin embargo, por la característica de encontrarse dentro de recintos cerrados, no presentan mayormente exposición a la vía pública, disminuyera o su riesgosa la actividad delictiva frente a aquellos establecimientos que se ubican en las vías de tránsito del distrito.

8. Comercios y Servicios Vecinales y/o Menores.

Es en este grupo de predios donde se realizan actividades económicas comerciales y de servicios que, por las características propias de la actividad y la magnitud del establecimiento, congregan una cantidad limitada de personas en forma simultánea (hasta un promedio de 42 personas entre clientes y otras personas que puede albergar el predio), por lo que no requieren de infraestructuras determinadas o seguridades especiales.

Dadas las actividades económicas realizadas en estos predios, de acuerdo a los reportes registrados, la exposición al riesgo resulta mayor respecto de aquellos predios de uso vivienda, así como de los establecimientos ubicados en puestos de mercados y stands en ferias, principalmente en atención a su exposición a la vía pública y al tránsito del público.

No obstante, frente a una intervención efectiva, los recursos necesarios para brindar seguridad y protección resultan proporcionalmente menores a otros establecimientos en donde se llegan a congregar simultáneamente un mayor número de clientes que podrían verse afectados con la actividad delictiva, ocurrencia de sismos o incendios.

9. Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios en General.

Se identifican en esta categoría a predios que, por su actividad económica y su capacidad para albergar en forma simultánea a un mayor número de personas (mayor a los predios identificados en el numeral 8), requieren de la adecuación de infraestructuras, así como de mayores condiciones de seguridad, lo cual configura una mayor exposición al riesgo que los descritos en el grupo precedente. Tanto en términos potenciales como en relación con las intervenciones efectivas, los recursos asignados resultan mayores en atención a la magnitud del establecimiento y la mayor cantidad de afectados al momento de la ocurrencia o situación de inseguridad.

Por la magnitud de actividades económicas industriales, comerciales y de servicios, en estos predios se genera requerimientos de seguridad adicionales frente a una mayor probabilidad de actividades delictivas, derivadas de una mayor cantidad de víctimas potenciales, dentro y en las inmediaciones de los establecimientos y, en algunos casos, en las áreas de estacionamiento aledañas.

5.1.4. Intervenciones del Servicio.

Son las atenciones al vecino, acciones disuasivas realizadas o incidencias registradas a diario en el distrito por el servicio de serenazgo en el periodo de enero a abril del año 2023 y proyectado anualmente, las mismas que se sustentan mediante Informe Nº 965-2023-SGOSC-GSEGC-MSS.

5.2. Distribución del Costo y Cálculo de Tasas

De acuerdo a la cantidad de predios por grupos establecidos tanto por: a) el criterio de ubicación del predio respecto de Áreas de Actividad del distrito, b) la pertenencia a una zona de riesgo dentro de cada una de las Áreas de Actividad, c) el criterio del uso del predio y d) intervenciones del servicio, se procede a determinar la distribución de costos del servicio de Serenazgo, tal como se muestra a continuación:

Intervenciones por Zonas y Usos

De acuerdo a lo informado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, se registra el siguiente detalle de intervenciones que corresponden a cada categoría de uso por zona.

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Total

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

4,279

19,382

18,426

2,036

478

6,816

3,547

-

1,210

18,001

30,396

2,393

106,964

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

25

235

172

6

-

28

11

-

46

106

108

23

760

Bancos, Financieras y Joyerías

5

115

36

-

-

33

305

-

-

641

1,618

-

2,753

Hipódromo, Supermercados, Grandes Almacenes

15

29

17

-

-

35

21

-

-

139

429

-

685

Centros Educativos, Universidades

110

417

254

68

19

373

127

-

44

447

1,053

149

3,061

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

-

-

-

-

-

-

-

-

-

110

241

-

351

Puestos de mercado, Stands en ferias

24

1,073

980

-

-

71

71

-

-

2,637

1,343

-

6,199

Comercios y servicios vecinales y/o menores

440

7,306

7,220

347

22

1,915

1,363

-

90

9,880

18,174

931

47,688

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

450

6,366

4,829

417

51

2,789

1,181

-

112

22,037

45,454

901

84,587

Total

5,348

34,923

31,934

2,874

570

12,060

6,626

-

1,502

53,998

98,816

4,397

253,048

% Ponderación de Intervenciones por Zonas y Usos

A partir de las intervenciones por categoría de uso y zona se establece el porcentaje de participación de cada rubro respecto del total de intervenciones, el cual se resulta de dividir la cantidad de intervenciones de serenazgo por categoría de uso y zona de servicio entre el total de las mismas.

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Total

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

1.69%

7.66%

7.28%

0.80%

0.19%

2.69%

1.40%

0.00%

0.48%

7.11%

12.01%

0.95%

42.27%

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

0.01%

0.09%

0.07%

0.00%

0.00%

0.01%

0.00%

0.00%

0.02%

0.04%

0.04%

0.01%

0.30%

Bancos, Financieras y Joyerías

0.00%

0.05%

0.01%

0.00%

0.00%

0.01%

0.12%

0.00%

0.00%

0.25%

0.64%

0.00%

1.09%

Hipódromo, Supermercados, Grandes Almacenes

0.01%

0.01%

0.01%

0.00%

0.00%

0.01%

0.01%

0.00%

0.00%

0.05%

0.17%

0.00%

0.27%

Centros Educativos, Universidades

0.04%

0.16%

0.10%

0.03%

0.01%

0.15%

0.05%

0.00%

0.02%

0.18%

0.42%

0.06%

1.21%

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

0.00%

0.00%

0.00%

0.00%

0.00%

0.00%

0.00%

0.00%

0.00%

0.04%

0.10%

0.00%

0.14%

Puestos de mercado, Stands en ferias

0.01%

0.42%

0.39%

0.00%

0.00%

0.03%

0.03%

0.00%

0.00%

1.04%

0.53%

0.00%

2.45%

Comercios y servicios vecinales y/o menores

0.17%

2.89%

2.85%

0.14%

0.01%

0.76%

0.54%

0.00%

0.04%

3.90%

7.18%

0.37%

18.85%

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

0.18%

2.52%

1.91%

0.16%

0.02%

1.10%

0.47%

0.00%

0.04%

8.71%

17.96%

0.36%

33.43%

Total

2.11%

13.80%

12.62%

1.14%

0.23%

4.77%

2.62%

0.00%

0.59%

21.34%

39.05%

1.74%

100%

Costo por Zonas y Usos S/

Luego se procede a distribuir el costo del servicio que asume cada categoría de uso por zona, realizando la multiplicación del porcentaje de participación del servicio por el costo anual del servicio, obteniéndose el costo relativo por categoría de uso y zona.

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Total

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

1,060,165.39

4,802,085.92

4,565,227.28

504,439.53

118,429.32

1,688,732.72

878,805.01

-

299,789.70

4,459,929.24

7,530,915.46

592,889.88

26,501,409.45

Museo, Club Social / Cultural, Organiza-

ciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

6,194.00

58,223.62

42,614.73

1,486.56

-

6,937.28

2,725.36

-

11,396.96

26,262.57

26,758.09

5,698.48

188,297.66

Bancos, Financieras y Joyerías

1,238.80

28,492.41

8,919.36

-

-

8,176.08

75,566.83

-

-

158,814.21

400,875.81

-

682,083.51

Hipódromo, Super-

mercados, Grandes Almacenes

3,716.40

7,185.04

4,211.92

-

-

8,671.60

5,202.96

-

-

34,438.65

106,289.08

-

169,715.66

Centros Educativos, Univer-

sidades

27,253.61

103,315.95

62,931.06

16,847.69

4,707.44

92,414.51

31,465.53

-

10,901.44

110,748.76

260,891.37

36,916.25

758,393.61

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

-

-

-

-

-

-

-

-

-

27,253.61

59,710.18

-

86,963.79

Puestos de mercado,. Stands en ferias

5,946.24

265,846.57

242,804.88

-

-

17,590.97

17,590.97

-

-

653,343.34

332,741.79

-

1,535,864.75

Comercios y servicios vecinales y/o menores

109,014.44

1,810,135.16

1,788,827.79

85,972.75

5,450.72

474,460.56

337,696.99

-

22,298.41

2,447,869.61

4,502,791.74

230,664.64

11,815,182.81

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

111,492.04

1,577,240.68

1,196,433.44

103,315.95

12,635.76

691,002.87

292,604.66

-

27,749.13

5,459,888.94

11,261,686.79

223,231.83

20,957,282.09

Total

1,325,020.92

8,652,525.36

7,911,970.47

712,062.48

141,223.25

2,987,986.59

1,641,658.31

-

372,135.64

13,378,548.93

24,482,660.30

1,089,401.08

62,695,193.33

Predios por Zonas y Usos

Luego se procede a identificar el número de predios por categoría de uso y zona, de acuerdo a la información obtenido de la base de datos del sistema informático de la Municipalidad remitido mediante Informe Nº315-2023-SGRCT-GAT-MSS.

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Total

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

7,253

27,926

21,514

1,956

668

8,217

3,431

-

1,596

19,400

24,055

1,760

117,776

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

7

58

32

1

6

-

10

19

15

3

151

Bancos, Financieras y Joyerías

2

8

2

2

-

33

66

113

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

1

2

1

2

-

7

17

30

Centros Educativos, Universidades

14

46

22

5

2

33

9

-

4

35

66

8

244

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

-

5

9

14

Puestos de mercado,. Stands en ferias

12

463

358

28

21

-

873

347

2,102

Comercios y servicios vecinales y/o menores

147

2,095

1,707

71

6

462

252

-

22

1,983

2,955

128

9,828

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

61

705

428

32

6

259

86

-

11

1,784

2,961

52

6,385

Total

7,497

31,303

24,064

2,065

682

9,009

3,799

-

1,643

24,139

30,491

1,951

136,643

Tasa Anual por Zonas y Usos (S/)

Luego se divide el costo relativo del servicio que asume cada categoría de uso por zona, entre el número de predios, se obtiene la tasa anual que debe asumir cada predio, dependiendo de la categoría de uso y zona a la que pertenezca.

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

146.16

171.95

212.19

257.89

177.28

205.51

256.13

187.83

229.89

313.07

336.86

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

884.85

1,003.85

1,331.71

1,486.56

1,156.21

1,139.69

1,382.24

1,783.87

1,899.49

Bancos, Financieras y Joyerías

619.40

3,561.55

4,459.68

4,088.04

4,812.55

6,073.87

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

3,716.40

3,592.52

4,211.92

4,335.80

4,919.80

6,252.29

Centros Educativos, Universidades

1,946.68

2,245.99

2,860.50

3,369.53

2,353.72

2,800.43

3,496.17

2,725.36

3,164.25

3,952.89

4,614.53

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

5,450.72

6,634.46

Puestos de mercado,. Stands en ferias

495.52

574.18

678.22

628.24

837.66

748.38

958.91

Comercios y servicios vecinales y/o menores

741.59

864.02

1,047.93

1,210.88

908.45

1,026.97

1,340.06

1,013.56

1,234.42

1,523.78

1,802.06

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

1,827.73

2,237.22

2,795.40

3,228.62

2,105.96

2,667.96

3,402.37

2,522.64

3,060.47

3,803.33

4,292.91

Tasa Mensual por Zonas y Usos (S/)

Finalmente se obtiene la tasa mensual que debe asumir cada predio, dependiendo de la categoría de uso y zona a la que pertenezca, el cual se calcula dividiendo la tasa anual entre doce meses.

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

12.18

14.32

17.68

21.49

14.77

17.12

21.34

15.65

19.15

26.08

28.07

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

73.73

83.65

110.97

123.88

96.35

94.97

115.18

148.65

158.29

Bancos, Financieras y Joyerías

51.61

296.79

371.64

340.67

401.04

506.15

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

309.70

299.37

350.99

361.31

409.98

521.02

Centros Educativos,

Universidades

162.22

187.16

238.37

280.79

196.14

233.36

291.34

227.11

263.68

329.40

384.54

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

454.22

552.87

Puestos de mercado, Stands en ferias

41.29

47.84

56.51

52.35

69.80

62.36

79.90

Comercios y servicios vecinales y/o menores

61.79

72.00

87.32

100.90

75.70

85.58

111.67

84.46

102.86

126.98

150.17

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

152.31

186.43

232.95

269.05

175.49

222.33

283.53

210.22

255.03

316.94

357.74

5.3. Tasas Estimadas

Las tasas estimadas de Serenazgo para el 2024 en función del predio y la categoría según el uso o actividad del predio son las siguientes:

Para determinar las liquidaciones que corresponden a cada predio deberá identificar la tasa estimada de acuerdo al uso y ubicación del predio.

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

12.18

14.32

17.68

21.49

14.77

17.12

21.34

15.65

19.15

26.08

28.07

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

73.73

83.65

110.97

123.88

96.35

94.97

115.18

148.65

158.29

Bancos, Financieras y Joyerías

51.61

296.79

371.64

340.67

401.04

506.15

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

309.70

299.37

350.99

361.31

409.98

521.02

Centros Educativos, Universidades

162.22

187.16

238.37

280.79

196.14

233.36

291.34

227.11

263.68

329.40

384.54

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

454.22

552.87

Puestos de mercado, Stands en ferias

41.29

47.84

56.51

52.35

69.80

62.36

79.90

Comercios y servicios vecinales y/o menores

61.79

72.00

87.32

100.90

75.70

85.58

111.67

84.46

102.86

126.98

150.17

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

152.31

186.43

232.95

269.05

175.49

222.33

283.53

210.22

255.03

316.94

357.74

5.4. Comparativo de Tasas

En relación con las tasas establecidas para el año anterior, a continuación, se presenta los cuadros comparativos de variación de tasas en los predios respecto de las nuevas tasas determinadas (en soles y en porcentajes):

Tasas mensuales 2023 en soles (S/)

Uso del predio

Ubicación del predio

Ubicación del predio

Ubicación del predio

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

11.14

13.36

16.71

18.94

13.35

16.03

20.05

15.49

18.57

23.21

26.31

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones,

Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

65.80

76.51

95.74

109.67

92.30

112.81

88.22

106.39

132.95

150.41

Bancos, Financieras y Joyerías

268.86

332.16

322.76

402.89

372.90

466.02

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

272.62

338.43

325.90

413.64

379.17

473.18

Centros Educativos, Universidades

148.06

177.13

221.62

250.69

178.61

212.64

265.91

206.82

246.38

307.75

347.83

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

410.50

511.83

Puestos de mercado, Stands en ferias

42.19

52.76

50.34

63.56

58.64

73.31

Comercios y servicios vecinales y/o menores

56.81

68.20

85.26

96.51

68.37

81.85

102.33

78.96

94.81

118.49

134.29

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

138.66

166.53

208.12

235.61

166.53

199.81

249.70

193.66

231.41

289.28

327.69

Diferencia mensual en soles (S/)

Uso del predio

Ubicación del predio

Ubicación del predio

Ubicación del predio

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

1.04

0.96

0.97

2.55

1.42

1.09

1.29

0.16

0.58

2.87

1.76

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

7.93

7.14

15.23

14.21

4.05

6.75

8.79

15.70

7.88

Bancos, Financieras y Joyerías

27.93

39.48

17.91

28.14

40.13

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

26.75

12.56

35.41

30.81

47.84

Centros Educativos, Universidades

14.16

10.03

16.75

30.10

17.53

20.72

25.43

20.29

17.30

21.65

36.71

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

43.72

41.04

Puestos de mercado, Stands en ferias

5.65

3.75

2.010

6.24

3.72

6.59

Comercios y servicios vecinales y/o menores

4.98

3.80

2.06

4.39

7.33

3.73

9.34

5.50

8.05

8.49

15.88

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

13.65

19.90

24.83

33.44

8.96

22.52

33.83

16.56

23.62

27.66

30.05

Diferencia mensual en porcentaje (%)

Uso del predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Ubicación del Predio

Área A

Área B

Área C

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Bajo

Medio

Alto

Muy Alto

Casa Habitación, terrenos sin construir

9.34%

7.19%

5.80%

13.46%

10.64%

6.80%

6.43%

1.03%

3.12%

12.37%

6.69%

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

12.05%

9.33%

15.91%

12.96%

4.39%

7.65%

8.26%

11.81%

5.24%

Bancos, Financieras y Joyerías

10.39%

11.89%

5.55%

7.55%

8.61%

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

9.81%

3.71%

10.87%

8.13%

10.11%

Centros Educativos, Universidades

9.56%

5.66%

7.56%

12.01%

9.81%

9.74%

9.56%

9.81%

7.02%

7.03%

10.55%

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

10.65%

8.02%

Puestos de mercado, Stands en ferias

13.39%

7.11%

3.99%

9.82%

6.34%

8.99%

Comercios y servicios vecinales y/o menores

8.77%

5.57%

2.42%

4.55%

10.72%

4.56%

9.13%

6.97%

8.49%

7.17%

11.83%

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

9.84%

11.95%

11.93%

14.19%

5.38%

11.27%

13.55%

8.55%

10.21%

9.56%

9.17%

5.5. Estimación de Ingresos

En lo relacionado a los ingresos esperados, estos alcanzan el 96.38% debido al incremento de los predios en condición de exonerados.

Uso del predio

Área

Zona de Riesgo

Tasa Anual (S/ Predios)

Predios

Ingreso Estimado (S/)

Ingreso Real Estimado

(S/)

Exonerado 50%

Exonerado 100%

Total

Ingreso Total

Monto Exonerado 50%

Monto Exonerado 100%

[1]

[2]

[3]

[4]

[5] = [1] x [4]

[6] = [1] x [2] x 50%

[7] = [1] x [3]

[8] = [5] - [6] - [7]

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área A

Bajo

146.16

488

8

7,253

1,060,098.48

35,663.04

1,169.28

1,023,266.16

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área A

Medio

171.95

3,443

24

27,926

4,801,875.70

283,975.43

4,126.80

4,513,773.48

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área A

Alto

212.19

3,258

22

21,514

4,565,055.66

345,657.51

4,668.18

4,214,729.97

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área A

Muy Alto

257.89

160

1

1,956

504,432.84

20,631.20

257.89

483,543.75

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área B

Bajo

177.28

126

-

668

118,423.04

11,168.64

-

107,254.40

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área B

Medio

205.51

1,379

3

8,217

1,688,675.67

141,699.15

616.53

1,546,360.00

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área B

Alto

256.13

542

1

3,431

878,782.03

69,411.23

256.13

809,114.67

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área B

Muy Alto

-

-

-

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área C

Bajo

187.83

54

5

1,596

299,776.68

5,071.41

939.15

293,766.12

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área C

Medio

229.89

1,923

12

19,400

4,459,866.00

221,039.24

2,758.68

4,236,068.09

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área C

Alto

313.07

2,111

13

24,055

7,530,898.85

330,445.39

4,069.91

7,196,383.56

Casa Habitación, terrenos sin construir

Área C

Muy Alto

336.86

249

3

1,760

592,873.60

41,939.07

1,010.58

549,923.95

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área A

Bajo

884.85

-

1

7

6,193.95

-

884.85

5,309.10

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área A

Medio

1,003.85

-

38

58

58,223.30

-

38,146.30

20,077.00

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área A

Alto

1,331.71

-

38

32

42,614.72

-

50,604.98

- 7,990.26

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y

Partidos Políticos

Área A

Muy Alto

1,486.56

5

1

1,486.56

-

7,432.80

- 5,946.24

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área B

Bajo

-

-

-

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área B

Medio

1,156.21

-

6

6,937.26

-

-

6,937.26

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área B

Alto

-

-

-

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área B

Muy Alto

-

-

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área C

Bajo

1,139.69

2

10

11,396.90

-

2,279.38

9,117.52

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área C

Medio

1,382.24

21

19

26,262.56

-

29,027.04

- 2,764.48

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área C

Alto

1,783.87

27

15

26,758.05

-

48,164.49

- 21,406.44

Museo, Club Social / Cultural, Organizaciones, Asociaciones, Fundaciones, Comunidades y Partidos Políticos

Área C

Muy Alto

1,899.49

3

3

5,698.47

-

5,698.47

-

Bancos, Financieras y Joyerías

Área A

Bajo

619.40

2

1,238.80

-

-

1,238.80

Bancos, Financieras y Joyerías

Área A

Medio

3,561.55

8

28,492.40

-

-

28,492.40

Bancos, Financieras y Joyerías

Área A

Alto

4,459.68

2

8,919.36

-

-

8,919.36

Bancos, Financieras y Joyerías

Área A

Muy Alto

-

-

Bancos, Financieras y Joyerías

Área B

Bajo

-

-

Bancos, Financieras y Joyerías

Área B

Medio

4,088.04

2

8,176.08

-

-

8,176.08

Bancos, Financieras y Joyerías

Área B

Alto

-

-

Bancos, Financieras y Joyerías

Área B

Muy Alto

-

-

Bancos, Financieras y Joyerías

Área C

Bajo

-

-

Bancos, Financieras y Joyerías

Área C

Medio

4,812.55

33

158,814.15

-

-

158,814.15

Bancos, Financieras y Joyerías

Área C

Alto

6,073.87

66

400,875.42

-

-

400,875.42

Bancos, Financieras y Joyerías

Área C

Muy Alto

-

-

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área A

Bajo

3,716.40

1

3,716.40

-

-

3,716.40

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área A

Medio

3,592.52

2

7,185.04

-

-

7,185.04

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área A

Alto

4,211.92

1

4,211.92

-

-

4,211.92

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área A

Muy Alto

-

-

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área B

Bajo

-

-

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área B

Medio

4,335.80

2

8,671.60

-

-

8,671.60

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área B

Alto

-

-

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área B

Muy Alto

-

-

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área C

Bajo

-

-

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área C

Medio

4,919.80

7

34,438.60

-

-

34,438.60

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área C

Alto

6,252.29

17

106,288.93

-

-

106,288.93

Hipódromos, Supermercados, Grandes Almacenes

Área C

Muy Alto

-

-

Centros Educativos, Universidades

Área A

Bajo

1,946.68

1

14

27,253.52

973.34

-

26,280.18

Centros Educativos, Universidades

Área A

Medio

2,245.99

2

12

46

103,315.54

2,245.99

26,951.88

74,117.67

Centros Educativos, Universidades

Área A

Alto

2,860.50

2

11

22

62,931.00

2,860.50

31,465.50

28,605.00

Centros Educativos, Universidades

Área A

Muy Alto

3,369.53

5

16,847.65

-

-

16,847.65

Centros Educativos, Universidades

Área B

Bajo

2,353.72

2

4,707.44

-

-

4,707.44

Centros Educativos, Universidades

Área B

Medio

2,800.43

2

2

33

92,414.19

2,800.43

5,600.86

84,012.90

Centros Educativos, Universidades

Área B

Alto

3,496.17

3

9

31,465.53

-

10,488.51

20,977.02

Centros Educativos, Universidades

Área B

Muy Alto

-

-

Centros Educativos, Universidades

Área C

Bajo

2,725.36

4

10,901.44

-

-

10,901.44

Centros Educativos, Universidades

Área C

Medio

3,164.25

1

2

35

110,748.75

1,582.13

6,328.50

102,838.13

Centros Educativos, Universidades

Área C

Alto

3,952.89

3

4

66

260,890.74

5,929.34

15,811.56

239,149.85

Centros Educativos, Universidades

Área C

Muy Alto

4,614.53

8

36,916.24

-

-

36,916.24

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área A

Bajo

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área A

Medio

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área A

Alto

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área A

Muy Alto

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área B

Bajo

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área B

Medio

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área B

Alto

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área B

Muy Alto

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área C

Bajo

-

-

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área C

Medio

5,450.72

5

27,253.60

-

-

27,253.60

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área C

Alto

6,634.46

9

59,710.14

-

-

59,710.14

Discoteca, Centros Nocturnos, Salas de Juego

Área C

Muy Alto

-

-

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área A

Bajo

495.52

12

5,946.24

-

-

5,946.24

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área A

Medio

574.18

463

265,845.34

-

-

265,845.34

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área A

Alto

678.22

1

358

242,802.76

-

678.22

242,124.54

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área A

Muy Alto

-

-

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área B

Bajo

-

-

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área B

Medio

628.24

28

17,590.72

-

-

17,590.72

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área B

Alto

837.66

21

17,590.86

-

-

17,590.86

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área B

Muy Alto

-

-

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área C

Bajo

-

-

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área C

Medio

748.38

873

653,335.74

-

-

653,335.74

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área C

Alto

958.91

347

332,741.77

-

-

332,741.77

Puestos de mercado,. Stands en ferias

Área C

Muy Alto

-

-

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área A

Bajo

741.59

8

147

109,013.73

2,966.36

-

106,047.37

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área A

Medio

864.02

115

1

2,095

1,810,121.90

49,681.15

864.02

1,759,576.73

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área A

Alto

1,047.93

167

1,707

1,788,816.51

87,502.16

-

1,701,314.36

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área A

Muy Alto

1,210.88

10

71

85,972.48

6,054.40

-

79,918.08

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área B

Bajo

908.45

1

6

5,450.70

454.23

-

4,996.48

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área B

Medio

1,026.97

51

462

474,460.14

26,187.74

-

448,272.41

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área B

Alto

1,340.06

31

252

337,695.12

20,770.93

-

316,924.19

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área B

Muy Alto

-

-

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área C

Bajo

1,013.56

22

22,298.32

-

-

22,298.32

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área C

Medio

1,234.42

41

1,983

2,447,854.86

25,305.61

-

2,422,549.25

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área C

Alto

1,523.78

35

7

2,955

4,502,769.90

26,666.15

10,666.46

4,465,437.29

Comercios y servicios vecinales y/o menores

Área C

Muy Alto

1,802.06

9

128

230,663.68

8,109.27

-

222,554.41

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área A

Bajo

1,827.73

1

61

111,491.53

913.87

-

110,577.67

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área A

Medio

2,237.22

22

5

705

1,577,240.10

24,609.42

11,186.10

1,541,444.58

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área A

Alto

2,795.40

9

428

1,196,431.20

12,579.30

-

1,183,851.90

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área A

Muy Alto

3,228.62

32

103,315.84

-

-

103,315.84

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área B

Bajo

2,105.96

6

12,635.76

-

-

12,635.76

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área B

Medio

2,667.96

9

259

691,001.64

12,005.82

-

678,995.82

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área B

Alto

3,402.37

1

86

292,603.82

-

3,402.37

289,201.45

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área B

Muy Alto

-

-

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área C

Bajo

2,522.64

11

27,749.04

-

-

27,749.04

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área C

Medio

3,060.47

9

1,784

5,459,878.48

13,772.12

-

5,446,106.37

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área C

Alto

3,803.33

5

2,961

11,261,660.13

9,508.33

-

11,252,151.81

Actividades industriales, comerciales y servicios en general

Área C

Muy Alto

4,292.91

52

223,231.32

-

-

223,231.32

Total

14,267

276

136,643

62,610,924.43

1,862,216.34

325,555.42

60,423,152.67

Servicio

Monto Anual (S/)

% Cobertura

Ingreso 2024

Costos 2024

Diferencia

Ingreso / Costo

[1]

[2]

[3] = [1] - [2]

[4] = [1] / [2]

Serenazgo

60,423,152.67

62,695,193.33

-2,272,040.66

96.38%

Anexo 1

Identificación de los sectores del distrito para la prestación de los servicios públicos

- Sector 01: Av. Santiago de Surco / Av. Ayacucho / Doña Delmira / Sto. Cristo / Las Palmas / Calle Simón Salguero (Limite con Miraflores) Calle 1 Urb. Canopus.

- Sector 02: Av. Santiago de Surco / Jr. Artemisa / Av. Jorge Chávez / Av. Cornel. Saco Oliveros (hasta el Puente Alipio Ponce) / Av. Ayacucho cdra. 01 hasta la 10.

- Sector 03: Av. Morro Solar / Av. Santiago de Surco / Av. Velasco Astete / Av. Benavides.

- Sector 04: Av. Velasco Astete / Av. Santiago de Surco / Av. Benavides.

- Sector 05: Av. Benavides / Av. Velasco Astete / Av. Primavera / Av. Santiago de Surco / Jr. Gerona / Av. Intihuatana.

- Sector 06: Av. Velasco Astete / Av. Primavera / Av. Morro Solar / Av. Benavides.

- Sector 07: Av. Primavera / Av. Cristóbal de Peralta (SUR) / Av. Circunvalación / Calle Cerro Negro / Calle Los Claveles / Calle Dante Garcés / Psje. Catalpa / Av. Agustín Rosa Lozano (incluye Asoc. Viv. Reporteros Gráficos, Asoc. Vivienda La Inmaculada / AA.HH. Villa Los Ángeles.

- Sector 08: Av. Cristóbal de Peralta NORTE / Jr. Lanceros / Jr. Los Brigadieres / Jr. La Floresta / Av. Circunvalación del Club Golf Los Incas / Jr. Cerros de Camacho / Av. Raúl Ferrero (Limite con La Molina) / Av. Pio XII / Av. Primavera.

- Sector 09: ESTE / Av. Panamericana Sur (hasta el Intercambio Vial); OESTE / Av. Huaylas / Pantanos de Villa; NORTE / Av. Sol con Av. Guardia Civil / SUR / Av. Huaylas hasta los Pantanos de Villa (lo mismo que Norte por que es circunferencial)

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ANEXO 2 : Áreas Verdes del Publicas del Distrito

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

INVENTARIO DE AREAS VERDES PÚBLICAS DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

1

PARQUE

1

1-P01

MAYOR FAP PERCY PHILLIPPS CUBA (EL RETIRO)

14,369.78

1

PARQUE

2

1-P02

VIRGEN MARIA DE LAS MERCEDES

13,670.20

1

PARQUE

3

1-P03

CENTRAL LA CAPULLANA

7,667.20

1

PARQUE

4

1-P04

CAP FAP RAUL VERA COLLAHUAZO (LOCUTO)

8,692.35

1

PARQUE

5

1-P05

NICANOR RUIZ DE SOMOCURCIO

4,126.80

1

PARQUE

6

1-P06

EDUARDO VELASCO ASTETE

5,846.24

1

PARQUE

7

1-P07

LOS JAZMINES (JAZMIN CHICO)

6,119.90

1

PARQUE

8

1-P08

CRL. ROQUE SAENZ PEÑA

6,285.10

1

PARQUE

9

1-P09

JAVIER CORREA ELIAS

5,666.35

1

PARQUE

10

1-P10

EL ROSAL

3,408.10

1

PARQUE

11

1-P11

LOS CIBELES

5,418.50

1

PARQUE

12

1-P12

MIGUEL ALJOVIN

3,388.53

1

PARQUE

13

1-P13

EGIPTO

5,150.10

1

PARQUE

14

1-P14

LAS MARGARITAS

3,600.75

1

PARQUE

15

1-P15

EL PALMAR

4,850.75

1

PARQUE

16

1-P16

PLAZA DE ARMAS

3,205.83

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

1

PARQUE

17

1-P17

DEFENSA CIVIL

3,518.88

1

PARQUE

18

1-P18

EL PRADO

3,216.84

1

PARQUE

19

1-P19

IRMA GAMERO DE PLANAS

1,942.10

1

PARQUE

20

1-P20

SOLF Y MURO

2,477.82

1

PARQUE

21

1-P21

LA VERBENA

3,174.03

1

PARQUE

22

1-P22

TNTE. CRL. PABLO SALMON (COVIECMA)

2,687.41

1

PARQUE

23

1-P23

NUEVA CASTILLA

2,465.68

1

PARQUE

24

1-P24

JOSE MARIA ARGUEDAS

1,934.35

1

PARQUE

25

1-P25

LAS LILAS II (MARIA AUX.DE LOS CRISTIANOS)

319.9

1

PARQUE

26

1-P26

LAS HIEDRAS DE SURCO II

1,810.50

1

PARQUE

27

1-P27

LAS LILAS I

1,633.40

1

PARQUE

28

1-P28

SANTA MARIA REYNA

2,173.13

1

PARQUE

29

1-P29

LA TALANA

989.36

1

PARQUE

30

1-P30

JUAN BLUME (COND)

783.23

1

PARQUE

31

1-P31

CANOPUS

2,458.40

1

PARQUE

32

1-P32

CRL. FAP VICTOR MALDONADO B.

3,771.24

1

PARQUE

33

1-P33

MARKAHUASI

1,743.24

1

PARQUE

34

1-P34

LAS HIEDRAS DE SURCO I

2,491.70

1

PARQUE

35

1-P35

EL GRAN PAJATEN

1,730.60

1

PARQUE

36

1-P36

ISAAC LINDLEY

1,796.90

1

PARQUE

37

1-P37

TEJADITA

1,291.60

1

PARQUE

38

1-P38

SANTA CARMELA I

1,254.80

1

PARQUE

39

1-P39

RICARDO PALMA (COND.)

1,180.64

1

PARQUE

40

1-P40

MARIANO BUSTAMANTE MANTILLA

1,305.13

1

PARQUE

41

1-P41

MANUEL SCORZA (COND)

545.04

1

PARQUE

42

1-P42

LAS FLORES

1,431.60

1

PARQUE

43

1-P43

VILLA TALANA, CONDOMINIO

940

1

PARQUE

44

1-P44

RESID SURCO (CANCHA O LA VIRGEN)

1,583.69

1

PARQUE

45

1-P45

SAN CARLOS

374.46

1

PARQUE

46

1-P46

LA VENDIMIA

223.39

1

PARQUE

47

1-P48

LA ESPERANZA

500

1

PARQUE

48

1-P49

SEÑOR DE LOS MILAGROS

595.84

1

PARQUE

49

1-P50

LAS UVAS

1,552.00

1

PARQUE

50

1-P51

LA PALMA

56

1

PARQUE

51

1-P52

ANEXO MALVINAS

5,212.00

1

PARQUE

52

1-P53

CAMINO REAL (COND)

540

1

PARQUE

53

1-P54

ANTONIA MORENO DE CACERES

4,244.00

1

PARQUE

54

1-P55

PLAZUELA RESULTANTE

626.5

1

PARQUE

55

1-P56

VILLA JARDIN

1,023.00

1

PARQUE

56

1-P57

MEDINA PAREDES I

532

1

PARQUE

57

1-P58

MEDINA PAREDES II

208

1

PARQUE

58

1-P59

MEDINA PAREDES III

224

1

PARQUE

59

1-P60

VIÑA DEL MAR

60

1

PARQUE

60

1-P61

VILLA JORGE CHAVEZ (FAP)

700

1

PARQUE

61

1-P62

LAS LILAS III

1,200.00

1

PARQUE

62

1-P63

MARIA PARADO DE BELLIDO

300

1

PARQUE

63

1-P64

VIÑEDOS DE SURCO

1,431.52

1

PARQUE

64

1-P65

ENSENADA

400

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

1

PARQUE

65

1-P66

LA PRADERA (CONDOMINIO)

250

1

PARQUE

66

1-P67

VOCES POR EL CLIMA

25,000

1

PARQUE

67

1-P68

DEL AIRE

45,000

1

AVENIDA

66

1-A01

PASEO LA CASTELLANA C 1-8

15,937.22

1

AVENIDA

67

1-A02

LOS TALLANES C 1-8

7,669.87

1

AVENIDA

68

1-A03

VICUS C 1-8

7,652.15

1

AVENIDA

69

1-A04

MARISCAL CASTILLA C 1-14

6,234.72

1

AVENIDA

70

1-A05

LA MERCED C 1-8

5,135.49

1

AVENIDA

71

1-A06

JORGE CHAVEZ C 5- 15

900

1

AVENIDA

72

1-A07

LOS PASOS C 2-4

992.82

1

TRIANGULO

73

1-T01

LOS JAZMINES

855.1

1

TRIANGULO

74

1-T02

CALLE ALCALA

100

1

TRIANGULO

75

1-T03

CALLE HERMANOS QUINTEROS

100

1

TRIANGULO

76

1-T04

AV. PASEO LA CASTELLANA

100

1

TRIANGULO

77

1-T05

LOS SAUCES (EX DE LOS NIÑOS)

500

1

TRIANGULO

78

1-T06

DE LA CRUZ

300

1

TRIANGULO

79

1-T07

CALLE COVIECMA

100

1

TRIANGULO

80

1-T08

ZENON

130

1

TRIANGULO

81

1-T09

LAS HIEDRAS

505.5

1

TRIANGULO

82

1-T10

VILLA TALANA 1

140

1

TRIANGULO

83

1-T11

VILLA TALANA 2

123.5

1

TRIANGULO

84

1-T12

PARQUE ALTO

150

1

OVALO

85

1-O01

LA GOLETA

400

1

OVALO

86

1-O02

LOS CABITOS (EX -HIGUERETA)

7,854.00

1

ISLA

87

1-I01

TANGARARA

16

1

LATERAL

88

1-L01

AV. VICUS

1,200.00

1

LATERAL

89

1-L02

AV. SIMON SALGUERO

300

1

LATERAL

90

1-L03

JR. AYACUCHO

100

1

LATERAL

91

1-L04

AV. AYACUCHO C 1-10

2,550.00

1

LATERAL

92

1-L05

CALLE DOÑA DELMIRA

400

1

LATERAL

93

1-L06

AV. LOS CASTILLOS

4,100.00

1

LATERAL

94

1-L07

PUENTE GORROCHANO

300

1

LATERAL

95

1-L08

PROLONGACION CALLE CACERES

1,200.00

1

LATERAL

96

1-L09

PROLONGACION CALLE ARICA

378

1

LATERAL

97

1-L10

AV. JORGE CHAVEZ

1,050.00

1

LATERAL

98

1-L11

COMUCO

2,500.00

1

LATERAL

99

1-L12

CALLE COVIECMA

2,350.00

1

LATERAL

100

1-L13

SENAMHI

4,500.00

1

LATERAL

101

1-L14

PROL AV.CASTELLANA (ESP CEMENTERIO)

2,000.00

1

LATERAL

102

1-L15

LAS HIEDRAS (ALAMEDA)

4,500.00

1

ARBOLEDA

103

1-B01

MALVINAS

600

1

ARBOLEDA

104

1-B02

LAS HIEDRAS

500

1

PASAJE

105

1-S01

MONTERA

118

1

PASAJE

106

1-S02

RECOLETOS

108

1

PASAJE

107

1-S03

BADAJOZ

108

1

PASAJE

108

1-S04

CARABANCHE

112

1

PASAJE

109

1-S05

Nº 1(CASTILLA 707)

288

1

PASAJE

110

1-S06

FRANCISCO BOLOGNESI

295

1

PASAJE

111

1-S07

Nº 4 (CASTILLA C 4)

290

1

PASAJE

112

1-S08

Nº 3 LAS MAGNOLIAS

108

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

1

PASAJE

113

1-S09

BARTOLOME DE LAS CASAS Nº 1, C 3

280.5

1

PASAJE

114

1-S10

BARTOLOME DE LAS CASAS Nº 2, C 4

250

1

PASAJE

115

1-S11

SAN TADEO C 2

175

1

PASAJE

116

1-S12

SAN TADEO C 1

140

1

PASAJE

117

1-S13

LA PRINCESA, QUINTEROS C 1

56

1

PASAJE

118

1-S14

MACARENA

357

2

PARQUE

119

2-P01

PAMPA DE JUNIN

11,317.10

2

PARQUE

120

2-P02

EL CABILDO

12,422.20

2

PARQUE

121

2-P03

PAMPA DE LA QUINUA

10,021.21

2

PARQUE

122

2-P04

JULITO ESCOBAR

6,554.54

2

PARQUE

123

2-P05

EL MERCURIO PERUANO

5,070.30

2

PARQUE

124

2-P06

LOS REPORTEROS GRAFICOS

5,453.76

2

PARQUE

125

2-P07

LA TAPADA

5,729.50

2

PARQUE

126

2-P08

AL MAESTRO 6 DE JULIO

3,808.70

2

PARQUE

127

2-P09

JOSE ABELARDO QUIÑONEZ

2,825.71

2

PARQUE

128

2-P10

LUIS SANCHEZ CERRO

2,628.07

2

PARQUE

129

2-P11

EL TOTORAL II

2,865.60

2

PARQUE

130

2-P12

CEFERINO SALAZAR ZEVALLOS

1,813.55

2

PARQUE

131

2-P13

MICAELA BASTIDAS

3,746.72

2

PARQUE

132

2-P14

PRINCIPAL (O EL PARQUE)

1,797.39

2

PARQUE

133

2-P15

FRANCISCO DE ZELA

3,795.04

2

PARQUE

134

2-P16

VIÑAS DE SURCO

701.73

2

PARQUE

135

2-P17

SARITA COLONIA

1,952.18

2

PARQUE

136

2-P18

JULIO C. TELLO (EX - QUIÑONEZ) -EL SOL

1,797.70

2

PARQUE

137

2-P19

MANUEL POLO JIMENEZ

1,200.82

2

PARQUE

138

2-P20

SAN PEDRO

1,060.55

2

PARQUE

139

2-P21

JORGE CHAVEZ

752.63

2

PARQUE

140

2-P22

EL CARMEN 4 -LAS CARMELITAS

435.3

2

PARQUE

141

2-P23

EL CARMEN 5

313.56

2

PARQUE

142

2-P24

TEC. 3RA. FAP ERICK G. DIAZ CABRAL

2,209.33

2

PARQUE

143

2-P25

SAN GABINO I

1,993.40

2

PARQUE

144

2-P26

SAN GABINO II

1,770.50

2

PARQUE

145

2-P27

CABALLEROS DE LA LEY

2,205.88

2

PARQUE

146

2-P28

15 DE SETIEMBRE

6,251.15

2

PARQUE

147

2-P29

21 DE MAYO

1,966.50

2

PARQUE

148

2-P30

4 DE JUNIO

2,338.98

2

PARQUE

149

2-P31

VENCEDEROS DE HUAMANGILLA

3,371.25

2

PARQUE

150

2-P32

HONOR Y LEALTAD

1,451.62

2

PARQUE

151

2-P33

2 DE MAYO

2,678.45

2

PARQUE

152

2-P34

VIÑAS DE SAN ANTONIO I (LA CHACRA)

1,348.20

2

PARQUE

153

2-P35

VIÑAS DE SAN ANTONIO II

1,839.20

2

PARQUE

154

2-P36

SAGITARIO Nº 1 (MZ 04)

3,175.87

2

PARQUE

155

2-P37

SAGITARIO 2 (MZ 06)

2,270.37

2

PARQUE

156

2-P38

SAGITARIO Nº 3 (MZ 09)

2,874.72

2

PARQUE

157

2-P39

SAGITARIO Nº 4 (MZ 17)

3,289.91

2

PARQUE

158

2-P39

SAGITARIO 4 (MZ 17) MIN.EDUC(ANEXO)

2,566.35

2

PARQUE

159

2-P40

SAGITARIO Nº 5 (MZ 15)

1,833.56

2

PARQUE

160

2-P41

SAGITARIO Nº 6 (MZ 27)

1,170.46

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

2

PARQUE

161

2-P41

SAGITARIO Nº 6 (MZ 27) MIN EDUC (ANEXO)

1,101.04

2

PARQUE

162

2-P42

SAGITARIO Nº 7 (MZ 26)

1,078.00

2

PARQUE

163

2-P43

Nº 8 (MZ 22) CENTRAL SAGITARIO

2,711.40

2

PARQUE

164

2-P44

PEREZ DE CUELLAR I

5,177.39

2

PARQUE

165

2-P44

PEREZ DE CUELLAR I (ANEXO MIN EDUCACION)

4,500.00

2

PARQUE

166

2-P45

PEREZ DE CUELLAR II

1,426.08

2

PARQUE

167

2-P46

NIÑO JESUS DE PRAGA

716.56

2

PARQUE

168

2-P47

JOSE BAQUIJANO Y CARRILLO

1,252.80

2

PARQUE

169

2-P48

CENTRAL

683.31

2

PARQUE

170

2-P49

EL SERENO (FAUSTINO SANCHEZ VALENCIA)

1,000.00

2

PARQUE

171

2-P50

LA CRUZETA I

1,428.60

2

PARQUE

172

2-P51

LA CRUZETA II

2,000.00

2

PARQUE

173

2-P52

EL TOTORAL I

700

2

PARQUE

174

2-P53

CALLE 30 Y CALLE H-2 (URB PRECURSORES)

300

2

PARQUE

175

2-P54

CALLE 30 Y CALLE F-6 (URB PRECURSORES)

300

2

PARQUE

176

2-P55

RESIDENCIAL TELEFONICA DEL PERU

1,310.20

2

PARQUE

177

2-P56

SAN GABINO III

557.6

2

PARQUE

178

2-P57

VIRGEN DEL CARMEN

1,533.60

2

PARQUE

179

2-P58

SAGITARIO Nº 9 (MZ 31)

9,491.80

2

PARQUE

180

2-P59

PASEO DE LA REPUBLICA

10,194.00

2

PARQUE

181

2-P60

MARIA AUXILIADORA

400

2

PARQUE

182

2-P61

SANTA MARIA I

1,225.00

2

PARQUE

183

2-P62

SANTA MARIA II

1,230.00

2

PARQUE

184

2-P63

BAYERN

1,540.00

2

PARQUE

185

2-P64

LOS HERALDOS

1,976.00

2

PARQUE

186

2-P65

BANCO DE SEMILLA

1,160.00

2

PARQUE

187

2-P66

LIBERTAD I

4,248.00

2

PARQUE

188

2-P67

LIBERTAD II

1,440.00

2

PARQUE

189

2-P68

PONTE PILAS

255

2

PARQUE

190

2-P69

SANTA ROSA

11,098.50

2

PARQUE

191

2-P70

LA CRUZETA III

6,500.00

2

PARQUE

192

2-P71

LA CRUZETA IV

2,060.00

2

PARQUE

193

2-P72

SANTA MARIA III

1,744.00

2

PARQUE

194

2-P73

LA CRUZETA V

3,892.01

2

PARQUE

195

2-P74

CONTADORES

2,721.00

2

PARQUE

196

2-P75

VIÑA DE SAN ANTOÑIO III-VIÑAS DE SAN MARCOS

564

2

PARQUE

197

2-P76

PRINCIPAL (O EL PARQUE) II

1,000.00

2

PARQUE

198

2-P77

LAS DUNAS

550

2

PARQUE

199

2-P78

LOS JARDINES DE SURCO

1,966.82

2

PARQUE

200

2-P79

RESIDENCIAL LA VICTORIA

242

2

PARQUE

201

2-P80

LA VENTUROSA

2,700.00

2

PARQUE

202

2-P81

POLICIA NACIONAL

3,300.00

2

PARQUE

203

2-P82

LA CRUZETA VI

3,892.01

2

PARQUE

204

2-P84

LA VENTUROSA II

2,000.00

2

PARQUE

205

2-P85

COOVISAN

1,082.70

2

PARQUE

206

2-P86

PARQUES DE SURCO 1

3,245.17

2

PARQUE

207

2-P87

PARQUES DE SURCO 2

2,539.53

2

PARQUE

208

2-P88

PARQUES DE SURCO 3

1,868.33

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

2

PARQUE

209

2-P89

GARZA REAL

561.42

2

PARQUE

210

2-P90

ROSA MERINO

6,269.06

2

AVENIDA

211

2-A01

AYACUCHO C 1- 10

7,003.12

2

AVENIDA

212

2-A02

SURCO C 1 - 8

5,333.43

2

AVENIDA

213

2-A03

PRECURSORES, MACETEROS

7,214.47

2

AVENIDA

214

2-A04

LOS PROCERES C 1-3

3,421.71

2

AVENIDA

215

2-A05

EL SOL C

1,600.00

2

AVENIDA

216

2-A06

TOMAS MARSANO C 37-44 -49

3,500.00

2

ARBOLEDA

217

2-B01

JR. CABALLEROS DE LA LEY

800

2

ARBOLEDA

218

2-B02

URB. STA MODESTA

600

2

LATERAL

219

2-L01

DIAGONAL (A JULIO ESCOBAR) I

2,000.00

2

LATERAL

220

2-L02

DIAGONAL (A JULIO ESCOBAR) II

1,600.00

2

LATERAL

221

2-L03

CALLE SOTO BERMEO

100

2

LATERAL

222

2-L04

AV. SANTO CRISTO

1,280.00

2

LATERAL

223

2-L05

ESTACIONAMIENTO MERCADO PROCERES

2,634.00

2

LATERAL

224

2-L06

AV. PRECURSORES (CRUZETA)

16,980.00

2

LATERAL

225

2-L07

SAN GABINO

1,900.00

2

LATERAL

226

2-L08

CALLE ESTEBAN CAMERE C 5

150

2

LATERAL

227

2-L09

PROLONGACION GUARDIA CIVIL

1,275.00

2

LATERAL

228

2-L10

AV. SURCO

7,240.00

2

LATERAL

229

2-L11

AV. SACO OLIVEROS

6,500.00

2

LATERAL

230

2-L12

AV. HIPOLITO UNANUE

67,719.71

2

LATERAL

231

2-L13

SAN GERONIMO

978

2

LATERAL

232

2-L14

LOS JAZMINES

18,155.73

2

LATERAL

233

2-L15

TAMBO REAL

200

2

LATERAL

234

2-L16

SAN JUAN GRANDE

2,000.00

2

LATERAL

235

2-L17

AV. AYACUCHO

220

2

LATERAL

236

2-L18

TREN DEL SABER

1,525.25

2

ANDEN

237

2-N01

VIÑAS DE SURCO

1,632.00

2

PASAJE

238

2-S01

CHOCAVENTO

300

2

PASAJE

239

2-S02

EL PROGRESO (MICAELA BASTIDAS)

1,500.00

2

PASAJE

240

2-S03

URB PROCERES

12,110.00

2

PASAJE

241

2-S04

URB. PRECURSORES

5,413.96

2

PASAJE

242

2-S05

DOÑA ROSA Nº 1, C 2

30

2

PASAJE

243

2-S06

DOÑA CATALINA

35

2

PASAJE

244

2-S07

MARQUEZ DE MANCERA

40

2

PASAJE

245

2-S08

EL MOLINO

30

2

PASAJE

246

2-S09

LA RUEDA

20

2

PASAJE

247

2-S10

ARROYO

40

2

PASAJE

248

2-S11

SOTO BERMEO

40

2

PASAJE

249

2-S12

PEDRO CANGA C 1

25

2

PASAJE

250

2-S13

RENAN ELIAS C 1

30

2

PASAJE

251

2-S14

EL PLANETA

30

2

PASAJE

252

2-S15

EL CARMEN Nº 1

40

2

PASAJE

253

2-S16

LA LUNA

40

2

PASAJE

254

2-S17

AV. JORGE CHAVEZ C 3

35

2

PASAJE

255

2-S18

CARRION

35

2

PASAJE

256

2-S19

VICTOR ALIAGA

50

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

2

PASAJE

257

2-S20

MERCURIO

50

2

PASAJE

258

2-S21

DOÑA ROSA Nº 2, C 2

40

2

PASAJE

259

2-S22

CAMERE C 4

40

2

PASAJE

260

2-S23

VENUS C 3

45

2

PASAJE

261

2-S24

EL CARMEN Nº 2

40

2

PASAJE

262

2-S25

EDUARDO ALBARRACIN

40

2

PASAJE

263

2-S26

BENEDICTO JIMENEZ

40

2

PASAJE

264

2-S27

JUAN CHAVEZ

50

2

PASAJE

265

2-S28

PEDRO AGUILAR

50

2

PASAJE

266

2-S29

AGUSTINA CUSTODIO

40

2

PASAJE

267

2-S30

KETIN VIDAL

30

2

PASAJE

268

2-S31

PEDRO MANYARI

30

2

PASAJE

269

2-S32

PERCY AQUIJE

30

2

PASAJE

270

2-S33

REYNALDO FIGUEROA

50

2

PASAJE

271

2-S34

CLARK

60

2

PASAJE

272

2-S35

GAVIOTAS C 12

30

2

PASAJE

273

2-S36

CALLE 10

45

2

PASAJE

274

2-S37

LUIS ALVAREZ

30

2

PASAJE

275

2-S38

HALLEY

60

2

PASAJE

276

2-S39

JAVIER VALDIVIA

40

2

PASAJE

277

2-S40

CESAR BAZALARES

200

2

PASAJE

278

2-S41

ELLIOT STELA

60

2

PASAJE

279

2-S42

DANIEL ZEVALLOS

50

2

PASAJE

280

2-S43

JAIME QUEVEDO

60

2

PASAJE

281

2-S44

LUIS DULANTO

40

2

PASAJE

282

2-S45

AGUSTO LOPEZ

45

2

PASAJE

283

2-S46

RAUL MORENO

50

2

PASAJE

284

2-S47

HONOR Y LEALTAD

50

2

PASAJE

285

2-S48

JULIO MONTESINOS

100

2

PASAJE

286

2-S49

JAZMINES

40

2

PASAJE

287

2-S50

FRANCISCO DE TOLEDO

50

2

PASAJE

288

2-S51

RICARDO PALMA

240

2

TRIANGULO

289

2-T01

AV.PRECURSORES Y MACETEROS

2,018.86

2

TRIANGULO

290

2-T02

AV. LOS PROCERES, MACETEROS

1,200.00

2

TRIANGULO

291

2-T03

AV. SURCO

125.15

2

TRIANGULO

292

2-T04

JR. VICTOR PAREJA,

504.15

2

TRIANGULO

293

2-T05

AV. ANDRES RAZURI (JARDINERAS)

800

2

TRIANGULO

294

2-T06

HONOR Y LEALTAD (LOZA DEPORTIVA)

300

2

TRIANGULO

295

2-T07

CALLES LA LUNA Y MARTE

75

2

TRIANGULO

296

2-T08

AV. PROCERES

250

2

TRIANGULO

297

2-T09

VIÑAS DE SAN ANTONIO

10

2

TRIANGULO

298

2-T10

VIRGEN DEL CARMEN

75

2

TRIANGULO

299

2-T11

VILLA ALEGRE

720

2

TRIANGULO

300

2-T12

LAS GAVIOTAS

50

2

TRIANGULO

301

2-T13

DOÑA ELSA C 2

80

2

TRIANGULO

302

2-T14

SANTO CRISTO

112

2

TRIANGULO

303

2-T15

AV. JORGE CHAVEZ C 1

70

2

TRIANGULO

304

2-T16

AV. ALCIDES VIGO

190

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

2

TRIANGULO

305

2-T17

AV. GUARDIA CIVIL SUR

8

2

TRIANGULO

306

2-T18

SAN JUAN GRANDE

500

2

TRIANGULO

307

2-T19

GUARDIA CIVIL

400

3

PARQUE

308

3-P01

VIRGEN DE LA EVANGELIZACION

9,703.52

3

PARQUE

309

3-P02

DEL ROTARISMO

9,959.70

3

PARQUE

310

3-P03

MARIA JESUS CASTAÑEDA DE PARDO

10,134.50

3

PARQUE

311

3-P04

TRADICION

8,313.64

3

PARQUE

312

3-P05

FELIPE BENAVIDES

9,423.90

3

PARQUE

313

3-P06

CARLOS PAZ CAFERATA

10,475.50

3

PARQUE

314

3-P07

BARBARA D´ACHILLE

8,991.15

3

PARQUE

315

3-P08

LOMAS DE BENAVIDES

7,529.10

3

PARQUE

316

3-P09

LOS ALHELIES

8,855.13

3

PARQUE

317

3-P10

LA AMISTAD

5,922.30

3

PARQUE

318

3-P11

EL SALVAVIDAS (EL SALVATAJE)

4,706.80

3

PARQUE

319

3-P12

JULIO C. TELLO

5,028.07

3

PARQUE

320

3-P13

ISMAEL BIELICH

6,288.40

3

PARQUE

321

3-P14

CERRO LOMA AMARILLA

45,692.64

3

PARQUE

322

3-P15

LA AMISTAD -GRAÑA Y OTTONE

10,000.00

3

AVENIDA

323

3-A01

MORRO SOLAR C 14-27

12,977.61

3

AVENIDA

324

3-A02

CAMINOS DEL INCA C 20-35

9,483.53

3

AVENIDA

325

3-A03

MONTE DE LOS OLIVOS C 1-8

8,509.72

3

AVENIDA

326

3-A04

ANDRES TINOCO C 1-8

3,444.10

3

AVENIDA

327

3-A05

DE LAS NAZARENAS C 1-8

6,146.32

3

AVENIDA

328

3-A06

MONTERRICO SUR C 1-4

2,720.72

3

AVENIDA

329

3-A07

LOMA HERMOSA C 1-4

2,209.74

3

AVENIDA

330

3-A08

TOMAS MARSANO C 45-52

5,000.00

3

TRIANGULO

331

3-T01

AV. BENAVIDES C 54

150

3

TRIANGULO

332

3-T02

AV. TINOCO C 2

135

3

TRIANGULO

333

3-T03

AV. TINOCO C 1

70

3

LATERAL

334

3-L01

CALLE LOMA UMBROSA, ESTACIONAM.,Y B-3

1,800.00

3

LATERAL

335

3-L02

CALLE LOMA DE LOS AMARILIS

800

3

LATERAL

336

3-L03

AV. MORRO SOLAR C 11-C12

1,000.00

3

LATERAL

337

3-L04

AV LAS NAZARENAS C8-C9

750.00

3

LATERAL

338

3-L05

CA. MONTE ALAMO C2

60.00

3

LATERAL

339

3-L06

CA. LOMA UMBROSA

3,600.00

3

LATERAL

340

3-L07

CA. MERCADERES C1-C4

150.00

3

PASAJE

341

3-S01

AV. NAZARENAS

250

3

PASAJE

342

3-S02

DON CESAR

200

3

PASAJE

343

3-S03

AV. CAMINOS DEL INCA

100

3

PASAJE

344

3-S04

CAPITAN DIEGO FERRE

90

3

PASAJE

345

3-S05

AV. TINOCO C 3

100

3

PASAJE

346

3-S06

AV. MONTE DE LOS OLIVOS

129

3

PASAJE

347

3-S07

AV. NAZARENAS

215

3

PASAJE

348

3-S08

BATALLON CALLAO C1

250

3

PASAJE

349

3-S09

ALDABAS

250

3

PASAJE

350

3-S10

AV. VELASCO ASTETE

160

3

PASAJE

351

3-S11

MONACO

275

3

PASAJE

352

3-S12

AV. VELASCO ASTETE

150

3

PASAJE

353

3-S13

AV. ISMAEL BIELICH Nº 1

100

3

PASAJE

354

3-S14

AV. ISMAEL BIELICH Nº 2

140

3

PASAJE

355

3-S15

CALLE LOMA UMBROSA

132

3

PASAJE

356

3-S16

CALLE LOMA VERDE

60

3

PASAJE

357

3-S17

CALLE LOMA BLANCA

90

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

3

PASAJE

358

3-S18

CALLE LOMA BELLA

30

3

PASAJE

359

3-S19

AV. VELASCO ASTETE

156

3

PASAJE

360

3-S20

LOMA ALEGRE

132

3

PASAJE

361

3-S21

AV. MONTE DE LOS OLIVOS

132

3

PASAJE

362

3-S22

AV. SANTIAGO DE SURCO

100

3

PASAJE

363

3-S23

PSJE JOSE BARREDO

100

3

PASAJE

364

3-S24

PSJE MONTE BONGA

100

4

PARQUE

365

4-P01

VELASCO ASTETE

5,496.24

4

PARQUE

366

4-P02

ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT

15,432.84

4

PARQUE

367

4-P03

LA PAZ

12,736.12

4

PARQUE

368

4-P04

VENEZUELA

4,520.91

4

PARQUE

369

4-P05

FUNDADORES DE VISTA ALEGRE

9,540.53

4

PARQUE

370

4-P06

TTE. CRL. FAP LUIS ALVARIÑO

11,738.96

4

PARQUE

371

4-P07

JHON F. KENNEDY

10,382.07

4

PARQUE

372

4-P08

PERU

9,364.13

4

PARQUE

373

4-P09

SAGRADA FAMILIA

7,755.35

4

PARQUE

374

4-P10

MEXICO

5,673.45

4

PARQUE

375

4-P11

ESPAÑA

6,168.08

4

PARQUE

376

4-P12

ARGENTINA

4,331.05

4

PARQUE

377

4-P13

PARAGUAY

3,890.51

4

PARQUE

378

4-P14

URUGUAY

3,874.51

4

PARQUE

379

4-P15

COLOMBIA

3,574.87

4

PARQUE

380

4-P16

BRASIL

3,365.74

4

PARQUE

381

4-P17

PANAMA

3,037.62

4

PARQUE

382

4-P18

BOLIVIA

3,009.44

4

PARQUE

383

4-P19

HONDURAS

2,305.49

4

PARQUE

384

4-P20

COSTA RICA

2,309.23

4

AVENIDA

385

4-A01

VELASCO ASTETE C. 20 - 33

8,319.62

4

AVENIDA

386

4-A02

ALFREDO BENAVIDES C. 33 - 46

5,664.91

4

AVENIDA

387

4-A03

AYACUCHO C. 11-16

5,393.48

4

AVENIDA

388

4-A04

TOMAS MARSANO C. 31 - 44

11,190.11

4

AVENIDA

389

4-A05

ALFREDO FRANCO C 1-3

1,280.05

4

OVALO

390

4-O01

JR. CASTRAT

83.97

4

OVALO

391

4-O02

JR. PERATA

51.27

4

LATERAL

392

4-L01

CALLE VICTOR MOSTO

253.1

4

LATERAL

393

4-L02

CALLE ENRIQUE LEON GARCIA

245.3

4

LATERAL

394

4-L03

CA FERNANDO CASTRAT C1

358.10

4

PASAJE

395

4-S01

GUILLERMO PERATA C 137

243.75

4

PASAJE

396

4-S02

ARTURO GARCIA SALAZAR

388.07

4

PASAJE

397

4-S03

FRANCISCO CORNEJO C 1

286.2

4

PASAJE

398

4-S04

DAVID ROCA VAREA C 2

302.18

4

PASAJE

399

4-S05

ABER SUAREZ C 1

444.67

4

PASAJE

400

4-S06

C. COLMENARES C 1

363.39

4

PASAJE

401

4-S07

GUILLERMO PERATA C 173

256.81

4

PASAJE

402

4-S08

ARNALDO AGUIRRE M.

482.32

4

PASAJE

403

4-S09

L. DE RUTTE

295.14

4

PASAJE

404

4-N01

TOMAS MARSANO

300

5

PARQUE

405

5-P01

ALAMEDA DEL LUCERO

397

5

PARQUE

406

5-P02

CENTRAL LA ALBORADA

20,938.02

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

5

PARQUE

407

5-P03

MARIA PARADO DE BELLIDO

15,218.20

5

PARQUE

408

5-P04

ALFREDO PAREDES LESCANO(LA CORUÑA-(VIRGEN MARIA)

14,103.87

5

PARQUE

409

5-P05

BENJAMIN DOIG

6,512.90

5

PARQUE

410

5-P06

LOS INGENIEROS

7,834.43

5

PARQUE

411

5-P07

LOS ARQUITECTOS

6,854.56

5

PARQUE

412

5-P08

FILOMENO ORMEÑO Y LUIS DE LA CUBA

6,453.06

5

PARQUE

413

5-P09

ANDRES TOWSEND ESCURRA

6,984.25

5

PARQUE

414

5-P10

ISLAS MALVINAS

2,790.42

5

PARQUE

415

5-P11

AVILA

6,640.60

5

PARQUE

416

5-P12

RAFAEL LAO MAGUIN

7,561.40

5

PARQUE

417

5-P13

EL PERIODISTA

4,894.48

5

PARQUE

418

5-P14

LOS AGRONOMOS

4,605.62

5

PARQUE

419

5-P15

ROSA MISTICA

4,973.25

5

PARQUE

420

5-P16

SANTA ROSA

10,712.65

5

PARQUE

421

5-P17

NTRA. SRA. DE LA RECONCILIACION

4,718.38

5

PARQUE

422

5-P18

RICARDO CAVERO E.

4,819.25

5

PARQUE

423

5-P19

NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ

3,233.20

5

PARQUE

424

5-P20

FERNANDO GARATE

4,228.82

5

PARQUE

425

5-P21

DE LA CRUZ

2,893.91

5

PARQUE

426

5-P22

MARIA REICHE

3,275.56

5

PARQUE

427

5-P23

NUESTRA SEÑORA DE FATIMA

3,536.27

5

PARQUE

428

5-P24

GASTONIA (LOS GERANIOS)

3,075.17

5

PARQUE

429

5-P25

CRISTO SALVADOR

2,352.90

5

PARQUE

430

5-P26

PAZ Y BIEN

1,774.17

5

PARQUE

431

5-P27

INDIRA GANDHI

2,958.85

5

PARQUE

432

5-P28

COSMOS

2,738.77

5

PARQUE

433

5-P29

JUAN PAYET CARRETA

2,541.98

5

PARQUE

434

5-P30

ANDRES AVELINO CACERES

2,131.56

5

PARQUE

435

5-P31

S/N (NAVARRA)

1,485.94

5

PARQUE

436

5-P32

EL ROCIO DE LA ALBORADA

594.18

5

PARQUE

437

5-P33

MONTE BELLO-(MONTERRICO)

1,836.17

5

PARQUE

438

5-P34

MAYOR GRAL FAP FELIPE SCHROTH DIAZ

3,158.47

5

PARQUE

439

5-P35

STA MARIA II (CONDOMINIO)-LA FLORESTA

2,209.35

5

PARQUE

440

5-P36

ROSA ELVIRA FIGUEROA

1,193.71

5

PARQUE

441

5-P37

LA CRUZ VIZCAYA

1,515.65

5

PARQUE

442

5-P38

ALCIDES VIGO

1,485.94

5

PARQUE

443

5-P39

S/N (AVIACION)

952.82

5

PARQUE

444

5-P40

TANQUE DE CHAMA-(OSCAR CHOCANO)

1,239.75

5

PARQUE

445

5-P41

LAS BUGANVILEAS

714.4

5

PARQUE

446

5-P42

ALAMEDA DEL LUCERO/ARCO IRIS

398.8

5

PARQUE

447

5-P43

EL ROCIO (HIGUERETA)

2,412.69

5

PARQUE

448

5-P44

ALAMEDA DEL ALBA-DEL SERENO

534.4

5

PARQUE

449

5-P45

EL CREPUSCULO

512.76

5

PARQUE

450

5-P46

GEMINIS

444.6

5

PARQUE

451

5-P47

EDUARDO GUTIERREZ RONDON

1,000.00

5

AVENIDA

452

5-A01

LA FLORESTA C 1 - 7

13,594.53

5

AVENIDA

453

5-A02

AVIACION C 41-50

12,719.96

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

5

AVENIDA

454

5-A03

PRIMAVERA C 1 - 7

8,113.61

5

AVENIDA

455

5-A04

PEDRO VENTURO C 1-7

6,808.46

5

AVENIDA

456

5-A05

CAMINOS DEL INCA C1 - C13

6,524.16

5

AVENIDA

457

5-A06

HIGUERETA C1 - C6

5,449.74

5

AVENIDA

458

5-A07

DEL PINAR C 1

1,985.70

5

AVENIDA

459

5-A08

VALLE DEL SUR C 1-4

1,872.20

5

AVENIDA

460

5-A09

GERONA C 1 - 8

1,200.00

5

AVENIDA

461

5-A10

INTIHUATANA C 1-4

4,000.00

5

TRIANGULO

462

5-T01

TRIANGULO SANTA MARIA II

238

5

TRIANGULO

463

5-T02

TRIANGULO DEL PARQUE LOS INGENIEROS

82.99

5

TRIANGULO

464

5-T03

TRIANGULO STA. ROSA

40.77

5

TRIANGULO

465

5-T04

OVALO HIGUERETA

78.5

5

TRIANGULO

466

5-T05

ROSA MISTICA

22

5

OVALO

467

5-O01

CRUZ DEL SUR

45.34

5

LATERAL

468

5-L01

PQUE. AVIACION

500

5

LATERAL

469

5-L02

CALLE GALAXIAS/AV. HIGUERETA

200

5

LATERAL

470

5-L03

AV. CAMINOS DEL INCA C 2

300

5

LATERAL

471

5-L04

C. MONTERREY

70

5

LATERAL

472

5-L05

CALLE ALMERIA

60

5

LATERAL

473

5-L06

CALLE ALICANTE

70

5

ARBOLEDA

474

5-B01

EL TRIGAL

150

5

PASAJE

475

5-S01

LOS GERANEOS (EX-PRIMAVERA)

841.5

5

PASAJE

476

5-S02

PALMA DE MAYORCA

300

5

PASAJE

477

5-S03

KENKO

300

5

PASAJE

478

5-S04

PISAC

600

5

PASAJE

479

5-S05

LA PAMPILLA

300

5

PASAJE

480

5-S06

VALENZUELA (C 2 AV. VENTURO)

300

5

PASAJE

481

5-S07

ANGELA RAMOS (C 47 AVIACION)

125

5

PASAJE

482

5-S08

LA JOYA

176

5

PASAJE

483

5-S09

GALEANO

120

5

PASAJE

484

5-S10

VALLES DEL SUR C 3

250

5

PASAJE

485

5-S11

SAN JUAN

300

5

PASAJE

486

5-S12

CANARIAS

180

5

PASAJE

487

5-S13

SEGOVIA

200

5

PASAJE

488

5-S14

ASTURIAS

200

6

PARQUE

489

6-P01

DR.ERNESTO GIUSTI ACUÑA(GARDENIAS)

22,446.26

6

PARQUE

490

6-P02

CESAR VALLEJO ( EX- PEDRO CANGA)

19,170.24

6

PARQUE

491

6-P03

MOCHICA

12,407.50

6

PARQUE

492

6-P04

BELLA LUZ

9,803.68

6

PARQUE

493

6-P05

CHABUCA GRANDA

10,110.36

6

PARQUE

494

6-P06

CMDTE JUAN BIELOVUCHIC CAVALIE

8,097.08

6

PARQUE

495

6-P07

MORRO SOLAR

3,566.61

6

PARQUE

496

6-P08

LUIS MIROQUESADA

3,437.93

6

PARQUE

497

6-P09

FRANCO PERUANO

2,131.91

6

PARQUE

498

6-P10

LAS TRADICIONES

1,655.37

6

PARQUE

499

6-P11

JUAN PABLO II

1,568.89

6

PARQUE

500

6-P12

MONTE REAL

714.9

6

AVENIDA

501

6-A01

LOS PRECURSORES C1 - C7

4,306.86

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

6

AVENIDA

502

6-A02

CAMINOS DEL INCA C13 - C19

5,023.68

6

AVENIDA

503

6-A03

VELASCO ASTETE C10 - C20

19,228.26

6

AVENIDA

504

6-A04

BENAVIDES C48 - C54

4,760.28

6

AVENIDA

505

6-A05

DEL SUR C1 - C3

2,383.56

6

AVENIDA

506

6-A06

REYNALDO DE VIVANCO C1 - C5

3,282.93

6

AVENIDA

507

6-A07

MORRO SOLAR C 1-13

12,442.95

6

AVENIDA

508

6-A08

MONTERRICO CHICO C1 - C6

913.57

6

AVENIDA

509

6-A09

PRIMAVERA C 8-10

5,264.32

6

TRIANGULO

510

6-T01

AV. BENAVIDES

1,899.13

6

TRIANGULO

511

6-T02

PQUE. CESAR VALLEJO

702.59

6

TRIANGULO

512

6-T03

CALLE BATALLON CALLAO

442

6

TRIANGULO

513

6-T04

BIELOVUCHIC

28.75

6

TRIANGULO

514

6-T05

MORRO SOLAR

149.51

6

TRIANGULO

515

6-T06

CALLE BATALLON TARMA

212.82

6

TRIANGULO

516

6-T07

PANCHO FIERRO

1,118.78

6

TRIANGULO

517

6-T08

TALUD CIRCUNVALACION

1,516.25

6

TRIANGULO

518

6-T09

CALLE MONTE UMBROSO

47.4

6

TRIANGULO

519

6-T10

AV. VELASCO ASTETE C

14.86

6

TRIANGULO

520

6-T11

AV. SAN JUAN-TRINITARIAS

246.16

6

TRIANGULO

521

6-T12

LAS TRADICIONES

94.76

6

TRIANGULO

522

6-T13

MIROQUESADA

149.06

6

OVALO

523

6-O01

AV. REYNALDO VIVANCO

337.85

6

ISLA

524

6-I01

CALLE BATALLON TARMA

518.8

6

ISLA

525

6-I02

PSJE FRANCO PERUANO

59.09

6

ISLA

526

6-I03

PSJE MARCAVILCA

38.48

6

LATERAL

527

6-L01

AV. SAN JUAN C 5

32.22

6

LATERAL

528

6-L02

AV. VELASCO ASTETE C-10

40.00

6

PASAJE

529

6-S01

BATALLON LA MAR (AV.CAMINOS DEL INCA)

977.83

6

PASAJE

530

6-S02

MONTE CANELO (AV. DEL SUR)

1,063.56

6

PASAJE

531

6-S03

(BARTOLOME HERRERA =ADICIONO BATALLON LA MAR

300

6

PASAJE

532

6-S04

BELISARIO CARRILLO PQUE. GARDENIAS

534.27

6

PASAJE

533

6-S05

BOTONEROS C 3 (PJ. ENRIQUE NERINI)

422.12

6

PASAJE

534

6-S06

LOS ALGUACILES C 5

498.02

6

PASAJE

535

6-S07

MONTE HERMOSO (CONDE DE LA VEGA C 1)

1,441.28

6

PASAJE

536

6-S08

MERCURIO PERUANO C 1

714.54

6

PASAJE

537

6-S09

MONTE MOLIN ANTES M.VIDAURRE C 1

774.1

6

PASAJE

538

6-S10

HIPOLITO UNANUE

774.1

6

PASAJE

539

6-S11

MONTE LIBANO(MONTE UMBROSO C 1)

548.92

6

PASAJE

540

6-S12

LLANO ZAPATA C 1

570.29

6

PASAJE

541

6-S13

REYNALDO VIVANCO C 3

190.22

6

PASAJE

542

6-S14

TNTE DAVID LEON

510.73

6

ANDEN

543

6-N01

PUENTE PRIMAVERA

836.32

7

PARQUE

544

7-P01

LA LAGUNA (CONDOMINIO)

16,938.77

7

PARQUE

545

7-P02

JHON F. KENNEDY (LA ESPERANZA)

1,868.22

7

PARQUE

546

7-P03

MY FAP MIGUEL ALEGRE RODRIGUEZ(O SAN IGNACIO)

21,772.00

7

PARQUE

547

7-P04

TC. FAP ARTURO CABALLERO ORREGO (CTAL V.H.)

20,667.51

7

PARQUE

548

7-P05

JACARANDA

12,207.93

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

7

PARQUE

549

7-P06

EL PRADO (COND)

7,348.75

7

PARQUE

550

7-P07

LOS ALAMOS CALLE 3 (1)

9,051.50

7

PARQUE

551

7-P08

CONSTANTIN STURNER (LAS DALIAS)

10,102.57

7

PARQUE

552

7-P09

GRAL FAP MARCO ANTONIO SCHENONE OLIVA

13,640.59

7

PARQUE

553

7-P10

EL RECUERDOS I ( 18)

5,614.03

7

PARQUE

554

7-P11

LA BOTA (CONDOMINIO)

1,842.74

7

PARQUE

555

7-P12

MADRE SELVA II (CONDOMINIO)

562.26

7

PARQUE

556

7-P13

MY GRAL FAP ARMANDO REVOREDO IGLESIAS

7,315.81

7

PARQUE

557

7-P14

LOS ALAMOS CALLE (3)

2,427.53

7

PARQUE

558

7-P15

LAS CASUARINAS

9,210.81

7

PARQUE

559

7-P16

MIGUEL GRAU

4,920.92

7

PARQUE

560

7-P17

EL MIRADOR

3,991.28

7

PARQUE

561

7-P18

ELOISA ANGULOLA CRIOLLITA

5,929.90

7

PARQUE

562

7-P19

BELLATRIX (CONDOMINIO)

4,983.49

7

PARQUE

563

7-P20

LAS AZUCENAS

5,762.18

7

PARQUE

564

7-P21

INGENIEROS DE VALLE HERMOSO

7,031.72

7

PARQUE

565

7-P22

HORACIO PATIÑO (CONDOMINIO)

4,616.08

7

PARQUE

566

7-P23

CAPITAN BRAZ DIAZ DE AGUIAR

3,934.75

7

PARQUE

567

7-P24

SAN DEMETRIO (SANTUARIO ARQUIDIOCESANO DE LA VIRGEN)

2,935.92

7

PARQUE

568

7-P25

LAS COLINAS DE MONTERRICO (CONDOMINIO)

3,177.63

7

PARQUE

569

7-P26

LAS CUCARDAS

464.22

7

PARQUE

570

7-P27

HUERTOS DE SAN ANTONIO (CONDOMINIO)

7,989.39

7

PARQUE

571

7-P28

VIRGEN DEL ROSARIO I

403.6

7

PARQUE

572

7-P29

EL EUCALIPTO (CONDOMINIO)

3,307.92

7

PARQUE

573

7-P30

BRITANICO (CONDOMINIO)

3,666.85

7

PARQUE

574

7-P31

PRIMAVERA II (CONDOMINIO)

2,359.69

7

PARQUE

575

7-P32

INMACULADA CONCEPCION

1,574.02

7

PARQUE

576

7-P33

UNIDOS POR LA AMISTAD

1,763.54

7

PARQUE

577

7-P34

SAN MARTIN

2,026.17

7

PARQUE

578

7-P35

LA PERGOLA ( 17)

1,860.48

7

PARQUE

579

7-P36

MARIANO

2,069.26

7

PARQUE

580

7-P37

TAMBO DE ORO (CONDOMINIO) -(GRAU)

1,688.86

7

PARQUE

581

7-P38

LA PLAZA

2,199.71

7

PARQUE

582

7-P39

PRIMAVERA I (CONDOMINIO)

2,513.47

7

PARQUE

583

7-P40

PAUL HARRIS FELLOW

1,944.13

7

PARQUE

584

7-P41

JUAN MEJIA BACA

4,875.98

7

PARQUE

585

7-P42

EL PEDREGAL (CONDOMINIO)

1,486.29

7

PARQUE

586

7-P43

MARIANO SANTOS MATEO

9,824.39

7

PARQUE

587

7-P44

VIRGEN PURISIMA

1,464.99

7

PARQUE

588

7-P45

EL RECUERDOS II ( 16)

2,064.64

7

PARQUE

589

7-P46

EL HERRAJE

2,099.18

7

PARQUE

590

7-P47

LOS ALAMOS CALLE 3 (2)

742.32

7

PARQUE

591

7-P48

LA CASCADA

893.55

7

PARQUE

592

7-P49

EL ALTILLO

433.63

7

PARQUE

593

7-P50

LOS ALAMOS INTERIOR 1

961.16

7

PARQUE

594

7-P51

LOS ALAMOS INTERIOR 2

897.34

7

PARQUE

595

7-P52

ANDENES DE SANTA TERESA

2,833.34

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

7

PARQUE

596

7-P53

CASUARINAS SUR

1,657.77

7

PARQUE

597

7-P54

MAESTRO BELGA

1,214.35

7

PARQUE

598

7-P55

MADRE SELVA I (CONDOMINIO)

2,061.44

7

PARQUE

599

7-P56

CRISTOBAL DE PERALTA SUR (PUENTE)

866.02

7

PARQUE

600

7-P57

EL DEPORTE - LOS ALAMOS

1,035.29

7

PARQUE

601

7-P58

EL MIRADOR DE LA INMACULADA

2,140.04

7

PARQUE

602

7-P59

VIRGEN DEL ROSARIO II

363.67

7

PARQUE

603

7-P60

SANTA RITA (CONDOMINIO)

816.42

7

PARQUE

604

7-P61

FRANCIA

2,727.38

7

PARQUE

605

7-P62

NN

2,132.48

7

PARQUE

606

7-P63

CASUARINAS SUR PARTE ALTA (NN)

1,748.65

7

PARQUE

607

7-P64

CASUARINAS SUR PARTE ALTA (NN)

1,661.00

7

AVENIDA

608

7-A01

CRISTOBAL DE PERALTA SUR C 1-14

15,800.24

7

AVENIDA

609

7-A02

CENTRAL LOS ALAMOS

7,348.06

7

AVENIDA

610

7-A03

CIRCUNVALACION SAN IGNACIO C 1-

5,418.87

7

AVENIDA

611

7-A04

INGENIEROS O VALLE HERMOSO C 1-C 9

7,880.83

7

AVENIDA

612

7-A05

PRIMAVERA C 11 - 22

5,033.97

7

AVENIDA

613

7-A06

CALLE MARCONA C 1 - 2

1,515.06

7

AVENIDA

614

7-A07

VALLE HERMOSO C 1- 9 O INGENIEROS

4,697.30

7

AVENIDA

615

7-A08

CASUARINAS C 1--4

1,853.93

7

AVENIDA

616

7-A09

BUGANVILLEAS C 1- 5

1,800.56

7

AVENIDA

617

7-A10

ENCALADA C 1-4

1,585.29

7

AVENIDA

618

7-A11

BENAVIDES (GREVILLEA)

460.77

7

AVENIDA

619

7-A12

¨B¨ (EL ALTILLO O HERRAJES)

1,016.78

7

AVENIDA

620

7-A13

AGUSTIN LA ROSA LOZANO

2,075.80

7

AVENIDA

621

7-A14

CERRO GRANDE

296.45

7

ARBOLEDA

622

7-B01

VILLA REPORTEROS GRAFICOS

130.19

7

ARBOLEDA

623

7-B02

CALLE LAS CANTUTAS

110

7

ISLA

624

7-I01

AV. TOMASAL C

184.33

7

LATERAL

625

7-L01

AV. TOMASAL

2,073.32

7

LATERAL

626

7-L02

CALLE LOS ALAMOS (ESAM) Y SEGURIDAD

2,808.96

7

LATERAL

627

7-L03

AV. PRIMAVERA C 26-27

1,144.22

7

LATERAL

628

7-L04

AV. ALONSO DE LA MOLINA C 8

197.03

7

LATERAL

629

7-L05

AV. ALONSO DE LA MOLINA C 10

920.11

7

LATERAL

630

7-L06

CALLE TAMBO REAL

920.11

7

LATERAL

631

7-L07

AV. JACARANDA

548.58

7

LATERAL

632

7-L08

CALLE CASCAJAL

259.98

7

LATERAL

633

7-L09

ENTRADA PRINCIPAL COND CASUARINAS

541.23

7

LATERAL

634

7-L10

LATERAL LAS CAMPANILLAS

889.89

7

LATERAL

635

7-L11

LATERAL PAMPA DE LAS OLLAS

32.17

7

LATERAL

636

7-L12

LATERAL JIRON PAMPA DE NAZCA

45.42

7

LATERAL

637

7-L13

LATERAL JIRON FEDERICO CHOPIN

1,901.24

7

LATERAL

638

7-L14

LATERAL CERRO PRIETO

127.6

7

LATERAL

639

7-L15

LATERAL CERRO VERDE

377.04

7

LATERAL

640

7-L16

LATERAL CERRO RICO

326.12

7

LATERAL

641

7-L17

LATERAL DANIEL ALOMIA ROBLES

923.41

7

ANDEN

642

7-N01

PUENTE PRIMAVERA

502.85

7

ANDEN

643

7-N02

ESCALERA LA CANTERA

375.12

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

7

ANDEN

644

7-N03

ESCALERA SAN FRANCISCO

631.58

7

ANDEN

645

7-N04

ESCALERA CASCAJAL

482.83

7

OVALO

646

7-O01

AV. PRIMAVERA C 24

732.89

7

OVALO

647

7-O02

MZ BK- 1 - ALAMOS

407.48

7

OVALO

648

7-O03

MZ BK- 2 - ALAMOS

227.98

7

OVALO

649

7-O04

CALLE 3 ALAMOS

47.78

7

OVALO

650

7-O05

CALLE A C 1 ALAMOS

610.98

7

OVALO

651

7-O06

CALLE 6-7 ALAMOS

8

7

OVALO

652

7-O07

LA CUMBRE

46.56

7

OVALO

653

7-O08

LA LADERA CDA 5

20

7

OVALO

654

7-O09

BELLAVISTA

29.41

7

OVALO

655

7-O10

EL CASACAJAL CALLE 1

30.19

7

OVALO

656

7-O11

EL CASACAJAL

52.04

7

OVALO

657

7-O12

OVALO FRANZ SHUBERT

45.84

7

OVALO

658

7-O13

TOMASAL

0

7

PASAJE

659

7-S01

CASUARINAS

687.51

7

PASAJE

660

7-S02

LOS POCHOS

329.65

7

PASAJE

661

7-S03

SAN FERNANDO

314.24

7

PASAJE

662

7-S04

DOMINGO DE LA PRESA

422.68

7

PASAJE

663

7-S05

VALLE HERMOSO

297.22

7

PASAJE

664

7-S06

EL CERRITO

182.29

7

PASAJE

665

7-S07

TOMASAL

200

7

PASAJE

666

7-S08

LUPINO

501.8

7

PASAJE

667

7-S09

LOS ARAMOS

519.34

7

PASAJE

668

7-S10

PASAJE BOSQUE DE CONIFERAS

376.07

7

PASAJE

669

7-S11

JIRON HERMANOS SANTOS GARCIA

929.52

7

PASAJE

670

7-S12

LOS URBANISTAS

181.67

7

PASAJE

671

7-S13

LOS MARINOS

103.42

7

PASAJE

672

7-S14

LOS MILITARES

122.73

7

PASAJE

673

7-S15

LA PRADERA

153.21

7

PASAJE

674

7-S16

LA ESCULTURA

72.45

7

PASAJE

675

7-S17

NN

214.26

7

PASAJE

676

7-S18

LOS ECONOMOS

121.05

7

PASAJE

677

7-S19

LOS INDUSTRIALES

120.81

7

PASAJE

678

7-S20

LAS BELLOTAS

120.81

7

PASAJE

679

7-S21

CERRO DORADO

1,098.66

7

PASAJE

680

7-S22

PAROBAMBA

276.25

7

PASAJE

681

7-S23

EL MADROÑO

53.92

7

PASAJE

682

7-S24

LOS BREZOS

137.12

7

TRIANGULO

683

7-T01

AV. INGENIEROS O V.H. C 7

262.18

7

TRIANGULO

684

7-T02

CALLE DOMINGO DE LA PRESA I

328.93

7

TRIANGULO

685

7-T03

CALLE DOMINGO DE LA PRESA II

27.94

7

TRIANGULO

686

7-T04

AV. BENAVIDES

130.28

7

TRIANGULO

687

7-T05

AV. INGENIEROS O V.H. C 4

310.56

7

TRIANGULO

688

7-T06

ARKETIPO

417.54

7

TRIANGULO

689

7-T07

P. MARIANO

500

7

TRIANGULO

690

7-T08

AV. B. (ALAMOS)

73.12

7

TRIANGULO

691

7-T09

LA CUMBRE

200

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

7

TRIANGULO

692

7-T10

SAN FRANCISCO CDRA 7

29.76

7

TRIANGULO

693

7-T11

LA CUESTA

35.4

7

TRIANGULO

694

7-T12

LA CIMA

26.73

7

TRIANGULO

695

7-T13

LA CASITA

124.41

7

TRIANGULO

696

7-T14

LA PONCIANA

134.3

7

TRIANGULO

697

7-T15

BELLAVISTA C 1

31.16

7

TRIANGULO

698

7-T16

TRIANGULO REVOREDO

198.62

7

TRIANGULO

699

7-T17

TRIANGULO JUAN MEJIA BACA

439.77

7

TRIANGULO

700

7-T18

TRIANGULO LA HOYADA

33.89

7

TRIANGULO

701

7-T19

LAS LADERAS

150.28

7

TRIANGULO

702

7-T20

GREVILLEA

107.63

8

PARQUE

703

8-P01

EL RECUERDO (CONDOMINIO)

1,123.97

8

PARQUE

704

8-P02

LA PERGOLA (CONDOMINIO)

1,630.11

8

PARQUE

705

8-P03

EL DERBY

5,632.06

8

PARQUE

706

8-P04

POLO SUR (CONDOMINIO)

2,527.82

8

PARQUE

707

8-P05

EDUARDO LOPEZ DE ROMAÑA

4,792.11

8

PARQUE

708

8-P06

JOSE DE GUADALUPE MUJICA GALLO

3,932.14

8

PARQUE

709

8-P07

DEL LEONISMO

13,312.89

8

PARQUE

710

8-P08

HUMBERTO CABRERA CACERES

6,243.95

8

PARQUE

711

8-P09

LAS FLORES

3,174.77

8

PARQUE

712

8-P10

JOSE DE LA PUENTE OLAVEGOYA

11,903.55

8

PARQUE

713

8-P11

NEPTUNO

9,551.05

8

PARQUE

714

8-P12

LOS CISNES (CONDOMINIO)

1,311.31

8

PARQUE

715

8-P13

S/N (TANQUE PEDRO DE CANDIA)

1,419.13

8

PARQUE

716

8-P14

CAYALTI

5,312.68

8

PARQUE

717

8-P15

POLO HUNT (CONDOMINIO)

952.73

8

PARQUE

718

8-P16

ALDEBARAN (CONDOMINIO)

2,013.89

8

PARQUE

719

8-P17

FAUSTINO SANCHEZ CARRION

4,625.97

8

PARQUE

720

8-P18

LOS TRECE DEL GALLO

3,112.87

8

PARQUE

721

8-P19

LOS DURAZNOS (CONDOMINIO)

952.73

8

PARQUE

722

8-P20

SAN IDELFONSO I -PARQUE 1 (COND)

1,458.43

8

PARQUE

723

8-P21

SAN IDELFONSO II -PARQUE 2 (COND)

768.09

8

PARQUE

724

8-P22

ARABE PALESTINO

962.91

8

PARQUE

725

8-P23

MARIA AUXILIADORA(STMA VIRGEN DE MARIA)

6,567.27

8

PARQUE

726

8-P24

EL ROCIO DEL GOLF 1 (CONDOMINIO)

1,133.58

8

PARQUE

727

8-P25

EL ROCIO DEL GOLF 2 (CONDOMINIO)

370.11

8

PARQUE

728

8-P26

SAN IDELFONSO

1,378.00

8

PARQUE

729

8-P27

CARLOS MALPICA (CONDOMINIO)

2,581.77

8

PARQUE

730

8-P28

FRANCISCO BOLOGNESI

3,277.92

8

PARQUE

731

8-P29

S/N - LOS TULIPANES

1,682.68

8

PARQUE

732

8-P30

STELA MARIS

10,026.73

8

PARQUE

733

8-P31

LOS PROCERES (COND CERRADO)

4,794.19

8

PARQUE

734

8-P32

DE LA PAZ (LA PASCANA)

2,175.90

8

PARQUE

735

8-P33

LA HACIENDA

1,175.36

8

PARQUE

736

8-P34

ALDEBARAN CUADRA 3

423.15

8

AVENIDA

737

8-A01

AV. ENCALADA C 5 -17

6,377.87

8

AVENIDA

738

8-A02

AV. COLECTORA O LIMA POLO

2,620.92

8

AVENIDA

739

8-A03

AV. MANUEL OLGUIN

7,417.86

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

8

AVENIDA

740

8-A04

AV. EL DERBY

5,727.73

8

AVENIDA

741

8-A05

AV. EVITAMIENTO 0 BRIGADIERES

1,088.79

8

AVENIDA

742

8-A06

AV. GOLF LOS INCAS

11,614.31

8

AVENIDA

743

8-A07

AV. NICOLAS RODRIGO

2,660.40

8

AVENIDA

744

8-A08

AV. JAVIER PRADO

7,220.09

8

AVENIDA

745

8-A08

JAVIER PRADO

1,210.91

8

AVENIDA

746

8-A08

JAVIER PRADO

7,470.32

8

AVENIDA

747

8-A08

JAVIER PRADO

2,629.90

8

AVENIDA

748

8-A09

CRISTOBAL DE PERALTA NORTE

5,673.68

8

TRIANGULO

749

8-T01

CEIBO

51.94

8

TRIANGULO

750

8-T02

ORION

722.98

8

TRIANGULO

751

8-T03

RAUL FERRERO / GOLF LOS INCAS

304.83

8

TRIANGULO

752

8-T04

UNIVERSIDAD LIMA

443.23

8

TRIANGULO

753

8-T05

NICOLAS RODRIGO

127.6

8

TRIANGULO

754

8-T06

GOLF DE LOS INCAS

510.55

8

TRIANGULO

755

8-T07

VIA LACTEA / AV. OLGUIN

297.79

8

TRIANGULO

756

8-T08

EL BUEN RETIRO /EL POLO/GOLF D´INCAS

299.39

8

TRIANGULO

757

8-T09

CALLE C / AV. ENCALADA

105.9

8

TRIANGULO

758

8-T10

EL CORTIJO / EL POLO

118.47

8

TRIANGULO

759

8-T11

CALLE C / AV. PRIMAVERA

384.25

8

TRIANGULO

760

8-T12

BOULEVARD

28.06

8

TRIANGULO

761

8-T13

EL POLO C 9

85.27

8

TRIANGULO

762

8-T14

EL CORTIJO C 3

118.47

8

TRIANGULO

763

8-T15

CAYALTI

717.01

8

TRIANGULO

764

8-T16

JOSE DE LA PUENTE

184.51

8

TRIANGULO

765

8-T17

LANCEROS CON LIBANO

675.81

8

TRIANGULO

766

8-T18

EL RUBI

326.42

8

TRIANGULO

767

8-T19

TRES MARIAS

333.81

8

TRIANGULO

768

8-T20

ESPINELA

74.55

8

TRIANGULO

769

8-T21

ARABE PALESTINO 2

1,071.83

8

TRIANGULO

770

8-T22

CORTIJO Y M.OLGUIN

15.69

8

OVALO

771

8-O01

VIA LACTEA

447.34

8

OVALO

772

8-O02

CRUZ DEL SUR

134.15

8

OVALO

773

8-O03

WUEBERVAHUER

399.39

8

OVALO

774

8-O04

MONITOR

5,637.56

8

OVALO

775

8-O05

PIGNEROLO

51.35

8

OVALO

776

8-O06

P. STELA MARIS

158.03

8

OVALO

777

8-O07

AGATTAS

50.82

8

OVALO

778

8-O08

ZAFIROS

15.82

8

OVALO

779

8-O09

RUBI-CERRO CAMACHO

25.55

8

OVALO

780

8-O10

LAS TUMALINAS

82.51

8

ISLA

781

8-I01

CLUB GOLF DE LOS INCAS(SESION EN USO)

55,000.00

8

LATERAL

782

8-L01

OVALO MONITOR Y EXTREMOS

1,339.34

8

LATERAL

783

8-L02

JR LANCEROS C 1-2

2,399.79

8

LATERAL

784

8-L03

JR FCO DE CUELLAR

1,194.13

8

LATERAL

785

8-L04

AV. PRIMAVERA C 23

427.28

8

LATERAL

786

8-L05

AV. EL DERBY

1,194.30

8

LATERAL

787

8-L06

AV. ENCALADA

410.16

SECTOR

TIPO

Nº

CODIGO

DENOMINACION

AREA (m2)

8

LATERAL

788

8-L07

PIO X II

913.45

8

LATERAL

789

8-L08

CERRO CAMACHO

409.38

8

LATERAL

790

8-L09

AV. RAUL FERRERO

245.67

8

LATERAL

791

8-L10

AV. MANUELOLGUIN

6,511.75

8

LATERAL

792

8-L11

AV. CLUB GOLF DE LOS INCAS

2,986.90

8

LATERAL

793

8-L12

CALLE ZAFIROS

349.57

8

LATERAL

794

8-L13

AV. CIRCUNVALACION GOLF DE LOS INCAS

8,173.83

8

ARBOLEDA

795

8-B01

RAUL FERRERO

600

8

ANDEN

796

8-N01

PUENTE PRIMAVERA

595.72

8

PASAJE

797

8-S01

JOSE MUJICA GALLO

637.63

8

PASAJE

798

8-S02

MONTONEROS

245.61

8

PASAJE

799

8-S03

MOROCHUCOS

244.61

8

PASAJE

800

8-S04

SAN IGNACIO

275.74

8

PASAJE

801

8-S05

CARMELO C 2

298.19

8

PASAJE

802

8-S06

CAYALTI C 3

235.52

8

PASAJE

803

8-S07

POLO SUR

250.73

8

PASAJE

804

8-S08

SAN CAMILO

151.58

8

PASAJE

805

8-S09

EL CARMELO

283.24

8

PASAJE

806

8-S10

EL ALAMO

293.8

8

PASAJE

807

8-S11

MARIA AUXILIADORA

378.8

8

PASAJE

808

8-S12

JUAN DE LA TORRE

276.56

8

PASAJE

809

8-S13

GERONIMO DE ALIAGA C 3

317.74

8

PASAJE

810

8-S14

CRISTOBAL DE PERALTA NORTE C 2

351.94

8

PASAJE

811

8-S15

VALLE HERMOSO

154.7

9

PARQUE

812

9-P01

BUENOS AIRES DE VILLA

1,800.00

9

PARQUE

813

9-P02

CORAZON DE JESUS

960

9

PARQUE

814

9-P03

03 DE OCTUBRE

8,000.00

9

PARQUE

815

9-P04

DELICIAS DE VILLA

4,000.00

9

PARQUE

816

9-P05

SANTA ISABEL DE VILLA

8,000.00

9

PARQUE

817

9-P06

MATEO PUMACAHUA

10,000.00

9

PARQUE

818

9-P07

LAS FLORES DE VILLA (MZ V-W)

843.75

9

PARQUE

819

9-P08

LA AMISTAD DE VILLA (MZ T-X)

492.18

9

PARQUE

820

9-P09

LAS BRISAS DE VILLA

1,237.50

9

PARQUE

821

9-P10

MIRADOR DE LAS BRISAS (LA CRUZ)

2,436.88

9

PARQUE

822

9-P11

TUPAC AMARU DE VILLA (LAT ESTADIO)

2,000.00

9

PARQUE

823

9-P12

CENTENARIO

8,000.00

9

PARQUE

824

9-P13

SERENO JULIO BARZOLA

1,056.00

9

PARQUE

825

9-P14

SAN JUAN DE LA LIBERTAD

2,621.00

9

PARQUE

826

9-P15

SEÑOR DE LOS MILAGROS

1,180.00

9

PARQUE

827

9-P16

MICAELA BASTIDAS

8,812.00

9

PARQUE

828

9-P17

SANTA ROSA

444.00

9

PARQUE

829

9-P18

UMAMARCA

2,781.00

9

PARQUE

830

9-P19

MARGARITA

1,540.00

9

PARQUE

831

9-P20

SAN PEDRO

960.00

9

PARQUE

832

9-P21

ALBERTO ANDRADE

696.00

9

PARQUE

833

9-P22

COCHARCAS ALTO

2,272.00

9

PARQUE

834

9-P23

LA FAMILIA

72.00

9

PARQUE

835

9-P24

LAS PALMERAS

240.00

9

PARQUE

836

9-P25

LOS MOLLES

500.00

9

PARQUE

837

9-P26

LOS JAZMINES

1,400.00

9

PARQUE

838

9-P27

GADENIAS

510.00

9

AVENIDA

839

9-A01

VISTA ALEGRE

618

9

AVENIDA

840

9-A02

SEÑOR DE LOS MILAGROS

400

9

AVENIDA

841

9-A03

SANTA ROSA

582.00

9

AVENIDA

842

9-A04

SAN JUAN DE LA 1 A LA 16

3,480.00

9

AVENIDA

843

9-A05

06 DE AGOSTO DE CDRA. 1 A CDRA. 5

357.00

9

TRIANGULO

844

9-T01

LA BRISAS

119.80

9

TRIANGULO

845

9-T02

SANTA ROSA

880.00

9

TRIANGULO

846

9-T03

CORAZON DE JESUS

100.00

9

ISLA

847

9-I01

SANTA ROSA

78.00

9

ISLA

848

9-I02

LAS BRISAS

70.00

9

LATERAL

849

9-L01

ALAMEDA DEL MIRADOR

300

9

LATERAL

850

9-L02

LOCAL COMUNAL BRISA DE VILLA

241

9

LATERAL

851

9-L03

POSTA MATEO

756.00

9

LATERAL

852

9-L04

AGENCIA 03 DE OCTUBRE

16.00

9

LATERAL

853

9-L05

AGENCIA BUENOS AIRES

62.00

9

LATERAL

854

9-L06

COLEGIO MATEO

137.00

9

LATERAL

855

9-L07

LOZA DEPORTIVA MATEO

340.00

9

LATERAL

856

9-L08

LOCAL COMUNAL DE MATEO

470.00

9

LATERAL

857

9-L09

LOCAL DE LAS BRISAS

30.00

TOTAL AREAS VERDES (m2)

2,324,404.85

Nota; Sin estadio y cementerio

[1] Camionetas alquiladas mediante la Adenda al Contrato 30-2022-GAF-MSS ““Contratación de servicio integral de sistema de vigilancia de seguridad ciudadana que incluye unidades móviles con cámara de video para la seguridad ciudadana de la Municipalidad de Santiago de Surco

[2] Derivado del proceso logístico C.P. 04-2022-CS-MSS

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