Aprueban veintiséis (26) Fichas Técnicas del rubro Componentes y suministros de fabricación, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, y modifican una Ficha Técnica
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000169-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA
San Isidro, 20 de diciembre del 2023
VISTOS:
El Informe N° 000213-2023-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 30 de noviembre de 2023, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y el Informe N° 000355-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 13 de diciembre de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y;
CONSIDERANDO:
Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018;
Que, el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, así como los Documentos de Información Complementaria de los rubros a los que corresponden, a los que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;
Que, el Anexo N° 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;
Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común;
Que, el numeral 8.5 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que, para los efectos de la generación y aprobación de una Ficha Técnica, PERÚ COMPRAS, a través de la Dirección de Estandarización y Sistematización, podrá solicitar información u opinión técnica a entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea, bajo responsabilidad; asimismo, indica que PERÚ COMPRAS comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan verificar la calidad del bien o servicio;
Que, los numerales 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señalan que, la Dirección de Estandarización y Sistematización, pre publicará en el Portal Institucional de PERÚ COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados proyectos de Fichas Técnicas se pre publicarán, durante el mismo período, a través del SEACE, donde estará habilitado un formulario electrónico para recibir sugerencias y/o recomendaciones, alternativamente a otras vías; y, una vez transcurrido el mencionado plazo, la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS evaluará las sugerencias y/o recomendaciones recibidas, para lo cual podrá solicitar opinión técnica o información complementaria a las entidades competentes, las que deberán responder a lo solicitado de manera idónea y oportuna, bajo responsabilidad;
Que, de otro lado, el numeral 8.14 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que, PERÚ COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, previo sustento técnico;
Que, respecto al Documento de Información Complementaria establecido en el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento, conforme lo dispuesto en el numeral 8.9 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, es el Documento de Orientación que contiene los requisitos mínimos obligatorios relacionados al proveedor del bien o servicio y los aspectos relacionados a la certificación de su calidad, obligatorios o facultativos, según sea el caso, los cuales pueden incluir aspectos de muestreo y ensayos, así como las referencias normativas y/o regulatorias de los mismos;
Que, de acuerdo con las Disposiciones Específicas de la Directiva, mediante Resolución Jefatural se aprueba el contenido definitivo de la Ficha Técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, su modificación o exclusión del citado Listado, así como la modificación de los Documentos de Información Complementaria; y su correspondiente publicación en la sede digital de PERÚ COMPRAS;
Que, mediante Informe N° 000213-2023-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización señala que evaluó la condición de bienes comunes de los productos de las Fichas Técnicas propuestas para su inclusión en el LBSC, conforme al siguiente detalle: i) se verificó la existencia de más de un proveedor en el mercado de los bienes objeto de evaluación; y ii) los bienes materia de evaluación cuentan con características usuales en el mercado, sustentadas en los documentos técnicos correspondientes; en ese sentido, concluye que, los productos objeto de análisis cumplen con la condición de bienes comunes, por lo que recomienda la aprobación de la inclusión de veintiséis (26) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Componentes y suministros de fabricación en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, a fin de contribuir a que las entidades realicen contrataciones eficientes;
Que, asimismo, la Dirección de Estandarización y Sistematización informa las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto por los numerales 8.5, 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva;
Que, de otro lado, la citada Dirección sustenta la modificación de una (1) ficha técnica vigente, correspondientes al rubro Componentes y suministros de fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; en base a aspectos de mejora, así como, en el marco de la implementación del Plan de Sostenimiento Programado, lo cual no afecta la condición de bien común del producto materia de evaluación;
Que, considerando las propuestas de inclusión y modificación de Fichas Técnicas del rubro Componentes y suministros de fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, corresponde la modificación del Documento de Información Complementaria;
Que, mediante Informe N° 000355-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, conforme al sustento técnico expuesto por la Dirección de Estandarización y Sistematización y de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable, resulta legalmente viable la inclusión y modificación de las Fichas Técnicas, así como la modificación del Documento de Información Complementaria del rubro Componentes y suministros de fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, propuestas por la citada Dirección;
Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar veintiséis (26) Fichas Técnicas del rubro Componentes y suministros de fabricación, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
N° |
DENOMINACIÓN DEL BIEN |
VERSIÓN |
1 |
ALAMBRE DE PÚAS CONVENCIONAL |
01 |
2 |
ALAMBRE DE PÚAS DE GIRO INVERSO |
01 |
3 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO |
01 |
4 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
5 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO |
01 |
6 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
7 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO |
01 |
8 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
9 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO |
01 |
10 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
11 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO |
01 |
12 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
13 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO |
01 |
14 |
GAVIÓN TIPO CAJA DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
15 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO |
01 |
16 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
17 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO |
01 |
18 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 10 cm x 12 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
19 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO |
01 |
20 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
21 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO |
01 |
22 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 6 cm x 8 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
23 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO |
01 |
24 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC + 10 % DE ALUMINIO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
25 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO |
01 |
26 |
GAVIÓN TIPO COLCHÓN DE MALLA HEXAGONAL 8 cm x 10 cm DE ALAMBRE CON RECUBRIMIENTO DE ZINC PURO Y REVESTIMIENTO DE PVC |
01 |
* Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: https://www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios-comunes.php
Artículo Segundo.- Modificar una (1) Ficha Técnica del rubro Componentes y suministros de fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
N° |
DENOMINACIÓN DEL BIEN |
VERSIÓN |
1 |
ALAMBRADO DE PÚAS |
07 |
* La Ficha Técnica podrá ser visualizada en el siguiente enlace web: https://www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios-comunes.php
Artículo Tercero.- Modificar el Documento de Información Complementaria del rubro Componentes y suministros de fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, cuya versión 07, forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo N° 03.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización realice la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE.
Artículo Quinto.- La Resolución Jefatural y sus Anexos se publican en la sede digital de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIJAIL VIZCARRA LLANOS
Jefe (e) de la Central de Compras
Públicas - PERÚ COMPRAS
2246994-1