Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno
ORDENANZA REGIONAL
Nº 029 2023-GRP-CRP
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día 14 de diciembre del año dos mil veintitrés, el Pleno del Consejo Regional, en atención al Dictamen Nº 001-2023-CRP/COE RIC-EAAP, ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 191° que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. (…)”; agregando en su artículo 192° que son competentes para entre otras funciones, “Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (…) salud y medio ambiente, conforme a ley”;
Que, conforme señalan los artículos 2°, 3° y 5° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, teniendo a su cargo la organización y conducción de la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, el inciso a) del artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, de conformidad al literal a) del artículo 9° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Que, mediante Acuerdo Regional N° 007-2023-GRP-CRP, se aprueba la conformación de la “Comisión Especial para Evaluar e Incorporar Normas al Reglamento Interno de Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno”, cuya finalidad es mejorar y fortalecer el funcionamiento y la organización interna del Consejo Regional;
Que, conforme al desarrollo de la agenda programada, se tiene como punto de agenda el Dictamen Nº 001-2023-CRP/COE RIC-EAAP, mediante el cual la Comisión Especial para Evaluar e Incorporar Normas al Reglamento Interno de Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, presenta el trabajo final de su estudio, señalando que la comisión ha evaluado la normativa existente en el Reglamento Interno del Consejo Regional para identificar posibles deficiencias, lagunas o áreas que requieran actualización de acuerdo con los cambios legislativos, necesidades actuales o lecciones aprendidas de experiencias anteriores. Además, señala que se ha considerado evaluar los procedimientos internos y las prácticas actuales del Consejo Regional para identificar oportunidades de mejora en términos de eficiencia, transparencia y participación;
Que, conforme al sustento del presidente de comisión, señala que el dictamen cuenta con el Informe Nº 001-2023-CEWPROIM/DE del Centro de Capacitación Productividad, Investigación y Marketing – CEPROIM, quien emite informe legal y técnico sobre el nuevo Reglamento Interno de Consejo Regional, comenzando por dar una nueva Estructura Funcional del nuevo Reglamento, considerando entre otros: los Principios Rectores. Título Preliminar, diez (10) Títulos, veintiocho (28) Capítulos y Ciento treinta y seis Artículos (136); además de considerar la derogatoria de la Ordenanza Regional N° 026-2018-GRP-CRP, que aprueba el actual Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno, concluyendo en su parte final para su correspondiente aprobación;
Que, conforme a los antecedentes de la documentación presentada, se tiene el Oficio Nº 643-2023-GR PUNO/CR/SCR mediante el cual Secretaria Técnica de Consejo Regional, remite el Informe Nº 01-2023-GR PUNO/CR/SCR, con el asunto Informe de evaluación de propuesta de Reglamento Interno de Consejo Regional, la misma que fue solicitada por la comisión especial, a fin de evaluar los aspectos legales como la conformidad con la legislación vigente, los procedimientos y garantías, los vacíos normativos, su identificación, recomendaciones para la inclusión; así como evaluación de la duplicidad de artículos, concluyendo que la propuesta de Reglamento Interno del Consejo Regional de Puno, demuestra una sólida base legal y estructural, asegurando un marco normativo claro y coherente que respalde las funciones y responsabilidades del Consejo Regional;
Que, conforme al sustento por parte del Presidente de la Comisión Especial, teniendo en consideración los antecedentes y los informes tanto de Secretaria Técnica de Consejo Regional y el Informe de CEPROIM, las cuales fungen en instrumentos técnicos - legales necesarios para la aprobación del Reglamento Interno, solicita la aprobación del dictamen y accesoriamente la emisión de la Ordenanza Regional correspondiente;
Que, el Pleno del Consejo Regional, conforme a la documentación alcanzada y las modificaciones propuestas por el Pleno del Consejo Regional, conforme señala el artículo 113° del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, se procede a realizar la votación entre sus miembros siendo aprobado con diecisiete votos a favor;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, la Ley 28961 y la Ley 31433, por mayoría legal;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno, instrumento normativo que consta de Principios Rectores del Reglamento Interno, Título Preliminar, diez (10) Títulos, veintiocho (28) Capítulos, ciento treinta y seis (136) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias, las cuales forman parte integral de la presente Ordenanza Regional.
Articulo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional N° 026-2018-GRP-CRP, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno.
Articulo Tercero.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación.
En Puno, a los 18 días del mes de diciembre del año 2023.
GOBIERNO REGIONAL PUNO
Alfredo Ucharico Uruchi
Presidente del Consejo Regional
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 19 días del mes de diciembre del año 2023
Richard Hancco Soncco
Gobernador Regional
2246791-1