Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio de Defensa

DECRETO SUPREMO

Nº 293-2023-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, con cargo a los recursos a los que se refiere el numeral 1 de la citada Disposición Complementaria Final, transferidos a favor de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar, entre otros, los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión pública, que solo comprende inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones cuya ejecución culmine en el año 2023; las que se aprueban mediante decreto supremo, a solicitud del Ministro del sector correspondiente y es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por los Ministros de los sectores solicitantes;

Que, el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante los Oficios Nº 04868-2023-MINDEF/SG, Nº 05845-2023-MINDEF/SG y Nº 00534-2023-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa, a requerimiento de la Marina de Guerra del Perú, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 71 640 000,00 (SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 SOLES), para financiar el proyecto de inversión “Mejoramiento y recuperación de los servicios operativos y portuarios de las Fuerzas Navales en el área de la Base Naval del Callao - Fase II del Plan Maestro, distrito de Callao – provincia Constitucional del Callao - departamento de Callao“ con CUI Nº 2491830, en el marco de la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión pública, señalado en el numeral 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00407-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 00144-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIPRI de la Dirección de Programación de Inversiones, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes;

Que, mediante el Memorando Nº 0572-2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que mediante el Informe Nº 0356-2022-EF/63.04, elaborado por la Dirección de Gestión de Inversiones, indica que el proyecto de inversión cuenta con el pronunciamiento de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Ministerio de Defensa respecto a lo dispuesto en el inciso 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, toda vez que cumple con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y con las normas técnicas aplicables al Sector; para lo cual remite información sobre la situación actual del citado proyecto en base a la información registrada en los aplicativos informativos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, la que no presentan comentarios;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 71 640 000,00 (SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para el financiamiento de lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y, en el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 71 640 000,00 (SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, para financiar el proyecto de inversión “Mejoramiento y recuperación de los servicios operativos y portuarios de las Fuerzas Navales en el área de la Base Naval del Callao - Fase II del Plan Maestro, distrito de Callao – provincia Constitucional del Callao - departamento de Callao“ con CUI Nº 2491830, en el marco de la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión pública, señalada en el numeral 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 71 640 000,00

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TOTAL EGRESOS 71 640 000,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 026 : M. de Defensa

UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional

PROYECTO 2491830 : Mejoramiento y recuperación de los servicios operativos y portuarios de las Fuerzas Navales en el área de la Base Naval del Callao – Fase II del Plan Maestro, distrito de Callao – provincia Constitucional del Callao – departamento de Callao

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6. Adquisición de Activos No Financieros 71 640 000,00

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TOTAL EGRESOS 71 640 000,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA

Ministro de Defensa

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

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