Autorizan viaje de servidor a Chile en calidad de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 428-2023-MPCH

San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 12 de octubre de 2023

VISTO:

El Informe Nº 001312-2023-MPCH/OGAF, del 05 de octubre de 2023 suscrito por el Jefe de la Oficina General de Administración y Finanzas; Oficio Nº 042-2023-MPCH-SITRAMUCH/SG, del 03 de octubre de 2023, emitido por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas – SITRAMUCH; e Informe Legal Nº 242-2023-MPCH/OGAJ, del 11 de octubre de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, entendiendo que dicha autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Oficio Circular Nº 01-2023-ULATMUN, del 05 de julio de 2023, la Unión Latinoamericana de Trabajadores Municipales (ULATMUN), la Federación Nacional de Trabajadores Municipales de Chile (FENTRAMUCH), la Confederación de Obreros y Empleados Municipales de Argentina (COEMA) y la Federación de Trabajadores Municipales del Perú (FETRAMUNP), convocan a los Presidentes/as y Secretarios Generales de las Federaciones y Confederaciones de Trabajadores/as Municipales de América Latina y El Caribe, al Primer Congreso de Trabajadores y Trabajadoras Municipales de Latinoamérica y El Caribe-año 2023, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, los días 16 al 20 de octubre de 2023, a iniciarse desde las 9 am del día 16 de octubre, con el registro de las bases y dirigentes participantes;

En ese contexto, con Oficio Nº 042-2023-MPCH-SITRAMUCH/SG, del 03 de octubre de 2023, el señor Will Sánchez Muñoz, en su condición de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas-SITRAMUCH, en mérito al quinto acuerdo de la negociación colectiva del año 2017 plasmado en la Resolución de Alcaldía Nº 484-2014-MPCH y de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley Nº 27619, solicita autorización para realizar su viaje a la ciudad de Santiago de Chile, y permiso para no asistir a su centro de trabajo desde el 14 hasta el 21 de octubre de 2023, con la finalidad de participar en el evento antes indicado;

Que, mediante Informe Nº 001312-2023-MPCH/OGAF, del 05 de octubre de 2023, el Jefe de la Oficina General de Administración y Finanzas eleva el expediente a la Gerencia Municipal, solicitando la emisión del acto resolutivo que corresponde para casos de autorización de salida del país de los trabajadores de nuestra entidad;

Que, el segundo párrafo del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, el artículo 1 de la ley Nº 27619 – que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que: “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del pueblo, el JNE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República , se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad”, en su artículo 2 del mismo cuerpo legal, precisa que: “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”, asimismo, en su artículo 3, refiere que: ”Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario oficial el Peruano, con anterioridad al viaje”;

Que, el artículo 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 484-2017-MPCH, del 22 de diciembre de 2017, se aprobó los acuerdos plasmados en el Acta de Reunión de Negociación Colectiva para el Año Fiscal 2018, celebrada entre la Municipalidad Provincial de Chachapoyas y el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, de fecha 02 de octubre de 2017, estableciéndose en el quinto acuerdo lo siguiente: “La Municipalidad otorgará apoyo y facilidades a los dirigentes sindicales, delegados o representantes de bases para eventos provinciales, regionales, nacionales o internacionales, en eventos sindicales de capacitación, organización y deportivos, brindándoles apoyo económico de pasajes y viáticos, en cada oportunidad que lo solicite”;

Que, por su parte, la licencia o permiso sindical a favor de los dirigentes de una organización sindical (sindicato, federación o confederación) se regula mediante las pautas indicadas en el artículo 61 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, el cual prescribe lo siguiente: “(…) El convenio colectivo podrá contener las estipulaciones tendientes a facilitar las actividades sindicales en lo relativo a reuniones, comunicaciones, permisos y licencias sindicales, las mismas que configuran un supuesto de suspensión imperfecta del servicio civil, de acuerdo con el literal d) del numeral 47.2 del artículo 47 de la Ley. A falta de acuerdo, las entidades públicas solo están obligadas a otorgar permisos o licencias sindicales para actos de concurrencia obligatoria hasta un límite de 30 días calendario por año y por dirigente”; no pudiéndose entender que la licencia y el permiso sindical son conceptos distintos, pues el derecho para ausentarse del trabajo con la finalidad de realizar actividad sindical solo se configura a través de la licencia sindical. Finalmente, es importante indicar que las entidades empleadoras brindarán la licencia que solicite el dirigente sindical sin necesidad de requerir previamente justificación alguna, basta con que se comunique la razón de la licencia (reunión de junta directiva, asistencia a empresas o entidades para actividades sindicales, entre otros ejemplos)1;

Que, en el presente caso, el servidor Municipal Will Sánchez Muñoz, en su condición de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas-SITRAMUCH, viene solicitando permiso para no asistir a su centro de trabajo del 14 al 21 de octubre de 2023; asimismo, solicita autorización para viajar al exterior del país y participar en el Primer Congreso de Trabajadores y Trabajadoras Municipales de Latinoamérica y El Caribe-año 2023, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, los días 16 al 20 de octubre de 2023; asimismo, de acuerdo a los actuados, su participación en el evento pavimenta el camino hacia una real internacionalización del sindicalismo municipal peruano, fortalecerá capacidades de dirigentes, el valioso temario que abordará el Congreso enriquecerá conocimientos de la realidad municipal internacional y el roce internacional que se adquiera, contribuye a acerar el temple sindical, se constituirán lazos internacionales con colegas sindicalistas municipales de América Latina y el Caribe, considerando que FETRAMUNP es base fundadora de ULATMUN constituida por iniciativa de la COEMA en el año 1994;

Que, mediante el Informe Legal del visto, la Oficina General de Asesoría Jurídica, considera legalmente viable continuar con el trámite de autorización de viaje al exterior del servidor antes mencionado; en consecuencia, estando a la normativa y fundamentos antes expuestos, resulta necesario autorizar el viaje del Secretario General del SITRAMUCH hacia el exterior, emitiéndose con dicho propósito el acto administrativo que corresponde;

Contando con el visto bueno de las Oficinas competentes, estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del servidor municipal Will Sánchez Muñoz, a la ciudad de Santiago de Chile, para participar en el Primer Congreso de Trabajadores y Trabajadoras Municipales de Latinoamérica y El Caribe-año 2023, en su condición de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas – SITRAMUCH; a realizarse los días 16 al 20 de octubre de 2023; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Para efectos de participar en el evento antes indicado, CONCÉDASE licencia sindical al servidor municipal Will Sánchez Muñoz, como Secretario General del SITRAMUCH, desde el 14 hasta el 21 de octubre de 2023; por los fundamentos expuestos precedentemente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, y su notificación al interesado e instancias administrativas competentes de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas; AUTORIZAR su publicación en el Portal Institucional de la Entidad.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PERCY ZUTA CASTILLO

Alcalde

1 Informe Técnico Nº 002350-2022-SERVIR-GPGSC

2246103-5