Aprueban Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ONP, a aplicarse durante el Año Fiscal 2024
Resolución ViceMinisterial
Nº 005-2023-EF/11.01
Lima, 19 de diciembre de 2023.
CONSIDERANDO:
Que, es necesario garantizar la adecuada distribución de los recursos públicos por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, mediante la aprobación de un Cronograma de Pagos para la atención oportuna de dichos conceptos durante el proceso de ejecución presupuestal y financiera del Año Fiscal 2024;
Que, asimismo, resulta necesario incluir como parte del indicado Cronograma a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley N° 19990, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, de acuerdo con la información remitida para tal efecto por el citado organismo mediante el Oficio N° 000616-2023-GG-ONP;
Que, el mencionado Cronograma es aplicable a los pagos que por los indicados conceptos se realizan con cargo a Recursos Ordinarios y otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración, o quien haga sus veces, es responsable de la adopción de las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el respectivo financiamiento, así como para un eficiente y oportuno proceso de elaboración de las respectivas planillas de pago, que garantice su adecuado cumplimiento;
Que, la aprobación del citado Cronograma de Pagos tiene por finalidad contribuir a una mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones del Estado, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los trabajadores y pensionistas del Sector Público;
De conformidad con los incisos a) y c) del artículo 10 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Cronograma Anual Mensualizado
1.1 Aprobar el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2024, el mismo que se detalla en los siguientes Anexos que forman parte de la Resolución Viceministerial:
a) Anexo N° 01: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones para el Año Fiscal 2024, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
b) Anexo N° 02: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 20530) para el Año Fiscal 2024, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
c) Anexo N° 03: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 19990) para el Año Fiscal 2024, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional.
1.2 El Cronograma del Anexo N° 01 incluye los pagos del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros de carácter periódico y no remunerativo tales como Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza.
1.3 Las obligaciones relacionadas con la Bonificación por Escolaridad y los Aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los Anexos del referido Cronograma, en los meses que corresponda.
Artículo 2.- Responsabilidad
El Cronograma Anual Mensualizado a que se refiere el artículo precedente es aplicable al pago de las obligaciones que por concepto de Remuneraciones y/o Pensiones se realiza con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, así como a otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración, o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, es responsable de adoptar las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el financiamiento que garantice su adecuado y oportuno cumplimiento, así como para el correspondiente registro de las operaciones en el SIAF-SP, bajo responsabilidad.
Artículo 3.- Atención de otras obligaciones relacionadas
3.1 La atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de Remuneraciones y/o Pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Gratificaciones (Régimen Laboral 728), Indemnizaciones o similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable.
3.2 Aquellas Unidades Ejecutoras que cuentan con personal del Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 pueden realizar el pago de los conceptos de Remuneraciones y Gratificaciones de los meses de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución Viceministerial y sus anexos se publican en la Sede Digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Viceministro de Hacienda
ANEXO 01
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE REMUNERACIONES PARA EL AÑO FISCAL 2024 A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES
SECTORES |
ENERO |
FEBRERO |
MARZO |
ABRIL |
MAYO |
JUNIO |
JULIO |
AGOSTO |
SETIEMBRE |
OCTUBRE |
NOVIEMBRE |
DICIEMBRE |
Presidencia del Consejo de Ministros |
Lunes |
Martes |
Miércoles |
Jueves |
Martes |
Viernes |
Jueves |
Miércoles |
Jueves |
Lunes |
Jueves |
Martes |
Poder Judicial |
||||||||||||
Justicia |
||||||||||||
Relaciones Exteriores |
||||||||||||
Economía y Finanzas |
||||||||||||
Universidades Públicas |
||||||||||||
Agrario y de Riego |
||||||||||||
Contraloría General de la República |
||||||||||||
Defensoría del Pueblo |
||||||||||||
Junta Nacional de Justicia |
||||||||||||
Ministerio Público |
||||||||||||
Tribunal Constitucional |
||||||||||||
Defensa |
||||||||||||
Congreso de la República |
||||||||||||
Jurado Nacional de Elecciones |
||||||||||||
Oficina Nacional de Procesos Electorales. |
||||||||||||
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil |
||||||||||||
Transportes y Comunicaciones |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura |
||||||||||||
Educación: UGEL 01, 03 y 07 |
Martes |
Miércoles |
Jueves |
Viernes |
Miércoles |
Lunes |
Viernes |
Jueves |
Viernes |
Martes |
Viernes |
Miércoles |
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno |
||||||||||||
Cultura |
Miércoles |
Jueves |
Viernes |
Lunes |
Jueves |
Martes |
Lunes |
Viernes |
Lunes |
Miércoles |
Lunes |
Jueves |
Educación: excepto UGEL 01, 03 y 07 |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno |
||||||||||||
Ambiental |
Jueves |
Viernes |
Lunes |
Martes |
Viernes |
Miércoles |
Miércoles |
Lunes |
Martes |
Jueves |
Martes |
Viernes |
Salud |
||||||||||||
Trabajo y Promoción del Empleo |
||||||||||||
Energía y Minas |
||||||||||||
Comercio Exterior y Turismo |
||||||||||||
Vivienda, Construcción y Saneamiento |
||||||||||||
Producción |
||||||||||||
Mujer y Poblaciones Vulnerables |
||||||||||||
Desarrollo e Inclusión Social |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura |
||||||||||||
Interior |
Viernes |
Lunes |
Martes |
Miércoles |
Lunes |
Jueves |
Jueves |
Martes |
Miércoles |
Viernes |
Miércoles |
Lunes |
Fuero Militar Policial |
(*) En las fechas que se indican también se atiende pagos de carácter no remunerativo y de pago periódico: CAS, FAG, Estipendio por Secigra, Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales
ANEXO 02
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES (DECRETO LEY N° 20530) PARA EL AÑO FISCAL 2024, A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES
PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES
SECTORES y/o PLIEGOS |
ENERO |
FEBRERO |
MARZO |
ABRIL |
MAYO |
JUNIO |
JULIO |
AGOSTO |
SETIEMBRE |
OCTUBRE |
NOVIEMBRE |
DICIEMBRE |
Presidencia del Consejo de Ministros |
Martes |
Martes |
Miércoles |
Jueves |
Martes |
Viernes |
Jueves |
Miércoles |
Jueves |
Lunes |
Jueves |
Miércoles |
Poder Judicial |
||||||||||||
Justicia |
||||||||||||
Relaciones Exteriores |
||||||||||||
Economía y Finanzas |
||||||||||||
Universidades Publicas |
||||||||||||
Contraloría General de la República |
||||||||||||
Defensoría del Pueblo |
||||||||||||
Junta Nacional de Justicia |
||||||||||||
Ministerio Público |
||||||||||||
Tribunal Constitucional |
||||||||||||
Congreso de la República |
||||||||||||
Jurado Nacional de Elecciones |
||||||||||||
Oficina Nacional de Procesos Electorales |
||||||||||||
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura |
||||||||||||
Educación: UGEL 01, 03 y 07 |
Miércoles |
Miércoles |
Jueves |
Viernes |
Miércoles |
Lunes |
Viernes |
Jueves |
Viernes |
Martes |
Viernes |
Jueves |
Cultura |
Jueves |
Jueves |
Viernes |
Lunes |
Jueves |
Martes |
Lunes |
Viernes |
Lunes |
Miércoles |
Lunes |
Viernes |
Educación: excepto UGEL 01, 03 y 07 |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación |
||||||||||||
Ambiental |
Viernes |
Viernes |
Lunes |
Martes |
Viernes |
Miércoles |
Martes |
Lunes |
Martes |
Jueves |
Martes |
Lunes |
Salud |
||||||||||||
Trabajo y Promoción del Empleo |
||||||||||||
Agrario y de Riego |
||||||||||||
Energía y Minas |
||||||||||||
Defensa |
||||||||||||
Comercio Exterior y Turismo |
||||||||||||
Transportes y Comunicaciones |
||||||||||||
Vivienda, Construcción y Saneamiento |
||||||||||||
Producción |
||||||||||||
Mujer y Poblaciones Vulnerables |
||||||||||||
Desarrollo e Inclusión Social |
||||||||||||
Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura |
||||||||||||
Interior |
Lunes |
Lunes |
Martes |
Miércoles |
Lunes |
Jueves |
Miércoles |
Martes |
Miércoles |
Viernes |
Miércoles |
Martes |
ANEXO 03
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES AÑO 2024 (DECRETO LEY N° 19990) PARA EL AÑO FISCAL 2024, A CARGO DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
MES/AÑO |
ABONO EN CUENTA DE AHORRO |
PAGO A DOMICILIO |
|||||
ABONO DL 19990 |
ABONO PAGO DOMICILIO DL 19990 |
INICIO PAGO DOMICILIO DL 19990 |
FIN DE PAGO DOMICILIO DL 19990 |
||||
A-C |
D-L |
M-Q |
R-Z |
||||
ENERO |
mi-10 |
ju-11 |
vi-12 |
lu-15 |
mi-10 |
mi-17 |
vi-26 |
FEBRERO |
mi-07 |
ju-08 |
vi-09 |
lu-12 |
mi-07 |
mi-14 |
vi-23 |
MARZO |
ju-07 |
vi-08 |
lu-11 |
ma-12 |
ju-07 |
mi-13 |
vi-22 |
ABRIL |
vi-05 |
lu-08 |
ma-09 |
mi-10 |
vi-05 |
ju-11 |
sá-20 |
MAYO |
mi-08 |
ju-09 |
vi-10 |
lu-13 |
mi-08 |
ma-14 |
ju-23 |
JUNIO |
lu-10 |
ma-11 |
mi-12 |
ju-13 |
lu-10 |
sá-15 |
lu-24 |
JULIO |
vi-05 |
lu-08 |
ma-09 |
mi-10 |
vi-05 |
vi-12 |
mi-24 |
AGOSTO |
ju-08 |
vi-09 |
lu-12 |
ma-13 |
ju-08 |
mi-14 |
vi-23 |
SEPTIEMBRE |
vi-06 |
lu-09 |
ma-10 |
mi-11 |
vi-06 |
ju-12 |
sá-21 |
OCTUBRE |
lu-07 |
mi-09 |
ju-10 |
vi-11 |
lu-07 |
lu-14 |
mi-23 |
NOVIEMBRE |
vi-08 |
lu-11 |
ma-12 |
mi-13 |
vi-08 |
ju-14 |
sá-23 |
DICIEMBRE |
vi-06 |
ma-10 |
mi-11 |
ju-12 |
vi-06 |
vi-13 |
ju-26 |
2246012-1