Modifican la Resolución Ministerial
Nº 094-2022-PCM, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo denominado “Mesa Ejecutiva de Trabajo que contribuya a atender y solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno”

resolución ministerial

N° 303-2023-PCM

Lima, 18 de diciembre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 094-2022-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Ejecutiva de Trabajo que contribuya a atender y solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto fortalecer y consolidar el avance del Plan de Acción consensuado con las autoridades locales y dirigentes de la Cuenca del río Llallimayo que, de manera articulada y sostenida, permita la atención de la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno;

Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 094-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 251-2022-PCM y N° 073-2023-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 18 de diciembre de 2023;

Que, bajo dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, el Grupo de Trabajo tiene registrado un avance del 20 % en el cumplimiento del total de los compromisos asumidos en el marco del Grupo de Trabajo, que contemplan acciones del Plan de Acción consensuado con las autoridades locales y dirigentes de la Cuenca del río Llallimayo; y, aún se encuentran pendiente de cumplimiento el 80 % de compromisos; por lo que, persiste la necesidad de continuar fortaleciendo y consolidando el avance del mencionado Plan de Acción;

Que, en este sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 094-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 251-2022-PCM y N° 073-2023-PCM, a fin de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 18 de diciembre de 2024, a efecto de que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 094-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 251-2022-PCM y N° 073-2023-PCM

Modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 094-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 251-2022-PCM y N° 073-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 11.- Período de vigencia

El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 18 de diciembre de 2024.”

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2245603-1