Aprueban el Reglamento del Programa de Incentivos para el Vecino puntual Carabayllano - VPC

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 17-2023-A/MDC

Carabayllo, 12 de diciembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO

VISTOS: el Informe Nº 677-2023-SGREC-GATR-MDC de fecha 30 de noviembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva; El Informe Nº 149-2023-GATR-MDC, de fecha 30 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal N°532-2023-GAJ/MDC, de fecha 06 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando N°2398-2023-GM/MDC, de fecha 11 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a aprobar el reglamento del programa de incentivos para el vecino puntual Carabayllano-VPC del Distrito de Carabayllo; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 484-MDC, de fecha 20 de junio de 2023, se aprobó el Programa de Incentivos para el vecino puntual Carabayllano - VPC del Distrito de Carabayllo, cuyo segundo párrafo del artículo séptimo, señala que: “la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva deberá elaborar el Reglamento que establezca las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación del Programa de Incentivos para el Vecino Puntual Carabayllano - VPC la misma que deberá ser aprobada mediante Decreto de Alcaldía”;

Que, con Informe Nº 102-2023-GATR-MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, indica que es política de la actual gestión municipal, establecer estrategias de recaudación que permitan desarrollar acciones que generen conciencia tributaria, promoviendo y premiando el cumplimiento del pago de las obligaciones, cuyo efecto permita consolidar las políticas de gestión tributaria y por ende reducir los índices de morosidad;

Que, mediante Informe Legal N° 532-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente para que se suscriba y emita el Decreto de Alcaldía que aprueba el Reglamento del Programa de Incentivos para el Vecino puntual Carabayllano - VPC del Distrito de Carabayllo; y, mediante el Memorando N° 2398-2023-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para la emisión del Decreto correspondiente;

Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Programa de Incentivos para el Vecino puntual Carabayllano - VPC en el Distrito de Carabayllo, cuyo texto constan de veintiocho (28) artículos, el mismo como Anexo forma parte del presente Decreto.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, respectivamente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PABLO MENDOZA CUEVA

Alcalde

2245345-1