Otorgan a Electro Dunas S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en proyecto ubicado en el distrito de Santa Ana, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica y aprueban el Contrato de Concesión N° 610-2023
RESOLUCIóN MINISTERIAL
Nº 504-2023-MINEM/DM
Lima, 15 de diciembre de 2023
VISTOS: El Expediente N° 14398921 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Nueva S.E. Chiribamba 220/60/22,9 kV, Ampliación de la S.E. Caudalosa 60 kV, Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chiribamba ─ S.E. Caudalosa e interconexión con la Línea de transmisión en 220 kV L-2132 Independencia ─ Friaspata (Huancavelica)”, presentado por Electro Dunas S.A.A.; el Informe N° 949-2023-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00714-2023/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 1268-2023-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento con Registro N° 3208873, complementado con los documentos con Registros Nros. 3218118, 3223118, 3619379 y 3620343, Electro Dunas S.A.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Nueva S.E. Chiribamba 220/60/22,9 kV, Ampliación de la S.E. Caudalosa 60 kV, Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chiribamba ─ S.E. Caudalosa e interconexión con la Línea de transmisión en 220 kV L-2132 Independencia ─ Friaspata (Huancavelica)”; ubicado en el distrito de Santa Ana, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica;
Que, de acuerdo a la memoria descriptiva del proyecto, con su puesta en servicio se logrará reforzar el sistema eléctrico y la confiabilidad del suministro eléctrico de la S.E. Caudalosa 60/22 kV y, asimismo, esto otorgará la capacidad para atender nuevas cargas en 22,9 kV a través de la nueva S.E. Chiribamba 220/60/22,9kV, potenciando así el sistema eléctrico del distrito de Santa Ana, Provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica;
Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos; asimismo, el referido artículo establece que la concesión definitiva será otorgada por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas;
Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece los requisitos para el otorgamiento de una concesión definitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas;
Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la solicitud de Electro Dunas S.A.A. cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, así como con el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias; y por tanto, consideran procedente otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Nueva S.E. Chiribamba 220/60/22,9 kV, Ampliación de la S.E. Caudalosa 60 kV, Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chiribamba ─ S.E. Caudalosa e interconexión con la Línea de transmisión en 220 kV L-2132 Independencia ─ Friaspata (Huancavelica)”;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de Electro Dunas S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Nueva S.E. Chiribamba 220/60/22,9 kV, Ampliación de la S.E. Caudalosa 60 kV, Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Chiribamba ─ S.E. Caudalosa e interconexión con la Línea de transmisión en 220 kV L-2132 Independencia ─ Friaspata (Huancavelica)”, ubicado en el distrito de Santa Ana, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial, y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:
Salida/Llegada de la Línea de Transmisión |
Tensión (kV) |
N° de Ternas |
Longitud (km) |
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) |
S.E. Chiribamba – S.E. Caudalosa |
60 |
01 |
5,6 |
16 |
Interconexión con la LT 220 kV Independencia - Friaspata |
Comprende el seccionamiento de la línea eléctrica L-2132 entre las estructuras tipo A3 (torres 163 y 164) y su derivación a la nueva S.E. Chiribamba. |
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Ampliación de S.E. Caudalosa |
Consiste en la implementación de un sistema de simple barra, una bahía de línea hacia S.E. Chiribamba y la instalación futura de un interruptor en la bahía línea-transformador existente. |
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S.E. Chiribamba |
Será una nueva subestación y tendrá tres niveles de tensión en 220, 60 y 22,9 kV, contará, entre otros, con un transformador de potencia de 4 devanados 220/60/22,9/10 kV – YNynynd5, 20-25/13,6-17/6,4-8/6,7-8,3 MVA ONAN-ONAF, y su conexión con las bahías GIS de 220 kV será realizado mediante tuberías GIS; el lado de 220 kV será un sistema doble barra más interruptor de acoplamiento con equipamiento GIS al exterior; el lado de 60 kV será un sistema de simple barra con equipamiento convencional tipo exterior; el lado de 22,9 kV tiene previsto la implementación de celdas metal clad en configuración de simple barra. |
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 610-2023 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Electro Dunas S.A.A., el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 610-2023, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente, y cualquier minuta aclaratoria que se requiera, de ser el caso.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 610-2023, referido en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Electro Dunas S.A.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas
2245052-1