Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027
ORDENANZA N° 693-MSS
Santiago de Surco, 13 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El Dictamen N° 06-2023-CSCTSV-CAJ-MSS, Dictamen Conjunto de las Comisiones de Seguridad Ciudadana, Transito y Seguridad Vial y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 2566-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, Informe Nº 966-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 4792-2023-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorándum N° 1310-2023-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, entre otros documentos, sobre la Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), el cual tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social, conforme a lo señalado en el artículo 3º de dicha norma;
Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN y modificado con el Decreto Supremo N° 010-2019-IN, establece que “El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital”; asimismo, de acuerdo al literal a) del artículo 28º, una de sus funciones es “Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana (…)”;
Que, el artículo 46º del precitado Reglamento, establece que: “Los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. (…) Los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana”;
Que, la Directiva N° 06-2023-IN-DGSC “Lineamientos Técnicos para la Formulación, Aprobación, Implementación y Actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 786-2023-IN, establece que los Planes de acción seguridad ciudadana son instrumentos técnicos que orientan la gestión de la seguridad ciudadana a nivel regional, provincial y distrital, tomando en consideración los objetivos prioritarios, lineamientos y enfoques de las políticas en materia de seguridad ciudadana establecidos por el sector Interior. Asimismo, establece que los planes de acción de seguridad ciudadana tienen un periodo de vigencia de implementación de cuatro (4) años, y se formulan un (1) año antes de su implementación. No obstante, estos pueden ser actualizados anualmente, siempre y cuando se cumpla con uno o más criterios establecidos en el Anexo IX de la Directiva;
Que asimismo el inciso 7.3.2 de la mencionada Directiva, señala que corresponderá al Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital aprobar la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana mediante Ordenanza, luego que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, haya validado la misma;
Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana mediante el Memorándum N° 1310-2023-GSEGC-MSS de fecha 04.12.2023, señala, que de acuerdo con el marco normativo, el presente Plan de Acción, tiene por objeto plasmar y ejecutar las estrategias en seguridad ciudadana, desarrollando actividades enmarcadas en cinco (05) Objetivos Estratégicos y diecisiete (17) Líneas de acción, los mismos que están alineados con la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030, que tienen por finalidad reducir los índices delictivos; las faltas administrativas de riesgo con implicancia en la seguridad distrital; la violencia familiar, a la mujer y a la población vulnerable; así como los accidentes de tránsito por causas humanas. Esta herramienta de planificación anual es la consolidación de las acciones conjuntas con participación de la Policía Nacional del Perú, el Gobierno Local y las entidades responsables del accionar operativo y preventivo de la seguridad en Santiago de Surco, el cumplimiento de esta garantizará la mejora de la calidad de vida de los vecinos del distrito. En esa línea, indica que el proyecto de Ordenanza planteado, tiene por objeto aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 el cual tiene como finalidad reducir sistemática y progresivamente los factores que favorecen la comisión de delitos, faltas y actos de violencia que afectan la seguridad ciudadana en el distrito de Santiago de Surco, toda vez, que a través de dicho instrumento de gestión se contribuirá a la articulación de la política distrital de seguridad ciudadana, mediante la implementación de un conjunto de estrategias trazadas de manera coordinada por las autoridades competentes del distrito para atender la problemática y los hechos que atentan la convivencia pacífica. Del mismo modo, señala que contribuirá a la articulación de la política distrital a través de cada una de las estrategias institucionales de esta corporación municipal destinadas a fortalecer el desarrollo de los objetivos institucionales enmarcados en el Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito 2017-2025; a las mejoras de la gestión municipal y principalmente al desarrollo del distrito;
Que, asimismo, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, señala que solicitó a diversos órganos y unidades orgánicas de esta Corporación Municipal, opinar y emitir sus informes técnicos sustentatorios sobre la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, las cuales emitieron opinión técnica favorable a través de los siguientes documentos: Memorándum N° 904-2023-GCII-MSS de fecha 24.11.2023 de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Memorándum Nº 1721-2023-GPV-MSS de fecha 21.11.2023 de la Gerencia de Participación Vecinal, Memorándum Nº 739-2023-GTI-MSS de fecha 23.11.2023 de la Gerencia de Tecnología de la Información, Memorándum Nº 1227-2023-GSC-MSS de fecha 20.11.2023 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Memorándum Nº 892-2023-GDS-MSS de fecha 23.11.2023 de la Gerencia de Desarrollo Social, Informe N° 2244-2023-SGGTH-GAF-MSS de fecha 23.11.2023 de la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, Informe N° 775-2023-SGCAITSE-GDE-MSS de fecha 20.11.2023 de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, Informe N° 981-2023-SGOMO-GSC-MSS de fecha 22.11.2023 de la Subgerencia de Obras y Mantenimiento del Ornato, Informe N° 580-2023-SGLPJ-GSC-MSS de fecha 20.11.2023 de la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, Informe N° 754-2023-SGBSOD-GDS-MSS de fecha 22.11.2023 de la Subgerencia de Bienestar Social, OMAPED y DEMUNA, Informe N° 761-2023-SGECTD-GDS-MSS de fecha 23.11.2023 de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, Informe N° 333-2023-SGSP-GDS-MSS de fecha 23.11.2023 de la Subgerencia de Salud Pública, Informe N° 318-2023-SGTRA-GSEGC- MSS de fecha 30.11.2023 de la Subgerencia de Tránsito, Informe N° 2947-2023-SGOSC-GSEGC-MSS de fecha 23.11.2023 de la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana, Informe N° 334-2023-SGDC-GSEGC-MSS de fecha 21.11.2023 de la Subgerencia de Defensa Civil e Informe N° 1257-2027-SGFCA-GSEGC-MSS de fecha 21.11.2023 de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa;
Que, mediante Acta suscrita con fecha 14.11.2023, los miembros del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC, aprobaron la propuesta de Matriz de priorización de hechos delictivos predominantes del distrito de Santiago de Surco. Asimismo, mediante Acta de Validación de fecha 14.11.2023, los miembros del CODISEC, validaron la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Santiago de Surco, el cual deberá ser remitido al Concejo Municipal para que sea aprobado mediante Ordenanza Municipal;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorándum N° 4792-2023-GPP-MSS de fecha 05.12.2023, teniendo en cuenta la Directiva Nº 007-2016-MSS “Directiva para la elaboración y tramitación de proyectos de ordenanza municipales” aprobada con Resolución Nº 897-2016-RASS, opina favorablemente respecto al presente proyecto de Ordenanza, al encontrarse alineado a la misión y visión del distrito y a los planes municipales como son: Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2025 (horizonte ampliado), Plan Estratégico Institucional 2019-2026 (horizonte ampliado), Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022-2024 y el Plan Operativo Institucional (POI) 2023;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 966-2023-GAJ-MSS de fecha 06.12.2023, teniendo en cuenta los actuados generados, así como la normativa vigente sobre la materia, concluye opinando por la procedencia de la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Santiago de Surco 2024-2027;
Que, la Gerencia Municipal, a través del Memorándum Nº 2566-2023-GM-MSS de fecha 06.12.2023, teniendo en cuenta el precitado informe, remite los actuados relacionados al presente proyecto de Ordenanza para su elevación ante el Concejo Municipal, para su aprobación, de conformidad con sus facultades;
Estando las consideraciones expuestas en el Dictamen N° 06-2023-CSCTSV-CAJ-MSS, Dictamen Conjunto de las Comisiones de Seguridad Ciudadana, Transito y Seguridad Vial y de Asuntos Jurídicos, a los fundamentos expuestos y a las funciones establecidas en el Artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Consejo Municipal por UNAMIDAD aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024-2027
Artículo Primero.- APROBAR el “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027”, validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del Distrito de Santiago de Surco, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en su condición de Responsable de la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del Distrito de Santiago de Surco.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano y la publicación de la Ordenanza y el Anexo, en el portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe), en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe), conforme a la Resolución Directoral Nº 11-2021-JUS/DGTAIPD que aprueba el “Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
Alcalde
2244720-1