Aprueban la creación de la Plataforma “MI CARRERA”, como un instrumento que articula información institucional del mercado de trabajo y la oferta formativa

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 452-2023-TR

Lima, 14 de diciembre de 2023

VISTOS: el Proveído N° 001972-2023-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Informe N° 000009-2023-MTPE/3/19 de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales; el Memorándum N° 000388-2023-MTPE/4/13 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorándum N° 001514-2023-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 001143-2023-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 23, 58 y 59 de la Constitución Política del Perú establecen que el Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo; que la intervención del Estado en la economía se orienta al desarrollo del país, actuando principalmente en las áreas de promoción del empleo; así como a estimular la creación de riqueza, garantizar la libertad de trabajo y la libertad de empresa, y brindar oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad;

Que, de acuerdo con el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, este Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las materias de trabajo y promoción del empleo;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, dispone que el proceso de modernización se establece fundamentalmente en la necesidad de lograr mayor eficiencia en la utilización de los recursos del Estado a efectos de brindar mejores y mayores servicios a la ciudadanía;

Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, tiene como objeto impulsar el uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios, con la finalidad de promover la colaboración entre las entidades de la Administración Pública, así como la participación de ciudadanos y otros interesados para el desarrollo del gobierno digital y sociedad del conocimiento;

Que, asimismo, el Eje 8 de la Política General de Gobierno para el Período 2021-2026, aprobada por el Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, “Gobierno y transformación digital con equidad”, tiene como línea de intervención 8.1.3: Acelerar el gobierno y transformación digital del sector público impulsando el ecosistema de tecnología y fortaleciendo la gobernanza digital en el país;

Que, en ese contexto, mediante Informe N° 000009-2023-MTPE/3/19, la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales sustenta y propone la creación de la Plataforma “MI CARRERA”, con el fin de articular la información institucional que permita a los jóvenes orientarse de manera sencilla en la toma de decisiones sobre su futuro profesional, el mercado de trabajo y la oferta formativa, la cual es de carácter público, confiable y veraz; dicha propuesta cuenta con las opiniones favorables de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitidas mediante los Informes N° 001876-2023-MTPE/4/13.2 y N° 000660-2023-MTPE/4/9.3, respectivamente;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 001143-2023-MTPE/4/8 opina que es legalmente viable la emisión del acto de administración que apruebe la creación de la Plataforma “MI CARRERA” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de la Plataforma “MI CARRERA”

Aprobar la creación de la Plataforma “MI CARRERA”, como un instrumento que articula información institucional del mercado de trabajo y la oferta formativa.

Artículo 2.- Objeto

La Plataforma “MI CARRERA” tiene como objeto orientar a los jóvenes de manera sencilla en la toma de decisiones, sobre su orientación vocacional, el mercado de trabajo y la oferta formativa.

Artículo 3.- Responsabilidad

3.1. La responsabilidad de la gestión de la Plataforma “MI CARRERA” está a cargo de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales, a través de la Dirección de Formación para el Empleo y Capacitación Laboral.

3.2. A fin de implementar y operativizar la Plataforma “MI CARRERA”, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está facultado para convocar la colaboración de organizaciones o profesionales en orientación vocacional, información del mercado de trabajo y oferta formativa.

Artículo 4.- Difusión

Encargar la difusión de la Plataforma “MI CARRERA” a las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional que brindan el Servicio de Orientación Vocacional e Información Ocupacional-SOVIO.

Artículo 5.- Actualización de la plataforma “MI CARRERA”

5.1 Encargar a la Dirección de Investigación Socioeconómica Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo, la remisión periódica de la información del mercado de trabajo contenida en la plataforma que se encuentre dentro del ámbito de su competencia.

5.2 Encargar a la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales, el registro y actualización de la información publicada en la Plataforma “MI CARRERA”, en coordinación con la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo.

5.3 Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones realizar las acciones tecnológicas necesarias para asegurar el funcionamiento y disponibilidad de la Plataforma “MI CARRERA”.

Artículo 6.- Aprobación de normas complementarias

Autorizar a la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales la aprobación de normas complementarias que establezcan disposiciones operativas que permitan implementar lo dispuesto en la presente resolución ministerial.

Artículo 7.- Publicación

Publicar la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL MAURATE ROMERO

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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