Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa
Ordenanza Regional
Nº 508-2023-AREQUIPA
El Consejo Regional de Arequipa ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
POR CUANTO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; conforme lo dispone el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305; los artículos 8º y 31º de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización; y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
Que, según lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por el Artículo Único de la Ley N° 29053, señala la estructura orgánica básica de los gobiernos regionales, correspondiendo al Consejo Regional la función normativa y fiscalizadora;
Que, por Oficio N° 503-2023-GRA/GR de fecha 25 de agosto del 2023, el Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa, remite a la Presidencia del Consejo Regional de Arequipa el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa;
Que, por Oficio N° 141-2023-GRA/GR-GG de fecha 25 de agosto del 2023, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Arequipa, remite a Gobernación el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa;
Que, por Informe N° 274-2023-GRA/ORPPOT de fecha 24 de agosto de 2023, el jefe de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, remite a la Gerencia General Regional el expediente y proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el marco de los criterios técnicos señalados en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, así como lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias;
Que, por Informe N° 412-2023-GRA-ORPPOT/OPDI de fecha. de 22 de Agosto de 2023, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de Arequipa, emite opinión técnica y adjunta el expediente ROF el cual contiene: 1) El proyecto de ordenanza regional u ordenanza municipal, 2) El proyecto de ROF, 3) El informe técnico al que se refiere el artículo 47° de los LOE, incluyendo el anexo que contiene las Fichas Técnicas y 4) El informe legal elaborado por la Oficina Regional Asesoría Jurídica del Gobierno Regional; finalmente en el presente informe se recomienda continuar con el trámite correspondiente y derivar el expediente al Consejo Regional de Arequipa para su aprobación mediante Ordenanza Regional;
Que, mediante el Informe N° 1565 -2023-GRA/ORAJ de fecha 21 de Agosto de 2023, la jefa de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Arequipa, brinda opinión favorable para la aprobación de la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, señalando que la propuesta del ROF cumpliría con los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la administración pública, aprobada por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias, el mismo que habría sido elaborado bajo los criterios técnicos normativos contenidos en el Decreto Supremo N°054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado modificado Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y el Decreto Supremo N°064-2021-PCM, y asimismo no se percibe la duplicidad de las funciones entre órganos y unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones, en conformidad con el artículo 17 de la Directiva N°002-2021-SGP, “Directiva que Regula el Sustento Técnico y Legal de Proyectos Normativos en Materia de Organización, Estructura y Funcionamiento del Estado”, a fin de continuar con el trámite correspondiente de aprobación ante el Consejo Regional;
Que, mediante el Informe N° 2235-2023-GRA/ORPPOT-OPT de fecha 14 de agosto de 2023, la jefa de la Oficina de Presupuesto y Tributación del Gobierno Regional de Arequipa, remite informe de viabilidad de recursos presupuestales, brinda opinión favorable para la aprobación de nueva estructura orgánica Propuesta en el Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Desarrollo
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Directiva N°002-2021-SGP, “Directiva que Regula el Sustento Técnico y Legal de Proyectos Normativos en Materia de Organización, Estructura y Funcionamiento del Estado”, se señala que el expediente que sustenta la aprobación o modificación del ROF de un gobierno regional o de una municipalidad contiene la siguiente documentación, según corresponda: a. El proyecto de ordenanza regional u ordenanza municipal, b. El proyecto de ROF, el cual contiene títulos, capítulos y artículos, c. El informe técnico al que se refiere el artículo 47° de los LOE, el cual incluye, según corresponda, la sección 1 (justificación de la necesidad), sección 2 (análisis de racionalidad) y/o sección 3 (recursos presupuestales) y/o anexos, elaborado por el órgano de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional o municipalidad proponente. Dicho informe puede incluir el anexo que contiene las Fichas Técnicas, d. El informe legal elaborado por el órgano de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional o municipalidad proponente, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización.
Que, el Numeral H) del Sub Capítulo VI del Capítulo II de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones-ROF y Manual de Operaciones-MOP; precisa que la opinión técnica favorable de la Secretaría de Gestión Pública (SGP), no se requiere cuando se trate de aprobar o modificar el ROF de una entidad que no forma parte del Poder Ejecutivo; y sin perjuicio de ello, la entidad que no forma parte del Poder Ejecutivo puede remitir a la Secretaría Técnica de Gestión Pública su proyecto de ROF para opinión técnica, no siendo este requisito previo para continuar con el trámite de su aprobación;
Que, mediante el Acuerdo Regional N°005-2023-GRA/CR-AREQUIPA, de fecha 30 de enero del 2023, se declara el inicio de la reestructuración orgánica y funcional del Gobierno Regional de Arequipa, estableciéndose como primer paso la modificación y actualización del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa.
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N°084-2023-GRA/GR se ratifica el artículo 1° del Acuerdo Regional N°005-2023-GRA/CR-AREQUIPA, y se conforma la Comisión Técnica de Reestructuración Orgánica y Funcional del Gobierno Regional de Arequipa integrado por: 1) Gerente General Regional quien lo preside, 2) Gerente Regional Jede de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial como miembro, 3) Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica como miembro, 4) Jefe de la Oficina Regional de Administración como miembro, 5) Jefe de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional como miembro, 6) Jefe de la Oficina de Presupuesto y Tributación como miembro y 7) Jefe de la Oficina de Recursos Humanos como miembro.
Que, entonces por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; Exonerado el trámite de comisión y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA.
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:
APROBAR EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa, incluida su Estructura Orgánica; que consta de títulos (02); quince (15) Capítulos; ciento noventa y cinco (195) Artículos, cinco (05) Disposiciones Complementarias; Dos (02) Disposiciones Finales; un (01) Anexos; los mismos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo 2°.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA de fecha 14 de mayo del 2007 y sus modificatorias; así como la Ordenanza Regional N° 033-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 044-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 057-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 063-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 084-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 089-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 110-AREQUIPA, Artículos 2 al 6 de la Ordenanza Regional N°124-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 200-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 243-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 290-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 307-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 319-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 344-AREQUIPA, Ordenanza Regional N°476-AREQUIPA.
Artículo 3°.- DEROGAR los Reglamentos de Organización y Funciones de los diferentes órganos de línea, aprobados mediante la Ordenanza Regional N° 302-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 413-AREQUIPA, Ordenanza Regional N° 464- Ordenanza Regional N° 185-Arequipa, Ordenanza Regional N° 296-Arequipa, Ordenanza Regional N° 44-Arequipa, Ordenanza Regional N° 186-Arequipa, Ordenanza Regional N° 236-Arequipa, Ordenanza Regional N° 88-Arequipa, Ordenanza Regional N° 270-Arequipa, Ordenanza Regional N° 280-Arequipa y Ordenanza Regional N° 290-Arequipa.
Artículo 4°.- DEJAR SIN EFECTO los Artículo Segundo, Tercero y Cuarto de la Ordenanza Regional N°496-AREQUIPA.
Artículo 5°.- DISPONER que los Órganos de Alta Dirección del Gobierno Regional de Arequipa, procedan a la oportuna implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), teniendo en cuenta el marco normativo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP.
Artículo 6°.- DISPONER que las Unidades de Organización, entre ellas, la Gerencia Regional de Educación, Gerencia Regional de Salud, Gerencia Regional de Agricultura, Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; Proyecto Especial Integral Majes Siguas-PEMS, Proyecto Especial Cooperación para el Autodesarrollo Sostenible de Arequipa-COPASA, ZED Matarani, Archivo Regional de Arequipa y el Institución Educativa Pública Militar “Francisco Bolognesi”, son responsables de elaborar y proponer sus Manuales de Operaciones (MOP) en coordinación con la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y las unidades técnicas correspondientes, y de ser necesario con la asistencia técnica de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 7°.- DISPONER que todas las actuaciones administrativas de los demás Órganos Desconcentrados, Proyectos y Unidades Orgánicas de la jurisdicción del Gobierno Regional de Arequipa, se sujetarán a los documentos de gestión vigentes del Gobierno Regional, en tanto dure el plazo de actualización de sus documentos de gestión institucional correspondientes.
Artículo 8°.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 9°.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial “El Peruano como en el diario de avisos judiciales, en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regula do en el artículo 9 del Decreto Supremo N°01-2009-JUS.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los veintiún días del mes de noviembre del dos mil veintitrés.
MIGUEL ÁNGEL LINARES RIVEROS
Presidente del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los once días del mes de diciembre del dos mil veintitrés.
ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Gobernador Regional
NOTA:
El Gobierno Regional de Arequipa, a través del Portal de Gestión de Atención al Cliente, precisa que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Ordenanza Regional N° 508-2023-AREQUIPA, se visualizará en la siguiente página web: https://www.gob.pe/institucion/regionarequipa/normas-legales/tipos/40-ordenanza-regional
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