Ordenanza que modifica los artículos 2.2. y 4.2 de la Ordenanza Municipal N° 484-2023/MDL, que establece beneficios tributarios de descuentos de años anteriores y sorteo público de premiación a los contribuyentes con deuda cero del distrito de Lurín

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 487-2023-MDL

Lurín, 14 de diciembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LURÍN

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LURÍN:

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 0722-2023-SGRROC-GAT/ML, de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, el Informe Nº 064-2023-GAT/MDL de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proveído Nº 2247-2023-GPP/ML de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 306-2023-SGPM-GPP/MDL de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, el Memorándum Nº 508-2023-GPP/MDL de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 490-2023-GAJ/MDL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 585-2023-GM/MDL de la Gerencia Municipal, sobre aprobación del proyecto de “ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2.2. Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN”;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal el aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo. El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo. Las gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas.”;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. (…)”;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 484-2023/MDL, publicada en el diario oficial “El Peruano”, el día 29 de noviembre de 2023, se aprobó ESTABLECER BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y LA REALIZACIÓN DEL SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN, con el objetivo de reconocer y estimular el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias, que consistirán en el sorteo de premios dirigidos a aquellos contribuyentes que se encuentran al día en el pago de sus obligaciones tributarias por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y multas tributarias;

Que, el artículo 2.2 de la precitada Ordenanza Municipal, establece como último día de pago y cierre para ser considerado contribuyente apto para participar del sorteo público según las condiciones previstas en el artículo 3.2, el 15 de diciembre del 2023, así como la fecha de realización del referido sorteo el día 17 de diciembre del mismo año; asimismo, en su artículo 4.2, dispone que “Tendrán la opción de participar en el Sorteo Público todos los contribuyentes que estén registrados como personas naturales en nuestro Sistema de Rentas, cuyo(s) predio(s) se encuentre(n) registrado(s) con uso de CASA HABITACIÓN y, asimismo, con uso COMERCIO, el mismo que para efectos del aludido sorteo público, solo podrán ser considerados los COMERCIOS MENORES. También deben de registrar DEUDA CERO por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y/o multas tributarias hasta el 15 de diciembre del 2023, fecha en que se cerrará el padrón de participantes para el referido sorteo”;

Que, a través del Informe Nº 0722-2023-SGRROC-GAT/MDL, de fecha 11 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente señala que resulta necesario prorrogar la realización de la fecha del mencionado sorteo público hasta el 31 de diciembre del 2023, así como establecer como el último día de pago y cierre para ser considerado contribuyente apto, hasta el 29 de diciembre del 2023, a fin de disminuir el índice de morosidad de los contribuyentes de la administración logrando la mayor recaudación de tributos posible, dando oportunidad para que más contribuyentes puedan participar en el Sorteo Público de premiación a los contribuyentes con deuda cero del distrito de Lurín, concluyendo que es factible modificar los artículos 2.2 y 4.2 de la Ordenanza Municipal 484-2023/MDL, motivo por el cual remite a la Gerencia de Administración Tributaria, el proyecto de “ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2.2 Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN”, proponiendo su aprobación por encontrarse legalmente sustentada y conforme a los lineamientos técnicos y normativos vigentes;

Que, con Informe Nº 064-2023-GAT/MDL, de fecha 11 de diciembre de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria hace suyo el Informe Nº 0722-2023-SGRROC-GAT/MDL proveniente de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, así como el proyecto de “ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2.2 Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN”, solicitando a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, opinión técnica respectiva, para la aprobación del proyecto de ordenanza, el mismo que, por Proveído Nº 2247-2023-GPP/ML, de fecha 12 de diciembre de 2023, es remitido a la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, para su correspondiente atención;

Que, mediante Informe Nº 306-2023-SGPM-GPP/MDL, de fecha 12 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Planeamiento y Modernización emite opinión favorable al proyecto de “ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2.2 Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN”, remitiendo los actuados a la Gerencia de Planificación y Presupuesto a efectos de que solicite a la Gerencia de Asesoría Jurídica la emisión de opinión legal;

Que, con Memorándum Nº 508-2023-GPP/MDL, de fecha 12 de diciembre de 2023, la Gerencia de Planificación y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 306-2023-SGPM-GPP/MDL de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, brindando viabilidad al proyecto de “ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2.2 Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN”, y remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para opinión legal;

Que, a través del Informe Nº 490-2023-GAJ/MDL, de fecha 13 de diciembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al proyecto de “ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2.2 Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN”, toda vez que lo propuesto se ajusta al marco normativo vigente;

Que, mediante el Memorándum Nº 585-2023-GM/MDL, de fecha 13 de diciembre de 2023, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para que, conforme a sus facultades, agende en Sesión de Concejo la aprobación del proyecto de “ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2.2 Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN”, en base al sustento de los Informes Técnico y Legal que obran en el expediente administrativo;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23º de la Ordenanza Municipal Nº 467-2023/MDL, Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal Distrital de Lurín, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 28 de marzo de 2023, se autorizó la dispensa del trámite de comisiones de regidores sobre el presente tema puesto a consideración del Concejo Municipal;

Que, esta propuesta ha sido debatida y analizada por el pleno del Concejo Municipal y en uso de las facultades conferidas en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO UNÁNIME del pleno, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS

2.2 Y 4.2 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 484-2023/MDL, QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE DESCUENTOS DE AÑOS ANTERIORES Y SORTEO PÚBLICO DE

PREMIACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES CON

DEUDA CERO DEL DISTRITO DE LURÍN

Artículo Primero.- MODIFICAR, los artículos 2.2 y 4.2 de la Ordenanza Municipal Nº 484-2023/MDL, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2.2.-

Para el SORTEO PÚBLICO: El cierre del Padrón de Contribuyentes que serán considerados aptos para participar del sorteo público según las condiciones previstas en el artículo 3.2, se dará el día 29 de diciembre del 2023, sin perjuicio que el sorteo se realice el día 31 de diciembre de 2023, periodo en el cual se validarán los datos, y se emitirán los respectivos cupones por sistema.

Artículo 4.2.-

Tendrán la opción de participar en el Sorteo Público todos los contribuyentes que estén registrados como personas naturales en nuestro Sistema de Rentas, cuyo(s) predio(s) se encuentre(n) registrado(s) con uso de CASA HABITACIÓN y, asimismo, con uso COMERCIO, el mismo que para efectos del aludido sorteo público, solo podrán ser considerados los COMERCIOS MENORES. También deben de registrar DEUDA CERO por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y/o multas tributarias hasta el 29 de diciembre del 2023, fecha en que se cerrará el padrón de participantes para el referido sorteo.

Artículo Segundo.- DEJAR subsistente, en todo lo demás que contiene la Ordenanza Municipal Nº 484-2023/MDL, de fecha 23 de noviembre del 2023, en tanto no se oponga a la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria y a demás unidades de organización, velar por el estricto cumplimiento de la presente ordenanza, en el ámbito de sus competencias funcionales.

Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Secretaría General la publicación de la Ordenanza Municipal aprobada, en el Diario Oficial “El Peruano”, la cual entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ

Alcalde

2244424-1