Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de La Perla 2024 – 2027
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 21-2023-MDLP
La Perla, 11 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA.
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre de 2023; el Dictamen N° 01-2023-MDLP/COPSC emitido por la Comisión Ordinaria de Protección y Seguridad Ciudadana con fecha 30 de noviembre de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;
Que, mediante la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), el cual tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social, conforme a lo señalado en el artículo 3º de dicha norma;
Que, el Artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN y modificado por el Decreto Supremo N° 010-2019-IN, establece que “El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital”;
Que, el literal a) del Artículo 28º del Reglamento de la Ley Nº 27933, establece que: “Son funciones del CODISEC, las siguientes: (…) Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y distrital, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN”;
Que, el Artículo 46º del Reglamento de la Ley Nº27933, señala en el que “Los Planes de acción de seguridad Ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el que hacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital (...). Los Planes de Acciones Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana”; asimismo, el Artículo 47º de la acotada norma señala que “las Secretarias Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos Comités; estos después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2022-IN, se aprobó la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030, instrumento que orienta a largo plazo el accionar del Estado en materia de seguridad ciudadana, de forma articulada;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0786-2023-IN de fecha 26 de junio de 2023, se aprobó la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”, la cual establece en su numeral 7.3.2 que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana debe ser presentado por el presidente del CODISEC ante el Concejo Municipal para su aprobación mediante Ordenanza municipal, posteriormente, la Secretaría Técnica del CODISEC debe publicar el referido Plan en el portal institucional y en la plataforma digital de la Dirección General de Seguridad Ciudadana;
Que, el numeral 6.9.2 de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, establece que los planes de acción de seguridad ciudadana tienen un periodo de vigencia de implementación de cuatro años y se formulan un año antes de su implementación, no obstante, pueden ser actualizados anualmente;
Que, mediante Informe N° 039-2023-CODISEC-GSC/MDLP, la Gerencia de Seguridad Ciudadana presenta el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de La Perla 2024 – 2027, el mismo que ha sido formulado y aprobado por el CODISEC, a fin de que sea aprobado por el Concejo Municipal;
Que, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de La Perla 2024 - 2027, cuenta con cinco objetivos prioritarios, los cuales son: a) implementar las acciones que proporcionan la prevención del delito y violencia cometidos por los adolescentes y jóvenes que afectan a la población; b) mejorar el acceso de la ciudadanía a los servicios de seguridad ciudadana; c) reducir la victimización por los delitos de robo y hurto en espacios públicos; d) reducir la incidencia de delitos violentos que afectan a la población; y e) disminuir los delitos de complejidad cometidos por bandas criminales que victimizan a la población;
Que, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de La Perla 2024 - 2027, cuenta con cinco objetivos prioritarios, los cuales son: a) implementar las acciones que proporcionan la prevención del delito y violencia cometidos por los adolescentes y jóvenes que afectan a la población; b) mejorar el acceso de la ciudadanía a los servicios de seguridad ciudadana; c) reducir la victimización por los delitos de robo y hurto en espacios públicos; d) reducir la incidencia de delitos violentos que afectan a la población; y e) disminuir los delitos de complejidad cometidos por bandas criminales que victimizan a la población;
Que, mediante Informe N° 039-2023-CODISEC-GSC/MDLP emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana con fecha 16 de octubre de 2023; Informe N° 236-2023-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización con fecha 02 de noviembre de 2023; Informe N° 962-2023-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 07 de noviembre de 2023; Memorándum N° 1259-2023/GM-MDLP emitido por Gerencia Municipal con fecha 10 de noviembre de 2023; Informe N° 275-2023-GSC-MDLP emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana con fecha 30 de noviembre de 2023; Informe N° 257-2023-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización de fecha 30 de noviembre de 2023, las áreas competentes señalan la conformidad y procedencia para la aprobación mediante Ordenanza Municipal del “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de La Perla 2024 - 2027”;
Que, mediante el Dictamen N° 001–2023-MDLP/COPSC de fecha 30 de noviembre de 2023, la Comisión Ordinaria de Protección y Seguridad Ciudadana, consideró por UNANIMIDAD recomendar al Concejo Municipal la aprobación mediante Ordenanza Municipal del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de La Perla 2024 – 2027, con la salvedad de que la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización se pronuncie sobre la viabilidad de la asignación presupuestal designada a las actividades estratégicas que se ejecutaran en el ejercicio fiscal 2024, observación que fue subsanada mediante Informe N° 257-2023-GPPM/MDLP;
Que, estando a las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y con el voto por UNANIMIDAD, el Concejo Municipal ha aprobado lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA PERLA 2024 – 2027
Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA PERLA 2024 – 2027, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, documento que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, designada como Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación en el portal institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe) y el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA
Alcalde
2244085-1