Designan fiscales en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 3422-2023-MP-FN
Lima, 12 de diciembre de 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
El escrito cursado por el abogado Marco Miguel Huamán Muñoz, Fiscal Adjunto Supremo Provisional, designado como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, y Coordinador del Área Especializada en Denuncias Constitucionales, mediante el cual eleva su carta de renuncia a los referidos cargos, por motivos personales.
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1314-2022-MP-FN, de fecha 02 de julio de 2022, se resolvió nombrar al abogado Marco Miguel Huamán Muñoz, como Fiscal Adjunto Supremo Provisional, y designarlo como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, asimismo con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1385-2022-MP-FN, de fecha 08 de julio de 2022, fue designado como Coordinador del Área Especializada en Denuncias Constitucionales.
El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación Interino, el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.
Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.
El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, se hace oportuno expedir el resolutivo mediante el cual se disponga aceptar la renuncia señalada en el primer párrafo de la presente resolución, y dar por concluido los nombramientos y designaciones del personal fiscal que de manera provisional ocupan las plazas fiscales a generarse para la designación del personal fiscal titular.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia del abogado Marco Miguel Huamán Muñoz, como Fiscal Adjunto Supremo Provisional, su designación como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, y como Coordinador del Área Especializada en Denuncias Constitucionales; así como, la prórroga de la vigencia de dicho nombramiento y designaciones, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 1314-2022-MP-FN, 1385-2022-MP-FN y 1441-2023-MP-FN, de fechas 02 y 08 de julio de 2022 y 16 de junio de 2023, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edwin Manrique Durand, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1482-2022-MP-FN, de fecha 19 de julio de 2022.
Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Alfredo Lázaro Marca, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, así como la vigencia de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2553-2022-MP-FN y 1504-2023-MP-FN, de fechas 25 de noviembre de 2022 y 26 de junio de 2023, respectivamente.
Artículo Cuarto.- Designar al doctor Marco Miguel Huamán Muñoz, Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.
Artículo Quinto.- Designar al abogado Edwin Manrique Durand, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.
Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2243678-1