Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, usos y técnicas tradicionales de tejido de la Comunidad Campesina de Oruro del distrito Crucero, provincia de Carabaya, departamento de Puno
RESOLUCIóN VICEMINISTERIAL
N° 000310-2023-VMPCIC/MC
San Borja, 12 de diciembre del 2023
VISTOS, el Informe N° 000753-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; los Informes N° 000041-2023-DPI-CAG/MC y N° 000716-2023-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación N° 000858-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura-UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;
Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que son bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y saberes tradicionales, así como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales inherentes a ellos. Comprenden además a las lenguas, expresiones orales, música, danzas, fiestas, celebraciones y rituales; asimismo, formas de organización social, manifestaciones artísticas, prácticas medicinales, culinarias, tecnológicas o productivas, entre otras. Este patrimonio es recreado y salvaguardado por las comunidades, grupos e individuos quienes lo transmiten de generación en generación y lo reconocen como parte de su identidad cultural y social;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;
Que, a través del Memorando N° 000678-2023-DDC PUN/MC, complementado por el Informe N° 000026-2023-DDC PUN/MC, se remite los antecedentes administrativos organizados a mérito de la solicitud presentada para declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, usos y técnicas artesanales de tejido de la Comunidad Campesina de Oruro, del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, departamento de Puno, así como la solicitud presentada por la Comunidad Campesina de Oruro;
Que, el distrito de Crucero, provincia de Carabaya, región Puno, es un centro de articulación con pueblos andinos y amazónicos, así como cumple su función de eje económico con los centros poblados de su entorno. Igualmente, articula a los distritos Phara y Limbani de la provincia Sandia y el distrito Potoni en la provincia de Azángaro. La principal vía de comunicación en la zona es la carretera denominada Carlos Gutiérrez que conecta Crucero con Phara y Limbani, siendo Crucero el centro funcional de esta unidad geográfica donde se encuentra la Comunidad Campesina de Oruro;
Que, la actividad artesanal en el área es una herencia ancestral, producto de la concentración de crianza de alpacas, llamas y ovinos. Esta actividad artesanal está guiada en su mayoría por mujeres, quienes con dedicación elaboran prendas de fibra de alpaca y de ovino, tales como las lliclla o mantas andinas, ponchos, chullos, p’ullos, frazadas, entre otros;
Que, en lo que respecta al ciclo productivo de la materia prima, se empieza con la esquila de la fibra de alpaca, oveja y llama. La época de esquila, por lo general, suele ser en los meses de octubre a diciembre, ya que la temperatura cálida y las primeras lluvias son favorables para el proceso. No obstante, hoy en día se extiende la esquila hasta mediados de mayo pues la temperatura continúa siendo favorable, al igual que el crecimiento de pasto fresco les permite a los animales cubrir el desgaste energético para que les crezca su pelaje. Debe de tomarse en cuenta que los animales esquilados no deben quedar expuestos al frío, pues este es muy intenso durante los meses de invierno;
Que, a través de la esquila se obtiene el vellón, es decir, el conjunto total del pelaje o fibra que cubre a un animal. Existen dos tipos de vellón: el manto o fibra fina que se encuentra en el lomo y los flancos o laterales del animal; y las bragas, que son las fibras gruesas que se concentran en la región pectoral, en las extremidades y la cabeza. Una vez extraída la fibra, se procede a enrollar a partir del vellón doblado, iniciando por la parte posterior hacia el cuello. Después, el vellón de la región del cuello se tuerce en una especie de soga para, con ello, asegurar el vellón enrollado a manera de tambor. Las fibras cortas y bragas se embolsan y se adjuntan al vellón para su venta;
Que, en su mayoría, se utiliza la fibra de oveja, que tiene menos valor en el mercado a comparación de la de alpaca. Esta última no es utilizada masivamente por ser más costosa y menos comercializable a nivel local. Luego del proceso de envellonado se seleccionan las tonalidades de colores de la fibra y se agrupan para que, después, se puedan obtener tejidos de tonos definidos;
Que, sobre el trabajo textil artesanal en la Comunidad Campesina de Oruro esta es una labor principalmente femenina. Tradicionalmente, las mujeres que elaboran distintas piezas tejidas están aptas para el matrimonio, pues esta tarea es tan importante como lo son la preparación de los alimentos y las labores del hogar. Igualmente, sus tejidos serán parte de la ornamentación de sus casas, como es el caso de los cubre mesas, y para abrigo, como las frazadas, cuya confección es casi un deber;
Que, para el hilado de la fibra, se debe realizar primero su lavado para reducir las impurezas de grasa y partículas no deseadas, como tierra y hierbas. Para este proceso, se debe hervir el agua a 30°C, en caso sea fibra de alpaca. En el caso de la fibra de ovino, la temperatura debe ascender entre los 40°C y 50°C, ya que esta posee más grasa y tiene mayor presencia de impurezas. El lavado de las fibras debe de hacerse en forma de batido, es decir agitándolas dentro del agua, sin refregar o frotar. El escurrido debe hacerse oprimiendo y, luego, sacudiendo la fibra;
Que, por su parte, el hilado se logra con la torsión de pequeñas cantidades de fibra para obtener una hebra continua. Esta técnica se lleva a cabo mediante el uso de herramientas tradicionales, siendo una de ellas la rueca, consistente en una vara de madera larga en la cual se coloca una cantidad de fibra, como si fuera una especie de copo. Otra herramienta es la pushka o huso, vara de madera de chonta que lleva a modo de contrapeso, en el extremo inferior, un eje o piruro, pieza redondeada también de madera;
Que, los hilos resultantes que son más delgados se usan para la elaboración de prendas de vestir, como chullos, guantes o abrigos; mientras que los hilos más gruesos se destinan a la elaboración de artículos de uso doméstico, como frazadas, llicllas, fajas, artículos decorativos, entre otros. A medida que la pushka se va llenando de hilo, este se irá ovillando. Así, los hilos se agruparán en ovillos o madejas, que luego se someterán a un proceso de teñido;
Que, para el caso del teñido natural, se deberán extraer los pigmentos de especies vegetales tales como el nogal (para tonos marrones), el molle (para tonos verdes), la chilca (para tonos verdes y amarillos), el tankar (para tonos azules, amarillos y verdes), la masocopa (para tonos rojos y marrones), el aliso (para tonos amarillos) o la tara (para tonos grises). En el caso de las plantas, primero se seleccionan las hojas, flores, frutos, tallos, cortezas o raíces, que se lavan y luego se pican o se muelen, y se dejan, incluso, remojando. Al día siguiente, todo este material se pone a calentar y se sumergen las madejas, previamente mojadas y mordentadas, es decir, con un mordiente o compuesto que favorece la unión entre el tinte y la fibra de forma permanente, como la sal o el alumbre;
Que, se deja hervir a fuego lento, revolviendo suavemente para que la fibra adquiera una pigmentación pareja. Luego de 25 minutos, aproximadamente, se agregan 15 gramos de sal por cada 100 gramos de fibra, ya que la sal funciona como fuente imprimante. Se continúa hirviendo durante 10 minutos más, hasta que se apaga el fuego y se deja enfriar. Luego, se enjuagan las madejas con agua tibia y se dejan secar en la sombra. Toda la operación de teñido se repite las veces necesarias, en caso se deseen tonalidades más intensas. Cabe mencionar que, hoy en día, se suele teñir la fibra con colorantes sintéticos, de origen industrial;
Que, por otro lado, para la confección de tejidos, se procede con el armado del telar, el cual puede ser el telar de cintura, el telar de lizos o el telar de pampa awayo y. En el caso del telar de cintura o faja, este es un instrumento también empleado en Mesoamérica, el cual consta de dos varas paralelas al tejedor, una de las cuales se fija a un tronco o estaca, mientras que la otra se amarra a la cintura del tejedor. En este tipo de telar se suelen confeccionar fajas y bolsos;
Que, por su parte, el telar de lizos o de pedales es un instrumento traído por los españoles durante la Colonia, mediante el cual se elevan los hilos de la urdimbre para abrir la calada y pasar la trama, gracias al movimiento que hacen los pies en los dos pedales. Los textiles se producen por piezas o partes iguales, que luego se unen. Así, se pueden elaborar telas grandes para el diseño de ropa, así como de objetos utilitarios;
Que, en el caso del telar de pampa awayo, este también se conoce como telar de cuatro estacas o telar de tejido en el suelo. Está compuesto por cuatro takarpu o estacas cilíndricas de madera, distribuidas y clavadas de forma equidistante en el piso, formando un rectángulo. También, se pueden usar estacas de metal, que le otorgan mayor consistencia al cuadrángulo que se forma. La estabilidad de las estacas es primordial, ya que quien teje suele realizar movimientos acelerados, en busca de una buena confección del telar. El tamaño de las estacas dependerá del ancho del telar que se desea producir. A su vez, las cuatro estacas se sujetan por cuatro watana o soguillas, hechas con fibra de llama, para conformar el rectángulo. En ocasiones, se utilizan sogas de mayor grosor, según el tipo de tejido que se desea lograr;
Que, para el uso del telar de pampa awayo, las tejedoras se sientan sobre cueros de ovino o de alpaca, colocados en el suelo. Durante su proceso de tejido, utilizan distintas herramientas, como la murmuna (vara delgada de madera de chonta, con la que se combinan los hilos de colores para formar figuras), el ruki (vara de madera dura tallada, con terminación en punta y que sirve para prensar y fijar el urdido), la wich’uña (vara hecha del hueso de fémur de la alpaca o llama, que sirve para estrujar los hilos de la trama y ordenarlos, para que el tejido se vuelva sólido y compacto) y la k’ashkina (vara con terminación en punta aplanada, elaborada con el hueso de fémur de llama o de alpaca, que sirve para escoger los hilos que darán forma a las figuras);
Que, en lo que respecta a los distintos artículos textiles que se confeccionan, se tiene la lliclla o manta andina que usan las mujeres, tejida con fibra de alpaca o de oveja en telar de pampa awayo, en la que se representan figuras de la fauna, la flora y la cosmovisión andina. Esta manta, de forma cuadrada, está formada por dos secciones cosidas con tanta precisión, que parece una sola pieza. El tamaño de la lliclla varía entre regiones e, igualmente, su confección depende de la función y usos que se le da, como son cargar a los bebés, los productos de la chacra, entre otros;
Que, otro artículo que se teje es la ch’uspa, bolso pequeño de uso ritual, en el que tradicionalmente se suelen guardar hojas de coca. En las ceremonias, la ch’uspa es usada por marido y mujer, mientras que las autoridades también utilizan estos bolsos confeccionados en color rojo. Vale resaltar que la ch’uspa de la Comunidad Campesina de Oruro, a diferencia de la ch’uspa de estilo cusqueño, es más pequeña y tiene detalles más vistosos, con diversas ornamentaciones que dan colorido y vistosidad;
Que, también se teje con fibra de ovino el chumpi o faja, que hace las veces de una correa al sostener los pantalones y polleras, así como ayuda a ajustar los trajes. El chumpi de mejor calidad es el que se teje con fibra de alpaca. En esta prenda prevalece en mayor proporción el rojo, azul, amarillo, verde y otras tonalidades complementarias. Igualmente, presenta iconografía que representa a la fauna, la flora y distintos símbolos. El chumpi suele heredarse de generación en generación, por lo que se pueden encontrar piezas muy antiguas;
Que, otra prenda tejida es el chullo, gorro andino que presenta diversidad de colores e iconografía. No obstante, en la Comunidad Campesina de Oruro se usan los chullos de color blanco para distinguir a las autoridades, como el teniente gobernador, el alcalde del centro poblado, entre otros. También, se tiene la inkuña, pieza tejida de forma rectangular o cuadrada de uso ceremonial, hecha con fibra de color natural o con teñido monocromático, que puede o no presentar diseños en sus extremos. Al respecto, sobre la inkuña se colocan hojas de coca y otros elementos relacionados con ofrendas rituales, aunque también se utiliza para guardar objetos como hilos, agujas, entre otros. Cabe resaltar que otro artículo que tejen en la comunidad es la frazada, confeccionada con fibra de ovino en su mayoría, pues los hilos poseen mayor densidad y grosor. Las frazadas presentan diversidad de iconografía;
Que, sobre las figuras que componen la iconografía textil, se encuentran las asociadas al quehacer agrícola y la naturaleza, como plantas, chacras, animales, estrellas, e, incluso, las fechas de cosecha, el estado de la siembra y un calendario. Igualmente, los textiles presentan animales propios del entorno andino (llamas, patos, caballos, pumas, el ave lequechu, mariposas, entre otros), aunque también se observan otras especies como el pavo real, el elefante y simios. Incluso, se representan animales mitológicos como el dragón, lo que responde a la influencia de la televisión y medios digitales;
Que, luego de todo lo expuesto, se evidencia la importancia de la labor textil artesanal en la Comunidad Campesina de Oruro, tarea eminentemente femenina y que constituye una herencia ancestral, producto de la crianza de alpacas, llamas y ovinos, a los que se esquila para obtener su fibra para los tejidos. A su vez, las prendas son confeccionadas con instrumentos de uso tradicional, con procedimientos y técnicas antiguas de teñido y de tejido que se transmiten de generación en generación a nivel intrafamiliar, lo que ha permitido la salvaguardia de esos conocimientos. La producción textil artesanal sirve para el uso doméstico, ceremonial y ritual en la comunidad, pero también es una fuente de ingresos a través de su venta, al igual que la comercialización de la fibra de ovino y camélidos que se extrae y procesa;
Que, en sus tejidos, las mujeres plasman su entorno, cotidianeidad e imaginario, siendo el textil un vehículo que contiene la cosmovisión de esta zona del país y que demuestra la relación de las personas con su territorio. Igualmente, los textiles se incluyen en prácticas ceremoniales y rituales, permitiendo expresar y afirmar la identidad cultural de la población;
Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000041-2023-DPI-CAG/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado de los Conocimientos, usos y técnicas tradicionales de tejido de la Comunidad Campesina de Oruro del distrito Crucero, provincia de Carabaya, departamento de Puno; motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprueba la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar dichas manifestaciones; así como su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”;
Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, usos y técnicas tradicionales de tejido de la Comunidad Campesina de Oruro del distrito Crucero, provincia de Carabaya, departamento de Puno por su original valor estético, utilitario y ceremonial; y por ser fuente de la identidad cultural de sus habitantes.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) con el Informe N° 000041-2023-DPI-CAG/MC.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución y el Informe 000041-2023-DPI-CAG/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno y a la Comunidad Campesina de Oruro para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2243657-1