Aprueban el instrumento de Gestión Ambiental Regional denominado: “Estrategía Regional de Cambio Climático de Madre de Dios (ERCCMDD) 2023 - 2030”

CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

ORDENANZA REGIONAL

Nº 010-2023-RMDD/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria realizada el día miércoles 13 de setiembre del 2023, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, la Comisión de Salud y Población del Consejo Regional a través del Informe N° 0036-2023-GOREMAD-CR-CSYP, propone al Pleno, aprobar el documento de gestión denominado: “Estrategia Regional de Cambio Climático de Madre de Dios”.

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, considera como una de sus funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, la que señala en su artículo 53, literal c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas;

Que, en concordancia con la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), como parte de los compromisos asumidos dentro de la CMNUCC, el Perú se comprometió a desarrollar una Estrategia Nacional de Cambio Climático, en la cual se defina la visión del país en cuanto al cambio climático y las acciones tendientes a su adaptación, a la mitigación y prevención de sus efectos.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y sub nacionales en materia de cambio climático.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 090-2016-MINAM, de fecha 12 de abril del 2016, se aprueban los j”Lineamientos para la Gestión Integrada del Cambio Climático”, cuyo objetivo es fortalecer la gestión integrada de cambio climático, a través de la implementación de un proceso de concertación multisectorial y multinivel del sector público y privado, y de la sociedad civil, (…)

Que, la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, en su artículo 8º, señala que los gobiernos regionales y locales, en el marco de sus competencias y funciones, otorgadas por ley expresa o a través del proceso de descentralización, son responsables de: 8.1. Ejecutar las políticas públicas nacionales sobre cambio climático y diseñar, monitorear, evaluar y rediseñar las estrategias regionales sobre cambio climático. 8.2. Incorporar medidas de mitigación y adaptación al cambio climático en su Plan Territorial, Plan de Desarrollo Concertado Regional y Local, Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Institucional, Programas Presupuestales e instrumentos de inversión.

Que, el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, señala como funciones de las autoridades regionales 1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su Estrategia Regional ante el Cambio Climático (ERCC), de conformidad con la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático (ENCC), las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertado (…)

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2021-MINAM, de fecha 17 de agosto del 2021, se aprueba los “Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático y sus anexos” que orienta a los gobiernos regionales para la formulación y actualización de sus ERCC, a fin de que éstos se encuentren alineados a la ENCC y articulados a las NDC, y a sus instrumentos de gestión territorial vigentes.

Que, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que los Gobiernos Regionales deben implementar el sistema regional de gestión ambiental sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales en el ámbito regional; asimismo la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su artículo 8, numeral 8.1. Indica que: “La Política Nacional del Ambiente constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del gobierno nacional, regional y local; del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental”.

Que, la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico regula el Sistema Nacional de Planificación Estratégica (SINAPLAN), que presenta una metodología estandarizada de planeamiento estratégico, de aplicación obligatoria para todas las entidades del sector público, incorporando la prospectiva y la anticipación estratégica como elementos claves en el proceso de planeamiento.

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2022-RMDD/CR, de fecha 04 de noviembre del 2022, se declaró de interés regional la actualización y aprobación de la estrategia Regional de Cambio Climático de Madre de Dios para el periodo 2023-2030; así como, la conformación del equipo técnico encargado de elaborar el documento de gestión ambiental.

Que, mediante Oficio Nº 0038-2023-MINAM/VMDERN/DGCCD, se remite el Informe Nº 072-2023-MINAM/VMDERN/DGCCD, de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación del Ministerio del Ambiente, con opinión favorable a la Estrategia Regional de Cambio Climático de Madre de Dios 2023-2030.

Que, la Estrategia Regional de Cambio Climático constituye un documento de gestión participativa y multisectorial, concordante con las políticas y lineamientos nacionales y regionales, constituyéndose en una herramienta de acción y promoción de una cultura de adaptación y mitigación al cambio climático, a fin de proteger y conservar la vida, los bienes y servicios naturales de la Región.

Que, mediante Informe Nº 047-2023-GOREMAD-GRRNYGA/SGGAYDS, de fecha 27 de junio del 2023 e Informe Nº 011-2023-GOREMAD/GRPPYAT/SGP-CAPV, de fecha 02 de agosto del 2023, la Subgerencia de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Madre de Dios, concluyen recomendando se apruebe el instrumento de gestión Estrategia Regional de Cambio Climático de Madre de Dios 2023-2030, considerando la pluralidad de normas de las normas gubernamentales señaladas e informes técnicos normativos.

Que, la ERCC de la Región Madre de Dios formula una visión coherente con las políticas nacionales e internacionales para enfrentar los desafíos del cambio climático: “Al 2030 la Región Madre de Dios adaptándose a los efectos adversos, teniendo en cuenta que somos uno de los países más vulnerables ante el cambio climático y Madre de Dios al ser megadiverso, evidencia vulnerabilidad; ante ello, se establecen 19 medidas de mitigación en los sectores priorizados y 30 medidas de adaptación en las áreas priorizadas”

Que, el numeral 24.2 del artículo 24 del Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que: 22.4 Las ERCC son de obligatorio cumplimiento para los gobiernos regionales. Las ERCC son formuladas y actualizadas por el gobierno regional en coordinación con la Comisión Ambiental Regional, que incluye a los gobiernos municipales provinciales y distritales; y aprobada mediante Ordenanza Regional, con opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente.

El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, por unanimidad.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

Artículo Primero.- APROBAR, el instrumento de Gestión Ambiental Regional denominado: “ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE MADRE DE DIOS (ERCCMDD) 2023 - 2030”, documento que consta de cuatrocientos quince (415) folios útiles.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación inmediata de las medidas de mitigación y sobre todo incidir en las medidas de adaptación al cambio climático y ejecución directa de las actividades, iniciativas y adecuaciones normativas derivadas a ejecutar la Estrategia Regional de Cambio Climático de Madre de Dios.

Artículo Tercero.- INCORPORAR las acciones estratégicas contenidas en la “ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO (ERCCMDD) DE MADRE DE DIOS”, en la Formulación de Programas y Proyectos de Inversión Pública a nivel de estudios de pre inversión e inversión, que permitan asegurar las metas planificadas a partir del año 2023, con un monitoreo y evaluación oportunos y organizados para el logro eficiente de las metas propuestas para el año 2030.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, a la Comisión Ambiental Regional de Madre de Dios (CAR MDD), y demás entes competentes del Gobierno Regional de Madre de Dios, adoptar las medidas necesarias para la ejecución, el monitoreo y evaluación periódica de la presente estrategia regional.

Artículo Quinto.- DISPONER, bajo responsabilidad, a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios”, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, sin perjuicio que los costos de publicación puedan ser asumidos por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonia y Comunidades Nativas realizar el seguimiento respecto a la implementación de la presente norma regional.

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.

En la ciudad de Puerto Maldonado, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.

EDGAR CLINT LOPEZ CORNEJO

Consejero Delegado

Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.

LUIS OTSUKA SALAZAR

Gobernador Regional

2242995-1