Aprueban Cuadros para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Salud Tacna, Hospital Hipólito Unanue y Red de Salud Tacna
ORDENANZA REGIONAL
Nº 018-2023-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta de noviembre del dos mil veintitrés, en Sesión Ordinaria, se aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, en su artículo 192 prescribe: “Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) s. Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; asimismo, el artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.
Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en la Cuarta Disposición Complementaria Final establece: “Créase el cuadro de puesto de la entidad (CPE) como instrumento de gestión (...). Este instrumento reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP)”.
Que, el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Aprueban el Reglamento General de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, establece la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades.
Que, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023, en su Nonagésima Tercera Disposición Complementaria Final señala: “Autorízase, excepcionalmente y por única vez, el nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud contratados en plaza presupuestada vacante y que perciben sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, identificados al 31 de julio de 2022, previa verificación del cumplimiento de los perfiles establecidos por la normatividad pertinente para cada plaza. (…)”.
Que, mediante Oficio Nº 1104-2023-GGR-GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 21 de noviembre de 2023, remitido por el Gobernador Regional al Consejo Regional de Tacna se solicita la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal CAP Provisional de las Unidades Ejecutoras UE 400: DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD TACNA; UE 401: HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE TACNA; y UE 402: RED DE SALUD DE TACNA, para lo cual se adjunta la documentación sustentatoria de su pedido.
Que, con el Informe Nº 341-2023-EORG-OEPE/DRS.T./GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de octubre del 2023, emitido por la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección Regional de Salud de Tacna; el Informe Nº 233-2023-EARRHH-OEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de octubre del 2023, emitido por la Dirección Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud de Tacna; el Informe Técnico Nº 000215-2023-SERVIR-GDSRH, de fecha 08 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR; la Opinión Legal Nº 1699-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de noviembre de 2023, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Informe del Asesor de Comisión Nº 014-2023-CRCC-COPPyAT-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 27 de noviembre de 2023; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.
Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió emitir el DICTAMEN Nº 039-2023-COPPyAT-CR, de fecha 27 noviembre 2023, sobre: “APROBAR LA PROPUESTA DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDAD EJECUTORA 400: DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD TACNA; DE LA UNIDAD EJECUTORA 401: HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE TACNA; Y DE LA UNIDAD EJECUTORA 402: RED DE SALUD DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Ordinaria, de fecha 30 de noviembre de 2023, ello en mérito al Pedido Nº 002-2023-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de noviembre de 2023 efectuado por el Presidente de la antes referida comisión ordinaria.
Que, considerando las normas antes indicadas y teniendo en cuenta los informes técnicos y legales favorables, emitidos por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, resulta procedente la aprobación de la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Unidad Ejecutora 400: Dirección Regional de salud Tacna; Unidad Ejecutora 401: Hospital Hipólito Unanue de Tacna; y, la Unidad Ejecutora 402: Red de Salud de Tacna.
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDAD EJECUTORA 400: DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD TACNA, de un total de doscientos setenta y uno (271), distribuidos en doscientos cuarenta y cuatro (244) ocupados y veintisiete (27) previstos, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDAD EJECUTORA 401: HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE TACNA, de un total de novecientos quince (915), distribuidos en setecientos sesenta y seis (766) ocupados, y ciento cuarenta y nueve (149) previstos, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA UNIDAD EJECUTORA 402: RED DE SALUD TACNA, de un total de mil trescientos setenta y seis (1376) cargos, distribuidos en mil setenta y seis (1076) ocupados y trescientos (300) previstos, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, a la Dirección Regional de Salud Tacna, al Hospital Hipólito Unanue de Tacna y a la Red de Salud Tacna, la implementación de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Séptimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
Artículo Octavo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se difundirán en el Portal Electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
En la ciudad de Tacna, al día treinta de noviembre de dos mil veintitrés.
MANUEL ISAÍAS MORI MAMANI
Presidente
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 6 de diciembre del 2023
LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO
Gobernador Regional
2242724-1