Aprueban las Bases del Sorteo del Programa de Incentivos “Vecino Puntual y Exclusivo”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 016-2023-MDJM
Jesús María, 5 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA,
VISTOS: El informe N° 0075-2023-MDJM-GAT-SGRFT de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, el Informe N° 17-2023-MDJM-GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proveído N° 1311-2023-MDJM/GM de la Gerencia Municipal y el Informe N° 127-2023-MDJM/OGAJRC de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo al artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, en este sentido, con fecha 14 de marzo de 2023, se aprueba la Ordenanza N° 683-MDJM, mediante la cual se regula el Programa de Incentivos “Vecino Puntual y Exclusivo” en el Distrito de Jesús María; en cuyo artículo 1 se precisa que el citado Programa tiene por finalidad promover el bienestar de los vecinos del distrito e incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones tributarias, otorgando para dicho fin , beneficios como descuentos, promociones por compra de bienes o servicios, premios, atención preferente, entre otros;
Que, la citada Ordenanza, en su artículo 3, se establece que el Programa de Incentivos “estará a cargo de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, estando facultada para realizar las acciones necesarias para el desarrollo del Programa, para lo cual contará con el apoyo de la Gerencia de Administración, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación y demás unidades orgánicas de acuerdo a sus funciones y competencias;
Que, asimismo, en su artículo 7 referido a los Beneficios del Programa, se precisa que dentro de los beneficios con los que contará el Programa de Incentivos, está la “participación en los sorteos que programe la entidad, de acuerdo al procedimiento establecido para a presente Ordenanza”; por lo cual con la finalidad de hacer efectivos dichos sorteos, resulta imperioso determinar las disposiciones necesarias para la celebración de los sorteos dentro del Programa de Incentivos “Vecino Puntual y Exclusivo” en el Distrito de Jesús María;
Que, en atención a la competencias consignadas en el artículo 95 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de esta corporación, aprobado con Ordenanza N° 692-2023-MDJM, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, el 13 de noviembre de 2023, mediante Informe N° 0075-2023-MDJM-GAT-SGRFT, emite la propuesta de Bases del Sorteo Programa de Incentivos Vecino Puntual y Exclusivo en el distrito de Jesús María, con su respectivo sustento técnico con la finalidad de viabilizar el reconocimiento y premiación de los contribuyentes que forman parte del citado Programa;
Que, con fecha 29 de noviembre, Gerencia de Administración Tributaria, mediante Informe N° 17-2023-MDJM-GAT emite opinión favorable respecto de la propuesta presentada por la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, considerando necesario establecer las disposiciones que regulen el sorteo de premios a realizarse en el marco del Programa de Incentivos Vecino Puntual y Exclusivo en el distrito de Jesús María, encontrando la propuesta alineada a las disposiciones de la ordenanza N° 683-MDJM, cuyo propósito es desarrollar acciones que generen conciencia tributaria y premiar el cumplimiento del pago de obligaciones;
Que, estando a lo expuesto, a lo informado por la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, de la Gerencia de Administración Tributaria, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil, en atención a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final y Complementaria; y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR las Bases del Sorteo del Programa de Incentivos “Vecino Puntual y Exclusivo” en el Distrito de Jesús María 2023, cuyo texto constan de dieciocho (18) artículos, y que como Anexo, forma parte del presente decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y demás que resulten competentes, el cumplimiento del presente decreto, de acuerdo a sus atribuciones,
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES
Alcalde
NOTA: La Municipalidad distrital de Jesús María, a través del Portal de Gestión de Atención al Cliente precisa que los Anexos se visualizarán en la siguiente página web: https://www.gob.pe/institucion/munijesusmaria/normas-legales?filter%5Bterms%5D=2023&filter%5Btype%5D=111&sheet=
2242475-1