Designan miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional

RESOLUCIóN EJECUTIVA REGIONAL

N° 371-2023-GORE-ICA/GR

Ica, 19 de octubre de 2023

CONSIDERANDO

Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 192° que los Gobiernos Regionales, promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;

Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, en Estado Peruano aprobó el Decreto Legislativo N° 1362, mediante el cual se regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, así como su Reglamento mediante Decreto Supremo N° 240-2018-EF y su modificatoria aprobado mediante Decreto Supremo N° 211-2022-EF;

Que, de acuerdo con los artículos 3° y 6° del Decreto Legislativo N° 1362, se declaró de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país, y que, entre otras entidades, el Gobierno Regional asume la titularidad del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en dicha norma; precisando que el presente tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Público Privadas y Proyectos en Activos;

Que, de conformidad con el numeral 7.1 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1362, prescribe “Las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en el presente Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada”;

Que, el numeral 7.2, artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1362, señala que el Comité de Promoción de la Inversión Privada asume los roles de Organismo Promotor de la inversión Privada, en los procesos de promoción bajo su competencia y Órgano de Coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a dicha entidad; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simplificación de la inversión;

Que, el numeral 7.3 del Artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1362, establece que la Designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución del Gobernador Regional, la misma que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;

Que, el numeral 17.2 del Artículo 17 del Decreto Supremo N° 240-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, indica que en el caso de un Gobierno Regional las funciones del Comité de Promoción de la Inversión Privada son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0126-2019-GORE-ICA/GR, de fecha 17 de abril del 2019, se Revoca la Resolución Ejecutiva Regional N° 365-2017-GORE-ICA/GR, y se designa a los miembros del Comité de Promoción de lnversión Privada, sin embargo, del contenido de la misma se advierte nomas derogadas, por lo tanto, es necesario que la mencionada resolución se deje sin efecto, a fin de emitirse el acto resolutivo dentro del marco normativo vigente;

Que, a través de la Ordenanza Regional N° 0013-2019-GORE-ICA, de fecha 18 de setiembre del 2019, se aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Ica, en cuyo numeral 4, del artículo 25 de la citada norma establece que el Gobernador Regional entre otros tiene como función dictar resoluciones Ejecutivas Regionales;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria por Ley N° 27902, y a la Acreditación expedida por el Jurado Nacional de Elecciones;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Ejecutiva Regional N° 0126-2019-GORE-ICA/GR, de fecha 17 de abril del 2019, mediante el cual se conformó el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional por las razones expuestas en los considerandos.

Artículo Segundo.- DESIGNAR a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional, para el desarrollo de los procesos de promoción de la inversión privada, bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, el mismo que estará integrado de la siguiente manera:

1. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial – Presidente.

2. Gerente Regional de Infraestructura – Miembro

3. Subgerente de Promoción de la Inversión Privada – Miembro

Artículo Tercero.- ESTABLECER, que el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional, ejercerá sus funciones de conformidad con lo prescrito en el Decreto Legislativo N° 1362 y su Reglamento, Modificatorias y demás normas complementarias.

Artículo Cuarto.- PRECISAR que la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución no demandará recursos adicionales a los previstos en la entidad

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Sexto.- COMUNÍQUESE al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Publico Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo Séptimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE CARLOS HURTADO HERRERA

Gobernador Regional

2241961-1