Aprueban el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC

Resolución de Secretaría

de Gestión Pública Nº 003-2023-PCM/SGP

Lima, 27 de noviembre de 2023

VISTO:

El Informe Nº D000312-2023-PCM/SSCS de la Subsecretaría de Calidad de Servicios de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Asimismo, la citada Ley establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; señalando que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2019-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos; cuyo artículo 11 define a la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano – MAC como la única plataforma del Estado que, a través de accesos o canales de atención presenciales, no presenciales o mixto, brinda múltiples servicios de información, orientación, atención de trámites, reclamaciones u otros servicios del Estado, incluyendo los que resulten de la prestación de servicios por instituciones privadas, según corresponda, a fin de asegurar una atención de calidad a las personas naturales y jurídicas;

Que, en concordancia con lo anterior, el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1211, aprobado por Decreto Supremo Nº 090-2019-PCM, estipula que el Centro de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC es un canal de atención presencial de la Plataforma MAC, en el que el Estado presta servicios de diversas entidades en un mismo espacio físico integrado, realizando actividades de orientación, tramitación de procedimientos y servicios de atención al ciudadano;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el TUO del Decreto Legislativo Nº 1211 y su Reglamento, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros es responsable de normar, conducir, diseñar, administrar, implementar y operar a nivel nacional la Plataforma MAC en sus diversos canales de atención, así como de supervisar y evaluar el funcionamiento de la misma;

Que, mediante la Ley Nº 31687 se modifica el Decreto Legislativo Nº 1211, disponiendo que la Presidencia del Consejo de Ministros tiene entre sus atribuciones generales la de determinar las entidades públicas del Poder Ejecutivo, de los demás poderes del Estado y niveles de gobierno, así como los organismos constitucionalmente autónomos que deben participar obligatoriamente en la Plataforma MAC, de acuerdo con criterios de demanda, impacto social, accesibilidad y cercanía, pertenencia a una cadena de trámites o eventos de vida , entre otros que establezca;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2022-PCM/SGP, se aprueba el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC vigente, que tiene como objetivo establecer el modelo de funcionamiento, así como los procesos y procedimientos básicos que garanticen la calidad de los servicios y la atención que requiere la ciudadanía en los Centros MAC, de acuerdo a los lineamientos de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, en el numeral 1.4 del acotado Manual de Funcionamiento, se dispone su revisión con una frecuencia anual por la Subsecretaría de Calidad de Servicios de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de identificar oportunidades de mejora en las operaciones del Centro MAC;

Que, la Subsecretaría de Calidad de Servicios ha realizado la revisión del citado manual; identificando oportunidades de mejora teniendo en cuenta las experiencias acumuladas obtenidas de la operación de los Centros MAC durante el año 2022; las cuales coadyuvarán a optimizar el funcionamiento de los Centros MAC y a lograr los resultados esperados de manera eficiente, eficaz y oportuna a fin de brindar servicios de calidad en beneficio de la ciudadanía;

Que, en este contexto, resulta necesario aprobar un nuevo Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC, cuyas disposiciones son de obligatorio cumplimiento para las entidades administradoras y participantes de los Centros MAC;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1447 y la Ley Nº 31687, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1211, aprobado por Decreto Supremo Nº 090-2019-PCM, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Apruébese el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución; cuyas disposiciones son de obligatorio cumplimiento en todos los Centros MAC a nivel nacional.

Artículo 2.- Supervisión

La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Subsecretaría de Calidad de Servicios, supervisa el cumplimiento de las disposiciones del Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centro MAC aprobado en el artículo 1 precedente.

Artículo 3.- Derogación

Déjese sin efecto la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2022-PCM/SGP, que aprueba el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC.

Artículo 4.- Publicación

La presente Resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano y sus Anexos en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HEBER CUSMA SALDAÑA

Secretario de Gestión Pública

2240811-1