Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 0437/MDLM, que establece el beneficio de regularización tributaria en la jurisdicción del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2023/MDLM
La Molina, 28 de noviembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: el Memorándum Nº 1585-2023-MDLM/GM, de fecha 24 de Noviembre de 2023, de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 250-2023-MDLM-GAJ, de fecha 24 de noviembre de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 156-2023-MDLM-GAF, de fecha 21 de noviembre del 2023, de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Nº 183-2023/MDLM-GPPDI, de fecha 18 de noviembre de 2023, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; el Informe Nº 0099-2023-MDLM-GAT, de fecha 16 de noviembre del 2023, de la Gerencia de Administración Tributaria; y el Informe Nº 0296-2023-MDLM-GAT-SREC, de fecha 14 de noviembre del 2023, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 0437/MDLM publicada en el diario oficial “El Peruano” el 25 de octubre del año en curso, se aprobó la ordenanza que establece el beneficio de regularización tributaria en la jurisdicción del distrito de La Molina; con vigencia al 30 de noviembre del 2023; facultando en su Sexta Disposición Complementaria y Final, al señor Alcalde para que, por decreto de alcaldía, pueda prorrogarse el plazo indicado;
Que, mediante Informe Nº 0296-2023-MDLM-GAT-SREC, de fecha 14 de noviembre del 2023 la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria, indica que a la fecha se viene obteniendo una respuesta positiva con el beneficio tributario, por lo que, con la finalidad de seguir impulsando el pago voluntario de los vecinos, y dada la proximidad del plazo de vencimiento, se propone prorrogar la norma precitada, hasta el 29 de diciembre de 2023;
Que, mediante el Informe Nº 0099-2023-MDLM-GAT, de fecha 16 de noviembre del 2023, de la Gerencia de Administración Tributaria, hace suyo en todos sus extremos el Informe Nº 0296-2023-MDLM-GAT-SREC, de fecha 14 de noviembre del 2023, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, en ese sentido, propone prorrogar la Ordenanza Nº 0437/MDLM, hasta el 29 de diciembre de 2023;
Que, la propuesta cuenta con opinión técnica favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; de la Gerencia de Administración y Finanzas; mediante Informe Nº 183-2023/MDLM-GPPDI, de fecha 18 de noviembre de 2023; e Informe Nº 156-2023-MDLM-GAF, de fecha 21 de noviembre del 2023, respectivamente;
Que, mediante Informe Nº 250-2023-MDLM-GAJ, de fecha 24 de noviembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que resulta legalmente viable prorrogar la Ordenanza Nº 0437/MDLM, hasta el 29 de diciembre de 2023;
Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional — Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción, con los límites que señala la Ley.
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece, que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, en el artículo 42º de la norma citada, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de intereses para el vecindario, que no sean competencia de concejo municipal.
Estando a los considerandos precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y, la Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 0437/MDLM
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 29 de diciembre de 2023, la vigencia de la Ordenanza Nº 0437/MDLM, que establece el beneficio de regularización tributaria en la jurisdicción del distrito.
Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y sus subgerencias ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicación del presente Decreto de Alcaldía, así como la adecuada difusión del mismo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de Alcaldía en el diario oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnologías de Información, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Molina: https://www.munimolina.gob.pe/
Regístrese, comuníquese, publíquese, y cúmplase.
ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCÍA
Alcalde
2240231-1