Modifican la Res. N° 003-2021-PCM/SGSD, mediante la cual se conformó la Mesa de Diálogo denominada “Comité de Monitoreo, Seguimiento y Verificación de acuerdos de la Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA
DE GESTIÓN Y DIÁLOGO
Nº 020-2023-PCM/SGSD
Lima, 23 de noviembre de 2023
VISTO:
El Informe Nº D000280-2023-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los conflictos sociales en el territorio nacional;
Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 003-2021-PCM/SGSD, se conforma el “Comité de Monitoreo, Seguimiento y Verificación de acuerdos de la Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”;
Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021- PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD y Nº 002-2023-PCM/SGSD, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene plazo de vigencia hasta el 30 de noviembre de 2023;
Que, mediante el Informe N° D0000280-2023-PCM-SSGD la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros informa que, debido a su complejidad y envergadura, se encuentran pendientes de atención los acuerdos asumidos en el marco del espacio creado, vinculados a la protección del medio ambiente, uso adecuado del agua y responsabilidad social en favor del desarrollo sostenible de Moquegua, por lo que persiste la necesidad de continuar articulando y coordinando acciones con las entidades públicas y privadas en torno a la problemática minera del departamento de Moquegua;
Que, la referida Subsecretaría, sustenta la necesidad de modificar el artículo 10 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de Nº 003-2021- PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD y Nº 002-2023-PCM/SGSD, a fin de ampliar el periodo de vigencia del espacio hasta el 30 de noviembre de 2024, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar del artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD y Nº 002-2023-PCM/SGSD
Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD y Nº 002-2023-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 10.- Periodo de vigencia e Informe Final
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2024, plazo en el que presenta un informe a la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica”.
Artículo 2.- Publicación
Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEXANDRA AMES BRACHOWICZ
Secretaria de Gestión Social y Diálogo
2239912-1