Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 495-MVES, Ordenanza “SIGAMOS VIENDO EL CAMBIO” que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2023-ALC/MVES
Villa El Salvador, 28 de noviembre del 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR
VISTOS: El Memorando Nº 866-2023-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 371-2023-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 173-2023-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe Nº 659-2023-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 495-MVES, Ordenanza ¨SIGAMOS VIENDO EL CAMBIO¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;
Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras, las de: ¨Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨; y el artículo 42° establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº 495-MVES, Ordenanza ¨SIGAMOS VIENDO EL CAMBIO¨, se establece el otorgamiento de beneficios tributarios y no tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador; estableciéndose que tendría vigencia hasta el 30 de noviembre del 2023; asimismo, se precisa en su Séptima Disposición Transitoria y Final, que se facultaba al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar la vigencia de la misma;
Que, con Informe Nº 173-2023-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, teniendo en consideración el Informe N° 659-2023-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, informa que, siendo uno de los propósitos de la Administración Municipal el de incrementar los ingresos de recaudación para el presente año 2023, resulta necesario incentivar de manera positiva al contribuyente para que realice el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias vencidas, y siendo que la Ordenanza N° 495-MVES, Ordenanza ¨SIGAMOS VIENDO EL CAMBIO¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador, está próxima a vencer, lo cual implicaría que un número considerable de contribuyentes susceptibles a acogerse a éstos beneficios quedarían excluidos, la citada Gerencia solicita se prorrogue la Ordenanza N° 495-MVES, hasta el 30 de diciembre del 2023;
Que, con Informe Nº 371-2023-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite su opinión precisando que resulta legalmente viable se apruebe mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de la vigencia de los beneficios otorgados con Ordenanza N° 495-MVES, Ordenanza ¨SIGAMOS VIENDO EL CAMBIO” que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador hasta el 30 de diciembre del 2023, conforme a lo previsto en el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y lo dispuesto en la Séptima Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 495-MVES;
Que, con Memorando N° 866-2023-GM/MVES, la Gerencia Municipal, teniendo en consideración los informes técnicos y legal emitido, hace suya la propuesta y solicita se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se prorrogue hasta el 30 de diciembre del 2023, la vigencia de la Ordenanza N° 495-MVES, Ordenanza ¨SIGAMOS VIENDO EL CAMBIO¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el numeral 6) del artículo 20° y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ordenanza N° 479-MVES, Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, y la Séptima Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 495-MVES;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre del 2023, la vigencia de la Ordenanza N° 495-MVES, Ordenanza ¨SIGAMOS VIENDO EL CAMBIO¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Unidad de Imagen Institucional, su correcta difusión.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
2239629-1