Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, en calidad de miembros no permanentes, respecto al arbitraje internacional iniciado por las empresas Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A. y Corporación América S.A. contra el Estado peruano (Caso CIADI N° ARB/18/27)
Resolución Ministerial
N° 1683-2023-MTC/01
Lima, 27 de noviembre de 2023
VISTOS:
Los Oficios Nos. 393 y 405-2023-EF/32 de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, el Memorando N° 5430-2023-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes y el Memorando N° 1520-2023-MTC/02 del Despacho Viceministerial de Transportes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (en adelante, la Ley N° 28933), se crea el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, disponiendo en su artículo 3 que el ámbito de aplicación del referido sistema comprende las controversias que se deriven únicamente de: a) Acuerdos celebrados entre Entidades Públicas e inversionistas nacionales o extranjeros en los que se confiera derechos o garantías a estos últimos, tales como contratos de privatización, contratos de concesión, convenios de estabilidad jurídica, licencias de explotación de hidrocarburos, y en general todos aquellos acuerdos que se señalen en el reglamento de la citada Ley que remitan a mecanismos internacionales de solución de controversias; y b) Tratados que contengan disposiciones en materia de inversión, celebrados por el Estado peruano con otros Estados y que establezcan procedimientos de solución de controversias entre los inversionistas de un Estado y el Estado receptor de la inversión;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28933 dispone que la Comisión Especial está adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas y tiene por objeto la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión, tanto en su etapa previa de trato directo, como en la etapa arbitral o de conciliación;
Que, el literal f) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 28933 establece que la Comisión Especial está conformada por miembros permanentes y no permanentes, comprendiendo entre estos últimos a un representante de cada Entidad Pública involucrada en una controversia;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 28933, las Entidades Públicas señaladas en el numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 28933 designan a sus representantes, titular y alterno, mediante resolución del Titular de la Entidad;
Que, el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, aprobado por Decreto Supremo N° 125-2008-EF (en adelante, el Reglamento de la Ley N° 28933), dispone que los miembros titulares y alternos, permanentes y no permanentes, integrantes de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, deben contar con las calificaciones que se establecen en el citado artículo;
Que, por Resolución Ministerial N° 1015-2022-MTC/01, se designa al señor Rany Francisco Rodríguez Reátegui, el entonces Director de Inversión Privada en Transportes, y al señor Luis Daniel Esparza Barrientos, servidor civil de la Dirección de Inversión Privada en Transportes, ambos de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, como representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión (en adelante, la Comisión Especial), en calidad de miembros no permanentes, respecto al arbitraje internacional iniciado por las empresas Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A. y Corporación América S.A. contra el Estado peruano (Caso CIADI N° ARB/18/27);
Que, mediante Oficio N° 393-2023-EF/32, la Secretaría Técnica de la Comisión Especial solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones designar un nuevo representante titular ante la Comisión Especial en reemplazo del señor Rany Francisco Rodríguez Reátegui, al haber tomado conocimiento que la referida persona no labora actualmente en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, de acuerdo a lo indicado en el citado oficio, el arbitraje internacional es iniciado por las empresas Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A. y Corporación América S.A. contra el Estado peruano, al amparo del Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Argentina sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones y del Contrato de Concesión para el Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación y Mantenimiento del nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero en Cusco;
Que, asimismo, en el mencionado oficio se señala que, en sesión de fecha 21 de julio de 2017, la Comisión Especial determinó por unanimidad ser competente para representar al Estado en la referida controversia e incorporar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones como miembro no permanente de la Comisión Especial, de conformidad con lo establecido en el literal f) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley N° 28933;
Que, mediante Oficio N° 405-2023-EF/32, la Secretaría Técnica de la Comisión Especial solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones designar un nuevo representante alterno ante la Comisión Especial en reemplazo del señor Luis Daniel Esparza Barrientos, al haber tomado conocimiento que la referida persona se encontraba en descanso vacacional;
Que, con Memorando N° 5430-2023-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes hace suyo y remite al Despacho Viceministerial de Transportes el Informe N° 2555-2023-MTC/19.02, elaborado por la Dirección de Inversión Privada en Transportes, mediante el cual concluye que resulta necesario designar a los nuevos representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Especial por las razones expuestas en el citado informe y, en atención a ello, recomienda designar a la señora Blanca Silvia Dávalos Mejía, Directora de Inversión Privada en Transportes, y al señor Jorge Eduardo Salas Ojeda, servidor civil de la Dirección de Inversión Privada en Transportes, como representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente;
Que, por Memorando N° 1520-2023-MTC/02, el Despacho Viceministerial de Transportes remite a la Secretaría General el Memorando N° 5430-2023-MTC/19 e Informe N° 2555-2023-MTC/19.02, a fin de continuar con el trámite correspondiente;
Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Especial, en calidad de miembros no permanentes, respecto al arbitraje internacional iniciado por las empresas Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A. y Corporación América S.A. contra el Estado peruano (Caso CIADI N° ARB/18/27);
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 125-2008-EF; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los señores Rany Francisco Rodríguez Reátegui y Luis Daniel Esparza Barrientos como representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, efectuadas mediante la Resolución Ministerial N° 1015-2022-MTC/01, dándoseles las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, en calidad de miembros no permanentes, respecto al arbitraje internacional iniciado por las empresas Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A. y Corporación América S.A. contra el Estado peruano (Caso CIADI N° ARB/18/27), al amparo del Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Argentina sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones y del Contrato de Concesión para el Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación y Mantenimiento del nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero en Cusco, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 125-2008-EF, según se detalla a continuación:
- Representante Titular: Blanca Silvia Dávalos Mejía, Directora de Inversión Privada en Transportes de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes.
- Representante Alterno: Jorge Eduardo Salas Ojeda, servidor civil de la Dirección de Inversión Privada en Transportes de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a las personas señaladas en los artículos precedentes, al Despacho Viceministerial de Transportes y a la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, para los fines pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
2239613-1