Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 452-MDSJL, que “Aprueba Incentivos tributarios en la jurisdicción del Distrito de San Juan de Lurigancho”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 029-2023-MDSJL
San Juan de Lurigancho, 27 de noviembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTOS; el Memorando N° 3263-2023-GEC/MDSJL, de la Gerencia de Ejecución Coactiva, de fecha 22 de noviembre de 2023; el Informe N° 1895-2023-SGRCyC-GAT/MDSJL, de la Subgerencia de Recaudación y Control, de fecha 22 de noviembre de 2023; el Informe Nº 072-2023-GAT/MDSJL, de la Gerencia de Administración Tributaria, de fecha 22 de noviembre de 2023; el Informe Legal Nº 376-2023-GAJ/MDSJL, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 23 de noviembre de 2023; el Proveído Nº 4955-2023-GM/MDSJL, de la Gerencia Municipal, de fecha 24 de noviembre de 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, de conformidad con lo señalado en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía que establecen normas reglamentarias y de aplicación de ordenanzas, de conformidad con lo señalado en el segundo párrafo de los artículos 39 y 42 de la Ley Nº 27972;
Que, el artículo 29 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013- EF y sus modificatorias, dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria;
Que, la Ordenanza Nº 452-MDSJL, aprueba incentivos tributarios en la jurisdicción del Distrito de San Juan de Lurigancho, otorgando beneficios e incentivos tributarios en el ejercicio 2023, para aquellas personas naturales o jurídicas sin distinción de uso de predio, cualquiera sea el estado de cobranza (ordinaria y coactiva) en que se encuentren dichas obligaciones y deseen ponerse al día; obligaciones por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, contenidas o no en órdenes de Pago y/o Resoluciones de Determinación, así como obligaciones por multas tributarias, contenidas o no en Resoluciones o no de Multa Tributaria; contribuyentes que cuenten con convenio o fraccionamiento, por el saldo pendiente de cancelación; contribuyentes que han interpuesto recurso de reclamación tributaria, reconsideración o apelación, previo desistimiento del procedimiento; deudas tributarias que se encuentren con procedimiento de ejecución coactiva;
Que, la Gerencia de Ejecución Coactiva, la Gerencia de Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación y Control mediante los documentos de vistos, señalan la estimación de ingresos correspondientes a primera y segunda quincena de diciembre 2023 y la necesidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 452-MDSJL, contando con la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe de visto y la providencia de la Gerencia Municipal para la proyección del acto correspondiente;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20 y los artículos 42 y 44 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Ejecución Coactiva;
DECRETA:
Artículo 1.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre de 2023 la vigencia de la Ordenanza Nº 452-MDSJL, que “Aprueba Incentivos tributarios en la jurisdicción del Distrito de San Juan de Lurigancho”, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas, a la Gerencia de Ejecución Coactiva y demás unidades orgánicas que resulten competentes; a la Secretaría General su publicación en el diario oficial “El Peruano”, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información, su publicación en el portal institucional: www.munisjl.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JESÚS MALDONADO AMAO
Alcalde
2239348-1