Autorizan viaje del Defensor del Pueblo a Panamá, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL

Nº 014-2023/DP

Lima, 23 de noviembre de 2023

VISTO:

La invitación del Presidente de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson – FIO y Defensor del Pueblo de Colombia, los Memorandos N° 100-2023-DP/GA y N° 101-2023-DP/GA emitidos por el Gabinete de la Defensoría del Pueblo, el Memorando N° 1731-2023-DP/OGDH emitido por la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano, el Memorando N° 775-2023-DP/OAF emitido por la Oficina de Administración y Finanzas y el Informe N° 624-2023-DP/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú, se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modificatorias; y, mediante la Resolución Defensorial N° 007-2019/DP, y sus modificatorias, se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (en adelante la LEY y el REGLAMENTO, respectivamente), regulan la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, que irroguen o no gastos al Tesoro Público;

Que, el artículo 2° de la Ley y el artículo 2° del REGLAMENTO disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República que sean estrictamente necesarios, serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;

Que, el artículo 4° del REGLAMENTO señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, el artículo 5° del REGLAMENTO dispone que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados sobre la base de la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, debiendo aprobar las Entidades del Sector Público, mediante Resolución del Titular de la Entidad y publicada en el Diario Oficial El Peruano, menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal;

Que, mediante los Memorandos N° 100-2023-DP/GA y N° 101-2023-DP/GA, de fechas 21 y 22 de noviembre de 2023, respectivamente, se comunica que: “(…) el Defensor del Pueblo, Josué Manuel Gutiérrez Cóndor, ha sido convocado por Carlos Camargo Assis, Presidente de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson – FIO y Defensor del Pueblo de Colombia, para participar en la Firma de los Memorandos de Entendimiento entre la FIO y el Banco de Desarrollo de América Latina CAF y entre la FIO y Conservación Internacional, evento a llevarse a cabo el día 27 de noviembre en la Ciudad de Panamá – Panamá. En tal sentido, la suscripción oficial de estos instrumentos oficiales, significa un logro de la FIO en materia de cooperación por lo que la participación del Defensor del Pueblo de Perú será de gran importancia para refrendar el trabajo de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos con otras organizaciones en la protección y promoción de los Derechos Humanos. Es importante mencionar que los gastos en la participación en el mencionado evento, serán financiados de la siguiente manera: pasajes aéreos asumidos por la Federación Iberoamericana del Ombudsperson – FIO; y, la Defensoría del Pueblo asumirá los gastos de alimentación, alojamiento y movilidad al aeropuerto, por un total de dos (2) días de viáticos internacionales de acuerdo a la Directiva n.° 002-2017-DP/OAF “Procedimientos para el Requerimiento, Autorización, Pago y Rendición de Cuentas por Comisión de Servicio”, aprobado mediante Resolución Jefatural n.° 021-2017-DP/OAF de fecha 25.01.2017). En atención a lo mencionado, agradeceré se sirva disponer se realicen las acciones administrativas correspondientes, para la elaboración de la resolución que autorice el viaje al Defensor del Pueblo, a la ciudad de Panamá, Panamá, por los días 26 y 27 de noviembre de 2023, conforme al itinerario del viaje.”; asimismo, se solicita que: “(…) se realicen las acciones administrativas correspondientes para emitir la resolución que autorice el encargo del despacho defensorial el 26 y 27 de noviembre de 2023, a la Primera Adjunta, Rina Karen Rodríguez Luján.”;

Que, por su parte, mediante el Memorando N° 1731-2023-DP/OGDH, de fecha 22 de noviembre de 2023, la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano refiere que “(…) el Defensor del Pueblo se ausentará temporalmente del 26 al 27 de noviembre de 2023, en ese sentido, quedará encargada de la atención del Despacho Defensorial la Dra. Rina Karen Rodríguez Luján durante el periodo mencionado. Por lo que solicitamos a su despacho elaborar la Resolución correspondiente.”;

Que, mediante el Memorando N° 775-2023-DP/OAF, de fecha 22 de noviembre de 2023, la Oficina de Administración y Finanzas detalla los gastos de la comisión de servicio al exterior, siendo éstos los siguientes:

“- Viáticos Internacionales: US$ 630.00 dólares americanos, (equivalente en soles S/ 2,520.00).

- Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo.”

Que, asimismo, en el memorando citado de la Oficina de Administración y Finanzas se precisa que: “(…) por motivos de transporte aéreo a la ciudad de Panamá, se está considerando el viaje, a partir del día 26 de noviembre y el retorno de la comisión del servicio el día 27 de noviembre del 2023.”;

Que, con el Informe N° 624-2023-DP/OAJ, de fecha 22 de noviembre de 2023, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) resulta procedente que el Titular de la Entidad emita el acto resolutivo que autorice su viaje al exterior, en comisión de servicios del 26 al 27 de noviembre de 2023, considerando el itinerario del viaje, para participar -como máximo representante de la Entidad- en la suscripción oficial de los Memorandos de Entendimiento, uno entre la FIO con el Banco de Desarrollo de América Latina – CAF y otro entre la FIO con la organización ambiental Conservación Internacional, que se llevará a cabo en la Ciudad de Panamá - Panamá, de acuerdo con lo comunicado por el Gabinete de la entidad, el mismo irrogará gastos a la Institución, según el detalle indicado en el Memorando N° 775-2023-DP/OAF. Asimismo, corresponderá autorizar el encargo del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen Rodríguez Luján, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, por el mismo periodo y mientras dure la ausencia del Defensor del Pueblo, según lo indicado en el Memorando N° 1731-2023-DP/OGDH, conforme lo establece el artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones.”;

Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del Defensor del Pueblo, Josué Manuel Gutiérrez Cóndor, a la Ciudad de Panamá - Panamá, considerando el itinerario del viaje, para participar en la suscripción oficial de los Memorandos de Entendimiento, uno entre la FIO con el Banco de Desarrollo de América Latina – CAF y otro entre la FIO con la organización ambiental Conservación Internacional, con el objeto de establecer un marco de colaboración entre la FIO y estas organizaciones con la finalidad de expresar su común voluntad de desarrollar acciones de cooperación, a través de programas, proyectos y gestión del conocimiento para impulsar la efectividad de la labor de las Instituciones de Derechos Humanos miembros de la Federación;

Con los visados de la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano, de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y de la Primera Adjuntía, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° y los literales d) y q) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios del Defensor del Pueblo, Josué Manuel GUTIÉRREZ CÓNDOR, del 26 al 27 de noviembre de 2023, considerando el itinerario del viaje, para participar en la suscripción oficial de los Memorandos de Entendimiento, uno entre la FIO con el Banco de Desarrollo de América Latina – CAF y otro entre la FIO con la organización ambiental Conservación Internacional, que se llevará a cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá.

Artículo Segundo.- Los gastos de viáticos serán financiados por la Defensoría del Pueblo según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales: US$ 630.00 dólares americanos (equivalente en soles S/ 2,520.00). - Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo.

Artículo Tercero.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen RODRÍGUEZ LUJÁN, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 26 al 27 de noviembre de 2023, y mientras dure la ausencia del Defensor del Pueblo.

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR

Defensor del Pueblo

2237860-1