Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Oficina de Normalización Previsional
DECRETO SUPREMO
N° 254-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, la transferencia a la Oficina de Normalización Previsional, de la administración y pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, a cargo de las entidades públicas del Poder Ejecutivo que forman parte del apartado (i) del literal a, del numeral 1, del inciso 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, que se financian con Recursos Ordinarios; asimismo, el numeral 11.2 del referido artículo establece que la Oficina de Normalización Previsional se encarga de las contingencias que se deriven de dicha administración y pago y asume la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite;
Que, además, el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639, autoriza a las entidades a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar, de forma progresiva, el pago de las pensiones en el régimen del Decreto Ley N° 20530, respecto de cuyo pago es responsable, así como de sus entidades adscritas; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector al que pertenece la entidad;
Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas, autoriza a las entidades públicas del Poder Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Oficina de Normalización Previsional para financiar el pago de las pensiones, los aguinaldos, las bonificaciones y demás conceptos que corresponda percibir a los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, con cargo a los recursos de sus respectivos presupuestos institucionales; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente o al que esté adscrita la entidad, a propuesta de este último;
Que, mediante Memorando Nº 094-2023-EF/10.01, el Ministro de Economía y Finanzas solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, para financiar el pago de las pensiones y aguinaldos del mes de diciembre de 2023 de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, y en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 263-2023-EF/41.03 de la Oficina de Presupuesto, Inversiones y Cooperación Técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, mediante Memorando N° 0347-2023-EF/53.05, que adjunta el Informe N° 0482-2023-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas considera viable autorizar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, por la suma de S/ 3 690 112,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO DOCE Y 00/100 SOLES) para financiar el pago de las pensiones y aguinaldos del mes de diciembre de 2023 de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530 del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 3 690 112,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO DOCE Y 00/100 SOLES), a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y, en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 3 690 112,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO DOCE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar el pago de las pensiones y aguinaldos del mes de diciembre de 2023 de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990, en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 11.4 del artículo 11 de la Ley N° 31639 y en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31728, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias
que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 1 706 690,00
PLIEGO 057 : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias
que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 1 965 585,00
PLIEGO 059 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias
que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 17 837,00
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Total Egresos 3 690 112,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 095 : Oficina de Normalización Previsional - ONP
UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina de Normalización Previsional
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que
no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 3 690 112,00
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Total Egresos 3 690 112,00
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Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular de los pliegos habilitadores y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
2237767-3