Prorrogan hasta el 30 de diciembre de 2023 la vigencia de la Ordenanza Nº 594-2023-MDB que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de contribuyentes
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 008-2023-MDB
Breña, 21 de noviembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑA
VISTO:
El Informe Nº 550-2023-SGRCT-GR/MDB de la Subgerencia de Recaudación y control Tributario; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 594-2023-MDB, Establece los “Beneficios Tributarios y no Tributarios”, a favor de los contribuyentes de la Municipalidad del Distrito de Breña, que mantengan Obligaciones Tributarias por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias pendiente de pago cualquiera que sea su estado de cobranza, cuyo hecho generador se haya producido hasta el año 2023; a fin que los vecinos del Distrito de Breña tengan el beneficio para regularizar el pago de sus deudas tributarias pendientes, con la finalidad de reducir los niveles de morosidad y sincerar los saldos por cobrar
Que, de conformidad a la primera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 594-2023-MDB, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr su adecuada aplicación, así como para establecer la prórroga en la vigencia de la misma de ser necesario;
Que, mediante Informe Nº 550-2023-SGRCT-GR/MDB de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario de fecha 17 de noviembre de 2023, concluye que con el objeto de lograr la reducción de la morosidad y a efectos de brindar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, es necesario prorrogar hasta el 30 de diciembre de 2023, el beneficio tributario establecido en la Ordenanza Municipal Nº 594-2023-MDB, en vista a la afluencia de los contribuyentes que vienen apersonándose a regularizar sus obligaciones tributarias;
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre de 2023, la vigencia de la Ordenanza Nº 594-2023-MDB Ordenanza que establece “BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS” a favor de contribuyentes del Distrito de Breña.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el cumplimiento de los dispuesto en el presente y a las dependencias de la Municipalidad a prestar el apoyo necesario brindando las facilidades que correspondan para el adecuado cumplimiento del presente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en el Portal Web Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FELIPE DE LA MATA MARTINEZ
Alcalde
2237366-1