Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú
Resolución Ministerial
Nº D000223-2023-MIDIS
San Isidro, 21 de noviembre del 2023
VISTOS:
El Informe Nº D000205-2023-MIDIS-OP emitido por la Oficina de Presupuesto; el Informe Nº D000390-2023-MIDIS-OGPPM emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000669-2023-MIDIS-DGDAPS emitido por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Proveído Nº D007016-2023-MIDIS-VMPS emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe Nº D000621-2023-MIDIS-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 218-2022-MIDIS se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;
Que, el literal a) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se han asignado recursos en el pliego Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 5 756 169,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) para financiar el apoyo que brindan las Fuerzas Armadas (FFAA) al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para el traslado de alimentos en el marco del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;
Que, el dispositivo legal antes señalado dispone también que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre y/o fluvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas, para realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, de forma posterior al apoyo brindado, hasta por la suma que les sea comunicada por dichos Ministerios, según corresponda;
Que, para efectos de lo señalado en el anterior considerando, las transferencias financieras autorizadas, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del Titular del Pliego se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, asimismo, se establece que los gastos que irroguen los servicios de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú a otras entidades se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, y de las entidades receptoras de los servicios de apoyo, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, mediante Oficio Nº 06190-2023-MINDEF/SG la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita que se autorice la transferencia financiera a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, en base a lo informado por la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú (FAP) mediante el Oficio Extra FAP Nº 003331-2023-SECRE/FAP, la División de Presupuesto FAP mediante Hoja Informativa Nº 000005-2023-COA53/FAP, y la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa mediante Oficio Nº 03050-2023-MINDEF/VRD-DGPP, en los cuales se señala la ejecución de 88.4 horas de vuelo, que representan un costo de S/ 2 533 617,36 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 36/100 SOLES); monto que se sustenta con las actas de conciliación suscritas entre los representantes de los Grupos Aéreos de la FAP y del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;
Que, mediante Oficio Nº D000784-2023-MIDIS/PNAEQW-DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma solicita efectuar las gestiones correspondientes para realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 2 533 617,36 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 36/100 SOLES), que corresponde al costo conciliado del transporte aéreo de la cuarta entrega de alimentos en el ítem Imaza 2 de la Unidad Territorial Amazonas y en los ítems Purús y Yurúa de la Unidad Territorial Ucayali, en el marco de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638; toda vez que cuenta con el presupuesto disponible para su atención, conforme a lo señalado en el Informe Nº D000395-2023-MIDIS/PNAEQW-UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del referido Programa Nacional;
Que, en tal virtud, mediante Informe Nº D000669-2023-MIDIS-DGDAPS la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales concluye que corresponde transferir recursos financieros al Ministerio de Defensa en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, por el servicio de apoyo en transporte aéreo brindado por la FAP al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, por el monto total de S/ 2 533 617,36 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 36/100 SOLES), siendo que dicho monto coincide con lo informado por el Ministerio de Defensa;
Que, mediante Informe Nº D000390-2023-MIDIS-OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº D000205-2023-MIDIS-OP de la Oficina de Presupuesto, en virtud al cual, en el marco de sus competencias y funciones estrictamente presupuestales, emite opinión técnica favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 2 533 617,36 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 36/100 SOLES), del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, al Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
Que, en virtud de los fundamentos expuestos por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, la opinión técnica favorable de la Oficina de Presupuesto y las conformidades de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, corresponde la emisión del acto resolutivo que autorice la transferencia financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social hasta por la suma de S/ 2 533 617,36 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 36/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, para los fines señalados en los considerandos precedentes, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, hasta por la suma de S/ 2 533 617,36 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 36/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial y en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme a lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023
Artículo 4.- Acciones Administrativas
Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para que realice las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social
2236943-1