Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 01195-2023-MINDEF/DM
Lima, 20 de noviembre del 2023
VISTOS:
El Oficio Nº 7756/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 03134-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01927-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n de fecha 3 de octubre de 2023, el Comandante General del Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil hace extensiva la invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, a fin de que un (1) Oficial, participe en un Intercambio Junto al Cuerpo de Fusileros Navales (CFN) de la Marina de Brasil, en el presente año;
Que, con Oficio Nº 0716/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento al Comandante de la Marina de Brasil, la participación del Teniente Primero Oskar Arcángel José DE LA CRUZ GUEVARA, para que participe en el Intercambio Junto al Cuerpo de Fusileros Navales (CFN) de la Marina de Brasil;
Que, por medio del correo de fecha 17 de octubre de 2023, personal de la División de Asuntos Internacionales del Comando General del Cuerpo de Fusileros Navales CGCFN de la Marina de Brasil comunica al personal de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico (COMOPERPAC), la aprobación del citado Intercambio, a realizarse del 22 de noviembre al 22 de diciembre de 2023, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil;
Que, a través del Informe Legal Nº 013/M3.6, el Asesor Jurídico Operacional de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Oskar Arcángel José DE LA CRUZ GUEVARA, para que participe en el Intercambio Junto al Cuerpo de Fusileros Navales (CFN) de la Marina de Brasil, en el lugar y fecha programada;
Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Oskar Arcángel José DE LA CRUZ GUEVARA, para que participe en el Intercambio Junto al Cuerpo de Fusileros Navales (CFN) de la Marina de Brasil; por cuanto, les permitirá incrementar sus capacidades operacionales en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, como parte de sus roles de acción, así como, fortalecer los lazos de amistad existentes entre la citada Institución Armada y la Marina de Brasil;
Que, conforme a lo indicado en el correo de fecha 17 de octubre de 2023 del personal de la División de Asuntos Internacionales del Comando General del Cuerpo de Fusileros Navales CGCFN de la Marina de Brasil, el Gobierno del Perú debe cubrir todos los gastos de habitabilidad, alimentación y movilidad del oficial peruano. La Armada de Brasil solo ofrecerá apoyo de transporte para los desplazamientos diarios del oficial, así como alimentación en las unidades Militares durante las visitas;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 246-2023 suscrita por la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Director de Administración de Personal de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú; conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 241-2023, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio;
Que, a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000004 y Nº 0000000325 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;
Que, con Oficio Nº 7756/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Oskar Arcángel José DE LA CRUZ GUEVARA, para que participe en el Intercambio Junto al Cuerpo de Fusileros Navales (CFN) de la Marina de Brasil, a llevarse a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 22 de noviembre al 22 de diciembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 21 de noviembre y su retorno el 23 de diciembre de 2023, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, a través del Oficio N° 03134-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 785-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01927-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Oskar Arcángel José DE LA CRUZ GUEVARA, para que participe en el Intercambio Junto al Cuerpo de Fusileros Navales (CFN) de la Marina de Brasil, a llevarse a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Oskar Arcángel José DE LA CRUZ GUEVARA, identificado con CIP N° 00034708 y DNI N° 45430010, para que participe en el Intercambio Junto al Cuerpo de Fusileros Navales (CFN) de la Marina de Brasil, a llevarse a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 22 de noviembre al 22 de diciembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 21 de noviembre y su retorno el 23 de diciembre de 2023.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a lo siguiente:
Pasaje aéreo: Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima
Clase económica
US$ 1,375.77 x 1 personas (incluye importe TUUA) US$ 1,375.77
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$ 5,226.74 / 30 x 9 días (nov) x 1 Oficial Subalterno US$ 1,568.02
US$ 5,226.74 / 31 x 22 días (dic) x 1 Oficial Subalterno US$ 3,709.30
Total a pagar: US$ 6,653.09
Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.
Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 6.- El personal militar designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7.- El citado personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Jorge Luis Chávez Cresta
Ministro de Defensa
2236826-1