Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 3 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000899-2023-JN/ONPE
Lima, 17 de noviembre de 2023
VISTOS: El Informe Nº 0000122-2023-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Informe Nº 000407-2023-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000438-2023-SGPL-GPP/ONPE, de la Subgerencia de Planeamiento; los Informes Nº 000258-2023-JAP-SGPL-GPP/ONPE y Nº 000021-2023-YCQ-JAP-SGPL-GPP/ONPE, de la Jefatura de Área de Planeamiento; así como el Informe Nº 001269-2023-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y financiera; y, asimismo, es la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo;
De conformidad con lo señalado en el numeral 7.3 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y de acuerdo con las disposiciones del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);
En el marco normativo antes citado, a través de la Resolución Jefatural Nº 000741-2023-JN/ONPE, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023, versión 2, del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales;
Por su parte, de acuerdo con la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias establecen las pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades;
Asimismo, el numeral 6.3 del artículo 6 de la “Guía para el Planeamiento Institucional” establece que el Plan Operativo Institucional (POI) se modifica cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del Plan Estratégico Institucional (PEI);
En ese contexto normativo, mediante Informe Nº 000407-2023-GPP/ONPE, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones1, informó que habiéndose incorporado mayores recursos financieros a favor de la entidad, mediante la Resolución Jefatural Nº 000839-2023-JN/ONPE2, se efectuaron las modificaciones o inclusiones de actividades operativas, tareas y metas físicas que permitirán a la ONPE brindar asistencia técnica en las Elecciones Complementarias de Autoridades Municipales de Centros Poblados 2023, así como financiar las acciones de fortalecimiento institucional y, soporte y mantenimiento de la plataforma tecnológica institucional; propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2023, versión 3, conforme al procedimiento establecido Directiva DI01-GPP/PLAN: Formulación, Modificación, Monitoreo y Evaluación de los Planes Institucionales de la ONPE, versión 3, asimismo, el citado plan se encuentra articulado a los objetivos estratégicos institucionales del PEI 2020-2027 Ampliado y productos del Programa Presupuestal 0125 “Mejora de la Eficiencia de los Procesos Electorales e incremento de la Participación Política de la Ciudadanía”;
Conforme al marco legal vigente y de acuerdo a lo sustentado por la Gerencia General y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Operativo Institucional (POI) 2023 versión 03, del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales;
De conformidad con la normativa antes citada y el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales r) y s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 063- 2014-J/ONPE y adecuado con la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;
Con el visado de la Gerencia General, Secretaría General, de las Gerencias de: Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 3 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 000741-2023-JN/ONPE, que aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023, versión 2, respectivamente, del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales.
Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 3, por todos los órganos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, bajo responsabilidad
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 3, aprobado mediante la presente Resolución.
Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, asimismo, que dicha resolución y el Plan Operativo
Institucional de la ONPE, modificado versión 3 que se aprueba, se publique en la web oficial de la ONPE alojada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe Nacional
1 Literal a) del Artículo 43 del ROF de la ONPE, aprobado Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE actualizado por la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias.
“Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización”.
2 https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5356376/4796064-rj-839-2023-jn.pdf?v=1698789214
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