Aprueban la modificatoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Pasco
CONSEJO REGIONAL DE PASCO
ORDENANZA REGIONAL
N° 498-2023-G.R.PASCO/CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en décima séptima sesión ordinaria, de fecha cinco de setiembre del año dos mil veintitrés, ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
El Dictamen N° 003-2023-CPPAT-CR-G.R.PASCO, de fecha 04 de septiembre de 2023, presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Organización, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante el cual aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Pasco e Informe Legal N° 292- 2023-G.R. P-GGR/DRAJ.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional, tiene las atribuciones de normar, la organización del Gobierno Regional, a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, inciso 1 del numeral 43.1 del Artículo 43º de la Ley N° 27444 establece que: “Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad”; es decir, el TUPA es un instrumento de gestión institucional que satisface el interés general de la población;
Que, en vista que se han incrementado procedimientos en la modificatoria del TUPA, en cumplimiento al numeral 44.5 del Artículo 44 del TUO de la Ley N° 27444, corresponde al Consejo Regional APROBAR la modificatoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), a partir del trabajo técnico y legal efectuado por los profesionales del Gobierno Regional de Pasco;
Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de notar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)”,
Que, el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales - Ley N° 27867 señala: “Las ordenanzas regionales notan asuntos de carácter general, la organización, y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”;
Que, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su numeral 40.1 del artículo 40º, señala que “Los procedimientos administrativos y requisitos deben establece en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o nota de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”. Asimismo, el numeral 40.3 prescribe que, “Los procedimientos administrativos deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad legal presente”.
Que, mediante Informe Técnico N° 003-2023-G.R.PASC0- GGR/GRPPAT/SGRSTIC-DMMH se remite al Sub Gerente de Racionalización y Sistemas TIC, el proyecto de modificación del Texto Único de Procedimiento Administrativo - TUPA, para su evaluación aprobación del Pliego 456 Gobierno Regional de Pasco, correlativamente, el mencionado Sub Gerente, mediante Informe N° 214-2023-GRP-GGR-GRPPAT/SGRSTIC remite el Informe Técnico N° 003 2023-G.R.PASC0-GGR/GRPPAT/SGRSTIC-DMMH al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial indicando: “Asimismo, teniendo el TUPA modificado se incorporaron Procedimientos Administrativos Estandarizados, Procedimiento Administrativo y Servicio Prestado en Exclusividad (...)”;de la misma manera, está adjunto el Informe Legal N° 292-2023-G.RP-GGR/DRAJ donde el director Regional de Asesoría Jurídica opina “(...) que es VIABLE la modificación del Texto único de Procedimiento Administrativo - TUPA del Pliego 456 del Gobierno Regional de Pasco”.
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en el literal a) de su Artículo 4º, atribuye función normativa al Consejo Regional, donde se indica que ejerce su función normativa (legislativa), aprobando, modificando, derogando e interpretando Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional, en concordancia con las disposiciones legales de carácter nacional y de conformidad a las atribuciones conferidas en el Artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, mediante Dictamen N° 003-2023-CPPAT-CR-G.R. PASCO, de fecha 04 de septiembre de 2023, presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Organización, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se sustenta la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Pasco, luego de un debate el Pleno del Consejo Regional, por unanimidad aprueban la modificatoria del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco ha emitido la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR la modificatoria del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Artículo Segundo.- DISPENSAR la presente ordenanza del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
Artículo Tercero.- DISPONER a la Oficina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y el Portal WEB del Gobierno Regional de Pasco y su distribución a las instancias correspondientes.
Comuníquese a! Señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación.
GERSON ROLANDO GRIJALVA SANTOS
Presidente del Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
En la Provincia de Pasco, a los catorce días del mes de septiembre del dos mil veintitrés.
JUAN LUIS CHOMBO HEREDIA
Gobernador Regional
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
2235722-1